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CONTRATOS MODERNOS

CONTRATOS MODERNOS. Docente Jessica Hermoza Calero. CONTRATO OUTSOURCING. Concepto:

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  1. CONTRATOS MODERNOS Docente Jessica Hermoza Calero

  2. CONTRATO OUTSOURCING Concepto: Según Sidney Bravo Melgar; el outsourcing se configura en la relación contractual existente entre un proveedor y un usuario, en la que el proveedor asume la responsabilidad de una o varias funciones relacionadas con las tecnologías de información. Generalmente la relación se caracteriza de ciertos activos (hardware), de cierto personal o de ambos por parte del proveedor externo. Para Rafael Belloso Chancin es una técnica innovadora de administración, que consiste en la transferencia a terceros de ciertos procesos complementarios que no forman parte del giro principal del negocio, permitiendo la concentración de los esfuerzos en las actividades esenciales a fin de obtener competitividad y resultados tangibles.  

  3. Características Generales: • Su elaboración es compleja, puesto que debe establecer claramente las responsabilidades de ambas partes en cualquier aspecto, no sólo del nivel de servicio actual sino también del nivel de servicio futuro. • Suele tener una duración de varios años. En el sector privado tiene una duración no menor a 5 ó 7 años, siendo habitual un período de 10 años. • Uno de los aspectos más importantes del contrato es la definición de su resolución (finalización), el establecimiento de salidas programadas antes de cumplirse el plazo acordado, así como los períodos de preaviso en caso de reversión del servicio. • Junto con los conceptos financieros, a lo largo de todo el proceso de evaluación se deben establecer criterios de transferencia de personal (para el caso de que existan). • El alcance del contrato es a la medida, es decir, podrá ser tan amplio como lo deseen las partes contratantes. • Debe ser flexible para que la Administración pueda cambiar los requisitos del servicio y el proveedor pueda cambiar los medios con los que lo da. Mientras que un contrato de outsourcing se firma para que sea válido durante años, los requisitos de tecnología están en constante evolución.

  4. OBJETIVOS DEL OUTSOURCING. Los principales objetivos que pueden lograrse con la contratación de un servicio de outsourcing son los siguientes: • Optimización y adecuación de los costos relacionados con la gestión, en función de las necesidades reales. • Eliminación de riesgos por obsolescencia tecnológica. • Concentración en la propia actividad de la organización.  

  5. Aplicación del Outsourcing en el Perú En nuestro país hace poco a años atrás ya se comenzó a aplicar este contrato en forma masiva. Aunque la subcontratación si ha sido utilizada desde hace mucho tiempo, la cesión de manejo de áreas completas de la empresa con el propósito explicito de “quitar grasa” a las organizaciones para orientar todos sus esfuerzos a su negocio principal, es un fenómeno nuevo. Hoy en día las empresas peruanas buscan ser mas plenas, flexibles, rápidas y competitivas, debido a que en medio de la globalización ya no se compite solamente con el vecino. Sino también con quien se halla al otro lado del nuevo. Por ende el outsourcing es la llave que permite a las organizaciones ser cada vez más eficaces y competitivas, pues concentrándose en su negocio fundamental, es decir en la línea que crea valor. La globalización es un fenómeno que se presentó en nuestro país con mucha intensidad, generando un incremento de inversión extranjera. Las primeras puertas que tocan los inversionistas extranjeros son las que los estudios de abogados y la de las consultores especializadas en este rubro, a los que solicitan que se encarguen de las áreas del negocio en las que cuentan con el Know how requerido.

