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DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPALIDAD DE TEMUCO ASESORA JURÍDICA SRA. MAXINE SANDOVAL GARRIDO

LEY N° 20.529/11, SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA Y SU FISCALIZACIÓN. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPALIDAD DE TEMUCO ASESORA JURÍDICA SRA. MAXINE SANDOVAL GARRIDO. CONSIDERACIONES GENERALES :.

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DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPALIDAD DE TEMUCO ASESORA JURÍDICA SRA. MAXINE SANDOVAL GARRIDO

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  1. LEY N° 20.529/11, SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA Y SU FISCALIZACIÓN. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPALIDAD DE TEMUCO ASESORA JURÍDICA SRA. MAXINE SANDOVAL GARRIDO

  2. CONSIDERACIONES GENERALES : Es deber del Estado propender a asegurar una educación de calidad en sus distintos niveles. Para dar cumplimiento a dicha responsabilidad esta ley crea y regula un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación, que además propende a asegurar la equidad.

  3. CONSIDERACIONES GENERALES : El Sistema, operará mediante un conjunto de políticas, estándares, indicadores, evaluaciones, información pública, mecanismos de apoyo y fiscalización a los establecimientos, para la mejora continua de los aprendizajes. Comprenderá procesos de autoevaluación, evaluación externa, inspección, pruebas externas de carácter censal, y apoyo técnico pedagógico. Establece las consecuencias jurídicas que deriven de la aplicación de los instrumentos y el régimen de sanciones.

  4. CONSIDERACIONES GENERALES : El Sistema considerará: a).- Estándares de aprendizaje de los alumnos, y los estándares indicativos de desempeño de los E.E. y sus sostenedores. b).- Requisitos del Reconocimiento Oficial que deben cumplir los sostenedores y los E.E. para ingresar y mantenerse en el sistema educacional. c).- Políticas, mecanismos e instrumentos para apoyar a los integrantes de la comunidad educativa y a los E.E. en el logro de los estándares y evaluaciones de desempeño y mediciones de los resultados de aprendizaje, para determinar el logro de los estándares.

  5. CONSIDERACIONES GENERALES : d).- Estándares de desempeño de docentes, directivos y docentes técnico pedagógicos. e).- Evaluaciones de desempeño de los establecimientos y sostenedores, evaluación del logro de los estándares de aprendizaje y de otros indicadores de calidad educativa. f).- Ordenación de los E.E. en función de las mediciones de los resultados de aprendizaje y de los otros indicadores de calidad educativa. g).- Fiscalización del uso de los recursos y del cumplimiento de los requisitos de R.O. y de la normativa educacional, por los sostenedores y administradores del servicio educativo.

  6. CONSIDERACIONES GENERALES : h).- Evaluación del impacto de políticas y programas educativos i).- Sistemas de información pública de resultado de evaluaciones de logros de estándares, ordenación de E.E. y consecuencias, resultados de la fiscalización, evaluación de las políticas y mecanismos de apoyo. j).- Sistema de rendición de cuenta, de reconocimientos y sanciones.

  7. CONSIDERACIONES GENERALES : Los estándares de aprendizajedefinirán los conocimientos, habilidades y competencias que se espera alcancen los alumnos, en diversas etapas del proceso educativo, en relación con las bases curriculares nacionales. Los estándares indicativos de desempeño, para los E.E. y sostenedores considerarán: Gestión Pedagógica; Indicadores de calidad de los procesos relevantes; Estándares de gestión de los recursos humanos y pedagógicos; Resultados de la evaluación de desempeño docente y directivo; Liderazgo técnico pedagógico, Convivencia escolar y Concordancia de la formación de alumnos con el PEI y las bases curriculares.

  8. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN OBJETO: Evaluar y orientar el sistema educativo, para el mejoramiento de la calidad y equidad de las oportunidades educativas, considerando las particularidades de los distintos niveles y modalidades educativas. FUNCIONES: a).- Evaluar los logros de aprendizaje de los alumnos de acuerdo al grado de cumplimiento de los estándares, y evaluar el grado de cumplimiento de los otros indicadores de calidad educativa.

  9. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN b).- Realizar evaluaciones del desempeño de los E.E. y sus sostenedores en base a los estándares indicativos. c).- Ordenar los E.E. en función de las mediciones de los resultados de aprendizaje y de los otros indicadores de calidad, entre otros para identificar necesidades de apoyo. d).- Validar los mecanismos de evaluación de docentes de aula, directivos y técnico pedagógicos. e).-Proporcionar información en materias de su competencia a la comunidad en general, y promover su correcto uso.

  10. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DE LOS E.E. Y SOSTENEDORES. La Agencia evaluará el desempeño de establecimientos de educación parvularia, básica, media, especial y de adultos y sus sostenedores, basándose en estándares indicativos. El objeto de la evaluación será fortalecer las capacidades institucionales y de autoevaluación de los E.E., orientar su planes de mejoramiento educativo y promover la mejora continua de la calidad de la educación que ofrecen.

