310 likes | 551 Views
Ley 26.378. Artículo 9 ARQUITECTURA, URBANISMO, TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN. CONCEPTOS. INCLUSIÓN Es un concepto teórico de aplicación en un proceso.
E N D
Ley 26.378 Artículo 9 ARQUITECTURA, URBANISMO, TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN
CONCEPTOS INCLUSIÓN Es un concepto teórico de aplicación en un proceso. La INCLUSIÓN puede referirse al modo en que tanto las personas que brindan un servicio como aquellas que lo reciben quedan satisfechas en el momento de concretar dicha acción.
La persona con discapacidad, en orden al ejercicio de sus derechos, puede encontrarse en una situación de desventaja para interactuar con su entorno, en función de las condiciones que brinda su contexto personal y ambiental, razón por la cual se requiere la adopción de medidas específicas destinadas a equiparar oportunidades y esto quiere decir también el mejoramiento de la prestación de un servicio que lleva a la inclusión. En este caso hablamos de un servicio de la sociedad en su conjunto y sus gobiernos.
SI LUEGO DE UNA REHABILITACIÓN NO SE VIVE LA ACCESIBILIDAD, A LA PERSONA SE LE DEVUELVE LAS LIMITACIONES EN LA ACTIVIDAD Y LAS RESTRICCIONES EN LA PARTICIPACIÓN
En presencia del modelo social y el de los derechos crece la visibilidad de las personas con discapacidad y ante esto aparecen las BARRERAS que nunca antes se habían tenido en cuenta. El problema es cómo y cuándo se derriban
FACILITADORES Factores en el entorno de una persona que, cuando están presentes o ausentes, mejoran el funcionamiento y reducen la discapacidad Los servicios, sistemas y políticas que intenten aumentar la participación de las personas son los FACILITADORES
Ley 26.378Convención • Las normas no modifican conductas ni generan cambios si no ocurren los cambios culturales necesarios para ello. • Es por ello que la acción más importante de los últimos años fue tratar de modificar las conductas para obtener resultados concretos, porque hay que entender el para qué, el porqué y el cómo.
Accesibilidad Universal Condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personasen condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Presupone la estrategia de “diseño universal” y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse.
Accesibilidad Universal La Accesibilidad Universal es sinónimo de que en el entorno en el que se presta un servicio existe facilidad para la deambulación, la comprensión, la localización y la comunicación, independientemente de la capacidad que pudiera presentar el usuario
LA TRANSVERSALIDAD DE LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL EN TODAS LAS ACTIVIDADES DEL ESTADO La Accesibilidad Universal es transversal a las actividades de la vida diaria de cualquier persona tenga o no discapacidad o movilidad y/o comunicación reducida ya que en cualquier momento de su vida la va a necesitar. ES RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN SU CONJUNTO MATERIALIZARLA POLÍTICAS PÚBLICAS
Para que se cumpla la transversalidad tiene que existir: UNA CADENA DE SITUACIONES ACCESIBLES CON LA VOLUNTAD NO ALCANZA
Para eso tenemos que desterrar PERCEPCIONES SOCIALES
Hacia la NUEVA CONSTRUCCIÓN SOCIAL Es una entidad institucionalizadaen un sistema social que existe porque la gente accede a comportarse como si existiera, o a comportarse como si tal acuerdo o reglas existieran. ¿CON SANITARIO Y RAMPA CUMPLIMOS?
Posibles ejercitaciones Tratemos de ir de un conocimiento preexistente recorriendo un camino que vaya del DES-CONOCIMIENTO a otro de RE-CONOCIMIENTO. Para esto deberemos olvidarnos de algunas representaciones sociales instaladas.
PRÁCTICAS No sirve cualquier solución en Accesibilidad ni tener únicamente la voluntad. En cada caso hay que buscar la seguridad, la autonomía y la dignidad de los usuarios
La BRECHA entre el SABER y la BUENA PRÁCTICA es el CONOCER y ENTENDER Y a esto le agregamos la palabra CALIDAD
Un elemento clave para discernir entre buenas y malas prácticas es el rigor
12/2012 - La Nueva Perla presentó micros con rampas para discapacitados. PERGAMINO. Provincia de Buenos Aires UN SERVICIO INACCESIBLE PROVOCA EL AISLAMIENTO SOCIAL Y LA DEPENDENCIA
Los Estados subsidian al transporte y ellos deben dictar las pautas de acuerdo a la normativa vigente, de otra manera estarían incumpliendo.
PRÁCTICAS Si conoce y entiende la Accesibilidad Universal la normativa lo va a ayudar. Si no conoce y no comprende la Accesibilidad Universal la normativa lo va a fastidiar. ACTITUD
CONVENCIÓN SOBRE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD RATIFICADA POR NUESTRO PAIS POR LEY N° 26.378. CON CARÁCTER SUPRA LEGAL Artículo 9: Accesibilidad A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Normativa a tomar en cuenta: LEY NACIONAL Nº 24.314 (Año 1994) Decreto Reglamentario Nº 914/97 Y SU MODIFICACIÓN EL 467/98.
PRÁCTICAS • Pensar • Experimentar • Comprender • Aprender • Aplicar • Creer • Estrategia • Ver la realidad • Saber eficaz • Ejecutar
BUENAS PRÁCTICAS PROMETEDORAS • Tener como meta el estricto cumplimiento de la Ley. • Mejorar políticas y prácticas en base a ello. • Adhesión al Plan Nacional de Accesibilidad por parte de todo el país. (Distinguido en 2008 como mejor práctica). • Trabajar para des-construir el estigma aún latente de la silla de ruedas como icono de la accesibilidad. • Llevar los ejemplos de buenas prácticas y cumplimiento de la Ley a otras localidades que aún estudian posibles soluciones (transporte). • Comprometer el esfuerzo para materializar en las localidades la inclusión de las normas de accesibilidad.
MUCHAS GRACIAS cbenardelli@cndisc.gov.ar