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Apertura del Mercado de las Telecomunicaciones en Panamá: evolución y perspectivas. Jovany Morales San José, Costa Rica, 6 de junio de 2003. Lo descrito en esta presentación no compromete a la CLICAC y al Ente Regulador de los Servicios Públicos.
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Apertura del Mercado de las Telecomunicaciones en Panamá:evolución y perspectivas Jovany Morales San José, Costa Rica, 6 de junio de 2003 Lo descrito en esta presentación no compromete a la CLICAC y al Ente Regulador de los Servicios Públicos
Cronología de la Reforma al Sector Telecomunicaciones 1995:Reestructuración por Ley el Instituto Nacional de Telecomunicaciones (INTEL) en Sociedad Anónima, autorización para vender 49% de las acciones a capital privado, trabajadores conservan 2% y Estado Panameño el 49%. 1996: Creación de Entidad Reguladora de Servicios Públicos (29 de enero) • Ley sectorial que regula las Telecomunicaciones (8 de febrero) • Licitación de Banda A de Telefonía Móvil Celular (Bellsouth US $72.6 millones) 1997: Reglamento de Telecomunicaciones (9 de abril) • Contrato de Concesión ( mayo) otorga vía Licitación a Cable & Wireless Panamá, S.A. el 49% acciones por US $652 millones (concesión 20 años, exclusividad temporal hasta 1 de enero 2003, compromisos de inversión $US 500 millones, metas de expansión calidad de servicio). • Concesión vía Licitación de Banda B de Telefonía Móvil Celular (Cable & Wireless Panamá, S.A. US $ 72.6) 2001: Normas de apertura(Resolución No. JD-2802 , 11 de junio) 2003: Apertura (2 de enero)
Política Pública del Estado Panameño en Materia de Telecomunicaciones" • Disponer la separación de las funciones de regulación y fiscalización que competen al Ente Regulador, de las funciones de explotación y operación de los servicios de telecomunicaciones que corresponden a los concesionarios; • Promover que los concesionarios presten servicios de telecomunicaciones conforme a los principios de tratamiento igual entre usuarios, en circunstancias similares, y de acceso universal, asegurando la continuidad, calidad y eficiencia de los servicios, en todo el territorio nacional; • Propiciar la expansión y modernización de la Red Nacional de Telecomunicaciones y el desarrollo de nuevos servicios, tanto en las áreas urbanas como en las rurales; • Promover y garantizar el desarrollo de la leal competencia entre los concesionarios de los servicios que se otorguen en régimen de competencia, conforme a las disposiciones de esta Ley;
Política Pública del Estado Panameño en Materia de Telecomunicaciones 5. Fiscalizar, por conducto del Ente Regulador, el cumplimiento de las concesiones que se otorguen para la prestación de los servicios de telecomunicaciones; 6. Establecer un régimen que imprima certeza y seguridad jurídica, en materia de regulación de las telecomunicaciones; 7.Propiciar que los precios de los servicios de telecomunicaciones sean justos y razonables, y que las tarifas aplicables tiendan a reflejar los costos de proveer los servicios respectivos.
Clasificación de Servicios (artículo 7 de Ley 31 de 29 de enero de 1996) • Servicios Tipo A: incluye los servicios que, por razones técnicas o económicas, se otorguen en régimen de exclusividad temporal, o a un número limitado de concesionarios que operarán en régimen de competencia; • Servicios Tipo B: Los demás servicios de telecomunicaciones que se otorguen libremente en régimen de competencia. • Los precios de los servicios de telecomunicaciones ofrecidos en régimen de competencia, serán fijados por los concesionarios, artículo 37 de la Ley 31 de 1996.
Resolución JD-025 de 12 de diciembre de 1996 • Servicios de telecomunicaciones Tipo A, o en régimen de exclusividad temporal: servicio de telecomunicación básica local, clasificado con los dígitos 101; servicio de telecomunicación básica nacional, 102; servicio de telecomunicación básica internacional, 103; servicio de terminales públicos y semipúblicos, 104; servicio de alquiler de circuitos dedicados de voz, 105; servicio de comunicaciones personales, 106 y servicio de telecomunicación móvil celular, bandas A y B, 107.
