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Tema 14 El acceso a la función pública. SELECCIÓN DE PERSONAL. El acceso a los cuerpos de funcionarios se realiza mediante el sistema de oposición, salvo cuando por la naturaleza de las funciones a desempeñar, sea más adecuada el concurso-oposición y, excepcionalmente el concurso.
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SELECCIÓN DE PERSONAL • El acceso a los cuerpos de funcionarios se realiza mediante el sistema de oposición, salvo cuando por la naturaleza de las funciones a desempeñar, sea más adecuada el concurso-oposición y, excepcionalmente el concurso. • OPOSICIÓN: celebración de pruebas de capacidad para determinar la aptitud de los aspirantes y fijar el orden en la selección. • CONCURSO: es la calificación de los méritos aportados en relación son los exigidos en la convocatoria • CONCURSO-OPOSICIÓN: celebración de un concurso y una oposición en un mismo proceso.
Requisitos para participar en las pruebas selectivas. • Al finalizar el plazo de solicitudes, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos: • Ser español o ciudadano europeo • Tener cumplidos 18 años • Poseer el título exigido o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. • No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño del puesto • No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de las administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para ello. • Los europeos con residencia legal en España pueden acceder a puestos de personal laboral. Deben cumplir alguno de los requisitos: residencia temporal o permanente, disponer de autorización para residir y trabajar, estatuto de refugiado.
Contenido de las convocatorias • La convocatoria y sus bases se publica en el BOE y debe contener, nº y características de las plazas, centro al que se dirigen las solicitudes, requisitos de los aspirantes, pruebas selectivas, relación de méritos, tribunal calificador, sistema de calificación, programa y calendario de pruebas, orden de actuación de los aspirantes (según sorteo previo). • Las convocatorias pueden impugnarse • Pueden existir hasta tres turnos distintos: • Libre: tendrá una reserva del 3% de las plazas para discapacitados que pasarán a libres si no se cubren. • Promoción interna: ascenso de cuerpos o escalas de un grupo a otros superiores. Las plazas no cubiertas pasan a libres. • Especial: para el personal laboral fijo
Presentación de la solicitud • Plazo: 20 días naturales desde la publicación en el BOE • Los participantes manifestarán en la solicitud que cumplen las condiciones exigidas • En el plazo de un mes se aprueba la lista de admitidos y excluidos. Se publica en el BOE los lugares donde se exponen y plazo para subsanar errores. • Las pruebas se anunciarán con una antelación mínima de 12 horas si es el mismo ejercicio, o 24 si es un ejercicio diferente. • Entre una prueba y otra deben transcurrir como mínimo 48 horas.
Órganos de selección • Los tribunales desarrollarán y calificarán las pruebas. • Compuestos por un número impar de miembros, no inferior a 5, y el mismo número de suplentes. • La mitad más uno de los miembros deben tener una especialización correspondientes al área de conocimientos exigida para el ingreso • COMISIONES PERMANENTES DE SELECCIÓN: órganos encargados del proceso selectivo cuando el número de aspirantes y titulación exigida lo aconsejen
FASE DE PRÁCTICAS • Los candidatos que superan las pruebas, serán nombrados funcionarios en prácticas y deben realizar un curso y superar un periodo de práctica. • Superado el curso y la fase de prácticas serán nombrados funcionarios de carrera. • En el plazo de 20 días desde que se publica la lista de aprobados, los aspirantes presentarán los documentos acreditativos de las condiciones y requisitos exigidos.
Adquisición y pérdida de la condición de funcionario • Se adquiere una vez superadas las pruebas de selección y cursos de formación. • Se pierde por diversas causas como: • Perdida de la nacionalidad española (no siempre es causa) • Sanción disciplinaria de separación del servicio • Renuncia • Jubilación • No solicitar el reingreso tras una excedencia etc
Formas de provisión • los puestos de trabajo adscritos a funcionarios se proveerán mediante concurso (sistema normal) o libre designación (situación especial). • Cuando las necesidades del servicio lo exijan, se podrán cubrir mediante los procedimientos de redistribución de efectivos y excepcionalmente por adscripción provisional o comisión de servicios.
