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Supervisión Consolidada en el Perú. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Perú. Agenda. Definiciones Conglomerados supervisados Marco legal Organización interna Acciones de supervisión. ¿Qué es la SC?.
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Supervisión Consolidadaen el Perú Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Perú DRSCM - SAR
Agenda • Definiciones • Conglomerados supervisados • Marco legal • Organización interna • Acciones de supervisión DRSCM - SAR
¿Qué es la SC? • La Supervisión Consolidada (SC) es una herramienta complementaria a la supervisión individual, cuyo objetivo es supervisar la gestión de los riesgos que enfrentan las empresas por conformar parte de un conglomerado • Las actividades de las empresas no supervisadas se toman en cuenta en tanto puedan tener impacto material en la situación de las supervisadas • Se incluyen las Holding para efectos de consolidación (sin requerimientos patrimoniales) • Se incluyen empresas no financieras en función a su impacto potencial sobre la supervisadas DRSCM - SAR
¿Qué es la SC? • La SC constituye una forma de atenuar los riesgos asumidos por los usuarios de los sistemas supervisados • Es una mejor práctica de supervisión y un estándarinternacional • JointForum (CB, IAIS, IOSCO) – “Supervision of FinancialConglomerates” • BaselCorePrinciple N° 24 “Consolidatedsupervision” • Basilea II - Nuevo Acuerdo de Capital • Unión Europea: Directiva 2002/87/CE DRSCM - SAR
¿Para qué sirve la SC? • La SC permite identificar: • Inadecuado nivel de solvencia en el conglomerado (doble o múltiple apalancamiento) • La transmisión de riesgos entre entidades vinculadas que podrían perjudicar a una empresa supervisada (operaciones intragrupo) • Situaciones de arbitraje regulatorio entre las empresas del conglomerado • Concentración de exposiciones en terceros a nivel conglomerado • Inadecuada gestión de riesgos a nivel conglomerado DRSCM - SAR
¿Cómo se hace la SC? • Se realiza analizando y evaluando la información: • recibida de las empresas supervisadas • obtenida en las visitas de inspección • remitida por otros organismos supervisores • Básicamente comprende acciones dirigidas a: • Verificar la suficiencia patrimonial y el cumplimiento de límites operacionales • Entender la estructura organizacional y de control, y las operaciones intra grupo • Identificar y comprender los riesgos que enfrenta • Evaluar la gestión de riesgos DRSCM - SAR
Agenda • Definiciones • Conglomerados supervisados • Marco legal • Organización interna • Acciones de supervisión DRSCM - SAR
Conglomerados supervisados SBS es supervisor de origen de: 3 conglomerados financieros (3 grupos bancarios y 3 grupos de seguros) 2 grupos aseguradores locales SBS es supervisor anfitrión de: 3 grupos bancarios 1 grupo de seguros Activos gestionados por capitales extranjeros 40% sistema bancario 21% sistema de seguros 49% sistema privado de pensiones (fondo administrado) SBS Perú DRSCM - SAR 8
Participación extranjera en sistema bancario (junio 2009) No. BANCOS = 15 DRSCM - SAR 9
Participación extranjera en sistema asegurador (sep 2009) No. ASEGURADORES = 13
Participación extranjera en sistema privado de pensiones (sep 2009) No. AFP = 4
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Regulación Ley General (Ley Nº 26702) Normas sobre vinculación y grupo económico (Res. Nº 445-2000) Reglamento para la SC de conglomerados (Res. Nº 446-2000) Normas internas que regulan la SC(Dir. Nº SBS-DIR-SBS-342-01) Reglamento del Comité de SC(Res. Nº 075-2007) SBS Perú DRSCM - SAR 13
Ley General (Ley Nº 26702) • Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificaciones: • Artículo 132° • reconoce a la supervisión consolidada de conglomerados como una forma mediante la cual se atenúan los riesgos para el ahorrista DRSCM - SAR
Ley General (Ley Nº 26702) • Artículo 138º • establece las responsabilidad de la SBS en lo referido a la supervisión consolidada de conglomerados • establece que la información cursada por las empresas se ofrece de manera fidedigna y oportuna y con carácter de Declaración Jurada • faculta a la SBS a ordenar medidas previsionales respecto a operaciones con otras empresas del conglomerado o sus clientes comunes • faculta a la SBS a ordenar medidas previsionales debido a falta de información, por considerarlo un impedimento para la evaluación de riesgos DRSCM - SAR
Responsabilidad SBS (artículo 138°) • Caso A: Conglomerados conformados por empresas establecidas en el Perú, la SBS: • Ejercer la supervisión consolidada • Requerir a las empresas supervisadas, la presentación de balances y demás información financiera pertinente en forma consolidada o individual, según normativa • Aplicar los diferentes coeficientes, requerimientos y límites en forma consolidada o individual, según normativa • Podrá procurarse la información directamente de las empresas supervisadas, mediante la supervisión in-situ DRSCM - SAR
