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El Proyecto JEREMIE en Cataluña Barcelona, 7 de Noviembre de 2008. 1.- Características 2.- JEREMIE en Cataluña 3.- El Acuerdo de Financiación 4.- Estados financieros previsionales. 1.- Características. 1- Características.
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El Proyecto JEREMIE en CataluñaBarcelona, 7 de Noviembre de 2008
1.- Características 2.- JEREMIE en Cataluña3.- El Acuerdo de Financiación4.- Estados financieros previsionales
1- Características • JEREMIE (Joint European Resources for Micro to Medium Enterprises) es una iniciativa de la Dirección General de Política Regional de la CE y el Grupo BEI, para apoyar el acceso a recursos financieros por parte de microempresas y pymes • Los recursos financieros del programa JEREMIE provienen del Feder y del gobierno o región correspondiente, y se dirigen, principalmente, a proyectos de creación de empresas, transferencia de tecnología, fondos de tecnología e innovación y micro créditos • La línea se enmarca en el Programa Operativo Feder Cataluña 2007-2013 • Los fondos son de carácter recuperable (no subvenciones) y se pueden re-invertir en nuevos proyectos • Cada región o estado encargarán la gestión al FEI o a un gestor de los fondos (Holding Fund, HF), designado directamente o a través de concurso, que a su vez los distribuirá entre determinados intermediarios financieros para que faciliten la financiación
1- Características • Los intermediarios financieros seleccionados por el gestor de fondos operarán en capital riesgo, créditos y micro créditos y garantías, en condiciones de mercado • A finales de 2015 los fondos deberán estar invertidos en su totalidad, o se tendrán que devolver • Las relaciones entre la autoridad regional y la Gestora y entre ésta y los intermediarios financieros, se establecen en el Acuerdo de Financiación • Fases del Proyecto: • Fase preparatoria (2006-07), durante la cual el FEI ha evaluado las carencias de instrumentos financieros en las diferentes regiones europeas y, con la colaboración de la Generalitat, se elaboró el Informe Cataluña. • Fase de implementación (2007-13), selección de la Gestora de los Fondos y firma de un Acuerdo entre la Gestora de Fondos y la autoridad regional donde se establezca todo lo relativo al funcionamiento de los fondos (Funding Agreement)
€ € € € € € € 1- Características Composición del Holding Fund FondosEstructurales de la UE Financiaciónnacional/regional Posibilidad de otrosinversores Holding Fund (« HF ») Intermediariosfinancieros En el caso de ICF los fondos serán aportados por la Generalitat, 50% a cargo de Feder y 50% a cargo del propio presupuesto € € € € PYMEs
1- Características • Normativa legal básica: • Reglamento CE 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional • Reglamento CE 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre, de disposiciones generales relativas al Feder, al FSE y al Fondo de Cohesión • - Ley 17/2007 de Medidas Fiscales y Financieras para 2008 del Parlament de Catalunya
2- Jeremie en Cataluña • La iniciativa JEREMIE en Cataluña: • A partir del interés por desarrollar el instrumento JEREMIE en Cataluña y cumpliendo el ICF las características para ser el Gestor del Fondo, se formaliza su designación en la Ley 17/2007 de Medidas Fiscales y Financieras • TÍTULO II, Medidas relativas al régimen jurídico de las finanzas públicas. Capítulo I: Gestión financiera y control. Artículo 17: Gestión de fondos • De acuerdo con lo que dispone el artículo 1 del Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, y en relación a la naturaleza, las funciones y el personal cualificado de este Instituto, se designa al Instituto Catalán de Finanzas gestor de fondos de cartera del instrumento de ingeniería financiera, previsto en el Programa Operativo de Cataluña 2007-2013, de acuerdo con el artículo 44 b) ii) del Reglamento CE 1083/2006 del Consejo de 11 de julio, por el cual se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE y al Fondo de Cohesión, y se le habilita para que desarrolle los instrumentos y las medidas oportunas para asegurar la buena gestión como gestor de Fondos de cartera.
