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Introducci ón al Programa de Intercambio de Informaci ón sobre Seguridad en Rampa (IDISR). Curso IDISR - Montevideo, Uruguay 2013. Objetivo de la presentación. Informar sobre el Programa de Intercambio de Datos de Seguridad en Rampa (IDISR) del SRVSOP. Agenda.
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Introducción al Programa de Intercambio de Información sobre Seguridad en Rampa (IDISR) Curso IDISR - Montevideo, Uruguay 2013
Objetivo de la presentación Informar sobre el Programa de Intercambio de Datos de Seguridad en Rampa (IDISR) del SRVSOP
Agenda • Antecedentes y justificación • Objetivo del IDISR • Ambito de aplicación • Principios generales • Principales ventajas • Responsabilidades • Mantenimiento de la competencia
Artículo 16 Convenio de Chicago Inspección de aeronaves: “Las Autoridades competentes de cada uno de los Estados contratantes tendrán derecho a inspeccionar sin causar demoras innecesarias, las aeronaves de los demás Estados contratantes, a la llegada o a la salida, y a examinar los certificados y otros documentos prescritos por el presente Convenio”.
Anexo 6 Parte I 4.2.2.2 Los Estados establecerán un programacon procedimientos para la supervisión de las operaciones realizadas en su territorio por un explotador extranjero y para tomar las medidas apropiadas, cuando sea necesario, para preservar la seguridad operacional.
Asamblea de la OACI “Estrategia unificada para resolver las deficiencias relacionadas con la seguridad operacional”
Asamblea de la OACI Recuerda a los Estados contratantes la necesidad de que: • vigilen todas las operaciones de aeronaves, incluidas las extranjeras, dentro de su territorio, y • adopten las medidas que resulten necesarias para proteger la seguridad operacional.
Asamblea de la OACI Reconoce que los principios fundamentales de un sistema de transporte seguro son: • las economías de escala y el fomento de la uniformidad a la más amplia escala; y • la transparencia y el intercambio de información relativa a la seguridad operacional.
SRVSOP La Décima Segunda Reunión de la Junta General del SRVSOP, (Fortaleza, Brasil, 09-08-2005) promovió la Conclusión JG 12/09, en la que se encomienda al Comité Técnico: • se elabore una propuesta para la implantación de un programa de intercambio de datos de inspecciones de seguridad en rampa; y • que la propuesta sea desarrollada en el año 2006.
SRVSOP La Junta General del SRVSOP en su décimo quinta reunión, Panamá (10/11/2006), emitió la Conclusión JG15/11, en la que: • se aprueba la implementación del Programa de intercambio de datos de inspecciones de seguridad en rampa para el año 2007.
Asignación #1 Doc.8335 Parte VI RESPONSABILIDADES DEL ESTADO CON RESPECTO A LAS OPERACIONES DE TRANSPORTE AÉREO COMERCIAL POR PARTE DE EXPLOTADORES EXTRANJEROS
Objetivos del IDISR Crear una base de datos, a partir de las inspecciones de seguridad en rampa que sirva: • como referencia para analizar e identificar los problemas de seguridad operacional; y • para planificar estrategias regionales, de forma de solucionar las posibles deficiencias en materia de seguridad operacional, dentro del marco de una estrategia regional unificada.
Objetivos del IDISR • como referencia para analizar e identificar los problemas de seguridad operacional; y
Objetivos del IDISR • para planificar estrategias regionales, de forma de solucionar las posibles deficiencias en materia de seguridad operacional, dentro del marco de una estrategia regional unificada.
Objetivos del IDISR El programa IDISR aplica: • a todos los explotadores extranjeros de servicios aéreos, internacionales, mientras realizan operaciones en los Estados miembros del SRVSOP, con: • aviones cuyo peso (masa) máximo certificado de despegue (MCTW) es superior a 5 700 kg.
Ambito de aplicación El programa IDISR aplica: • a todos los explotadores extranjeros de servicios aéreos, internacionales, mientras realizan operaciones en los Estados miembros del SRVSOP, con: • aviones cuyo peso (masa) máximo certificado de despegue (MCTW) es superior a 5 700 kg.
Mantenimiento de la competencia • Para mantener la competencia, los inspectores deberán cumplir un curso de instrucción periódica cada dos años en sus respectivas administraciones o en curso del SRVSOP y mantenerse vigentes en sus actividades como inspectores.