Servicios de Telecomunicaciones en Régimen de Competencia a partir del 2 de enero de 2003 • Telefonía Básica Local • Larga Distancia Nacional • Larga Distancia Internacional • Telefonía pública • Alquiler de circuitos dedicados de voz
Mecanismos de competencia en Larga Distancia • Multicarrier: (sorteo entre concesionarios de Larga distancia Internacional y Nacional, Decreto Ejecutivo No. 73 de 9 de abril de 1997 y Resolución No. JD-3170 de 29 de enero de 2002. • Encaminamiento Automático: Presuscripción a un concesionario.
Mandato El Anexo A de la Resolución JD-2802 de 11 de junio de 2001 “por medio de la cual se adoptan las normas que regirán la prestación de los servicios básicos de telecomunicaciones, a partir del 2 de enero de 2003 y se adoptan otras medidas”, en la sección 14.1 establece que “los concesionarios del servicio de telecomunicación básica local deben instalar en sus centrales los equipos y sistemas necesarios para que sus clientes y usuarios cuenten con la facilidad de encaminamiento automático (pre-suscripción) y código de acceso para efectuar sus llamadas de larga distancia nacional e internacional. De conformidad a la Resolución No. JD-179 de 12 de febrero de 1998, la empresa Cable & Wireless Panama, S. A. deberá proveer, a partir del 1 de enero de 2003, las facilidades de encaminamiento automático (pre-suscripción) y código de acceso a todos sus clientes del servicio de telecomunicación básica local ”.
Disputabilidad del mercado de Larga Distancia Codigos de Acceso • Servicio de originación (central local y enlace de acceso (facilidad esencial) • Costos de traspaso no significativos para los consumidores. • Chamboleyron (agosto, 2000) argumenta al respecto que “si el entrante no enfrenta costos para quitarle abonados al incumbente el mercado se hace desafiable, no es necesario regularlo y por ende sus elementos de red no pueden ser esenciales”.
Disputabilidad del mercado de Larga Distancia Encaminamiento automático • Mayores switching cost para el consumidor (cargo por concepto de programación) • Se debilita el argumento de disputabilidad • Trade ofsi las empresas asumen el costo de cambio de operador entonces los consumidores no valorarán el costo de los recursos empleados en concepto de programación, lo que será ineficiente desde un punto de vista social; pero, el lado positivo de esto será que el mercado de este producto será más disputable.
Disputabilidad del mercado de Larga Distancia Encaminamiento automático • Trade ofsi se elimina el encaminamiento automático, ello también será ineficiente porque se estará eliminando la oferta de un producto para la cual existe demanda a cambio de que el mercado sea memos disputable al existir tan solo el código de acceso. • ¿Cuál es la mejor solución dada estás dos disyuntivas? No teórica la respuesta, es empírica: si el beneficio social de introducir mayor disputabilidad en el mercado es superior al costo social, entonces conviene que las empresas asuman los switching cost; si es a la inversa conviene eliminar el encaminamiento.
Servicio de Larga Distancia Internacional 10/12/2002 17 operadores de larga distancia internacional han obtenido concesión por partedel Ente regulador Telecarrier, Galaxy, Advanced Communication, BellSouth, System One World, Amerilat Telecom, Communications and Networks, TNR Holdings, RG-Telecom, Broadband Wireless Comm, Telefónica del Istmo, Tricom, Cable Onda, VoIP Comunicaciones de Panamá, Intel Panamá, Intertel, Unison Communication
Servicio de Larga Distancia Nacional • 10/12/2002. 11concesionarios delarga distancia nacionalhan solicitado interconexión Telecarrier, Galaxy, Advanced Communication, BellSouth, System One World, Communications and Networks, TNR Holdings, Telefónica del Istmo, Cable Onda, VoIP Comunicaciones de Panamá, Intel Panamá
El papel de la información (la encuesta postergada) • “Un soplo de lentitud antecede a la apertura del sector de telecomunicaciones. A menos de siete meses de declararse a este sector en abierta competencia, el Ente Regulador de los Servicios Públicos, reconoce que los clientes no tienen la menor idea de los servicios a los que tendrán acceso…Para Alex Arroyo, director presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos, el proceso de la apertura será lento por varias razones y una de ellas es que los clientes deben conocer a plenitud los servicios que le ofrecen las empresas entrantes al mercado de las telecomunicaciones, y le corresponde a ellos (las nuevas empresas), brindarle a los usuarios esa información. Sin la divulgación apropiada las propuestas tarifarias que tienen las nuevas empresas, es prácticamente imposible realizar una encuesta para conocer las preferencias de los clientes en cuanto a que empresa le ofrecerá los servicios. (Diario local El Panamá América del jueves 26 de septiembre de 2002 ).
