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EL MANDO, LA SUBORDINACIÓN Y LA SUPERIORIDAD EN LEY ORGÁNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL 21OCT09. NUEVA CONCEPCION MILITAR. REFORMA DE LA LOFANB. CONSTITUCIÓN ART. 326, 328. NUEVA DOCTRINA MILITAR. TRANSICIÓN DE SOPC A OFICIAL TECNICO. SOCIALISMO DEL SIGLO XXI
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EL MANDO, LA SUBORDINACIÓN Y LA SUPERIORIDAD EN LEY ORGÁNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL 21OCT09
NUEVA CONCEPCION MILITAR REFORMA DE LA LOFANB CONSTITUCIÓN ART. 326, 328 NUEVA DOCTRINA MILITAR TRANSICIÓN DE SOPC A OFICIAL TECNICO SOCIALISMO DEL SIGLO XXI “PATRIA, SOCIALISMO O MUERTE” … TIPOS DE MANDO ART. 7, 78 Y 79 LOFANB. LINEA ESTRATÉGICA GUERRA DE TODO EL PUEBLO 3RA LINEA ESTRATÉGICA DEFENSA NACIONAL, POPULAR E INTEGRAL CATEGORIA MILITAR EFECTIVO, ASIMILADO, RESERVA, MILICIA Y HONORARIO ART. 99 LOFANB. 2DA LINEA ESTRATÉGICA UNIÓN CIVICO MILITAR “CONCIENCIA Y ORGANIZACIÓN” 1RA LINEA ESTRATÉGICA FORTALECIMIENTO DEL COMPONENTE MILITAR. SUBORDINACIÓN, SUPERIORIDAD ART. 80 LOFANB
TODO EL PERSONAL MILITAR SE FORMÓ BAJO LAS SIGUIENTES NORMAS ARTÍCULO 50. ES INDISPENSABLE QUE LA SUBORDINACIÓN Y LA OBEDIENCIA SEAN RIGUROSAMENTE MANTENIDAS EN TODOS LOS GRADOS Y CLASES DE JERARQUÍA MILITAR. EN CONSECUENCIA: 1. OMISSIS… 6-. EL SUB-TENIENTE AL TENIENTE; 7. EL TENIENTE AL CAPITÁN; 8. EL CAPITÁN AL MAYOR; 9. EL MAYOR AL TENIENTE CORONEL; 10. EL CORONEL AL GENERAL DE BRIGADA; 11. EL GENERAL DE BRIGADA AL GENERAL DE DIVISIÓN; 12. EL GENERAL DE DIVISIÓN AL GENERAL EN JEFE; Y EN GENERAL TODO INFERIOR DEBE OBEDIENCIA A TODO SUPERIOR. ARTÍCULO 51. INDEPENDIENTEMENTE DE DICHA SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA, LA DISCIPLINA EXIGE QUE A IGUALDAD DE GRADO, AL MENOS ANTIGUO DEBE SUBORDINACIÓN Y OBEDIENCIA AL MÁS ANTIGUO. EN CASO DE IGUAL ANTIGÜEDAD, PREVALECE LA DEL GRADO INMEDIATAMENTE ANTERIOR Y ASÍ SUCESIVAMENTE. LOS OFICIALES DE LA CATEGORÍA EFECTIVA TIENEN PRECEDENCIA SOBRE LOS ASIMILADOS Y LOS DE RESERVA DEL MISMO GRADO.
NUNCA LEIMOS COMPLETO ESTE ARTICULO Artículo 53. El oficial de un grado superior no deberá subordinarse a un grado inferior, SALVO EL CASO QUE ÉSTE DESEMPEÑE EMPLEO DE UNA CATEGORÍA SUPERIOR, o pertenezca al Estado Mayor, o que esté designado por el Ministerio de Guerra y Marina para representarlo, pasar revista o cumplir comisiones especiales.
