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REMUNERACIONES SECTOR MUNICIPAL. VALORES 2013 Miguel Angel Pavez Toro. ASIGNACIONES DE APLICACIÓN GENERAL. RENTA MÍNIMA NACIONAL (RMN) BONO DE RECONOCIMIENTO PROFESIONAL (LEY 20158) (BRP) BONIFICACIÓN PROPORCIONAL.
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REMUNERACIONESSECTOR MUNICIPAL • VALORES 2013 • Miguel Angel Pavez Toro.
ASIGNACIONES DE APLICACIÓN GENERAL • RENTA MÍNIMA NACIONAL (RMN) • BONO DE RECONOCIMIENTO PROFESIONAL (LEY 20158) (BRP) • BONIFICACIÓN PROPORCIONAL
Depende del nivel educativo, ya sea enseñanza básica o media. Este concepto (RMN), sirve de base para el cálculo de otros incentivos. RMN BÁSICA: HORAS VALOR 44 $485.963 30 $331.350 1 $ 11.045 RMN MEDIA HORAS VALOR 44 $511.392 30 $348.676 1 $ 11.622 RENTA MÍNIMA NACIONAL
La Bonificación de Reconocimiento Profesional, es un beneficio establecido por la Ley N°20.158, en vigencia desde el 1 de enero de 2007, que permite a los docentes percibir un monto mensual por concepto de título y un complemento por concepto de mención, que se deberá pagar proporcionalmente a las horas de contrato, con un tope de 30 horas. Reemplazó a la UMP. (unidad de mejoramiento profesional) Base $55.291 Mención $18.431 Total $73.722 Por una hora: Base $1.843 Mención $ 614 Total $2.457 BONO DE RECONOCIMIENTO PROFESIONAL
Es una bonificación mensual proporcional a las horas de contrato, con cargo al SAE. No existe un monto determinado a repartir. En principio el sostenedor debe distribuir el 80 % de los recursos para este fin y el 20 % restante para completar el ingreso mínimo docente, a través de la “planilla complementaria”. Para que esto quede más claro: Si un sostenedor tiene $ 1000, estos se distribuyen de la siguiente forma: $ 800 se distribuyen entre todos los docentes, a través de la bonificación proporcional, y $ 200 quedan y pueden ser utilizados por el sostenedor para hacer que los profesores con sueldos bajo el ingreso mínimo docente lo puedan alcanzar, usando el concepto de planilla complementaria (26) También podría suceder que el dinero de ese 20 % no alcance para que todos los docentes lleguen al ingreso mínimo docente. En ese caso el sostenedor puede reducir el 80 % que se esta distribuyendo como Bonificación proporcional. En la liquidación de sueldo puede aparecer como: “Bonificación proporcional” “Bono ley 19410” “Bono ley 19933” BONIFICACIÓN PROPORCIONAL
ASIGNACIONES SEGÚN LUGAR • DESEMPEÑO DIFÍCIL • COMPLEMENTO (ASIGNACIÓN) DE ZONA • EXCELENCIA ACADÉMICA
1-. DESEMPEÑO DIFÍCIL • Tiene por objeto reconocer la condición de mayor complejidad relativa que presenta el ejercicio de la función docente en determinados establecimientos educacionales y otorgar un beneficio monetario a los profesionales de la educación que laboran en ellos, que puede ser desde un 4% a un 30% de la RMN. Es un beneficio de carácter transitorio con una duración de dos años. • A este beneficio debe postular el establecimiento y considera tres criterios:
Aislamiento Geográfico y Ruralidad Distancia a la Ciudad de Referencia Tipo y Condiciones de las Vías de Acceso Tipo y Frecuencia de Transporte Público Condición de Residencia del Profesor Número de Docentes y Cursos Combinados Multigrados. Condición de la Población Atendida Indice de Vulnerabilidad Tipo de Alumnos Atendidos por el Establecimiento Situación Domiciliaria de los Alumnos CRITERIOS E INDICADORES
Especial Menoscabo Promedio de Alumnos por Curso (sobre 42) Tasa de Denuncias de Delitos del Subsector, Cuadrante o Comuna Indice de Pobreza de la Comuna Nivel de Dificultad del Acceso al Establecimiento Urbano.
