330 likes | 909 Views
El Pensamiento Jurídico de Jürgen Habermas. Por: Martha Andrea Aparicio Hernández. Biografía. Düsseldorf, Alemania en 1929 Crisis de 1929 surgida en Estados Unidos Nazismo Libertad y justicia No es posible una objetividad ajena a valores e intereses. Conocimiento.
E N D
El Pensamiento Jurídico de Jürgen Habermas Por: Martha Andrea Aparicio Hernández
Biografía • Düsseldorf, Alemania en 1929 • Crisis de 1929 surgida en Estados Unidos • Nazismo • Libertad y justicia • No es posible una objetividad ajena a valores e intereses
Conocimiento • Deficiencia en el modelo clásico • Individualista y no toma en cuenta la Dimensión Intersubjetiva del conocimiento
Racionalización • más allá de lo empírico para abarcar un terreno mayor de conocimientos • finalidades determinadas pues ya se abstrajo el contenido de mayor relevancia, se conoce la materia sobre la cual versarán las acciones futuras.
Argumentación • retoma la importancia de la interacción entre sujetos capaces de lenguaje y acción • pretensiones de validez que se vuelven claras con ayuda de la argumentación • llevar al exterior el conocimiento de las personas, con el lenguaje argumentativo podrá trascender a los demás individuos
no es un proceso de deliberación que tenga como resultado inmediato decisiones precisas, sino • un procedimiento para resolver problemas que debe conducir a convicciones…..no para realizar juicios morales o éticos, con los procedimientos legalmente institucionalizados para la formación de la voluntad política, medidos por el discurso
Discurso • La ética del discurso es una ética cognitivista y una ética universalista. • No solamente es la validez universal sino que, es una ética deontológica, lo cual quiere decir lo siguiente: • 1) Abstrae de las cuestiones de la vida buena, • 2) No confunde la verdad de un enunciado con la justicia o rectitud de una norma
Ética y Moral • los juicios y argumentos deben tener una conexión o motivación interna que se relaciones con la buena vida cuya validez nadie pone en duda • se hacen extensivas y abarcan a una comunidad ideal de comunicación, que incluye a todos los seres capaces de lenguaje y acción
Teoría de Acción ComunicativaLenguaje • el lenguaje deja de ser un simple instrumento en la vida social a diferencia de lo que postula • importante para la solidaridad social, el entendimiento entre las personas • con base en lo ético se puede llegar al punto pragmático
Teoría Crítica de la Sociedad • razón como medio para que los sujetos realizaran acciones con fundamento en la unión de los consensos comunicativos • apartarse de las ideas sobre la razón instrumental y el concepto de verdad que la acompaña • las personas no están obligadas moralmente de forma distinta como individuos que se respetan uno a otros que como miembros de una comunidad que realiza fines colectivos.
Verdad • concepto consensual de la verdad; en donde no es una propiedad de los objetos del hombre o del mundo, sino el resultado de la fundamentación de la razón y no de experiencias. • concepto de razón comunicativa una verdad proposicional a partir de un ensamblado de condiciones posibilitantes, y a la vez, restrictivas • estará fundada en un consenso racional que pueda ser alcanzado por los sujetos en el contexto de acción (característico de aquellos que cuentan con lenguaje)
Sociología • el ámbito objetual de las ciencias sociales comprende todo lo que puede caer bajo la descripción: elemento de un mundo de la vida • la comunicación en la convivencia humana es lo que lleva al consenso y a la toma de decisiones colectivas.
Esfera Pública • ámbito de la vida social en la cual algo similar a la opinión pública puede formarse y todos los ciudadanos tendrán acceso a la esfera pública • ideas, conversaciones y participación en la vida pública. • NO participan como funcionarios públicos • principio de información pues es una forma de comunicación entre la gente y el estado
Crisis Social • cuatro tipos de crisis: • Económica • Racional • Motivacional • De legitimación
Derecho • posición de izquierda la concepción de una comunidad se individuos libres e iguales ante el derecho • principio de la autonomía orden jurídico justo puedo hacerse valer incluso sobre un pueblo de diablos, trascendiendo las siempre contingentes motivaciones que nos llevan a obedecer sus disposiciones • diferentes medios de legitimación y considerar lo ético o al lenguaje como uno tanto de esos medios. No como esenciales sino como complementarios
Modernidad • individualización acentuada • tipo de racionalización, racionalidad instrumental en todas las esferas sociales • aspecto pragmático de la comunicación en los diferentes ámbitos sociales.
Dimensión Normativa • Moralidad entra al sistema después de una previa transformación explícita; consideraciones prácticas únicamente. • cambios en la sociedad
Democracia Deliberativa • democracia en sí, complementada con procedimientos colectivos para la toma de decisiones políticas, con la participación de todos • base en la argumentación y la discusión pública de los temas • Tres momentos : • las garantías jurídicas básicas son el fundamento reconocido de la estabilidad jurídicamente ordenada • interpretación liberal del catálogo de derechos fundamentales • el incremento de funciones del Estado social
racionalizar el elemento político en la praxis puede garantizar una supervivencia a las tentaciones • permite penetre el sistema tanto en el derecho como en la política, una racionalidad procedimental de tipo ético
Entrevista • La abstracción y generalización motivos éticos incuestionables en las normas jurídicas • Las leyes o normas no se pueden determinar cómo justicia en sí mismas, son un medio para llegar a la justicia. • La individualidad de la persona no es cuestionada en ningún momento • Es cuando surge un conflicto se puede ir por encima de la individualidad en busca de solidaridad para la comunidad
obedecer por autonomía y no por coacción partiendo del entendimiento y legitimidad • desobediencia desacuerdo en el supuesto consenso • la validez universal proviene de la eticidad de las cosas
Conclusiones • lenguaje, punto de partida comunicación mundo jurídico. • intereses en común y a las motivaciones en común no se discuten o cuestionan • ética normas y su contenido • la moralidad atiende a un fin bueno • pretensión de validez. • la cuestión práctica quedará clara para la sociedad por medio de la acción comunicativa
Incumplimiento reflejo de limitaciones en la comunicación aclaraciones teóricas regresar al origen. • ¿es simplemente lenguaje y ética, en su totalidad? • libre albedrío que nos lleva a comportarnos contrario a éstos. • aspectos complementarios