DEFINICIONES CAPITULO IV Mando, Subordinación y Superioridad QUE ES MANDO PODER QUE SOBRE LOS INFERIORES EJERCE EL SUPERIOR. ES EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE POR LEY, NOMBRAMIENTO O DESIGNACIÓN CORRESPONDEN AL MILITAR PARA FORMAR SOLDADOS EN LA PAZ Y DE CONDUCIRLOS A LA BATALLA EN LA GUERRA. QUE ES COMANDO ES EL ORGANO QUE INTEGRAN EL COMANDANTE DE UNA FUERZA Y SU PLANA MAYOR QUE ES SUBORDINACION SITUACION DEL HOMBRE DENTRO DE LA ORGANIZACIÓN DEL EJERCITO CUANDO OCUPA UN RANGO INFERIOR , UN GRADO MENOS QUE OTRO. SENTIMIENTO O SUJECCION A PODER, MANDO, U ORDEN SUPERIOR O MAS FUERTE. QUE ES SUPERIORIDAD PERSONA QUE EJERCE AUTORIDAD DE MAS CATEGORIA SUPERIOR ES TODO EL QUE TIENE UN GRADO MAS QUE OTRO O QUIEN EJERCE PUESTO O CARGO QUE LE CONCEDE ATRIBUCIONES SOBRE ÉL.
LEY ORGANICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA (21OCT09) ASPECTOS RESALTANTES Art. 3 MISION DE LA FANB Garantizar la Independencia y Soberanía de la Nación Asegurar la Integridad del Espacio Geográfico ¿Cómo? Mediante la Defensa Militar La Cooperación en el mantenimiento del Orden Interno y La participación activa en el Desarrollo Nacional.
HONORARIO QUE ES LA CATEGORIA MILITAR Y SUS TIPOS ART 99. ES LA CONDICIÓN QUE IDENTIFICA LA NATURALEZA DEL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD CASTRENSE Y PODRÁ SER COMANDO EFECTIVO TÉCNICO MILICIA ASIMILADO RESERVA
CATEGORIAS MILITARES Efectivo Artículo 100. Pertenecen a la categoría de efectivo, los Oficiales de Comando, Técnico y Tropa Profesional egresados de los Institutos de Formación Militar de los Componentes Militares o de Institutos Extranjeros de Formación Militar o procedentes de los Cuerpos de Tropa que hayan obtenido el Despacho y/o Resolución correspondiente y ejercerán la carrera militar de modo permanente. Asimilado Artículo 102. Pertenecen a la categoría de Asimilado, los venezolanos y venezolanas que reciban un empleo dentro de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana luego de aprobar el curso especial de formación de Oficiales establecido para tal fin, debiendo ejercer la profesión para la cual fueron incorporados o incorporadas al servicio activo, acreditados mediante Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Defensa; y la carrera militar de acuerdo al reglamento respectivo.
