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Historia legislativa del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses de España. Etapas fundamentales. I . Precedentes o antecedentes históricos II . El Reglamento de 13 de Mayo de 1862 y las disposiciones posteriores
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Historia legislativa del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses de España
Etapas fundamentales I. Precedentes o antecedentes históricos II. El Reglamento de 13 de Mayo de 1862 y las disposiciones posteriores III. Las nuevas reformas legales y la fusión con los médicos de penitenciarías IV. El período entre guerras. El primer tercio del siglo XX V. Desde la Guerra Civil a la actualidad
I. Antecedentes históricos: La Edad Media • Fuero Juzgo (s. VII):Ejercicio prof, indemn lesiones, exención responsab, aborto, envenenamiento • Código de las Partidas con 2 capítulos: Arte obstétrico y patología sexual Lesiones y traumatología También Usatges barcelonesas, el Fuero Viejo de Castilla, el Fuero Real
Edad Media: Casos de Peritaciones médicas conocidas • Jaime I de Aragón (s. XIII) nombró peritos con sueldo y atribuciones • Jaime II (reina 1291-1327), nieto del anterior, organizó algo similar al reconocimiento médico de lesionados • Intervención de peritos en incapacitación de uno de los representantes valencianos en el Compromiso de Caspe (1412)
Siglo XVI • Juan Fragoso, médico de Felipe II: “Tratado de las declaraciones que han de hacer los cirujanos acerca de muchas enfermedades y muchas maneras de muertes que suceden”. Con capítulos sobre tratamiento de heridas, asfixias, lesiones en vida y cadaver, diagnóstico de muerte, etc…
Siglo XVI (Cont) • Tomás Porcell y Juan de Carmona: Autopsias • Luis Libera y Damián Carbó: Sexología • Andrés Laguna: Venenos • Cristóbal Pérez: Simulación • Dionisio Deza: Lesiones
Siglo XVII • Texto sobre partos del jurista Alonso Carranza (1628) • Texto sobre venenos de Campos (1637) • Texto sobre venenos de Bataller (1661)
Siglo XVIII • “Cirugia Forense” con el subtíltulo “ arte de hacer los informes y declaraciones chirurgico-legales” de Domingo Vidal: Primer texto independiente de medicina legal • Cinco ediciones
Siglo XIX • La obra de Mateo Orfila • Tratado de medicina legal del jurista Peiró y el Dr. Rodrigo. Cuatro ediciones • Tratado de moral médica de Félix Jener • La obra del Dr. Pedro Mata: texto y cátedra • El secreto médico del Prof. Escayola • Las Academias de medicina
Antecedentes legislativos (I) • Creciente auge de conocimientos médico legales • La sociedad pide urgentemente dar marco jurídico a la medicina forense • Enseñanza reconocida por Real Cédula de 6 de Marzo de 1804 como asignatura para 5º año • Necesidad urgente de peritaje médico en tribunales • Falta de interés por los médicos por la falta de retribución • Academias idéntico problema
Antecedentes legislativos (II) • RO 1-Nov-1835: Comisión regia para examinar y reformar los reglamentos de la medicina. De aquí dimana el Plan de Estudios de 1836 • RO 21-Junio-1842: dispone sean satisfechos honorarios de médicos que intervengan en reconocimientos judiciales
Antecedentes legislativos (III) • RD de 1 y 2-Junio-1843, de 26 y 30 de Octubre de 1843 y RO de 26-Octubre-1843 por los que se desarrolla el Plan de estudios médicos impulsado por el DR. Mata • RO de 9-Marzo-1851: presupuesto de Mº de Gracia y Justicia de 30000 r v • RO de 3-Marzo-1852: situación económica insostenible pues los 30000 r v son para gastos materiales
Antecedentes legislativos (IV) • RO 4-agosto-1852 y RO 5-abril-1855: intentan obligar a realizar los peritajes ya que no se pagaban • Proyecto ley sanidad • RO 28-agosto-1855: Nombramiento de los 8 primeros médicos forenses en Madrid