  6. La idea es que las organizaciones se pueden concentrar exclusivamente en el corazón del negocio, Todo lo adjetivo, las áreas no criticas, es susceptible de outsourcing. Lo que motiva la aparición del outsourcing es la situación de constante cambio. Esta hace que las empresas sientan la necesidad de desarrollar su capacidad de adaptación a las transformaciones. El contexto que permitió la generación del outsourcing, fue la necesidad de especialización y la reducción de costos asociados a ella. Preguntémonos, por ejemplo ¿Por qué? Un negocio del rubro de alimentos balanceados, contrata un servicios de outsourcing para la contabilidad o la informática? porque su negocio no es ni la contabilidad ni la informática. Pero si para alguien su negocio si es la informática, seguramente no le resultará mas económico aplicar el outsourcing en dicha área. En resumen el outsourcing permiten ampliar o reducir la cantidad de trabajadores de una firma en función a cualquier requerimiento especifico.

  7. REINGENIERIA Y OUTSOURCING Son dos respuestas distintas a la necesidad de renovación de las organizaciones derivadas de la fuerte presión con que las fuerzas de cambio están actuando en los mercados, están sometiendo a las empresas. En suma las organizaciones tienen que dar respuesta a las exigencias de la competitividad y de orientación al servicio, y para ello acometen medidas de transformación encaminadas en general a actuar sobre los tres grandes componentes de la gestión empresarial. Estos componentes son: • Los procesos buscando nuevas tecnologías y eficiencia para garantizar la máxima contribución de cada función al cumplimiento de la misión empresarial. • Las personas , cuya formación y continuo desarrollo es pieza angular en todo proceso de transformación empresarial. Su cambio cultural es fundamental teniendo en cuenta el tipo de fuerzas de cambio a las que anteriormente se hizo alusión . • La tecnología, que cada vez supone un componente de mayor peso en la empresa y de cuya aplicación acertada o no depende el éxito de dichas transformaciones .

  8. MECANISMOS DE CONTRATACIÓN La gestión de un contrato de outsourcing, que pone en relación dos organizaciones, gira en torno a dos elementos fundamentales:- Control y capacidad de decisión de la organización destinataria del outsourcing. - Nivel de servicio, por parte de la organización proveedora del servicio. Finalmente, se puede decir que una relación de outsourcing debería estar basada en los siguientes principios: • Una clara definición de fronteras en cuanto a las funciones que son externalizadas y aquellas que pertenecen a la organización interna. • Una clara identificación de los clientes internos y sus necesidades. En este sentido existirán distintos niveles dentro de los clientes internos, desde los usuarios o destinatarios transaccionales del servicio hasta la dirección y órganos ejecutivos de la compañía. Este proceso, establecimiento de los parámetros que permiten medir el cumplimiento del servicio, requiere de una especial atención durante el proceso en que se configura el contrato de outsourcing. • Proceso de seguimiento y control a nivel ejecutivo entre ambas organizaciones, la suministradora de servicios y la destinataria. Una formula eficaz de hacer esto es formar un órgano común de dirección con una doble misión.

  9. Naturaleza Jurídica El contrato de outsourcing es un contrato de derecho privado, modalidad contractual eminentemente comercial, atípico e innominado a su vez. Características: • Es de tracto sucesivo: Puesto que las prestaciones se ejecutan periódicamente. • Es oneroso: en virtud de la gravosidad que enmarca • Es bilateral y sinalagmático a su vez: Ello por que son las partes contratantes. • Es atípico ya que este contrato en nuestro país no cuenta con una regulación legal. • Es un contrato moderno: ya que no tiene muchos años de aplicación en nuestro país. • Es un contrato mercantil: en razón a las actividades que realizan los contratantes. • Es un contrato de orden nacional o internacional • Es conmutativo: Puesto que los beneficios y posibles riesgos, vale decir las ventajas y desventajas que enmarcan el contrato. • Marco regulador.

