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SERVICIO DE CONTROL Y APOYO TÉCNICO

SERVICIO DE CONTROL Y APOYO TÉCNICO. Es el conjunto de requisitos legales y de buenas condiciones agrarias y medioambientales que han de cumplir todos los titulares de explotaciones agrarias que reciban pagos de la Política Agrícola Común (PAC), para poder percibir sus ayudas de forma íntegra.

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SERVICIO DE CONTROL Y APOYO TÉCNICO

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  1. SERVICIO DE CONTROL Y APOYO TÉCNICO

  2. Es el conjunto de requisitos legales y de buenas condiciones agrarias y medioambientales que han de cumplir todos los titulares de explotaciones agrarias que reciban pagos de la Política Agrícola Común (PAC), para poder percibir sus ayudas de forma íntegra.

  3. A los titulares de explotaciones solicitantes de: a) Pagos directos de los regímenes de ayuda de la PAC. b) Ayudas de desarrollo rural (IC, agroambientales, Natura 2000 y forestación) c) Ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo o pagos de la prima por arranque del viñedo a lo largo de los tres años siguientes a la percepción de la ayuda Afecta a todas las parcelas o instalaciones de la explotación con independencia de que en ellas se haya solicitado ayuda o no.

  4. Ámbito 1: Medio ambiente. • Ámbito 2: Salud pública, zoosanidad y fitosanidad. • Ámbito 3: Buenas condiciones agrarias y medioambientales. • Ámbito 4: Bienestar animal. Los beneficiarios de las ayudas agroambientales deberán cumplir además, los requisitos mínimos de utilización de abonos y productos fitosanitarios establecidos en el Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

  5. Cada uno de los anteriores ámbitos se compone de varios actos (RLG) o normas (BCAM) referidos a diversos elementos sobre los que se efectuará el control. Si consecuencia de los controles se determinan incumplimientos se le asignará a cada elemento una puntuación en función de la gravedad, alcance y persistencia

  6. Para cada Requisito o Norma se suma la puntuación de los elementos con incumplimiento y se calcula el porcentaje de reducción (1-5% si el incumplimiento es por negligencia y 15-100% si es intencionado) En caso de repetición del incumplimiento de uno de los elementos de un mismo Requisito o Norma en el plazo de 3 años la penalización se triplica y si se vuelve a repetir se vuelve a triplicar

  7. Utilización de fitosanitarios no autorizados • En zonas vulnerables a la contaminación por nitratos, no respetar las fechas de aplicación o las dosis máximas autorizadas • No acreditar los derechos de uso de agua de riego • No disponer de carnet de manipulador de plaguicidas • Roturación de pastos • No disponer de cuaderno de explotación debidamente cumplimentado

  8. El cuaderno de explotación para 2013 se ha modificado para adaptarse al Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Se han introducido aspectos relativos a las ayudas agroambientales a los efectos de unificar el cuaderno El cuaderno, cuya cumplimentación y actualización es DEOBLIGADO CUMPLIMIENTO estará disponible en Agrored y en la página web de la Conselleria al inicio del periodo de la Solicitud Única

  9. SERVICIO DE CONTROL Y APOYO TÉCNICO

  10. SERVICIO DE CONTROL Y APOYO TÉCNICO

  11. Estima qué porcentaje de superficie de un recinto es susceptible de cobrar ayuda • CAP = factor suelo * factor pendiente • No tiene en cuenta la carga ganadera, la accesibilidad del ganado y labores de mantenimiento que se realicen.

  12. Cambio de uso para los recintos que realmente no son pastos • Delimitación de improductivos mediante croquis • Alegación TCA  solicitud de revisión del coeficiente. Se resolverán a través de inspecciones en campo

  13. CAP definitivo = CAP automático * coeficiente de revisión

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