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Protección Privada DEL el Cerro de la Bufa.

Protección Privada DEL el Cerro de la Bufa. SERVIDUMBRE ECOLOGICA DE LA FAMILIA RODRIGUEZ NIETO. Antecedentes. Conscientes de la importancia que tiene el cerro de la Bufa en la identidad de los guanajuatenses y en la vida de la ciudad de Guanajuato.

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Protección Privada DEL el Cerro de la Bufa.

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Presentation Transcript


  1. Protección Privada DEL el Cerro de la Bufa. SERVIDUMBRE ECOLOGICA DE LA FAMILIA RODRIGUEZ NIETO

  2. Antecedentes • Conscientes de la importancia que tiene el cerro de la Bufa en la identidad de los guanajuatenses y en la vida de la ciudad de Guanajuato. • Preocupados por las acciones necesarias para la protección y restauración ecológica del área. • La familia Rodriguez Nieto manifestó su voluntad de proteger y restaurar el cerro de La Bufa que se encuentra dentro de un predio de su propiedad.

  3. Instrumentos legales de conservación privada de tierras. • Los instrumento de protección privada de tierras y aguas han sido una forma de conservación ecológica importante en varios países de Latinoamérica . En México el concepto fue desarrollado por PRONATURA A.C. con apoyo del Banco Mundial a través del GEF (Global EnvironmentalFund) • La servidumbre ecológica es uno de los instrumentos de conservación de tierras que ha dado mejores resultados.

  4. Servidumbre Ecológica • Consiste en las limitaciones que voluntariamente se impone un dueño al uso de su propiedad para su conservación ecológica en beneficio de otro predio y del ecosistema. • Está fundamentado en los artículos 1205 y 1206 del Código Civil para el Estado de Guanajuato como una servidumbre voluntaria. • Se constituye como un gravamen real a la propiedad a través de una escritura pública

  5. Conservación privada del cerro de La Bufa • Servidumbre 1. constituida sobre el predio rustico 1 (uno) de Granja la Bufa con superficie de 157 has. para que siga siendo un espacio de identidad, servicios ambientales y recreación de los guanajuatenses • Servidumbre 2. Constituida sobre una fracción de 2 has. del predio rústico 3 (tres) de Granja la Bufa que será destinada exclusivamente a acciones de protección y restauración ecológica, bajando de esta manera la densidad urbana H0 autorizada y vigente y garantizando un desarrollo sustentable y armónico con la naturaleza..

  6. Objetivos • Ayudar a conservar, promover, consolidar y fortalecer el equilibrio natural del área de conservación del Cerro de la Bufa. • Ayudar a promover un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que proporcione servicios ambientales para la Ciudad de Guanajuato que redunden en una mejor calidad de vida de sus habitantes. • Garantizar la conservación de los recursos naturales, manteniendo el ambiente natural que mejore los hábitats y la calidad de vida de la biodiversidad de la región. • Proteger los mantos acuíferos, ríos, presas y demás cuerpos de agua que se encuentran dentro área de protección y sus derivaciones.

  7. Contenido • Impone la obligación de hacer un diagnóstico del área y un Programa de Manejo. • Establece limitaciones al uso de la propiedad. • Crea los mecanismos para la gestión de recursos económicos y humanos. • Abre espacios de participación ciudadana para el monitoreo del área y la implementación de acciones de conservación.

  8. Limitaciones al uso de la Propiedad • No se podrá alterar las cuencas hidrológicas de ninguna manera. No se podrán perforar pozos. Sólo se podrá hacer infraestructura hidráulica que no se contraponga a lo anteriormente establecido y se encuentre contemplado en el Programa de Manejo. • La introducción de automóviles, motocicletas, casas coche, casas móviles y remolques será conforme lo establecido en el Programa de Manejo. • No se podrá talar, desmontar, destruir o matar árboles, arbustos, matorrales y/o demás plantas nativas. Cualquier manejo forestal o remoción de vegetación forestal deberá hacerse con la autorización correspondiente conforme a la legislación vigente. • Queda estrictamente prohibido cazar, pescar o matar animales silvestres excepto por razones científicas o educativas, siempre y cuando ello no ponga en peligro la sobrevivencia de una o más especies de flora o fauna dentro de los predios. • Queda totalmente prohibido prender fogatas, quemar vegetación y cualquier tipo de manejo del fuego que no esté contemplado en el Programa de Manejo. • Queda prohibida toda actividad que produzca o pueda producir contaminación en cualquier forma, ya sea de la tierra, la vegetación, el aíre y/o el agua. • Sin excepción no se podrán efectuar actividades extractivas de flora, fauna, suelo, tierra, explotaciones mineras o extracción de materiales para construcción. •  En esta área no se podrá introducir especies de animales o vegetales que no se consideren nativos de la región, ni se podrán efectuar actividades relacionadas con la ganadería. Solo se podrán introducir animales domésticos de compañía bajo la tutela y control de sus dueños. • Se podrá efectuar actividades de investigación y educación ambiental siempre y cuando éstas no ponga en riesgo la sobrevivencia y bienestar de alguna o algunas especies de flora o fauna silvestre.