  10. IMPLEMENTAR EL OUTSOURCING • La metodología del outsourcing es esencialmente la incorporación de una buena práctica en la toma de decisiones gerenciales. La decisión para subcontratar necesita estar sujeta a un proceso administrativo apropiado y no tomarse simplemente, como es caso de muchas decisiones más, sobre bases financieras o técnicas.   La metodología incluye los pasos sencillos de evaluación, planeación y ejecución de un conjunto de decisiones. Esta no es una receta de cómo proceder con respecto al outsourcing, ni tampoco es magia negra revelada a uno o dos profesionales privilegiados. Lo que hará esta metodología es ayudarle a planear, ayudarle a fijar las expectativas, tanto dentro de su organización como en el exterior, e indicarle aquellas áreas donde usted necesita conocimiento especializado. Por lo tanto, se deberá ver esta metodología como un conjunto de herramientas, la cual debe ser personaliza para satisfacer las necesidades del proyecto de outsourcing que se está considerando. Este es un paso vital y generalmente da como resultado un plan general más adecuado, con un esfuerzo más dirigido por parte del equipo del proyecto.  

  11. APRECIACIONES PERSONALES • Al contratar un servicio de Outsourcing, las organizaciones pueden enfocarse más en la principal actividad de su negocio. • El Outsourcing se lo debe realizar siempre y cuando la empresa tenga la certeza de obtener el menor costo y maximizando los beneficios. • El Outsourcing se da en un ambiente de cooperación entre dos empresas, es decir, dos organizaciones con distintos objetivos y planteamientos estratégicos, se fusionan para poder compartir un mismo ideal, el servir al cliente y el obtener un mayor beneficio o utilidad. • Es recomendable el planteamiento de comenzar cualquier proceso de Outsourcing de forma escalonada y en fases independientes para poder ir midiendo el impacto y corregir cualquier desviación. • Es recomendable, el mantener un contacto continuo con la empresa en la que se ha contratado el servicio, evaluando continuamente le funcionamiento de el área en el que se presta el servicio, y comparando los resultados continuamente, para verificar si está cumpliendo con los objetivos planteados inicialmente.

  12. CONTRATO DE MERCHANDISING Aspectos Generales: El termino merchandising, es consecuencia de las relevantes modificaciones que acaecieron con los principios que rigen la comercialización, ello a partir del surgimiento del autoservicio. Este termino es empleado constantemente por productores y distribuidores, sin embargo debe tenerse en cuenta que no se conoce diáfanamente su funcionamiento y definición en general. Etimológicamente proviene del latín “contractus” derivado de “contrahere” que significa reunir, lograr, concertar, capitant, define al contrato como un acuerdo de voluntades entre dos o mas partes con el objeto de crear vínculos de obligaciones. El Código Civil Peruano de 1984, en su articulo 1351, conceptúa al contrato como el acuerdo de dos o mas partes para crear, regular o modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial.

  13. Concepto.- El merchandising, es un vocablo anglosajón que se esta adaptando en nuestra terminología comercial, sin que existía en español un termino que proviene de “Merchandise” y del gerundio ing. Que significa llegar a concretizar un objeto determinado. Para Grig y Bruel significa el conjunto de técnicas que facilitan la comunicación entre fabricantes, distribuidor y consumidor en el punto de venta y a la vez potencia la venta de producto. Para Henrik Salen, nos dice que para vender sus productos el fabricante hace marketing; para vender los productos del establecimiento, el comerciante o distribuidor hace merchandising . Por ende, inferimos que el merchandising constituye el marketing efectuando por el comerciante. La academia de Ciencias Comerciales Francesa lo conceptualiza como parte del marketing que enmarca las técnicas comerciales y permite presentar en las mejores condiciones materiales y psicológicas. Ahora el instituto Francés de merchandising es el conjunto de estudios y de técnicas de aplicación y puesta en practica conjunta o separadamente por los distribuidores con el fin de incrementar la rentabilidad del punto de venta.

  14. La American Marketing Association es la planificación y el control necesario de la comercialización de bienes o servicios, en lugares, momentos, en los precios y en las cantidades susceptibles de facilitar la concretacion de los objetivos de marketing de la empresa. Arreaga, B. lo define como el resultado de unir el sustantivo "merchandise", que significa "mercancía" y el radical "ing", que expresa la acción , es decir, la acción mediante la cual se pone el producto en poder del consumidor, por ello podemos definir el "merchandising" diciendo que: "Es el conjunto de técnicas encaminadas a poner los productos a disposición del consumidor, obteniendo una rentabilidad a la inversión hecha en el establecimiento". Algunos especialistas conceptúan el merchandising como el conjunto de métodos y técnicas para dar al producto un papel activo de venta a través de su presentación y de su entorno para opmitizar su rentabilidad.