2.-Jeremie en Cataluña • La Junta de Gobierno del ICF ha aprobado la constitución de la sociedad IFEM (Instruments Financers per a Empreses Innovadores) en fecha 29.Mayo.08 • El Govern de la Generalitat adopta el Acuerdo plurianual de gastos a favor de ICF por 50 MEUR el 9/Sept/2008 • El Govern aprueba el Acuerdo de creación del IFEM el 28/oct/2008 • Convenio de colaboración Jeremie entre organismo intermedio (DGAPE) i IFC de 25 junio 2008 • Acuerdo de delegación de funciones y toma de conocimiento por la autoridad de Gestión (MEH), firmado con DGAPE i ICF de 25 de junio de 2008
2.- Jeremie en Cataluña La distribución de los fondos Jeremie para el periodo 2007-2013 es la siguiente:
3.- El Acuerdo de Financiación • La Gestora de Fondos: funciones y organización (arts. 3, 4 i 5, apéndice A): • Tendrá a su cargo la gestión y distribución de los fondos entre los intermediarios financieros • Deberá implementar un sistema de información para dar cumplimiento a las reglas aplicables al programa • Se constituirá como una entidad jurídica independiente, filial del Institut Català de Finances, IFEM, SL (Instruments Financers per a Empreses Innovadores). • Dispondrá de un Consejo de Administración, que será responsable de desarrollar las provisiones y tomas las medidas necesarias para el desarrollo del programa
3.- El Acuerdo de Financiación • Transferencias de recursos del programa a la Gestora de Fondos: términos y condiciones (art. 6, apéndice F) • IFEM se dotará de un capital de 50.000.000 (CINCUENTA MILLONES) de euros según el siguiente calendario:
3.- El Acuerdo de Financiación • Los intermediarios financieros: evaluación, selección y acreditación (arts. 4 i 9) • La selección de los intermediarios se hará siempre de acuerdo con la Estrategia y Planeamiento de Inversión, y con las decisiones que tome el Consejo de Administración de IFEM • Mediante sistemas de concurrencia pública, vía solicitud de manifestaciones de interés y otras herramientas de acuerdo con la ley aplicable • IFEM formalizará Acuerdos Operativos con los intermediarios. • Política de inversiones: establecimiento y seguimiento, empresas objectivo y productos (art. 7 y apéndice A) • Se desarrollará de acuerdo con la Estrategia y Planeamiento de Inversión, de acuerdo con los términos de los Reglamentos de los Fondos Estructurales UE y en base al Programa Operativo
3.- El Acuerdo de Financiación • Las operaciones (arts. 8 y 9) • Son proyectos o grupos de proyectos seleccionados por IFEM conforme a los criterios establecidos por el Comité de Seguimiento y ejecutados por uno o varios intermediarios y que permiten alcanzar los objetivos del eje prioritario a que se refieran • Para cada Operación IFEM preparará los Términos de Referencia, que serán la base para cualquier Plan de Empresa presentado por los Intermediarios Financieros • Supervisión y requerimientos de información (apéndices B, C i D) • Supervisión es el proceso regular de recopilación y análisis de información, para comprobar la actuación de IFEM, compararla con sus objetivos, así como su cumplimiento con los requerimientos legales y contractuales • Informes anuales y otros a petición de las autoridades competentes • Auditoría por parte de las autoridades competentes
3.- El Acuerdo de Financiación • Responsabilidades de les partes en el seguimiento del programa (art 12) • De la Región: • Facilitar la información y asistencia necesarias a IFEM • Cumplir con sus obligaciones en relación a los Reglamentos de los Fondos Estructurales UE y otras normas aplicables de la Comunidad • Cumplir con sus obligaciones de seguimiento, informes y auditoria • De IFEM: • Implementar las normas internas adecuadas para asegurar que la acción JEREMIE se desarrolla correctamente • Elaborar un Manual de Sistemas y Procedimientos
El Proyecto JEREMIE en CataluñaBarcelona, 7 de Noviembre de 2008