COMPARACIÓN ENTRE LOS OFICIALES EFECTIVOS LA EFECTIVIDAD VIENE DADA POR EL EGRESO DE UN INSTITUTO DE FORMACIÓN DE OFICIALES OFICIAL DE COMANDO OFICIAL TECNICO DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE SU EMPLEO: EJERCER EL MANDO SOBRE LAS ARMAS Y SERVICIOS DEL EJÉRCITO PARA CONTRIBUIR CON LAS MISIONES DE LA FANB. SUS CONOCIMIENTOS ACADEMICOS DE FORMACIÓN Y POSTERIOR CAPACITACIÓN SON DESTINADOS AL EJERCICIO DEL ARTE Y LA CIENCIA MILITAR, EVIDENCIADA EN EL MANDO A TODOS LOS NIVELES DEL EJERCITO. DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE SU EMPLEO: CONTRIBUIR A MAXIMIZAR EL APRESTO OPERACIONAL DE LAS ARMAS Y SERVICIOS DEL EJERCITO PARA CONTRIBUIR CON LAS MISIONES DE LA FANB. SUS CONOCIMIENTOS ACADEMICOS DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN SON DESTINADOS A LA FORMACIÓN TÉCNICA EN FUNCIÓN DEL APOYO BASADO EN LOS PRINCIPIOS LOGÍSTICOS DE OPORTUNIDAD Y EFECTIVIDAD A FINES DE OPTIMIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA LOGÍSTICA DEL EJÉRCITO
COMPARACIÓN ENTRE LOS OFICIALES EFECTIVOS LA EFECTIVIDAD VIENE DADA POR EL EGRESO DE UN INSTITUTO DE FORMACIÓN DE OFICIALES OPSU OFICIAL DE TECNICO OFICIAL DE COMANDO EL OFICIAL DEL EJÉRCITO Y LICENCIADO EN CIENCIAS Y ARTES MILITARES: OPCIÓN TERRESTRE ES UN PROFESIONAL MILITAR CON UNA FORMACIÓN ÉTICO-MORAL, CIENTÍFICA, HUMANÍSTICA Y TÉCNICA PARA EL EJERCICIO DEL LIDERAZGO EN FUNCIONES DE PLANIFICACIÓN, INVESTIGACIÓN, SUPERVISIÓN, CONTROL, EVALUACIÓN Y EJECUCIÓN DE OPERACIONES TERRESTRES. EL SUB-OFICIAL DEL EJÉRCITO Y TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN CIENCIAS Y ARTES MILITARES RECIBE UNA FORMACIÓN ÉTICO-MORAL QUE LE CAPACITA PARA LLEVAR A CABO SU MISIÓN EN DIFERENTES ESPECIALIDADES MILITARES COMO ADMINISTRACIÓN, ARMAMENTO, INGENIERÍA, INTENDENCIA, POLICÍA MILITAR Y TRANSPORTE.
ARTÍCULO 77 RESPONSABILIDAD DEL MANDO MANDO, SUBORDINACIÓN Y SUPERIORIDAD LAS UNIDADES (OPERATIVAS) DEPENDENCIAS (ADMINISTRATIVAS) DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, NO PODRÁN PERMANECER EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA SIN UN JEFE A QUIEN OBEDECER Y SOBRE QUIEN RECAIGA LA RESPONSABILIDAD DEL MANDO. LOFANB 2009 ESTABLECE TRES TIPOS DE MANDO OPERACIONAL EFECTIVO ACCIDENTAL OTORGADO AL OFICIAL DE COMANDO OTORGADO AL OFICIAL DE COMANDO CMDTE EN JEFE Y PUEDE SER ENCARGADO AL CCEO, AL MPPD AL MOMENTO GRADUACION O DESIGNACIÓN DE EMPLEO TITULAR O INTERINO AL MOMENTO DE UN REEMPLAZO MOMENTANEO DEL TITULAR O INTERINO ARTÍCULO 7 MANDO OPERACIONAL ARTÍCULO 78 CONFERIMIENTO MANDO ARTÍCULO 79 MANDO ACCIDENTAL
COMPARACION DEL ARTICULADO DE LA LEY LOFANB ANTERIORES MANDO ACCIDENTAL ARTÍCULO 79. CORRESPONDERÁ EL MANDO ACCIDENTAL AL MILITAR DE MAYOR GRADUACIÓN Y ANTIGÜEDAD QUE ESTÉ PRESTANDO SERVICIO EN LA UNIDAD O DEPENDENCIA DONDE OCURRA LA VACANTE. EN IGUALDAD DE GRADO Y MÉRITO, PREVALECERÁ LA ANTIGÜEDAD. EN ESTE CASO SE CONSIDERARA EL EMPLEO DESEMPEÑADO EN FORMA ACCIDENTAL. LOFANB 21OCT09 MANDO ACCIDENTAL ARTÍCULO 79. CORRESPONDERÁ EL MANDO ACCIDENTAL AL OFICIAL DE COMANDO DE MAYOR GRADUACIÓN Y ANTIGÜEDAD QUE ESTÉ PRESTANDO SERVICIO EN LA UNIDAD O DEPENDENCIA DONDE OCURRA LA VACANTE. EN IGUALDAD DE GRADO Y MÉRITO, PREVALECERÁ LA ANTIGÜEDAD. EN ESTE CASO SE CONSIDERARA EL EMPLEO DESEMPEÑADO EN FORMA ACCIDENTAL.