Antecedentes legislativos (V) • Ley de Sanidad de 28-noviembre-1855: Reconocimiento implícito de la creación del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. Se advierte de la urgencia de crear el cuerpo en Art. 93-95 • RD 12-septiembre-1860: Obligación de médicos titulares a colaborar con los tribunales
II. El Reglamento de 13 de Mayo de 1862 y las disposiciones posteriores
II. Creación del Cuerpo y disposiciones posteriores • RD 13-mayo-1862: Reglamento de creación del Cuerpo, preámbulo de justificación. • 34 artículos, 1 art. Transitorio y 1 arancel. • Vigor desde 1-octubre-1862 • Requisitos, actuaciones, derechos y deberes • Arancel con repercusión sociológica: desde 300 rv por envenenamiento en Madrid a 4 rv por visita en pueblo <30000 hab • Niveles: Madrid, ciudad>30000 (75%) y ciudad<30000 (50%)
Creación del Cuerpo • RO 19-mayo-1862: completa reglamento, norma solicitudes ingreso hasta 20-6-62 • RO 28-junio-1862: Permanencia de forenses anteriores al reglamento • RO 4-sept-1862: Completa organización del servicio y se nombran todos • RO 1-octubre-1862: regula la toma de posesión
Disposiciones posteriores • Inicio del descontento económico: El Siglo Médico. Dr. Nuño y Herrero (7205 y 9525) • RD 31-marzo-1863: Mº reconoce gran deuda. Agravación ya que sólo cobra Madrid 1000r/año y nada el resto • RO 4-mayo y 12-junio-1863: provisión de vacantes, formalización de expedientes para satisfacer derechos devengados
Disposiciones posteriores • RO 16-sept-1863: exime del subsidio industrial a los M. Forenses • RO 20-marzo-1865: Suspensión efectos art. 29 de RD 13-mayo-1862 de percepción honorarios: Duro golpe, insolvencia del Ministerio • RO 20-julio-1867: Permiso para ejercer fuera del territorio
Disposiciones Posteriores • RO 14-mayo-1872: Dtor Especial Sanidad Puertos no obligado. • RO 4-enero-1873 y 14-mayo-1873: Medalla Oro y reconocimiento funciones propias de médico registro civil. • RO 30-abril-1875: Médicos C. de baños desempeñan funciones periciales.
Disposiciones Posteriores • Ley 14-sept-1882 de Enjuiciamiento Criminal: Menciona papel de M Forense. • RO 3-mayo-1888: Normas para nombramiento de M Forenses • RO 9-enero-1889: Casos en los que los médicos de la sanidad marítima están obligados a labores M Forenses
Real Academia de medicina • Ley de 1830: pasan de ser centros culturales a tener poder en la emisión de títulos, intrusismo, informes,… • RO 28-abril-1862: seis secciones y siete comisiones ( una de M. legal) • Posteriormente pierde competencias de nuevo
III . Las nuevas reformas legales y la fusión con los médicos de penitenciarías
III. Nuevas Reformas Legales • RD 26-diciembre-1889: Punto de partida fusión M Forenses y M de Prisiones. Reconoce deficiencias y busca remedios situación MF que no cobraban. • RD 22-marzo-1890: Completa normas prácticas.
Nuevas Reformas Legales • RD 22-octubre-1891: Confirma privilegios forenses para Madrid. 3 secciones: medicina y cirugía, toxicología y biología, medicina legal y antropología. • Asociación Médicos Forenses (1892): Petición desde Valencia, Barcelona y Alicante.
Nuevas Reformas Legales • Reglamento 13-diciembre-1893: Objetivos y organización del cuerpo. • RO 13-diciembre-1893: Reglamento oposición plazas Madrid. • RO 13-mayo-1902 y 5-junio-1903: Incompatibilidades con M beneficencia. • RO 17-mayo-1903: Ingreso de titulares y MF de Filipinas.
Nuevas Reformas Legales. • RD 18-marzo-1907: Se crea MF de Juzgados de Barcelona, regido por la RO 22-octubre-1891 de Madrid. • RD 22-octubre-1910: Confirma la situación privilegiada de Barcelona como Madrid.
IV. El período entre guerras. El primer tercio del siglo XX • RD 1-mayo-1911: Cambio de denominación a “Médicos Forenses y de las prisiones preventivas”. 3 categorías con honorarios de 500, 350 y 150 pesetas, excepto Madrid y Barcelona. • Propuestas proyecto de bases: Escalafón incluyendo Madrid y Barcelona. • RD 12-junio-1911: Creación CMF de Valencia.
