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CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES CONATEL. CONATEL. ES EL ENTE DE LA ADMINISTRACION Y REGULACION DE LAS TELECOMUNICACIONES EN EL ECUADOR Y LA ADMINISTRACION DE TELECOMUNICACIONES DEL ECUADOR ANTE LA UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (UIT). CONATEL. Está integrado por:
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CONATEL ES EL ENTE DE LA ADMINISTRACION Y REGULACION DE LAS TELECOMUNICACIONES EN EL ECUADOR Y LA ADMINISTRACION DE TELECOMUNICACIONES DEL ECUADOR ANTE LA UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (UIT)
CONATEL • Está integrado por: • Un representante del Presidente de la República, quien lo preside • El señor Vicepresidente de la República • El Jefe del Comando Conjunto de las FF.AA. • El Secretario Nacional de Telecomunicaciones • El Superintendente de Telecomunicaciones • Un representante designado conjuntamente por las Cámaras de la Producción • El representante legal del Comité Central Unico de los trabajadores de EMETEL
CONATEL • Funciones principales: • Dictar políticas del Estado con relación a las telecomunicaciones • Aprobar el plan de desarrollo de las telecomunicaciones • Establecer términos, condiciones y plazos para otorgar concesiones y autorizaciones para la explotación de servicios finales y portadores de telecomunicaciones • Expedir los reglamentos necesarios para la interconexión de las redes • Promover la investigación científica y tecnológica en el área de las telecomunicaciones
FODETEL Ley para la Transformación Económica del Ecuador, Art. 58, R.O 34; 13-marzo-2000 • Fondo para el desarrollo de las telecomunicaciones • Servicio Universal • Desarrollo de telecomunicaciones en áreas urbano marginales y rurales
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES FUNCIONES
SUPTEL • Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del CONATEL • El control de los operadores que exploten servicios de telecomunicaciones • Supervisar el cumplimiento de las regulaciones que apruebe el CONATEL • Juzgar a las personas naturales y jurídicas que incurran en las infracciones señaladas en esta LEY
CONATEL PROCESO DEL PROYECTO DE LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
PRINCIPIOS CONSIDERADOS EN LA LEY ECUATORIANA • Principios Generales: a) Ley modelo de UNCITRAL - Ley modelo de la CNUDMI sobre comercio electrónico y sobre firmas electrónicas.
PRINCIPIOS APLICADOS EN EL PROYECTO DE LEY • El mensaje de datos consta como la base conceptual en la Ley al abarcar dentro de si al resto de definiciones. • Se reconoce jurídicamente a los mensajes de datos. • Aceptación jurídica de la firma electrónica. • Aplicación del principio de neutralidad tecnológica abierta para cualquier tipo de tecnología. • Las firmas y los certificados extranjeros son aceptados cuando cumplen con los requisitos básicos establecidos en la legislación nacional.
PRINCIPIOS APLICADOS EN EL PROYECTO DE LEY • Se establece que el Organismo de Regulación será el CONATEL y el Organismo de Control será la Superintendencia de Telecomunicaciones. El Diputado que impulsa el Proyecto de Ley en el H. Congreso Nacional propone que también exista un Organismo de Promoción a cargo del COMEXI. • Las reglas de contratación son de UNCITRAL. No se cambian las reglas de la contratación establecidas en la legislación nacional, sino que se establecen las nuevas circunstancias tecnológicas y su aplicación jurídica
PRINCIPIOS APLICADOS EN EL PROYECTO DE LEY • Se reconocen los derechos de los usuarios de servicios electrónicos. Especialmente que conozcan la información que reciben • Reconocimiento de los medios de prueba electrónicos. • Se establecen las infracciones informáticas. Fraude, daños, falsificación, Intrusión y violaciones a la privacidad por medios electrónicos.
PRINCIPIOS APLICADOS EN EL PROYECTO DE LEY • EN ESTA LEY SE CONTEMPLAN VARIAS FIGURAS YA QUE POR LA SITUACIÓN LEGISLATIVA NACIONAL (OTRAS LEYES EN MARCHA) ES IMPERATIVO QUE SE APRUEBEN LAS LEYES EN UN MISMO CUERPO LEGAL. • ESTA ACLARACIÓN SE LA EFECTÚA ESPECIALMENTE PORQUE LA MAYORÍA DE PAÍSES HAN OPTADO POR LEGISLAR ESTOS TEMAS POR SEPARADO.
CONATEL • Coordinación de grupos de trabajo del Sector Público para revisar el proyecto de Ley de Comercio Electrónico • Estos fueron: • Sector Financiero: • Superintendencia de Bancos • Sector Institucional de comercio privado: • Federación de Cámaras de la Producción • Sector Comercial Público: • Ministerio de Relaciones Exteriores • Sector de Telecomunicaciones: • CONATEL • Sector Educativo: • ESPOL
Existencia del Organo Regulador radica en el control de las entidades de certificación ecuatorianas
EL COMERCIO ELECTRONICO NO TIENE FRONTERAS, LO QUE DIFICULTA SU CONTROL
REGULACIONES • Cada país debe legislar de acuerdo a sus necesidades • Entidades de Certificación porporcionan confianza a las transacciones con firma electrónica • El control es para las entidades de certificación acreditadas en el Ecuador • El Estado debe garantizar seguridad y certeza jurídica para los usuarios de los certificados de firma electrónica acreditados en el Ecuador
REGULACIÓN INTERNA • El Estado es el Organo Regulador • La acreditación garantizará la calidad tecnológica de los certificados acreditados • Al comercio interior brinda seguridad • Al comercio exterior asegura el cumplimiento de la normativa ecuatoriana • Aceptación de los certificados extranjeros que cumplan con los requisitos internacionales
PROPUESTA DEL SECTOR PUBLICO CONATEL como órgano de regulación SUPTEL como órgano de control
FUNDAMENTO • Infraestructura existente • Relación entre telecomunicaciones y comercio electrónico • Conocimiento técnico especializado del personal del CONATEL y SUPTEL • Apertura institucional • Prohibición Constitucional de aumentar el gasto público
CONATEL MUCHAS GRACIAS