COMPARACION DEL ARTICULADO DE LA LEY LOFANB 21OCT09 CONFERIMIENTO DE MANDO ARTÍCULO 78. CORRESPONDERÁ AL PRESIDENTE O PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y COMANDANTE EN JEFE DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, CONFERIR EL MANDO EFECTIVO AL O LA OFICIAL DE COMANDO POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA. LOFANB ANTERIORES CONFERIMIENTO DE MANDO ARTÍCULO 78. CORRESPONDERÁ AL PRESIDENTE O PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y COMANDANTE EN JEFE DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, CONFERIR EL MANDO EFECTIVO POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA.
SUBORDINACIÓN ARTÍCULO 80. EL PERSONAL MILITAR EN TODOS LOS GRADOS O JERARQUÍAS ESTARÁN SUBORDINADOS AL OFICIAL QUE OSTENTE EL MANDO. OPERACIONAL EFECTIVO ACCIDENTAL OTORGADO A OFICIAL DE COMANDO OTORGADO A OFICIAL DE COMANDO CMDTE EN JEFE Y PUEDE SER ENCARGADO AL CCEO, AL MPPD AL MOMENTO GRADUACION O DESIGNACIÓN DE EMPLEO TITULAR O INTERINO AL MOMENTO DEL REEMPLAZO MOMENTANEO DEL TITULAR O INTERINO ARTÍCULO 7 MANDO OPERACIONAL ARTÍCULO 78 CONFERIMIENTO MANDO ARTÍCULO 79 MANDO ACCIDENTAL
DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA. HASTA TANTO SE DICTE EL INSTRUMENTO JURÍDICO QUE REGULARÁ LA DISCIPLINA MILITAR, LA OBEDIENCIA Y SUBORDINACIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, QUEDAN VIGENTES LAS NORMAS DISCIPLINARIAS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO CONTENIDAS EN EL REGLAMENTO DE CASTIGOS DISCIPLINARIOS Nº 6, QUE NO SEAN CONTRARIAS A LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y ESTA LEY.
SERAN SUPERIORES SERÁN SUPERIORES PERMANENTES DE LOS OFICIALES DE COMANDO: LOS OFICIALES DE COMANDO DE MAYOR GRADUACIÓN. SERAN SUPERIORES PERMANENTES DE LOS OFICIALES TÉCNICOS: LOS OFICIALES DE COMANDO LOS OFICIALES TÉCNICOS DE SUPERIOR GRADUACIÓN. SERAN SUPERIORES PERMANENTES DE LOS OFICIALES ASIMILADOS: LOS OFICIALES DE COMANDO. LOS OFICIALES TÉCNICOS DE SUPERIOR GRADUACIÓN. SERAN SUPERIORES TEMPORALES DE LOS OFICIALES DE COMANDO: LOS OFICIALES DE COMANDO QUE DURANTE EL SERVICIO Y EN TODA REUNIÓN, EL MÁS ANTIGUO O EL QUE TENGA UN EMPLEO POR DESIGNACIÓN DE LA SUPERIORIDAD. SERAN SUPERIORES TEMPORALES DE LOS OFICIALES TÉCNICOS: LOS OFICIALES TÉCNICOS QUE DURANTE EL SERVICIO Y EN TODA REUNIÓN, EL MÁS ANTIGUO O EL QUE TENGA UN EMPLEO POR DESIGNACIÓN DE LA SUPERIORIDAD. LOS OFICIALES ASIMILADOS, SIN IMPORTAR EL GRADO, EN EL EJERCICIO DE SU PROFESION, ESPECIALMENTE EL AREA DE SALUD.