Encuesta Mayo 2002Fecha prevista para la realización de laencuesta. 27 Mayo 2002Resolución JD3340 Primer retraso en la realización de la encuesta. 6 Noviembre 2002 Resolución JD3593 Se establece la fecha del15 de enero al 15 de febrero para la realización de la encuesta. Enero 2003 C&W recurre y retrasa la realización de la encuesta 17 Enero 2003Resolución JD3702 Se establece la fecha del16 de febrero al 16 de marzo para larealizaciónde la encuesta 16 Febrero 2003 Se realiza la encuesta con 8 meses de retraso 16 Abril 2003 Fecha límite de interconexión para que la presuscripción sea efectiva Resultado 5% de los abonados atendieron a la encuesta, la expectativa del regulador era 10%.
Mecanismo de competencia Telefonía Básica Local • Desagregación de la red del incumbente. • Duplicación de infraestructura. • Portabilidad númerica • Interconexión
Los cargos de interconexión deben • Incentivar la entrada de nuevos competidores • Evitar el bypass y la duplicación innecesaria de infraestructura. • Promover la transición hacia un mercado competitivo • Incentivar al incumbente a desarrollar y mantener la infraestructura
¿Que se puede esperar de la negociación de los contratos de interconexión? • Obligatoriedad • Plazo para que las partes negocien y lleguen a un acuerdo • Intervalo de la negociación TELRIC-ECPR • El marco regulatorio jamás debe revelar que método elegirá en caso que las partes no lleguen a un acuerdo
¿Que se puede esperar de la negociación de los contratos de interconexión? • ¿Cuál es la regla de decisión contemplada en el marco regulatorio panameño en el caso de que la negociación fracase? • ¿Qué tipo de incentivos genera dicha regla? • ¿Cómo decidirá en la práctica el regulador?
¿Qué dice el marco regulatorio? • El marco regulatorio contiene reglas que dicen explícitamente los plazos de negociación y la tarifa de interconexión mínima en caso de que el regulador intervenga porque las partes no llegaron a un acuerdo. Esta última regla dice en sus artículos 216 y 219 del reglamento de telecomunicaciones que la tarifa mínima será con base en el método TELRIC.
Aspectos positivos y negativos del Reglamento de InterconexiónTitulo V del reglamento Positivos • Obligada • Negociada Negativos • No es posible la interconexión en todos los puntos de la red tecnicamente factible.
La disyuntiva El método de interconexión no debería ser TELRIC porque el incumbente, por una parte está obligado a brindar un servicio universal, lo que es una expropiación al ser su red pública, y por otra parte, porque produce externalidades de red en las cuales el entrante tiene más que ganar. Tampoco el método debería ser ECPR, porque desde un punto de vista social el reconocimiento de la renta monopólica es ineficiente. El método debe ser el que reconoce, además del costo incremental promedio, su parte correspondiente a las externalidades de red generadas y al mismo tiempo produce los suficientes incentivos para que inviertan en la red.
Empresas que han anunciado intención de interconectarse Fuente: Ente Regulador
Servicio de Telefonía Básica Local • 10/12/20029 concesionarios de telefonía básica local. Telecarrier, Galaxy, Advanced Communication,BellSouth, System One World, Telefónica del Istmo,Cable Onda, Intel Panamá, • 26/02/2003. 1 operador ofrece servicio local a un número reducido de usuarios (±300)
Servicio de Telefonía Pública • 10/12/2002. 10 concesionarios de telefonía pública • 26/02/2003. Ningún operador ofrece el servicio de telefonía pública