EJEMPLO BÁSICA Si el establecimiento obtiene un 17% de desempeño difícil: HORAS VALOR 44 $82.614 30 $56.327 1 $ 1.877 EJEMPLO MEDIA Si el establecimiento obtiene un 17% de desempeño difícil: HORAS VALOR 44 $86.937 30 $59.275 1 $ 1.976 EJEMPLOS
COMPLEMENTO (ASIGNACIÓN)DE ZONA • Corresponde a un incentivo económico para los docentes que se desempeñen en localidades en donde la subvención estatal sea incrementada por concepto de zona y en el mismo porcentaje que esa subvención adicional por zona.
Sistema de incentivo y reconocimiento a los docentes y asistentes de la educación de los establecimientos con mejor desempeño en cada región. Establece que los establecimientos beneficiarios deben representar a lo más el 35% de la matrícula regional. El 25% recibirán el 100% de su valor, mientras que el 10% restante recibirá el 60% de su valor. Los dineros deben destinarse integralmente a las remuneraciones de los profesores y asistentes de la educación de establecimientos seleccionados. Esta subvención se entrega en forma trimestral, a los sostenedores de los establecimientos educacionales seleccionados. La selección de los establecimientos debe realizarse cada dos años y en la ley se fija un método para medir el desempeño de acuerdo a ciertos indicadores: EXCELENCIA ACADÉMICA(SNED)
FACTORES DEL SNED • a) Efectividad, consiste en el resultado educativo obtenido por el establecimiento en relación con la población atendida. • b) Superación, corresponde a los diferenciales de logro educativo obtenidos en el tiempo por el establecimiento educacional. • c) Iniciativa, obedece a la capacidad del establecimiento para incorporar innovaciones educativas y comprometer el apoyo de agentes externos en su quehacer pedagógico. • d) Mejoramiento de las condiciones de trabajo y adecuado funcionamiento del establecimiento. • e) Igualdad de oportunidades, que corresponde a la accesibilidad y Permanencia de la población escolar en el establecimiento educacional y la integración de grupos con dificultades de aprendizaje. • f) Integración y participación de profesores y profesoras, padres y apoderados en el desarrollo del proyecto educativo del establecimiento.
El artículo 17 de la Ley 19410 (1995) establece que el 90% del monto otorgado al establecimiento deberá repartirse entre todos los docentes, mientras que el 10% restante puede ser destinado a docentes que hayan destacado en su desempeño. Esta distribución debe ser decidida por los docentes del mismo establecimiento. Para el cálculo de la distribución del 90% se debe considerar los siguientes factores: I-. La asistencia de los alumnos, pues es un incentivo por subvención. La asistencia se multiplica por $4.181,57 (valor 2013) II-. El total de horas de contratos docentes del establecimiento. Importante: este cálculo es sólo para los profesores, pues el monto para los asistentes de la educación es diferentes. PAGO Y CÁLCULO
EJEMPLO • JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE TOTAL (trimestre) • Asistencia 980 (88%) 1023 (92%) 992 (90,26%) 2995 • Horas 1780 1780 1780 1780(X) PAGO TENTATIVO: • Asistencia promedio POR subvención por alumnos • 2995 * $4.181,57 • RESULTADO DIVIDO POR HORAS CONTRATO • $12.523.802 / 1780(X) • RESULTADO (FACTOR) • 7035,8 lo que se multiplica por la cantidad de horas de contrato
ASIGNACIONES PERSONALES • EXPERIENCIA (BIENIOS) • PERFECCIONAMIENTOS • ESPECIALES-INCENTIVOS PROFESIONALES (EJ: AVDI) • RESPONSABILIDAD DIRECTIVA O TÉCNICA PEDAGÓGICA. • PLANILLA COMPLEMENTARIA
Corresponde a un aumento de remuneraciones por cada dos años de antigüedad en el sector municipal, con un tope de 30 años (15 bienios). El trabajador debe acreditar su antigüedad para obtener el beneficio El primer bienio corresponde a un 6,76% de la RMN y desde el segundo al décimo quinto bienio corresponde el 6,66% de la RMN. ASIGNACIÓN DE EXPERIENCIA
44 HORAS 1° bienio: $34.570 2° a 15° bienio: $34.058 1 HORA 1° bienio $785 2° a 15° bienios $774 EJEMPLOS MEDIA
44 HORAS 1° bienio: $32.850 2° a 15° bienio: $32.365 1 HORA 1° bienio $747 2° a 15° bienios $735 EJEMPLO BÁSICA
PERFECCIONAMIENTO • Es un beneficio económico que puede alcanzar como máximo el 40% de la RMN. • Es bastante difícil en esta síntesis incluir algún ejemplos, pues para calcular el perfeccionamiento se deben considerar una serie de factores. No obstante, el CPEIP emite un documento de carácter oficial que usted puede exigir a su empleador. En él se detallan los cursos reconocidos y el porcentaje de la RMN que lleva acumulado.