  9. Gestión de recursos, participación ciudadana y vigilancia. • La FundaciónIng.Salvador Rodríguez Neri A.C. tiene a su cargo la gestión de apoyos para la elaboración del diagnóstico del área así como del Programa de Manejo. • Los ciudadanos de Guanajuato podrán participar en el manejo y la implementación de acciones para la protección y restauración del cerro de La Bufa a través del Consejo Ciudadano de la Fundación Ing. Salvador Rodríguez Neri A.C. • El Consejo Ciudadano está integrado por distinguidos miembros de nuestra sociedad que se han distinguido por su arraigo y compromiso por el bien de Guanajuato y que con su capacidad técnica y profesional podrán apoyar las gestiones que se realicen, coordinar la implementación de las acciones de protección y restauración y dar transparencia y publicidad en la administración de la Asociación.

  10. Conclusión La ciudad de Guanajuato cuenta hoy con 160 hectáreas jurídicamente destinadas a la protección y conservación ecológica. Los guanajuatenses tenemos un esquema estructurado, plural y transparente para participar en las acciones de conservación del cerro de La Bufa.

  11. Área de conservación

  12. Fundación Ing. Salvador Rodríguez Neri A.C.

  13. Fundación Ing. Salvador Rodríguez Neri • Se constituyó con fecha 25 de octubre del 2011 • Firmaron como testigos de honor los Dip. Miguel Angel Chico Herrera y Jorge Gómez Salazar así como el Presidente Municipal de Guanajuato Lic. Nicéforo Guerrero Reynoso

  14. Fundación Ing. Salvador Rodríguez Neri • Integrantes: Ma. Eugenia Nieto Antunez, Rubén Antonio Rodríguez Nieto, Ma. Eugenia Rodríguez Nieto, Juan Andrés Rodríguez Nieto, Miguel Angel Chico Herrera, Beatriz Alcocer Turrent, Wendy Chico Brunel y Citlali Tovar Zamora Plowes. • Objeto de la Fundación: Contribuir a la investigación, conservación, preservación, restauración, manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, así como promover la educación ambiental y la participación ciudadana para el manejo sustentable. • Consejo Directivo: • Presidente: Rubén Rodriguez Nieto • Secretario: Citlali Tovar • Tesorero: Ma. Eugenia Rodríguez Nieto

  15. El Consejo Ciudadano Esta integrado por ciudadanos que no tengan la calidad de Asociados, en el número que determine la Asamblea General de Asociados, y que cuenten con un perfil profesional, compromiso con las causas ambientales y arraigo con el municipio de Guanajuato que sea compatible con el objeto social.

  16. El Consejo Ciudadano • Los miembros integrantes del Consejo Ciudadano podrán participar con voz en las Asambleas de la Asociación. • El Consejo Ciudadano contará con las siguientes facultades: • Asesorar a la Asociación en relación con gestiones, acciones, planes y proyectos • Coadyuvar en la gestión de recursos y procuración de fondos • Vigilar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por la Asociación a través de acuerdos, convenios, contratos y cualquier otro instrumento jurídico donde se establezcan. • Dar transparencia a las acciones realizadas por la asociación mediante la difusión de las mismas.

  17. Integrantes Consejo Ciudadano • Estrella Margarita Villarreal y Zamora • Rafael Tovar Rangel • Arturo García Lozano • Ramón Izaguirre Ojeda • Ricardo Torres Cervantes • Eveline Woitrin Bibot • Shafía SuccarSuccar • Gilberto M. Ramírez Rodríguez • Raúl Sandoval González • Arturo Magaña Ávila • Sebastián Barrera Acosta • Néstor Raúl Luna Hernández • Sebastián Rodríguez Cerrillo • Héctor Javier Morales Ramírez • José Víctor Torres Barba • Antonio Ruíz Lanuza • Pedro Ayala Serrato • Daphne García Galván • Miguel Vázquez Orozco • Juan Olmos Cervantes • Hortensia Aguilera Correa • Ricardo Sandoval Caudillo • Gustavo Hernández Parra • Omar Gómez Juárez • Eduardo Melchor Franco Díaz • Salvador Alejandro Jaime Arroyo • Gabriela Franco Azanza • Eduardo Rodríguez Paredes • Waldo Orozco Trueba • Fabián Santibañez Rodríguez • Luis Ricardo Pérez Velázquez • Hugo Rangel Cerrillo • Rosa María González Hernández • José Jaime Timoteo Aguayo Sierra • Josefina García Arredondo • Jorge Luis Hernández Rivera • Sylvia Fornara Agnellini • Guillermo de Jesús Chávez Hernández • Gerardo Alonso • Héctor Manuel Ramírez Sánchez.

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