  15. ELEMENTOS ESENCIALES Los elementos esenciales que enmarca el merchandising son: 1. El Discount.- En el termino discount hallamos dos items, el comercio y el riesgo. El discount concierne a la reducción del margen comercial, vale decir se trata de disminuir el precio de venta de los productos con la finalidad de vender más, mucho más a fin de recuperar un margen global superior. 2. El libre servicio. Este elemento concierne a dos requerimientos: El primer es el deseo de autonomia del nuevo consumidor y el segundo para poder reducir el precio de venta antes era necesario reducir los gastos del personal.

  16. 3. La rotación rápida de stocks. Para el consumidor este elemento se presenta en menor escala que los dos elementos antes citados, mas la rotación de la mercancía es una garantía de calidad y frescura de los productos que se hallan en el establecimiento comercial. El comercio tradicional , sin competencia directa, podría practicar buenos márgenes con los productos prevendidos. al surgir la distribución moderna y con el incremento de la competencia entre vías de venta y entre los mismos fabricantes, los elementos del marketing mix han mutado, dando ,mayor importancia a la marca y a la publicidad. El productor para vender hace marketing, el distribuidor para vender hace merchandising

  17. VENTAJAS DEL MERCHANDISING El merchandising ofrece ventajas para las partes integrantes de esta modalidad contractual, así tenemos: Ventajas para el fabricante: • Determinar el justo lineal • Tener el lineal que se merece • Abrir un nuevo modelo de diálogo con la distribución. El merchandising para negociar mejor • Crear un clima de confianza mejorando las relaciones con el consumidor – cliente en el punto de vista Ventajas para el distribuidor: • Conocer y aprovechar mejor su lineal • Optimizar las ventas y la rentabilidad del lineal • Mejorar el valor del servicio al consumidor. • Mejorar las estructuras de acogida de sus tiendas. Ventajas para el consumidor: • Poder ver Satisfechos sus deseos • Simplificar el acto de compra con una oferta más diáfana.

  18. ELEMENTOS ESTRUCTURALES DEL MERCHANDISING 1. El Mercado En tal sentido, la empresa debe difundir información relacionada con cifras de venta, evolución de las ventas, participación en el mercado y en la góndola. En pocas palabras, el merchandiser, a través de información sistematizadadebe estar actualizado con las cifras que muestran la actuación de la organización, en relación con la competencia. No olvidemos que las empresas no sólo compran, producen, comercializan, sino que, esencialmente, compiten. 2. El Producto Características, evolución de cada producto, proceso de fabricación, factores diferenciales, precios, etc. Las empresas que contratan merchandiser deben armar programas de capacitación para que conozcan al abastecimiento y todo cuanto haga la elaboración, venta y distribución del producto. 3. La Gestión Todo cuanto hace a los aspectos funcionales, en particular relacionado con: • Técnicas de Implantación de productos • Gestión de espacios • Determinación del layout del local y del sentido de circulación del público • Definición de zonas • Técnicas de promoción mediante la ubicación de carteles, folletos, pilas, etc.