FACTORES DE CÁLCULO *El DECRETO SUPREMO DE EDUCACIÓN N° 214, de agosto 2001 *El número de bienios del profesor cumplido a diciembre del año anterior. *El o los cursos de perfeccionamiento deben estar reconocidos en el CPEIP *El Nivel de los curso de perfeccionamiento: básico, intermedio y avanzado *En número de los curso y la suma de ellos.
Pueden postular los docentes que hayan obtenido una calificación de competente o destacado en la evaluación docente. Consiste en un examen de conocimientos disciplinarios y pedagógico. Por el sólo hecho de rendir el examen recibe un pago de $50.000 por una sola vez El incentivo dura cuatro año y puede ser de un 5%, 15% ó 25% de la RMN dependiendo del resultado en el examen. El monto es mensual, pero el pago es trimestral. La ley 20501 modifica los montos para los profesores que se desempeñen en establecimiento con alta concentración de alumnos prioritarios. ASIGNACIÓN VARIABLE POR DESEMPEÑO INDIVIDUAL
Ejemplo 44 horas: Profesores de establecimientos con baja concentración de alumnos prioritarios 5% $ 25.570 15% $ 76.709 25% $127.848 Ejemplo 44 horas Profesores de establecimientos con alta concentración de alumnos prioritarios: 6,5% $33.240 19,5% $99.721 32,5% $166.202 EJEMPLOS MONTOS AVDI MEDIA
ASIGNACIÓN RESPONSABILIDAD DIRECTIVA Y TÉCNICA • Esta se otorga a los docentes que sirvan funciones superiores, y alcanza hasta un monto máximo equivalente al 25% (directores), 20% de la RMN (otros directivos y jefes UTP) de la RMN y 15% RMN (otro personal de UTP). • La última versión del Estatuto Docente realiza una modificación considerando un bonificación en base a la matrícula y asistencia del establecimiento
El decreto 215 del 5 de enero de 2012, en su artículo 120 establece lo siguiente: • “Tratándose de establecimientos educacionales con una matrícula total de entre 400 y 799 alumnos, la asignación para su director será de un 37.5% (de la RMN). Si el establecimiento tuviese una matrícula total de 800 a 1.199 alumnos, dicha asignación será de un 75% y si tuviese una matrícula total de 1.200 o más alumnos será de 100%. Con todo, en el caso de establecimientos educacionales con una matrícula total de hasta 150 alumnos, la asignación de responsabilidad directiva y de responsabilidad técnico-pedagógica no podrá exceder los porcentajes establecidos en el inciso primero (diapositiva anterior). Tratándose de establecimientos educacionales con una matrícula superior a 150 alumnos e inferior a 400, la asignación del director no podrá exceder de 37.5%”.
Establecida para asegurar un piso mínimo de salario para los profesores (REMUNERACIÓN TOTAL MÍNIMA RTM) que recién ingresan al sistema y es de monto variable. Es el mismo monto, tanto para enseñanza básica y media. . El monto se obtiene con cargo al SAE, usándose el 20%. Si no alcanza con este 20% se ocupa el 80%, disminuyendo el monto del bono SAE a repartir, a través de la bonificación proporcional. PLANILLA COMPLEMENTARIA
REMUNERACIÓN TOTAL MÍNIMA: HORA VALOR 44 $538.780 30 $367.350 1 $ 12.245 EJEMPLO DE APLICACIÓN PLANILLA COMPLEMENTARIA RTM = $538.780 Ingreso docente =$498.783 Planilla complementaria =$ 39.997 Es decir que con $39.997 se alcanza la remuneración total mínima.