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UNIDAD XIII. SOCIEDADES DE PERSONAS. SOCIEDAD COLECTIVA. ES EL PROTOTIPO DE LAS LLAMADAS SOCIEDADES POR INTERES. CARACTERISTICAS: 1- FUERTE ASCENDENCIA PERSONAL. 2- LA RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS ES ASUMIDA EN FORMA SOLIDARIA E ILIMITADA. AUNQUE SUBSIDIARIA.
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UNIDAD XIII SOCIEDADES DE PERSONAS
SOCIEDAD COLECTIVA • ES EL PROTOTIPO DE LAS LLAMADAS SOCIEDADES POR INTERES. • CARACTERISTICAS: • 1- FUERTE ASCENDENCIA PERSONAL. • 2- LA RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS ES ASUMIDA EN FORMA SOLIDARIA E ILIMITADA. AUNQUE SUBSIDIARIA. • 3- LA DIVISION DEL CAPITAL ES EN PARTES DE INTERES.
SOCIEDAD COLECTIVA • LOS SOCIOS NO RESPONDEN JUNTAMENTE CON LAS SOCIEDAD COMO PASA EN LAS SOCIEDADES IRREGULARES O DE HECHO, SINO QUE GOZAN DEL BENEFICIO DE EXCUSION, QUE CONSISTE EN EXIGIR A LOS ACREEDORES DE LA SOCIEDAD QUE EJECUTEN PRIORITARIAMENTE LOS BIENES SOCIALES, ANTES DE ACCIONAR CONTRA ELLOS.
SOCIEDAD COLECTIVA • SE PERMITE LA UTILIZACION DE LA RAZON SOCIAL O DENOMINACION SOCIETARIA, EN ESTE ULTIMO CASO SE EXIGE LA INTEGRACION CON LA PALABRA SOCIEDAD COLECTIVA O SU ABREVIATURA. • CUANDO SE UTILIZA RAZON SOCIAL Y NO SE CONFORMA CON EL NOMBRE DE TODOS LOS SOCIOS, ELLA DEBERA INTEGRARSE CON LAS PALABRAS Y COMPAÑÍA O SU ABREVIATURA.
SOCIEDAD COLECTIVA • EN CUANTO A LA ADMINISTRACION, EN CASO DE SILENCIO DEL CONTRATO, CUALQUIERA DE LOS SOCIOS Y EN FORMA INDISTINTA TIENE A SU CARGO LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD.
ADMINISTRACION • EN MANOS DE VARIOS SOCIOS SIN DETERMINAR FUNCIONES: SERA LLEVADA A CABO POR CUALQUIERA DE ELLOS EN FORMA INDISTINTA. • SI ESTA PREVISTA FIRMA CONJUNTA DE DOS O MAS, NINGUNO PUEDE ACTUAR INDIVIDUALMENTE.
ADMINISTRACION • SE ADMITE LA ADMINISTRACION DE UN TERCERO NO SOCIO. • REVOCABILIDAD SIN EXPRESAR CAUSA. • SI EL CONTRATO REQUIERE JUSTA CAUSA, CONSERVARA SU CARGO HASTA LA SENTENCIA JUDICIAL.
ADMINISTRACION • EL ADMINISTRADOR PUEDE RENUNCIAR SIN EXPRESION DE CAUSA, EN TANTO LA MISMA NO AFECTE A LA SOCIEDAD, SIENDO RESPONSABLE POR LOS DAÑOS. • LA RENUNCIA DEBE PUBLICARSE E INSCRIBIRSE.
MODIFICACIONES • TODA MODIFICACION DEL CONTRATO REQUIERE UNANIMIDAD, SALVO PACTO EN CONTRARIO. • LAS DEMAS RESOLUCIONES REQUIEREN MAYORIA, O SEA EL 50 % MAS UN VOTO.