Responsabilidad SBS (artículo 138°) • Caso B: Conglomerados cuya actividad principal se desarrolle en el Perú y que estén conformados por empresas no domiciliadas en el Perú, la SBS: • Ejercer la supervisión consolidada • Requerir a las empresas supervisadas, la presentación de balances y demás información financiera pertinente en forma consolidada o individual, según normativa • Aplicar los diferentes coeficientes, requerimientos y límites en forma global o individual, según normativa • Tendrá en cuenta, entre otros procedimientos, los convenios suscritos con otras autoridades similares del exterior DRSCM - SAR
Responsabilidad SBS (artículo 138°) • Caso C: Conglomerados cuya actividad principal se desarrolla fuera del Perú, la SBS: • La SC corresponderá, preferentemente, al organismo de supervisión del país matriz • Ejercerá la supervisión sobre las operaciones en el Perú y aplicará normas prudenciales de supervisión consolidada, de considerarlo necesario • Tendrá en cuenta, entre otros procedimientos, los convenios suscritos con otras autoridades similares del exterior DRSCM - SAR
Normas sobre vinculación y grupo económico (Res. Nº 445-2000) • Define la vinculación por riesgo único, grupo económico y conglomerado financiero • Define los grupos consolidables del sistema financiero (grupo bancario) y del sistema de seguros (grupo de seguros) • Regula los requerimientos de información sobre los grupos económicos de los deudores de las empresas supervisadas DRSCM - SAR
Grupo integrado por: Empresas Bancarias Empresas Financieras Empresas Microfinancieras Empresas especializadas Bancos de Inversión Empresas de Seguros Empresas de Reaseguros Empresas de servicios complementarios y conexos Empresas controladoras (holding) Agentes de intermediación en el mercado de valores Sociedades administradoras de fondos mutuos Sociedades administradoras de fondos de inversión Sociedades titulizadoras Sociedades de propósito especial Sociedades administradoras de fondos de pensiones Entidades prestadoras de salud Otras compatibles Conglomerado financiero DRSCM - SAR
Grupos consolidables • Para efectos de la SC de conglomerados, se identifican dos tipos de grupos consolidables dentro de un conglomerado financiero • Grupo consolidable del sistema financiero (GCSF), conformado por empresas pertenecientes a un conglomerado financiero, con excepción de las empresas de seguros, empresas de reaseguros y/o entidades prestadoras de salud • Grupo consolidable del sistema de seguros (GCSS), integrado por empresas de seguros, empresas de reaseguros y/o entidades prestadoras de salud DRSCM - SAR
Reglamento para la SC de conglomerados (Res. Nº 446-2000) • Determina las medidas prudenciales aplicables a los conglomerados bajo supervisión, en materia de: • requerimientos patrimoniales, usando un proxy del método de “building blocks”; y • límites operacionales • Regula los requerimientos de información para la supervisión consolidada • Actualmente en modificación DRSCM - SAR
Normas internas que regulan la SC (Dir. Nº 342-01) • Define los principales aspectos a supervisar: • Estructura de control • Gestión de riesgos del conglomerado • Proceso de consolidación • Solvencia del conglomerado • Operaciones intra grupo • Límites de exposición • Seguimiento de medidas correctivas • Define las responsabilidades internas en el proceso de SC y las acciones de supervisión extra-situ DRSCM - SAR
Reglamento del Comité de SC(Res. Nº 075-2007) • Define las funciones y el objetivo del Comité • Define las funciones y responsabilidades de los miembros del Comité y de su Secretaría Técnica • Plan Anual de SC • Informes de SC • Lineamientos para la SC • Relación con otros Supervisores DRSCM - SAR
Convenios con otros supervisores DRSCM - SAR
Contenido • SBS • Definiciones • Marco legal • Organización interna • Acciones de supervisión DRSCM - SAR
Responsabilidad de la SC • La responsabilidad de laejecución de la SC seencuentra en la SABM y laSAS, con participación dela SAR • Las acciones de SC son coordinadas en el Comité de SC, comité de alto nivel conformado por los líderes de la SAR (preside), SABM, SAS, SAAFP y SAAJ • El DSRCM desempeña la secretaría técnica del comité DRSCM - SAR
Esquema del sub-proceso de SC Plan Anual y lineamientos de la SC Comité de SC SABM SAS SAAFP Planeamiento y Ejecución de la SC SAR SABM Inf. VI SAS Inf. VI SAAFP Inf. VI Comunicación de los Resultados de la SC SAR Informes Consolidados SABM SAS SAAFP Seguimiento de Observaciones SAR DRSCM - SAR
Contenido • SBS • Definiciones • Marco legal • Organización interna • Acciones de supervisión DRSCM - SAR
Acciones de supervisión • Acciones in-situ en el marco del Plan Anual de SC • Visitas de inspección locales: empresas supervisadas • Visitas de inspección transfronterizas: empresas del conglomerado en coordinación con supervisores anfitriones • Se desarrolla la Guía de Trabajo de SC • Acciones extra-situ • Informes trimestrales y periódicos sobre la situación de los conglomerados supervisados • Reuniones trimestrales del Comité de SC (mínimo) • Seguimiento de acciones correctivas y del cumplimiento del Plan Anual de visitas DRSCM - SAR
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