El período entre guerras. El primer tercio del siglo XX. • RD 5-mayo-1913: Regulación de MForenses en 5 categorías: Jefes 3500 ptas., 1ª clase 3000, 2ª 2500, 3ª 2000, 4ª 1500. • RO 4-agosto-1913: Incompatibilidad CMF y Médicos del Rº Civil de Sevilla.
El período entre guerras. El primer tercio del siglo XX • RD 12-abril-1915: Punto partida legislación actual excepto privilegios de Madrid y Barcelona. 14 artículos y disposición transitoria. Bases CMF como hoy en 3 categorías: Entrada, ascenso y término con honorarios 1000, 1500, 2000 pesetas. Madrid y Barcelona turno oposición en dos partes (libre entre médicos y restringida entre MF)
El periodo entre guerras. Primer tercio del siglo XX • RO 21-abril-1915: Reglamento oposición vacantes categoría de entrada de la Audiencia Territorial de grandes capitales • RO 23-abril-1915: Reglamento oposición M Forenses. Norma legal 1ª oposición CMF de España y escalafón de 1916. Tribunal calificador y 4 ejercicios.
El período entre guerras. El primer tercio del siglo XX • RO 29-mayo-1915: Llamamiento oficial al Congreso Nacional de M Forenses de 27 y 28 junio 1915. • RO 12-julio-1915: Reclamación audiencias de hojas de servicios MF. • Primer escalafón del CMF en Gaceta Madrid 20-diciembre-1916 y completado en 31-diciembre-1916 y 2-febrero-1917.
El período entre guerras. El primer tercio del siglo XX. • RD 29-julio-1915: Fuente imprescindible en la historia del Cuerpo. • Disposiciones complementarias que modifican el RD 12-abril-1915. Escalafón único, incluso Madrid y Barcelona. Programa 1ª oposición en 4 partes (ML, tox, psiq, antropometría). • RO 16-mayo-1918: Reclamación por falta de pago según artículo 3º del RD 12-abril-1915
El período entre guerras. El primer tercio del siglo XX. • RD 17-octubre-1919: Aprobada plantilla Madrid, Barcelona y Sevilla. Honorarios 4000 ptas/año y 500 de gratificación. • Ley Presupuestos 29-abril-1920: Embargo ingresos municipales para pago de MF. • RD 27-sept-1920: Se modifica RD 29-julio-1915.
El período entre guerras. El primer tercio del siglo XX. • RO 22-octubre-1920: Modificación Ley Presupuestos para proveer plazas MForenses de Madrid y Barcelona. • RO 2-junio-1925: Normas sobre obligaciones a favor de que MForenses cobren de Ayuntamientos. No honorarios por asistencia a presos.
El período entre guerras. El primer tercio del siglo XX. • RO 26-julio-1926: Integración en D.Gral. Justicia de MF, IAF, I.Tox y Lab ML. • RO 2-marzo-1928: Normas ingreso vacantes MForenses. • RO 25-abril-1928: Regulación de provisión plazas MF en Barcelona. • RO 17-agosto-1928: Regulación provisión plazas MF en Madrid.
V. Ley Orgánica 17-Julio-1947 (BOE 18-7-47) • Regulación del cuerpo nacional MF: ingreso, oposición, escalafón, interinos, substitutos, incompatibilidades, incapacidades,… • Honorarios: 37 MF categoría especial (14000ptas/año), 106 MF 1ª categoría (12000 ptas/año), 136 de 2ª (9500 ptas/año) y 275 de 3ª (8400 ptas/año). • Jubilación a los 72 años.
Decreto 2555/1968 del 10 de octubre • Reglamento orgánico del cuerpo que modifica ley 11/1966 por la que se adapta a la ley de funcionarios civiles del Estado. • 3 exámenes: escrito, oral teórico y práctico escrito • Escuela judicial: 3 meses prácticas • Jubilación a los 70 o voluntaria a los 65 • Permite el acceso por concurso
RD 296/1996 de 23 de febrero • Fija el Reglamento del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses • Establece las condiciones de acceso • Acceso por oposición: tres pruebas • No concurso • Es la ley que rige en la actualidad