  19. 4. Información El mechandiser debe informar. En tal sentido, tomará conocimiento e informará acerca de: • Faltantes de stock y todo lo vinculado al mismo. • Cualquier acción desarrollada por la competencia, por ejemplo material presentado en el punto de venta, promociones que lleven a cabo, ofertas especiales, contratación de nuevos espacios para exhibición, nuevos productos, etc. • Problemas de relación con el personal del local. • Acciones del titular del punto de venta, en relación con lo pactado, respecto de los espacios a utilizar. • Actitudes y comportamientos detectados en el comprador. • Nuevas áreas claves detectadas para una más efectiva ubicación de los productos de la empresa. • Cualquier dato o hecho detectado en el punto de venta. • Cumplimentar toda la información que determine el área de marketing de su empresa, en particular, todo lo que se refiere al control de gestión del punto de venta. Para concluir con esta parte, es fundamental establecer que entre cada punto de venta existe una diferenciación en razón de las diversas particularidades que atañen a cada lugar. Esta diferenciación debe ser aplicada para apartar a la competencia. La distribución de ello utiliza un conjunto de técnicas que pueden combinarse.

  20. PARTES DEL CONTRATO Dentro de cada modalidad atípica de contrato, encontraremos que básicamente existen dos partes: la empresa y el merchandiser. 1. La Empresa o el titular de Determinado Producto o Servicio. Viene a ser el sujeto activo del contrato, es decir el interesado en el análisis de mercado, aquel que solicita la información a la persona especializada. En estos casos, la empresa puede contratar a una empresa especializada o a un particular reconocido con la finalidad de que realice las actividades de merchandising. Obviamente el contrato se perfecciona con la entrega de la información requerida. El merchandising es un oficio completamente nuevo y hay muy pocos merchandisers de verdad. Las grandes empresas que han montado ya departamentos de merchandising, han invertido en ellos varios años; tras titubeos, algunas incluso fracasaron. Los éxitos, por el contrario, están ligados a una cierta dosis de buena voluntad y altruismo de los departamentos de marketing, de los departamentos comerciales y de la dirección general que programó inversiones a medio plazo para definir los métodos y formar a los hombres

  21. 2. El Merchandiser Es un especialista en gestión, un técnico con un conocimiento profundo de los productos y de la gestión, un promotor y un informador. Quizás sean muchas cosas para solo un hombre, por lo que parece difícil encontrar a este hombre orquesta. En realidad el merchandising no vende directamente un producto, sino que vende su empresa y vende servicio. El arte técnico del merchandising es encontrar el justo equilibrio, conociendo los parámetros indispensables: • Política del establecimiento • Habitos de consumo • Situación real de los productos por familia, tipo y variedad. • Emplazamiento de las marcas referenciadas sobre los mercados precisos en que se opera, con las valoraciones referentes al tipo de clientela y región. • Política del fabricante, teniendo en cuenta los productos que se van a comercializar (estrategias publicitarias y promocionales), y los productos nuevos anunciados (lanzamiento, mercados piloto, sostenimiento de los medios). • Plan promocional de la cadena y del establecimiento.

  22. Apreciaciones Personales Las definiciones y conceptos sobre el tema no son uniformes en todo sentido, sin embargo, se le reconoce similares caracteres en toda opinión de la doctrina. • El merchandising es una creación del comercio moderno (del comercio dinámico, el de la tienda inteligente, el de la factoría de ventas que conoce y sigue sus “consumidores”, tiene en cuenta las variables socioeconómicas y sabe conseguir la fidelidad de sus clientes). • El merchandising constituye el resultado de importantes modificaciones de los principios rectores de comercialización a partir del nacimiento del autoservicio. • Podemos identificar al contrato del merchandising como un contrato atípico derivado de las prácticas comerciales.

  23. EL AUSPICIO O ESPONSORIZACION GENERALIDADES • Toda institución jurídica, y en particular los contratos, suele tener un basamento de tipo sociológico o bien una función económica que justifica su aparición. • El contrato de auspicio, a pesar de la aparente antigüedad que se quiera ver en él, cobra importancia en las últimas décadas, como producto de la conjunción de ciertos factores. Los agentes económicos, al enfrentarse a una cada vez más creciente competencia, han descubierto que ciertas actividades, otrora intrascendentes para sus fines, pueden constituir canales de comunicación de gran importancia para el lanzamiento de mensajes dirigidos a los consumidores. • En esta perspectiva, es menester señalar, tal como los hechos lo han venido demostrando, la importancia que para las empresas han cobrado el deporte, los espectáculos televisivos y las actividades artísticas o culturales. Fundamentalmente por ser actividades que se desarrollan públicamente y que, de uno u otro modo, conciertan la atención de un alto número de espectadores, quienes son tomados en cuenta bajo la óptica del "potencial consumidor". • Es justo por los alcances públicos de aquellas actividades, que los sujetos actuantes en los distintos mercados, entre las nuevas formas de promocionar sus productos, han elaborado este nuevo contrato de auspicio, al que llamaré, igualmente, como esponsorización.

