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Sector de ahorro y crédito popular

Sector de ahorro y crédito popular. Díaz Salazar Maricruz Hernández Zavaleta M. Arturo Justo Amador Cosme Lara González Ana Laura Rodríguez Jaén Azucena.

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Sector de ahorro y crédito popular

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Presentation Transcript


  1. Sector de ahorro y crédito popular Díaz Salazar Maricruz Hernández Zavaleta M. Arturo Justo Amador Cosme Lara González Ana Laura Rodríguez Jaén Azucena

  2. Las organizaciones de ahorro y crédito popular inician en México en el de 1951, en este año aparece la primera caja de ahorro popular. La iniciativa fue del sacerdote Pedro Velázquez Hernández, Diez años después, en 1964, se creó la confederación mexicana de cajas populares, con lo que se formó la estructura básica de organización del movimiento de este tipo de organizaciones en el país, integrada por cajas, federaciones y confederaciones. Se calcula que para ese entonces había en todo el país unas 500 cajas de ahorro, con más de 300 mil asociados. En 1991, cuando la ley general de organizaciones y actividades auxiliares de crédito fue modificada, para incluir a las sociedades de ahorro y préstamo como intermediarios financieros regulados, con la única facultad de otorgar créditos a sus miembros HISTORIA…SACP: SECTOR DE AHORRO Y CREDITO POPULAR

  3. EL Sacp ESTA INTEGRADO POR: Cooperativas de Ahorro y Préstamo. • 1 Caja Inmaculada, S.C. de A.P. de R.L. de C.V • 2 Caja Popular Cristóbal Colón, S.C. de R.L. de C.V. • 3 Coopdesarrollo, S.C.L. de C.V. • 4 Cooperativa de Ahorro y Préstamo Caja Cihualpilli de Tonalá, Sociedades Financieras Populares • Caja Inmaculada, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. • Caja Popular Cristóbal Colón, S.C. de R.L. de C.V. • Caja Popular Mexicana, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. • Caja Popular San José, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.

  4. organización DEL SECTOR • Confederación • Federación • Entidades de ahorro y crédito popular. • Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

  5. Entidades de Ahorro y Crédito Popular • Las Entidades tendrán por objeto el ahorro y crédito popular; facilitar a sus miembros el acceso al crédito; apoyar el financiamiento de micro, pequeñas y medianas empresas y, en general, propiciar la solidaridad, la superación económica y social, y el bienestar de sus miembros y de las comunidades en que operan, sobre bases educativas, formativas y del esfuerzo individual y colectivo. - Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo • Denominaciones. Utilizan indistintamente la denominación Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, Caja Popular, Caja de Ahorro, Caja Rural, Entidad de Ahorro y Crédito Popular. • Autorización. Para su constitución se requiere el dictamen favorable de una federación y autorización por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. • Dichas entidades tendrán por objeto el ahorro y crédito popular, es decir, podrán captar recursos del público en general (clientes) o de sus socios, y posteriormente colocarlos a través de financiamientos a la micro, pequeña y mediana empresa (clientes), así como a alguno de los socios que lo requiera.

  6. - Sociedades Financieras Populares Estas Sociedades están autorizadas para operar por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y supervisadas por la misma Comisión y las Federaciones. • Es importante mencionar que de acuerdo con lo establecido en la Ley, estas Entidades cuentan con sus propios fondos de protección, respondiendo así de sus operaciones, por lo que ninguna autoridad puede responder por su estabilidad financiera, ni validar la bondad de los productos que ofrecen estas Sociedades

  7. Federación • En el caso de la LACP, las Federaciones son organismos de integración, de interés público, con personalidad jurídica y patrimonio propios • Su propósito fundamental es fortalecer los vínculos naturales y culturales de sus asociadas, así como implementar servicios especializados de calidad que coadyuven al desarrollo de sus funciones, incidiendo también en la competitividad, seguridad y fortalecimiento de la imagen pública de las cooperativas financieras

  8. Confederación • Confederaciones: También son organismos de integración, pero a diferencia de las Federaciones que integran Entidades, las Confederaciones agrupan Federaciones, su función primordial es la de administrar un Fondo de Protección. • Tanto las Confederaciones y las Federaciones podrán además, realizar las siguientes actividades: • • Fungir como representantes legales de sus afiliadas, • • Prestar asesoría técnica, legal, financiera y de capacitación a sus afiliadas (os), • • Contratar créditos con el objeto de canalizarlos a las Federaciones y Entidades • afiliadas que lo requieran, • • Promover la superación y capacidad técnica y operativas de sus afiliadas. COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES • Organismo descentralizado de Hacienda, que se encarga de supervisar e indirectamente regular al Sector.

