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JUAN CARLOS RAMIRO “El marco legislativo social como nicho de oportunidades para la empresa y el comercio”. Si la empresa gana, la sociedad gana. Dos tipos de clientes: el usuario individual (consumidor), y el obligado por el marco legal (Administraciones y empresas privadas).
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JUAN CARLOS RAMIRO “El marco legislativo social como nicho de oportunidades para la empresa y el comercio”
Si la empresa gana, la sociedad gana • Dos tipos de clientes: el usuario individual (consumidor), y el obligado por el marco legal (Administraciones y empresas privadas). • Conocer la legislación y sus obligaciones • Profundo conocimiento de la realidad sociodemográfica • Análisis de necesidades y líneas de negocio • Fijémonos en el término limitaciones, no discapacidad.
La comunicación: oportunidades de la ley 27/2007 • Obligaciones de la Administración: servicios de videoconferencia y medios alternativos en oficinas públicas. • Transportes, educación, museos, centros culturales, eventos públicos. • Comunicación interpersonal: telefonía móvil, videoconferencia personal, herramientas tecnológicas. • Accesibilidad a los medios de comunicación: TV, cines, teatros. • La publicidad accesible en medios y comercios gana clientes.
Autonomía personal: LIONDAU (ley 51/2003) y ley 39/2005 • Elementos de autonomía en entornos cerrados: domótica. Dotación de bienes y servicios accesibles en Centros de día, residenciales y de atención. • Accesibilidad a la construcción y los entornos: Código técnico de la edificación. • Información accesible en servicios públicos: farmacias, oficinas de atención, comercios (tiendas on line, restaurantes, comercios físicos).
Ley 26/2011, de Adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad • Dos líneas (como ejemplo) de actuación a contemplar: • Artículo 15. Modificación de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal. • Artículo 18. Modificación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público: démosle la vuelta, colaboración con el empleo protegido.
El mercado es global, las obligaciones legales cada vez también más: • Convención de Derechos de las personas con discapacidad: ratificada por España, vigente desde el 3 de mayo de 2008; y por la UE en 2010. • Art. 12: Acesibilidad: • “… los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones…
Seriedad y profundidad del conocimiento, Anticipación, Posicionamiento • Las empresas debieran tener expertos completos e independientes para saber: • Inminentes regulaciones legales: RD condiciones básicas de accesibilidad a los bienes y servicios a disposición del público. • Datos y necesidades reales de la población, para realizar análisis certeros. • Profundo conocimiento de los recursos físicos y tecnológicos, usos y gestión de los métodos de interrelación con sentido comercial: redes accesibles para acercase a colectivos. • Detectar anticipadamente el potencial de servicios tecnológicos emergentes: realidad aumentada, Cloud, NFC…
¡ Muchas Gracias ! Juan Carlos Ramiro Iglesias Experto en Tecnologías Accesibles y Proyectos Sociales 609 06 87 17 jcramiroi@gmail.com