  11. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN ORDENACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS. La Agencia ordenará anualmente, a todos los E.E. reconocidos por el Estado, de acuerdo a los resultados de aprendizaje de los alumnos, grado de cumplimiento de los estándares y de los otros indicadores de calidad, en las siguientes categorías: a).- E.E. de Desempeño Alto (Autónomo) b).- E.E. de Desempeño Medio (Emergente) c).-E.E. de Desempeño Medio-Bajo (Emergente) d).-E.E. de Desempeño Insuficiente (En Recuperación)

  12. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN La clasificación, considerará los resultados de tres mediciones consecutivas si son anuales, o dos mediciones consecutivas si son cada dos años o más. Los E.E. que impartan educación básica y media serán ordenados en cada nivel en forma independiente. Los E.E. nuevos, provisoriamente se entienden clasificados como de Desempeño Medio-Bajo.

  13. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN EFECTOS DE LA ORDENACIÓN La Agencia tendrá un plan anual de visitas evaluativas que considerará mayor frecuencia para los E.E. de Desempeño Medio Bajo e Insuficiente. Los E.E. de Desempeño Insuficiente, serán objeto de visitas evaluativas, al menos cada 2 años y los de Desempeño Medio Bajo, al menos cada 4 años.

  14. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN Los de Desempeño Alto, serán evaluados sólo si el sostenedor lo solicita, y podrán incorporarse al registro de personas o entidades de apoyo técnico pedagógico administrado por el Ministerio de Educación. Los E.E. de educación parvularia y especial, serán objeto de evaluación en ciclos periódicos de acuerdo al programa que deberá aprobar la Agencia.

  15. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN • Medidas especiales para E.E. de Desempeño Insuficiente. • La Agencia informará a los padres, apoderados y al Consejo Escolar. • Deben recibir apoyo técnico pedagógico, a través del Ministerio o de una ATE, por un plazo máximo de 4 años. • Podrán recibir apoyo hasta por 1 año más, si muestran una mejora significativa.

  16. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN Se informará directamente a los padres y apoderados,de los EE que no exhiban mejoras significativas luego de 3 años de haber sido ordenados como de Desempeño Insuficiente. Además se entregará información relevante de los 30 EE más cercanos, ordenados en categoría superior, y se les otorgarán facilidades de transporte para que los alumnos accedan a estos establecimientos.

  17. LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN Si transcurridos 4 años, y considerando sólo el grado de cumplimiento de los estándares de aprendizaje, el EE se mantiene en Desempeño Insuficiente, la Agencia dentro del Primer Semestre certificará esta circunstancia, y con el mérito de la certificación, de pleno derecho el E.E. perderá el R.O. al término del respectivo año escolar.

  18. OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA D.S. de Educación N° 381 de 10.07.13. • Características: • Serán evaluados mediante instrumentos estandarizados. • De aplicación obligatoria a todos los EE con Reconocimiento Oficial. • Respeto a los principios fundamentales; derecho a la educación, libertad de enseñanza, universalidad, calidad, educación permanente, equidad, autonomía, diversidad, participación, flexibilidad, transparencia, integración, sustentabilidad e interculturalidad.

  19. OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA • Válidos, confiables, medibles mediante instrumentos y procedimientos objetivos y estandarizados, censales, comparables en el tiempo, transparentes. • No deben generar efectos indeseados, modificables por practicas de gestión escolar, coherentes con otros sistemas de evaluación del sistema educacional.

  20. OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA • Tendrán una vigencia de 6 años, renovables. • Informados a la comunidad, los resultados de la medición serán ampliamente difundidos por el Mineduc. • Serán considerados en la ordenación de los EE junto a los estándares de aprendizaje. • Ponderación, los estándares de aprendizaje no menos de un 67%, los otros indicadores un 33%. • El sistema apoya y busca que los otros indicadores sean logrados.

  21. OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA Y LAS DIMENSIONES QUE LO CONFORMAN

  22. OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA Y LAS DIMENSIONES QUE LO CONFORMAN DECRETO

  23. Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Escolar MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERINTENDENCIA ESCUELA • Órgano Rector del Sistema • Propone e Implementa Política Educacional: • Otorga Reconocimiento Oficial • Define Normativa • Provee Financiamiento • Promueve Desarrollo Profesional Docente • Elabora: • Bases Curriculares • Planes y programas de estudio • Estándares de: aprendizajes, otros indic. de calidad, indicativos de desempeño • Plan de evaluaciones SIMCE e internacionales • Sistemas de información y registros • Estudios • Apoya a Establecimientos: • Asesoría pedagógica • Recursos educativos • Fiscalizanormativa educacional y aplica sanciones • Fiscalizalegalidad de uso de recursos yAuditarendición de cuentas • Investiga y resuelve denuncias y media reclamos • Elabora y Ejecuta el proyecto educativo institucional y Plan de Mejoramiento. • Cumple con normativa de reconocimiento oficial. • Recibe, gestiona y rinde cuentas respecto de los recursos. • Es fiscalizada y evaluada. • Solicita y recibe apoyo. CONSEJO NAC. DE EDUCACIÓN AGENCIA DE LA CALIDAD • Aprueba e Informa • Bases curriculares • Planes y programas • Estándares de aprendizaje y otros de calidad • Estándares indicativos de desempeño • Plan de evaluaciones • Evalúa logros de aprendizaje de alumnos y cumplimiento otros indic. de calidad. • Ordenaescuelas según estándares aprendizaje y otros de calidad • Evalúadesempeño de escuelas en base a estándares indicativos de desempeño y da orientaciones de mejora • Informaa la comunidad Asistencia Técnica Educativa (terceros)

  24. Gracias

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