SITUACIONES A SER VALORADAS AUSENCIA TEMPORAL DEL JEFE DE LA DEPENDENCIA O CMDTE DE LA UNIDAD. HAY OFICIALES TECNICOS DE GRADOS SUPERIORES A LOS DE COMANDO.¿QUIEN ASUME EL MANDO? EL OFICIAL DE COMANDO INDEPENDIENTEMENTE DEL GRADO. EL OFICIAL DE COMANDO DE MAYOR GRADO O ANTIGUEDAD, DIRIGIRÁ TODAS LAS ACTIVIDADES DE LA UNIDAD O DEPENDENCIA Y EL RESTO DEL PERSONAL DEBERA SOMETERSE AL MANDO DE ESTE, INCLUYENDO LA FORMACIÓN. EN ESA AUSENCIA TEMPORAL DEL JEFE DE LA DEPENDENCIA O CMDTE DE LA UNIDAD. ¿QUE CONDUCTA DEBE ASUMIR QUIEN EJERZA EL MANDO? NO TOMARA NINGUNA ACCIÓN DISCIPLINARIA, PODRÁ, SI POSEE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN SUFICIENTE, INTERPONER LA DENUNCIA CORRESPONDIENTE. LO CUAL DEBERA HACER SIN PRETENSIONES TEMERARIAS O POR MOTIVOS DE REPRESALIA. UN OFICIAL TECNICO DE MAYOR GRADUACIÓN OBSERVA LA COMISIÓN DE UNA FALTA POR PARTE DE UN OFICIAL DE COMANDO DE MENOR GRADO ¿CUANDO EL OFICIAL DE COMANDO ESTARÁ SUBORDINADO A UN OFICIAL TECNICO? EN NINGÚN MOMENTO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA. ¿CUALES SON LAS ATRIBUCIONES DE UN OFICIAL DE COMANDO DE MENOR GRADUACIÓN QUE ASUME UN EMPLEO DE MANERA ACCIDENTAL? TODAS LAS QUE LE CONFIERE EL MANDO, SANCIONATORIA, AUTORIDAD PARA CONCEDER Y TRAMITAR BENEFICIOS.
PRESENTACION A UN SUPERIOR SALUDO EL USO DEL MI SIGNOS EXTERIORES DE RESPETO APRESURAR EL PASO AL LLAMADO DE UN SUPERIOR ADOPCIÓN DE LA POSICIÓN FUNDAMENTAL
SITUACIONES A SER VALORADAS RECOMENDACION SOBRE LOS SIGNOS EXTERIORES DE RESPETO EL SALUDO MILITAR ES UN SIMBOLO DE CORTESIA, DEBIENDO EL DE MENOR GRADUACIÓN SALUDAR Y EL DE MAYOR GRADUACIÓN DEVOLVER EL SALUDO. SE RECOMIENDA DESAPLICAR EL USO DEL “MI” ENTRE LOS OFICIALES DE COMANDO DE MENOR GRADO Y LOS DEMÁS OFICIALES DE OTRAS CATEGORIAS CON MAYOR GRADO. SE MANTIENE EL USO DEL “MI” EN TODOS LOS DEMÁS CASOS. EL OFICIAL TECNICO O ASIMILADO QUE REQUIERA DIRIGIRSE A UN OFICIAL DE COMANDO DE MENOR GRADO, LE LLAMARA POR EL GRADO Y ASI RECIPROCAMENTE. ELLO NO IMPLICARA LA ADOPCIÓN DE LA POSICIÓN FUNDAMENTAL. CUANDO UN SUPERIOR EN LA CATEGORIA Y POR GRADO SE DIRIJA A UN INFERIOR ESTE ADOPTARA LA POSICIÓN FUNDAMENTAL. EL OFICIAL DE COMANDO QUE EJERZA EL MANDO, MANDARA EN TODAS LAS FORMACIONES DE CONTROL QUE SE REALICEN EN LA UNIDAD O DEPENDENCIA, DEBIENDO ENCUADRARSE EN LA MISMA EL RESTO DE LOS DEMAS MILITARES SIN IMPORTAR SU GRADUACIÓN.
