130 likes | 494 Views
Escuela Superior de Gendarmería. CLASE TEORICA. Curso : OPM – Especialidades MATERIA : Perspectivas doctrinarias y jurídicas de seguridad e inteligencia. TEMA : Ley de Inteligencia Nacional (Nº 25.520). AÑO 2010. TEMARIO. Definiciones Protección de derechos y garantías
E N D
Escuela Superior de Gendarmería CLASE TEORICA Curso: OPM – Especialidades MATERIA: Perspectivas doctrinarias y jurídicas de seguridad e inteligencia TEMA: Ley de Inteligencia Nacional (Nº 25.520) AÑO 2010
TEMARIO • Definiciones • Protección de derechos y garantías • Organismos de Icia • Secretaría de Inteligencia (S I) • Dirección Nacional de Inteligencia Criminal • Dirección Nacional de Inteligencia Militar. • Sistema de Inteligencia Nacional • Funciones de la S.I. • Clasificación de la Información. • Interceptación y captación de Com. • Capacitación. • Control Parlamentario.
A F E C T E N Q U E Icia Nac Actividad Que consiste EN Contra Icia Actividad propia del Campo de la ICIA PARA • QUE • SE • REALIZA DEFINICIONES I N F O R M A C I O N • Obtener • Reunir • Sistema- • zar y • Analizar • Referida a: • Hechos • Amenazas • Riesgos • y • Conflictos • SEGURIDAD • EXTERIOR • E • INTERIOR • DE LA • NACION. LA REPRE- SENTEN AMENA-ZAS O RIESGOS P A R A EVITAR ACTIVI- DADES DE ICIA DE ACTORES LA SEG DEL ESTADO NAC. QUE
DEFINICIONES A F E C T E N A las Actividades Criminales especificas LA Icia Cri Parte de laIcia referida Icia Estr Mil Parte de la Icia Referida al conocimien-to DE • Libertad • Vida • Patrimonio • Derechos • Etc Etc • En Síntesis laSEGURIDAD • INTERIOR • . Naturaleza Magnitud Consecuencias Peligrosidad o Modalidades Que por Capacidades y Debilidades del potencial militar DE LOS PAISES QUE INTERESEN DESDE PUNTO DE LA DEFENSA NACIONAL y Del ambiente Geográfico de las Areas Estratégicas que determine el Planeamiento militar
DEFINICIONES Sistema de Inteligencia Nacional Conjunto de relaciones funcionales de los Organismos de Icia del Estado Nacional dirigidos por la S I a efectos de Contribuir a la toma de decisiones en materia de seguridad exterior e interior de la Nación ES EL
Ref.: Dependencia Org Vinculacion func PEN Min Jus Min Def S.I. S.S.I. DINICRI Dir Nac Est Mil Sec As Mil GNA Dir Icia Crim E A Icia SISTEMA DE ICIA NAC PFA FAA Icia Crim Icia PNA ARA Icia Crim Icia OTRO ORG NAC ICIA PSA Icia Crim
PROTECCION DE DERECHOS Y GARANTIAS • Prohibiciones de los Organismos de Icia: • Realizar tareas represivas; cumplir por sí funciones policiales. • Obtener información de personas por el solo hecho de raza, religión,…. • Influir en la situación Institucional, política, militar… • Revelar o divulgar cualquier cualquier tipo de información adquirida en sus funciones sobre…. • Las comunicaciones (TE, Postal, etc) son inviolables
Secretaria de Inteligencia – S I-(Ex SIDE) • Funciones • Formular el Plan de Icia Nac. • Planificar/ejecutar actividades de Icia Nac • Dirigir y articular el sistema de Icia Nac. • Proporcionar al Min Def Inf e Icia contribu-yente a la Icia Estr Mil • Idem respecto del C.S.I. • Etc Etc
ORGANISMOS DE ICIA SUPERIORES • Dirección de Inteligencia Criminal • Función: Producir Icia Crim • Dirección de Inteligencia Estratégica Militar • Función: Producir Icia Estr Mil • Los Organismos de Icia FF AA producirán: • Icia Estratégica Operacional • Icia Táctica • Icia Técnica específica.
CLASIFICION DE LA INFORMACION • Las actividades de Icia, el Pers, la doc, etc. llevarán a clasificación de seguridad que corresponda al interés de la D N. • El acceso a la información clasificada será autorizada por el Presidente. • La clasificación se mantendrá aunque deba ser suministrada a la Justicia • El pers de Icia, de la justicia, los legisladores, etc. que divulguen información incurrirán en delito.
INTERCEPTACION Y CAPTACION DE COMUNICACIONES • Cuando sea necesario los Organismos de Icia deberán solicitarlo a la Justicia. • La autorización la pedirá el Secretario de Icia. • La ley establece los procedimientos que se seguirán en la Justicia. • En la S I, se crea la D O J; único Organismo que puede hacer esta actividad. • La ley establece los procedimientos que deberá seguir la Justicia para sus pedidos.
Personal y Capacitación: • La ley prevé el régimen del personal de la S.I. • También establece las bases para el sistema de capacitación de este personal • Control Parlamentario: • Los Organismos de Icia son supervisados por una Comisión Bicameral creada en el H C N.