  24. Concepto • Una cuestión preliminar que surge, casi como un imperceptible obstáculo, pero que puede generar confusión, es el que tiene vinculación con los diversos significados que usualmente se ha atribuido al término "auspiciar". Inclusive, el uso reiterado del vocablo, aplicado al contrato bajo estudio, podría dar a entender que se trata de un viejo asunto que presenta escaso interés. • Un primer significado de la palabra "auspiciar", que encontramos en los diccionarios no técnicos, es el de "proteger" o "amparar" que, para los efectos del contrato estudiado, dice poco sobre su naturaleza y contenido. En este caso, el "auspicio" parece ligado a una especie de mecenazgo que alude a otra figura que se conoce, más bien, como patrocinio, según veremos después. • Una segunda acepción de "auspiciar" es la de dar señales que presagian los resultados de un negocio. De ahí que se diga, en el lenguaje popular, que se trata de un asunto o negocio con "buenos auspicios". • Una tercera atribución de significado a la palabra "auspiciar" viene dada por la idea de que algún sujeto o institución de prestigio "presta su nombre" a otro que va a desarrollar una cierta actividad pública, para respaldarlo, es decir, darle una especie de aval, sin exigir nada a cambio. • Otra usual explicación del vocablo se concreta en la adjudicación del mismo a quien "promueve" un evento de resonancia pública, sin ser, propiamente, su organizador. • Finalmente, pero sin agotar otros posibles sentidos de contenido, el "auspicio" es entendido como la colaboración efectivamente prestada a otro para la realización de una actividad de alcance masivo.

  25. Las partes del contrato de auspicio: • Una de las notas señalativas del contrato de auspicio está dada por la condición o calidad de las partes que celebran el contrato de auspicio. • El sponsor o auspiciador es una empresa o un empresario que busca incrementar el posible número de consumidores de sus bienes o servicios y que, más allá de otro tipo de publicidad a la que hubiese recurrido previa o coetáneamente, canaliza ciertos mensajes a través de la actividad del sponsee. • El auspiciado, por su parte, ha de ser una persona, un grupo de personas o una organización del más variado tipo (asociación, federación, etc.) que desarrolla de modo habitual una actividad de alcance masivo o público, de modo que mediante ella haga posible el "retorno publicitario" a favor del sponsor, ya sea exhibiendo o portando, como prestaciones básicas a su cargo, el nombre, la marca u otro signo que identifique al sponsor. No se trata, necesariamente, de un personaje famoso (que aumentaría la posibilidad del retorno), sino de alguien que ejecuta habitualmente actividades de resonancia pública.

  26. Los tipos del contrato de auspicio • La práctica ha ido delineando hasta tres tipos de actividades susceptibles de ser auspiciadas dando lugar, cada cual, a un diverso tipo de esponsorización. • Como se anotó en precedencia, el deporte, en general, hasta hace algunas décadas sin mayor importancia para la difusión de mensajes empresariales publicitarios, ha llegado a convertirse, para los agentes económicos, en una de las actividades de mayor interés, en la medida que su masificación ha ampliado las posibilidades de lanzar señales al mercado. • Las sumas que efectivamente se destinan a financiar a atletas, escuadras o corporaciones deportivas pueden ser drásticamente menores por la circunstancia de que la prestación a cargo del auspiciado acompaña a éste durante la entera ejecución de la actividad de alcance público. • Otro tipo de esponsorización se da con ocasión de los espectáculos televisivos. Poco importa al sponsor, en esta hipótesis, entablar una relación con los titulares o concesionarios del medio, pues le basta contratar con el creador u organizador del espectáculo. • El tercer tipo del contrato de auspicio se celebra para la realización de actividades artísticas o, más ampliamente, culturales. En este supuesto, sin embargo, juega un rol importante no tanto el objetivo de ventas o de ampliación del número de consumidores de los productos o servicios del sponsor, cuanto su prestigio en el auspicio de actividades de esta índole. La diversa naturaleza del evento hace que varíe el mecanismo a través del cual se da cuenta de la presencia de un sponsor