ACTOS EN COMPETENCIA • UN SOCIO NO PUEDE REALIZAR POR CUENTA PROPIA O AJENA ACTOS QUE IMPORTEN COMPETIR CON LA SOCIEDAD, SALVO CONSENTIMIENTO EXPRESO Y UNANIME. • LA VIOLACION AUTORIZA LA EXCLUSION DEL SOCIO Y EL RESARCIMIENTO DE LOS DAÑOS.
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE • COEXISTEN SOCIOS COMANDITADOS (SIMILARES A LOS DE LA COLECTIVA) Y COMANDITARIOS QUE RESPONDEN POR LAS OBLIGACIONES SOCIALES SOLO CON EL CAPITAL QUE SE OBLIGUEN A APORTAR. • ACTUA BAJO DENOMINACION SOCIAL QUE PUEDE REVESTIR LA ESPECIE DE RAZON SOCIAL, EN CUYO CASO SE INTEGRA EXCLUSIVAMENTE CON EL NOMBRE DE LOS SOCIOS COMANDITADOS.
TIPOS DE SOCIOS • COMANDITADOS: • RESPONSABILIDAD: PERSONAL, ILIMITADA Y SOLIDARIA. • APORTES: OBLIGACIONES DE DAR ( EXCLUIDAS PRESTACIONES DE INDUSTRIAS O TRABAJO PERSONAL A CARGO DE LOS MISMOS)
TIPOS DE SOCIOS • COMANDITARIOS: • RESPONSABILIDAD: SOLO CON EL CAPITAL QUE SE OBLIGA A APORTAR. • APORTES: TODO TIPO DE APORTES DE DAR O HACER, EN PROPIEDAD, USO O GOCE. ELLO, BASADO EN SU RESPONSABILIDAD.
ADMINISTRACION • ESTA A CARGO DEL SOCIO COMANDITADO, ELLO NO IMPIDE EL CONTROL Y FISCALIZACION DE LA GESTION SOCIAL Y ADMINISTRACION DE LOS SOCIOS COMANDITADOS POR PARTE DE LOS COMANDITARIOS.
ADMINISTRACION • EL SOCIO COMANDITARIO NO PUEDE INMISCUIRSE EN LA ADMINISTRACION. • TAMPOCO PUEDE SER MANDATARIO. • SI LA INTERVENCION ES HABITUAL, SE LE EXTENDERA LA RESPONSABILIDAD. • SI ES OCASIONAL, RESPONDERA POR DICHO ACTO.
MAYORIAS • SOCIO COMANDITADO: TODA MODIFICACION O TRANSFERENCIA DE PARTE A OTRO SOCIO REQUIERE EL CONSENTIMIENTO DE TODOS LOS SOCIOS, SALVO PACTO EN CONTRARIO. • DEMAS DECISIONES POR MAYORIA ABSOLUTA. • COMANDITARIO: PUEDE VOTAR PARA DESIGNAR ADMINISTRADORES Y APROBACION DE ESTADOS CONTABLES.
EXCEPCIONES • EN CASOS DE EXCEPCION, LOS SOCIOS COMANDITARIOS PUEDEN REALIZAR ACTOS URGENTES EN BENEFICIO DE LA SOCIEDAD. • PASADOS 3 MESES SIN REGULARIZACION, SE DISUELVE.
CAPITAL E INDUSTRIA • SOCIOS: • CAPITALISTA: • RESPONSABILIDAD: SUBSIDIARIA, SOLIDARIA E ILIMITADA POR LAS OBLIGACIONES SOCIALES. • APORTE: DINERO, BIENES EN ESPECIE, PUDIENDO APORTARSE EN FORMA COMPLEMENTARIA SU TRABAJO, SIEMPRE QUE EXISTA OTRO QUE APORTE EXCLUSIVAMENTE SU TRABAJO.
