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ESTATUS DE LA NOM-012 y NOM-068 PESO Y DIMENSIONES DE LOS VEHÍCULOS Y CONDICIONES FÍSICO-MECÁNICAS. Ing. Angel Sánchez Tenorio Subdirector de Normas de Vehículos de Autotransporte. 13 de Agosto, 2010 (ANIQ,A.C.) XVII Convención Nacional de Logística y Transporte para la Industria Química.
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ESTATUS DE LA NOM-012 y NOM-068 PESO Y DIMENSIONES DE LOS VEHÍCULOS Y CONDICIONES FÍSICO-MECÁNICAS Ing. Angel Sánchez Tenorio Subdirector de Normas de Vehículos de Autotransporte 13 de Agosto, 2010 (ANIQ,A.C.) XVII Convención Nacional de Logística y Transporte para la Industria Química
Definiciones DIMENSIONES.- Alto, ancho y largo máximo expresado en metros, de un vehículo en condiciones de operación incluyendo la carga. CARGA UTIL Y PESO UTIL.- Peso máximo de la carga que un vehículo puede transportar en condiciones de seguridad y para el cual fue diseñado por el fabricante o reconstructor. PESO VEHICULAR.- Peso de un vehículo o combinación vehicular con accesorios, en condiciones de operación, sin carga. PESO BRUTO VEHICULAR (PBV).- Suma del peso vehicular y el peso de la carga. VEHÍCULOS EXTRALARGOS.- Son aquellos que tienen una configuración vehicular de tractocamión-semirremolque, de longitud máxima de 23.00 m., tractocamión-semirremolque-semirremolque y camión-remolque, de longitud máxima de 31.00 m. 3
Definiciones Camión unitario. Vehículo automotor de seis o más llantas, destinado al transporte de carga con peso bruto vehicular mayor a 4 t. Configuraciones Vehiculares: Tractocamión articulado. Vehículo constituido por un tractocamión y un semirremolque. Tractocamión doblemente articulado. Vehículo constituido por un tractocamión, un semirremolque y un remolque u otro semirremolque, acoplados mediante mecanismos de articulación. 4
Clasificación de los caminos CARRETERA TIPO ET Son aquéllas que forman parte de los ejes de transporte, cuyas características geométricas y estructurales permiten la operación de todos los vehículos autorizados con las máximas dimensiones, capacidad y peso. CARRETERA TIPO A Son aquéllas que por sus características geométricas y estructurales permiten la operación de todos los vehículos autorizados con las máximas dimensiones, capacidad y peso, excepto aquellos vehículos que por sus dimensiones y peso sólo se permitan en las carreteras tipo ET. CARRETERA TIPO B Son aquéllas que conforma la red primaria y que atendiendo sus características geométricas y estructurales prestan un servicio de comunicación interestatal, además de vincular el tránsito. 5
Clasificación de los caminos CARRETERA TIPO C Red secundaria.- Son carreteras que atendiendo a sus características geométricas y estructurales principalmente prestan servicio dentro del ámbito estatal con longitudes medias, estableciendo conexiones con la red primaria. CARRETERA TIPO D Red alimentadora.- Son carreteras que atendiendo sus características geométricas y estructurales principalmente prestan servicio dentro del ámbito municipal con longitudes relativamente cortas, estableciendo conexiones con la red secundaria. 6
Peso máximo autorizados A continuación se muestran algunos vehículos o configuraciones vehiculares y sus pesos autorizados. * Este incremento se explica en las dos láminas siguientes Se autoriza a las configuraciones vehiculares tipo T3-S2-R4 y T3-S2-R3, circular exclusivamente en caminos tipo “ET” y “A”, con un peso adicional de 4.5 tons. 8
Condiciones para incrementar el PBV La NOM-012 especifica que el Peso Bruto Vehicular (PBV) máximo autorizado se podrá incrementar en 1.5 toneladas en cada eje motriz y 1.0 toneladas en cada eje de carga exclusivamente cuando circulen por caminos tipo “ET” y “A”, siempre y cuando cumplan con todas y cada una de las especificaciones técnicas, disposiciones de seguridad y de control siguientes: Contar con dictamen de condiciones físico mecánicas y de baja emisión de contaminantes vigentes (para el Tractor, Semirremolque y Remolque); Motor electrónico con potencia mínima (para el Tractor) (1) ; Torque mínimo (para el Tractor) (1) ; Capacidad mínima de los ejes de tracción (para el Tractor); 9
Condiciones para incrementar el PBV • Freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción (para el Tractor); • Convertidor equipado con doble cadena de seguridad; • Sistema antibloqueo para frenos (para el Tractor, Semirremolque y Remolque) (1) ; y • Suspensión de aire (excepto eje direccional-delantero) (para el Tractor, Semirremolque y Remolque). • No aplicable para vehículos que ingresaron al servicio antes de la entrada en vigor de la NOM. • Las anteriores especificaciones indicadas se verificarán por personal autorizado dependiente de la SCT o UV’s Físico-Mecánicas autorizadas, debiendo cambiar su tarjeta de circulación por otra, en la que se asentará que cumple con dichas especificaciones. 10
Condiciones para incrementar el PBV • Adicionalmente a lo anterior, los vehículos de carga deberán cumplir con condiciones: • I.- de tránsito: • Velocidad máxima de 80 km/h, o la que se indique en el señalamiento, cuando ésta sea menor; • Confinado al carril de la extrema derecha, excepto en rebase; Luces encendidas permanentemente; • Circular con un mínimo de 100 m de separación respecto de otros vehículos pesados; 11
Condiciones para incrementar el PBV • II.- del conductor: • Conductores con capacitación y licencia específica; y • Uso de bitácora de horas de servicio); • III.- de control para la empresa: • Contrato privado y/o carta de porte entre el usuario y el transportista, cuando se trate de transportaciones de carro por entero donde las partes acepten la responsabilidad solidaria, a efecto de precisar la responsabilidad de cada uno de ellos en el cumplimiento de la normatividad, dejando claramente establecido en este contrato y/o en la carta de porte la ruta asignada, la carga y el peso bruto vehicular. 12
NOM-068, Condiciones físico mecánicas. La Norma establece las especificaciones físico-mecánicas vehículos que prestan el Servicio de Autotransporte Federal de Pasaje, Turismo, Carga y Transporte Privado, en caminos y puentes de jurisdicción federal, así como los procedimientos de inspección.
Unidades de verificación UV’s En la Norma 068 establece que la Evaluación de la Conformidad de la Norma, puede realizarse por terceros autorizados de conformidad con el artículo 68 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a través de Unidades de verificación , acreditadas por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA). Unidades de Verificación Tipo “A”.- Está unidad de verificación debe promover servicios de tercera parte, esto es sólo realiza verificación “de tercera parte”. Unidades de Verificación tipo “B”.- Está Unidad de Verificación forma parte separada e identificable de una organización (Autorregulación), sólo verifica vehículos de la propia organización.” Unidades de Verificación Tipo “C”.- Realiza verificación a terceros y puede en la misma instalación tener negocios afines
Ubicación de UV´s de Condiciones Físico-Mecánicas (aprobadas y en proceso)
Proyección de Unidades de Verificación de Condiciones Físico - Mecánicas
Ubicación de UV´s de Emisiones Contaminantes(aprobadas y en proceso)
FIN MUCHAS GRACIAS Ponente: Ing. Angel Sánchez Tenorio Subdirector de Normas de Vehículos de Autotransporte asanchzt@sct.gob.mx DGAF/SCT