  27. Contrato de prestaciones correspectivas • Una de las características del contrato de auspicio es la de generar prestaciones a cargo de ambas partes, es decir, se trata de un contrato con prestaciones recíprocas, en terminología del Código civil. • En esa medida, parece viable la aplicación del régimen sobre esta clase de contratos previsto dentro del mencionado Código: arts. 1426 a 1433. • En efecto, el sponsor, que financia la actividad de alcance público del auspiciado (mediante la entrega de sumas de dinero) o le provée de bienes o materiales útiles para la ejecución de aquella, cumple primero su prestación. A su turno, el sponsee despliega la labor que le es propia y habitual exhibiendo o portando el nombre, marca u otro signo del auspiciador. No obstante, esta obligación es cumplida siempre en un momento posterior. • Inclusive, en caso que el auspiciado quede obligado a otras prestaciones (permitir el uso de su imagen, de las declaraciones vertidas sobre los productos o bienes del servicio, etc.), la ejecución no coincide en el tiempo con la obligación que atañe al sponsor. En otras hipótesis, además, el sponsee puede grabar spots -que serán difundidos por el auspiciador- antes de percibir el auspicio. Pero aquí tampoco se ejecutan de modo simultáneo.

  28. Las prestaciones emergentes del contrato de auspicio • Una prestación fundamental -que hemos calificado como básica y mínima- a cargo del sponsee está constituida por la exhibición del nombre, marca, logotipo, emblema u otro signo que aluda a la empresa auspiciadora. • n algunos contados casos el sponsor pide que se porte o exponga una brevísima frase alusiva a él. Esta obligación se concreta de manera distinta, en función de la actividad auspiciada. Así, es fácil advertir la referencia al auspiciador en la indumentaria de los deportistas, en la preparación de los sets televisivos o en la propaganda volantesca de las actividades culturales. • En los espectáculos de la televisión, de otro lado, la exhibición o referencia al auspicio debe realizarse durante el programa. En ciertos casos, el auspiciado (organizador o conductor) debe transmitir el spot publicitario que el sponsor inserta en los medios de comunicación masiva, pero siempre durante la secuencia del programa y no antes o después, ya que entonces es fácil pensar que no media ningún auspicio y que se trata, más bien, de la acostumbrada contratación de espacios de tiempo (con los titulares de dichos mass-media y no con quienes realizan el espectáculo) para la inserción de mensajes promocionales de productos o servicios. • A pesar de la presencia de las prestaciones hasta aquí descritas, el auspiciado puede obligarse a más, según los requerimientos y la estrategia delineada por el sponsor.