CAPITAL E INDUSTRIA • SOCIOS: • INDUSTRIAL: • RESPONSABILIDAD: RESPONDEN HASTA LA CONCURRENCIA DE LAS GANANCIAS NO PERCIBIDAS. • APORTES. EXCLUSIVAMENTE TRABAJO PERSONAL. • PUEDE CONSISTIR EN TRABAJO MANUAL, INTELECTUAL, ARTISTICO, CIENTIFICO, PROFESIONAL, ARTESANAL O SIMPLE TRABAJO MATERIAL.
CAPITAL E INDUSTRIA • LA DENOMINACION SOCIAL SE INTEGRA CON LAS PALABRAS SOCIEDAD DE CAPITAL E INDUSTRIA O SU ABREVIATURA. • SI ACTUA BAJO RAZON SOCIAL NO PODRA FIGURAR EL NOMBRE DEL SOCIO INDUSTRIAL.
ADMINISTRACION • PODRA SER EJERCIDA POR CUALQUIERA DE LOS SOCIOS Y LOS TERCEROS SE ENCUENTRAN EXCLUIDOS, SALVO QUE SEA PACTADA EN EL CONTRATO.
BENEFICIOS-RESOLUCIONES • EL CONTRATO DEBE DETERMINAR LA PARTE DEL SOCIO INDUSTRIAL EN LOS BENEFICIOS SOCIALES, CUANDO NO LO DISPONGA SE FIJARA JUDICIALMENTE. • TODA MODIFICACION DEL CONTRATO Y TRANSFERENCIA REQUIERE UNANIMIDAD. OTRAS DISPOSICIONES SE ADOPTARAN POR MAYORIA .
ACCIDENTAL O EN PARTICIPACION • 1-SOCIEDAD ANOMALA U OCULTA POR SU NO TRASCENDENCIA A TERCEROS. • 2- TRANSITORIA, YA QUE SOLO TIENE POR OBJETO UNA O MAS OPERACIONES DETERMINADAS. • 3-CARENCIA DE DENOMINACION SOCIAL • 4- ACTUACION A TRAVES DE UNA PERSONA ( SOCIO GESTOR) QUE FRENTE A TERCEROS ADQUIERE PERSONALMENTE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL OBJETO SOCIAL. • 5-AUSENCIA DE PERSONALIDAD JURIDICA. • 6- EL GERENTE DEBE TRIBUTAR COMO AUTONOMO.
CARACTERIZACION ART 361: SU OBJETO ES LA REALIZACION DE UNA O MAS OPERACIONES DETERMINADAS Y TRANSITORIAS A CUMPLIRSE MEDIANTE APORTACIONES COMUNES Y A NOMBRE PERSONAL DEL SOCIO GESTOR. NO ES SUJETO DE DERECHO Y CARECE DE DENOMINACION SOCIAL, NO ESTA SOMETIDA A REQUISITOS DE FORMA NI SE INSCRIBE EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO. SU PRUEBA SE RIGE POR LAS NORMAS DE PRUEBA DE LOS CONTRATOS.
SOCIOS • GESTOR: TENDRA A SU CARGO LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD Y DEL NEGOCIO, CARGANDO LA OBLIGACION DE RENDIR CUENTAS DE SU ACTUACION Y DEL NEGOCIO COMUN. • PARTICIPE: NO INTERVIENE EN LA ADMINISTRACION, EFECTUA SU APORTE EN CABEZA DE SOCIO GESTOR Y PERMANECE OCULTO FRENTE A TERCEROS.
SOCIOS • CUANDO EL SOCIO GESTOR HACE CONOCER LOS NOMBRE DE LOS SOCIOS CON SU CONSENTIMIENTO, ESTOS QUEDAN OBLIGADOS ILIMITADA Y SOLIDARIAMENTE HACIA LOS TERCEROS.
PERDIDAS • LAS PERDIDAS QUE AFECTAREN AL SOCIO NO GESTOR NO PUEDEN SUPERAR EL VALOR DE SU APORTE. • ESTA SOCIEDAD FUNCIONA Y SE DISUELVE POR LAS REGLAS DE LA SOCIEDAD COLECTIVA.