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Dip. César Camacho Presidente de la Comisión de Justicia Cámara de Diputados, LX Legislatura. SIMPOSIO NACIONA SOBRE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA PENAL LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL AL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL. 10 DE JULIO DE 2009.
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Dip. César Camacho Presidente de la Comisión de Justicia Cámara de Diputados, LX Legislatura SIMPOSIO NACIONA SOBRE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA PENAL LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL AL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL 10 DE JULIO DE 2009
LA REFORMA CONSTITUCIONAL AL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL • Génesis de la reforma: seguridad o justicia; falso dilema. • Resultado: sistema penal preponderantemente acusatorio, propio de un Estado Democrático de Derecho. • Visión integral de los fenómenos de seguridad y justicia.
2. LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA A) Mandato constitucional, que entraña: • Obligación para las autoridades. • Oportunidad para académicos y sociedad civil. B) El gran problema, la falta de concierto en las acciones. C) Instancia de coordinación.
Fragilidad jurídica por la arrogación presidencial de facultades. • Nombramiento de José Luis Santiago Vasconcelos: 26 de agosto de 2008. • 2) Decreto presidencial del 13 de octubre de 2008. Instalación del Consejo de Coordinación el 18 de junio de 2009. • Presidido por el Secretario de Gobernación. • Secretaría Técnica, como órgano administrativo desconcentrado de SEGOB.
3) Conformación inequitativa: • Cuatro representantes del Poder Ejecutivo (PGR, SSP, SEGOB y CJEF). • Dos representantes del Poder Judicial de la Federación (SCJN y CJF). • Dos representantes del Poder Legislativo (un diputado y un senador). • Representantes de la Conferencia de Procuración de Justicia (Sinaloa) y de la CONATRIB (Edomex). • Representante de la Conferencia de Seguridad Pública (participa el Coordinador General de Asuntos Jurídicos de SSP). • 4) Ausencias: • Representantes del sector académico. • Representantes de la sociedad civil.
3. ACCIONES REALIZADAS 3.1. Poder Legislativo A) Miscelánea penal homologación de disposiciones vigentes al día siguiente de la publicación del decreto. • Orden de cateo por cualquier medio. • Registro inmediato de detenciones. • Requisitos para el arraigo. B) Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública: • Homologación de carrera policial. • Certificación profesional y de control de confianza obligatoria. • Base única de datos criminalísticos. C) Ley Orgánica de la PGR: • Acercamiento de los servicios de procuración de justicia a la ciudadanía. • Fortalecimiento de la Visitaduría como órgano técnico de control. • Controles de legalidad estrictos para el MP.
D) Ley de la Policía Federal: • Desarrollo de facultad nueva de investigación, bajo el mando y conducción del MP. • Diseño de un esquema de investigación para la prevención. E) Ley Federal de Extinción de Dominio: • Jueces de Distrito especializados. • Tutela efectiva de derechos de terceros. • Todo lo obtenido, para reparar el daño a las víctimas. • Reforma constitucional en materia de secuestro. F) Narcomenudeo: • Reducción de dosis permitidas para consumo personal. • Distribución de competencias entre la federación y los estados. • La tercera vez que se sorprenda a un farmacodependiente, tratamiento obligatorio.
3.2. Poder Judicial • Comité organizador de eventos académicos para difundir y discutir la reforma entre sus miembros (Min. Valls). • Cursos de especialización para juzgadores penales (desde septiembre de 2008). • Creación de siete juzgados de control (Acuerdo del CJF del 5 de enero de 2009). • Curso obligatorio del 15 de junio al 9 de julio, en materia de extinción de dominio para juzgadores civiles (Acuerdo del CJF del 6 de mayo de 2009).
3.3. Poder Ejecutivo • Impulso de legislación relacionada con seguridad y procuración de justicia, y combate al crimen organizado. • Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. • Ley Orgánica de la PGR. • Ley de la Policía Federal. • Ley Federal de Extinción de Dominio. 3.4. CONATRIB • Creación de un código procesal penal tipo.
4. CADA PODER HA HECHO LO QUE ESTIMA CONVENIENTE • A) Poder Legislativo: cumplimiento de plazos fatales, pero con leyes carentes de trabajo coordinado e interés de todas las fracciones. • B) Poder Judicial: acciones con la mejor intención, pero de manera aislada. • C) Poder Ejecutivo: impulso de las medidas contra el crimen organizado, mas no del cambio estructural al sistema de justicia. • En la implementación, no debe perderse de vista la integralidad.
5. RECURSOS • A) En la iniciativa de PEF del Ejecutivo, no se incluyó partida alguna para la implementación de la reforma. • B) Recursos para la seguridad (PGR y SSP): 45 millones. • C) Recursos para la justicia (PJF): 30 millones. • D) Imperativo constitucional destinar recursos, con visión plurianual.
6. TAREAS PENDIENTES • 6.1. Poder Legislativo • Código Procesal Penal Federal. • Ley Federal de Ejecución de Sanciones Penales. • Ley General para Prevenir y Sancionar el Secuestro. • Reformas a la Ley de Defensoría Pública. • Reformas en materia de amparo.
6.2. Poder Judicial • Intensificar la capacitación a todo el aparato jurisdiccional. • Capacitación a la defensa pública. • Diseño de infraestructura. • Creación de jueces de extinción de dominio. • Restructuración de juzgados y tribunales (juzgadores de control, de conocimiento y de ejecución).
6.3. Poder Ejecutivo • Restructuración del sistema penitenciario (plazo máximo de tres años). • Capacitación a ministerios públicos, policías y peritos. • Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (plazo máximo de 18 meses). • Creación del Centro Nacional de Certificación y Acreditación (certificación de centros estatales, plazo máximo de un año). • Reglas de operación del Consejo Nacional de Seguridad Pública (instancia superior de coordinación que define políticas públicas; plazo máximo de nueve meses). • Funcionamiento inmediato del Sistema Único de Información Criminal.
7. ACCIONES URGENTES PARA TODOS • Conciencia del cambio de cultura jurídica: conocimiento del tema, voluntad política y audacia. • B) Legitimación y operatividad del Consejo de Coordinación. • C) Coordinación entre poderes (aprovechar el clima de colaboración que hizo posible la reforma). • D) Participación de académicos y sociedad civil. • E) Apercibirnos del plazo constitucional. • Ocho años parecían mucho tiempo, ya transcurrió uno.
Presentación disponible en: www.cesarcamacho.org