  29. La atipicidad del contrato de auspicio • El contrato de sponsorización no encuentra, por su novedad, una disciplina normativa propia en nuestro ordenamiento jurídico. • Los agentes económicos han celebrado, a lo largo de los últimos años, una serie continuada de estos acuerdos, pero muchas veces sin tener consciencia -al igual que las personas que han recibido el auspicio- de que se trata de una nueva modalidad contractual diversa a la clásica de la inserción publicitaria. • La doctrina nacional nada ha dicho, hasta hoy, sobre esta figura, que parece desconocida para los privatistas. • Es más; en los hechos las partes hacen uso del término sponsor sin darse cuenta que se trata de un negocio de esponsorización, y califican al contrato ya sea como un común contrato de publicidad o como un contrato de prestación de servicios. En otros casos, diría límites pero no infrecuentes, se ignora la naturaleza contractual del acuerdo y se estima que una empresa dada ha colaborado con un evento, sin advertir que el propio sujeto auspiciado ha realizado, como contraprestación, un retorno publicitario en favor del auspiciador. • Evidentemente, a pesar de la ausencia de un tratamiento legislativo ad hoc para este contrato, el intérprete se podría sentir tentado a encuadrar esta figura dentro de la categoría de los contratos de prestación de servicios, en consideración de la amplia redacción del art. 1757 del Código civil: "Son también modalidades de la prestación de servicios(1), y les son aplicables las disposiciones contenidas en este capítulo, los contratos de doy para que hagas y hago para que des".

  30. Los límites de las cláusulas resolutorias. • En lo que atañe a la inclusión de cláusulas resolutorias en el contrato de esponsorización, es menester formular algunas precisiones. • El incumplimiento de un cierto deber de prestación puede dar lugar a la resolución sobre la base de una cláusula resolutoria incluida en el contrato, siempre que esa falta de ejecución hubiere sido determinada para ejercer la facultad de extinguir el vínculo obligatorio de ese modo. • En el contrato de esponsorización, los supuestos de incumplimiento total o de cumplimiento defectuoso que no garantice un eficaz retorno publicitario, previstos por las partes para ejercitar la facultad resolutoria, pueden no ser del todo pacíficos. • Así, tratándose de un programa televisivo, el sponsor puede pactar que se reserva la facultad de resolver la relación obligatoria si la sintonía o "rating" ha descendido notablemente. Para que no surja dudas en torno a la popularidad del espectáculo, lo óptimo es que ambas partes designen, conjuntamente, a la empresa que habría de encargarse de realizar la encuesta o sondeo. • Pero qué sucede si el auspicio ha sido concedido a una escuadra deportiva, ¿puede pactarse la resolución si, por ejemplo, aquella queda relegada de un campeonato y, por tanto, "baja de división"? • Como es fácil advertir, los resultados del torneo no pueden ser garantizados ni por el equipo ni por la organización. Pero, a pesar que el sponsor no es acreedor de la actividad habitual del auspiciado, éste puede comprometerse a desarrollar la labor que le incumbe con el mayor esfuerzo, por lo que si se ha pactado que la baja de división dará pie a que el sponsor pueda ejercer la resolución, parece que no habría obstáculo alguno para que dé por terminado el vínculo. El retorno publicitario no sería el mismo si la escuadra ha perdido categoría, lo que iría en desmedro de las expectativa del auspiciador.

  31. Apreciaciones Personales En nuestra opinión, el bajo rendimiento, la suspensión o la enfermedad (no imputables) no constituyen, per se, causales de resolución, pero, de discutirse su eventual inclusión en el contrato como tales, hemos de confesar que nos resulta un pacto extraño. Las suspensiones, por lo demás, pueden obedecer a los avatares de la actividad misma, que escapan a toda buena intención y a cualquier previsión (incluso si el sponsee prometió observar un comportamiento respetuoso y reglamentariamente correcto). El supuesto de enfermedad parece contrario a cualquier estipulación a este respecto. El bajo rendimiento, a su turno, depende de tantos factores que es complejo dar una respuesta segura.

  32. BIBLIOGRAFIA • ARIAS-SCHREIBER P. Max y otros (1999). El contrato de auspicio, patrocinio o esponsorización (sponsorship). En su Contratos modernos, (pp. 369-403), Lima: Gaceta Jurídica. 510 p. • DIEZ-PICAZO Y PONCE DE LEÓN, Luis M. (1995). El contrato de esponsorización. IPEF Revista Jurídica del Instituto Peruano de Estudios Forenses, Año II Nº 2, Lima, 1995, pp. 43-49 • VICENTE DOMINGO, Elena (1998). El contrato de esponsorización, Civitas, Madrid, 192 p.

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