REGLAS DE DISCIPLINA RECOMENDADAS NINGÚN OFICIAL TÉCNICO TENDRÁ ATRIBUCIONES DISCIPLINARIAS SALVO QUE POR NECESIDADES DEL SERVICIO, EJERZA EL MANDO, EN CONSECUENCIAS TENDRÁ LAS MISMAS ATRIBUCIONES QUE EL TITULAR DEL CARGO. EL OFICIAL DE COMANDO QUE EJERZA EL EMPLEO DE MANERA TITULAR O INTERINA SERÁ EL RESPONSABLE DE LA EVALUACIÓN SEMESTRAL DE LOS OFICIALES QUE TENGA BAJO SU MANDO. SI POR ALGUNA CIRCUNSTANCIA UN OFICIAL DE COMANDO DE MENOR GRADUACIÓN QUE LOS OFICIALES TÉCNICOS SEA QUIEN DESEMPEÑE EL EMPLEO DE MANERA INTERINA Y CORRESPONDA LA EVALUACIÓN SEMESTRAL ESTÁ SERÁ COMPLETAMENTE VALIDA. NO SE PERMITIRÁ QUE AL PROFESIONAL AL MANDO DE UNA UNIDAD O DEPENDENCIA LE FALTEN EL RESPETO O LA COMISIÓN DE HECHOS QUE ATENTEN CONTRA LA DISCIPLINA, LA OBEDIENCIA Y LA SUBORDINACIÓN, SIN IMPORTAR EL GRADO QUE OSTENTE. EL EJERCICIO DEL MANDO IMPLICA LA OBLIGACIÓN DE CONTRIBUIR AL MANTENIMIENTO DE LA DISCIPLINA, NO DISIMULANDO LAS FALTAS DE SUS SUBORDINADOS. EL QUE MANDA TIENE EL DEBER Y EL DERECHO DE REPRIMIR LAS INFRACCIONES, IMPONIENDO O SOLICITANDO LA APLICACIÓN DE CASTIGOS.
REGLAS DE DISCIPLINA RECOMENDADAS EL QUE OSTENTE EL MANDO TENDRÁ LA FACULTAD PARA IMPONER EL CASTIGO CORRESPONDIENTE, A CUALQUIER MILITAR SEA CUAL FUERE SU GRADO. SE RECOMIENDA QUE LA AMPLITUD DE CASTIGOS PARA OFICIALES SE MANTENGA TAL COMO LO SEÑALA EL ARTÍCULO 121 DEL RCD 6. EN CONSECUENCIA CUANDO UN OFICIAL DE COMANDO REQUIERA SANCIONAR A UN OFICIAL TÉCNICO O ASIMILADO DE MAYOR GRADUACIÓN, LO SOLICITE A SU SUPERIOR INMEDIATO, MEDIANTE LA REMISIÓN DEL EXPEDIENTE CORRESPONDIENTE.
CONSECUENCIAS DE ESTOS ARTICULOS EN TODO MOMENTO EL OFICIAL EFECTIVO DE COMANDO, EN CUALQUIER GRADO EJERCERA EL MANDO Y COMO CONSECUENCIA LA SUPERIORIDAD SOBRE EL RESTO DE LAS CATEGORIAS MILITARES, SIN IMPORTAR EL GRADO. SUPERIORIDAD SOBRE LA BASE DE LA CATEGORIA MILITAR DESAPLICACIÓN PARCIAL DEL ART 50 DEL RCD. EL USO DEL “MI” ES NECESARIO NUEVAS REGLAS DE DISCIPLINA, OBEDIENCIA Y SUBORDINACIÓN SOBRE LA BASE DEL EMPLEO RECIBIDO