Formas de provisión • CONCURSO: consiste en valorar méritos alegados por los interesados y adjudicar puestos a quienes mayor puntuación obtengan • Contendrá: • Denominación del puesto • Requisitos para su desempeño • Méritos a valorar • Baremo de puntuación • Puntuación mínima de adjudicación • Composición de las comisiones de valoración • Se podrán realizar entrevistas • Requisitos de los participantes: todos los funcionarios excepto los suspensos en funciones y los excedentes voluntarios. • Los funcionarios pueden condicionar sus peticiones al hecho de que ambos cónyuges obtengan destino.
CONCURSO • CLASES DE MÉRITOS: se valoran los méritos adecuados a las características de los puestos ofrecidos, el grado, el trabajo desarrollado, cursos de formación y la antigüedad • COMISIONES DE VALORACIÓN: cuatro miembros mínimo que pertenecerán a un grupo de titulación igual o superior al exigido. Pueden formar parte los principales sindicatos. Se seleccionará al candidato que obtenga mayor puntuación siempre que supere la mínima exigida. • REMOCIÓN DEL PUESTO: Los funcionarios pueden ser removidos del puesto por causas sobrevenidas.
Formas de provisión • LIBRE DESIGNACIÓN: corresponde a los ministros y secretarios de estado. La designación se realiza mediante convocatoria pública • COMISIONES DE SERVICIO: un puesto vacante puede ser cubierto en caso de necesidad en comisión de servicios durante un plazo máximo de 1 año. • REDISTRIBUCIÓN DE EFECTIVOS: los funcionarios de puestos no singularizados pueden ser adscritos a otros de la misma naturaleza por necesidad del servicio • ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL: el reingreso de funcionarios que no tengan reserva de plaza se efectuará participando en concursos o por libre designación o por adscripción provisional a un puesto vacante. Tendrán la obligación de participar en el concurso de traslados.
Formas de provisión • REASIGNACIÓN DE EFECTIVOS: procedimiento por el que se asigna a un funcionario, un puesto similar al que ocupaba y ha sido suprimido. • PROVISIÓN DE PUESTOS EN LAS CCAA: los funcionarios de la administración civil del estado, pueden participar en concursos o por el sistema de libre designación, para la obtención de puestos en las CCAA. Para participar en el concurso debe llevar 2 años en su destino. Para participar en el sistema de libre designación debe presentar un informe favorable del departamento al que pertenece.
PROMOCIÓN PROFESIONAL • Es la posibilidad de ascenso a través de los diferentes niveles y grados del grupo al que pertenece, sin abandonarlo. • Los puestos se clasifican en 30 niveles. Cada grupo tiene un intervalo de niveles, y no se pueden ocupar puestos fuera de esos intervalos. El nivel de cada puesto determina el complemento de destino a percibir • El grado personal consiste en adquirir un nivel por consolidación del mismo. Se adquiere por el desempeño de uno o más puestos de nivel correspondiente durante 2 años continuados o 3 interrumpidos. El grado personal da derecho a percibir el complemento de destino de los puesto del nivel correspondiente.
PROMOCIÓN PROFESIONAL • PROMOCIÓN INTERNA: ascenso a cuerpos o escalas de otro grupo inmediato superior. Para ello deben poseer la titulación exigida, antigüedad mínima de 2 años, reunir los requisitos exigidos y superar las pruebas. Los funcionarios tienen los derechos: • Turno propio de promoción interna en las pruebas selectivas y plazas reservadas • Preferencia de elección de vacantes sobre los libres • Conservación del grado consolidado • Cómputo de los servicios prestado en el cuerpo de origen a efectos de consolidar grado en el nuevo. • Se realizará por oposición o concurso-oposición. Se eliminarán las materias que ya se hayan acreditado en pruebas anteriores.
Administración de la UE • La UE selecciona personal entre los nacionales de los estados miembros. Podrán ser nombrados funcionarios los que cumplan las condiciones siguientes: • Nacionalidad de uno de los estados miembros • Encontrarse en situación regular respecto a las leyes de reclutamiento al servicio militar aplicables • Ofrecer garantías de moralidad que le sean aplicables • Superar un concurso, oposición o concurso-oposición • Reunir condiciones de aptitud física exigidas • Conocer en profundidad una de las lenguas de las Comunidades y satisfactoriamente otra de ellas, si es necesario para desempeñar las funciones previstas. Información: http://www/europa.eu.int/images/hp/tab_activity_a_es