  9. Figuras Jurídicas • Sociedad Financiera Popular: • Entidades de micro finanzas, constituidas como sociedades anónimas de capital variable, que operan mediante la autorización de la CNBV. • Sociedad Financiera Comunitaria • permite a las personas y a sus organizaciones económicas legales, tales como sociedades de producción rural, triple ese, micros y pequeñas empresas, entre otras, a asociarse para obtener servicios de ahorro, crédito y pago de remesas, o micro seguros, el crédito productivo, los servicios financieros de proximidad para los campesinos, sus micro empresas y sus comunidades organizaciones financieras para el desarrollo local.

  10. Organismo de Integración Financiera Rural • Organismo de Integración Financiera Rural a la persona moral autorizada por la Comisiónparapromover la integraciónoperativa de lasSociedadesFinancierasComunitarias, en términos de estaLey. • Organismos autoregulatorios de Sociedades Financieras Populares • Los organismos autoregulatorios de las Sociedades Financieras Populares tendrán por objeto implementar estándares de conducta y operación entre sus agremiados, a fin de contribuir al sano desarrollo de las Sociedades Financieras Populares. Dichos organismos podrán ser de diverso tipo acorde con las actividades que realicen. • Tendrán el carácter de organismos autoregulatorios de las Sociedades Financieras Populares las asociaciones sean reconocidas por la Comisión, previo acuerdo de su Junta de Gobierno.

  11. Instituciones Relacionadas La Comisión Nacional Bancaria y de Valores El Banco de México La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

  12. Estrategia de fortalecimiento • 1. Asistencia Técnica • Mediante este proyecto se desarrollan, implementan y se da seguimiento a planes de trabajo de estabilización financiera y operativa para cada organización de Ahorro y Crédito Popular • Características • Se otorga la asistencia técnica por medio de consultores especializados para atender las prioridades definidas en los planes de trabajo específicos para cada organización

  13. 2. Plataforma Tecnológica de BANSEFI (PTB) • El proyecto está orientado al diseño y desarrollo tanto de la infraestructura tecnológica como de sistemas adecuados a las necesidades del sector de ahorro y crédito popular y de BANSEFI. • 3. Capacitación • Capacitar al personal de las organizaciones y las federaciones para que puedan hacer frente con éxito al nuevo entorno legal y normativo, así como sentar las bases de un sistema de capacitación permanente del sector.

  14. 4. Difusión • Contribuir a la difusión de los beneficios del marco jurídico aplicable al Sector de Ahorro y Crédito Popular (SACP), con información clara, precisa y oportuna que promueva la confianza en los servicios financieros • 5.Evaluación y monitoreo. • Su objetivo es la evaluación del desempeño e impacto de la transformación del Sector de Ahorro y Crédito Popular (SACP) en los hogares  y comunidades donde prestan sus servicios las Entidades de Ahorro y Crédito Popular.

  15. RESPONABILIDADES SOBRE LAS OPERACIONES QUE REALIZAN • Es importante señalar que las operaciones que realicen las Entidades, únicamente estarán respaldadas por los Fondos de Protección con los límites y en los términos previstos en el Título Tercero de la LACP, por lo que el Gobierno Federal y las entidades de la Administración Pública Paraestatal no se hacen responsables ni garantizan el resultado de las operaciones que realicen las Entidades ni los Organismos de Integración, así como tampoco asumir responsabilidad alguna respecto del cumplimiento de las obligaciones contraídas con sus Socios o Clientes.

  16. RESTRICCIONES EN EL USO DE ESTAS DENOMINACIONES • Las palabras Entidad de Ahorro y Crédito Popular, Sociedad Financiera Popular, Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, Caja Rural u otras que expresen ideas semejantes en cualquier idioma, sólo podrán ser usadas en la denominación de las Entidades que se autoricen para operar en los términos de la LACP. Asimismo, las palabras Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, Caja Popular, Caja de Ahorro sólo podrán ser utilizadas por Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo autorizadas para operar como Entidades en los términos de la LACP.

  17. Bibliografía: • http://www.bansefi.gob.mx/sectahorrocredpop/Paginas/QueeselSACP.aspx • http://www.nmasociados.com.mx/page10.php

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