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MODULO VI MEDIOS ELECTRONICOS 2008. EXPOSITORES: C.P. ANTONIO RODRIGUEZ VILLA C.P. SERGIO OMAR NAVA ROMAN TORREON, COAHUILA A 29 NOVIEMBRE 2008. ANTECEDENTES.
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MODULO VI MEDIOS ELECTRONICOS2008 EXPOSITORES: C.P. ANTONIO RODRIGUEZ VILLA C.P. SERGIO OMAR NAVA ROMAN TORREON, COAHUILA A 29 NOVIEMBRE 2008
ANTECEDENTES • EN EL AÑO DE 2002 SE REFORMA EL ART. 31 2º PARRAFO DEL C.F.F. PARA ESTABLECER LA OBLIGACION DE PRESENTAR LAS DECLARACIONES ATRAVES DE MEDIOS ELECTRONICOS. • EN RMF 2002 EN LA REGLA 2.14 SE ESTABLECIAN LOS LINEAMIENTOS PARA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS YA SEA PROVISIONALES O ANUALES A TRAVES DE INTERNET.
REFORMAS AL C.C. EN MATERIA DE FIEL • EL 29 DE AGOSTO DE 2003 SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE COMERCIO EN MATERIA DE FIRMA ELECTRÓNICA ARTÍCULO ÚNICO: Se reforman los artículos 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101,102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113 y 114. Se adicionan los artículos 89 bis, 90 bis, 91 bis, 93 bis. Se adicionan los Capítulos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto al Título Segundo, denominado del Comercio Electrónico, correspondiente al Libro Segundo, todos del Código de Comercio.
Artículos del Código Fiscal de la Federación relacionados con la Firma Electrónica Avanzada "Fiel”
DE LOS MEDIOS ELECTRONICOSART. 17-C AL 17-J C.F.F • EN EL 2004 SE ADICIONA EL CAPITULO 2 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL C.F.F. PARA DARLE VALIDEZ JURIDICA A LOS MEDIOS ELECTRONICOS • 17 C.- APLICAR MEDIOS ELECTRONICOS SOLO CUANDO LAS LEYES FISCALES ASI LO ESTABLEZCAN (NO INCLUIR IMSS E INFONAVIT)
DOCUMENTOS DIGITALES ART 17-D • SE HACE LA REFERENCIA A PRESENTAR DOCUMENTOS DIGITALES QUE CONTENGAN LA FIRMA ELECTRONICA. • SE DEBE CONTAR CON UNA CERTIFICACIÓN DE LA FIRMA ELECTRONICA AVANZADA • LAS PERSONAS MORALES DEBERAN TRAMITAR SU FIEL ANTE EL SAT • LAS PERSONAS FISICAS PRODRAN TRAMITAR LA ANTE UN PS CON CERTIFICACION AUTORIZADO POR EL BANCO DE MEXICO • EL BANCO DE MEXICO AUTORIZARA Y PUBLICARA EN EL D.O.F. EL NOMBRE DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN • LA FIRMA ELECTRONICA AVANZADA ES IGUAL (=) A LA FIRMA AUTOGRAFA
MEDIOS ELECTRONICOS • EN LOS DOCUMENTOS DIGITALES SUSTITUIRA LA FIRMA AUTOGRAFA • SIEMPRE Y CUANDO ESTEN AMPARADOS POR UN CERTIFICADO VIGENTE • VALIDA LA INFORMACION CONTENIDA EN DOCUMENTO EMITIDO Y CONSENTIDO POR EL RESPONSABLE DE DICHA FIRMA • GARANTIZA LA INTEGRIDAD Y LA AUTORIA DEL DOCUMENTO • PRODUCE LOS MISMOS EFECTOS QUE LA FIRMA AUTOGRAFA • TENDRA EL MISMO VALOR PROBATORIO • OTORGA CERTEZA DE LA RECEPCION DE DOCUMENTOS DIGITALES REMITIDOS A LAS AUTORIDADES FISCALES • OBTENIENDO ACUSE DE RECIBO CON SELLO DIGITAL ACREDITANDO E IDENTIFICANDO A LA DEPENDENCIA QUE RECIBIO EL DOCUMENTO
R. I.2.15 DOCUMENTO DIGITAL • TODO MENSAJE DE DATOS QUE CONTENGA INFORMACIÓN O ESCRITURA, GENERADA, ENVIADA, RECIBIDA O ARCHIVADA POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, ÓPTICOS ETC.
FIRMA ELECTRONICA AVANZADA • CUANDO UN PRESTADOR DE SERVICIO DIFERENTE AL SAT TRAMITE LA FIEL SE DEBERA RECURRIR PERSONALMENTE AL SAT A FIN DE ACREDITAR LA IDENTIDAD. • LAS PERSONAS FISICAS NO PODRAN MANDAR APODERADO • LOS DATOS PARA OBTENER LA FIEL NO ES SECRETO FISCAL • LA FIEL TIENE VIGENCIA DE DOS AÑOS
SELLO DIGITAL ART 17-E C.F.F. • ES EL MENSAJE ELECTRÓNICO QUE ACREDITA QUE UN DOCUMENTO DIGITAL FUE RECIBIDO POR LA AUTORIDAD. • EL SELLO DIGITAL IDENTIFICARÁ A LA DEPENDENCIA QUE RECIBIÓ.
ART. 17-F C.F.F. CERTIFICACION DE FIELES EL SAT PROPORCIONARA LOS SIGUIENTES SERVICIOS DE CERTIFICACION DE FIELES • I.- VERIFICAR LA IDENTIDAD DE LOS USUARIOS • II.- COMPROBAR LA INTEGRIDAD DE LOS DOCUMENTOS DIGITALES • III.- LLEVAR LOS REGISTROS DE LOS ELEMENTOS DE IDENTIFICACION Y DE VINCULACION CON LOS MEDIOS DE IDENTIFICACION ELECTRONICOS DE LOS FIRMANTES • IV.-PONER A DISPOSICION DE LOS FIRMANTES LOS DISPOSITIVOS DE GENERACION Y DE LOS DATOS DE CREACION
ART. 17-F C.F.F. CERTIFICACION DE FIELES • V.- INFORMAR A LOS CONTRIBUYENTES DEL USO DEL CERTIFICADO • VI.- AUTORIZAR A TERCEROS PARA PROPORCIONAR EL SERVICIO DE TRAMITACION DE FIEL CUMPLIENDO REGLAS DE CARÁCTER GENERAL
CERTIFICADOS ART 17-G CFF • REQUISITOS DE LOS CERTIFICADOS DE LA FIEL • I.- LA MENCION DE QUE SE EXPIDEN COMO TALES • II.- EL CODIGO DE IDENTIFICACION UNICO DEL CERTIFICADO • III.- LA MENCION DE QUE FUE EMITIDO POR EL SAT Y CORREO ELECTRONICO • IV.- NOMBRE DEL TITULAR DEL CERTIFICADO Y SU RFC • V.- PERIODO DE LA VIGENCIA DEL CERTIFICADO • VI.- LA MENCION DE LA TECNOLOGIA EMPLEADA EN LA CREACION DE LA FIEL • VII.- LA CLAVE PUBLICA DEL TITULAR DEL CERTIFICADO • MISMOS REQUISITOS PARA PS AUTORIZADOS A EXCEPCION DE LA FRACC III.
ART 17-H CFF REVOCACION DE LOS CERTIFICADOS • I.- LO SOLICITE EL FIRMANTE • II.- POR ORDEN JUDICIAL O ADMINISTRATIVA • III.- FALLEZCA EL TITULAR, EN ESTE CASO, ACUDIRA EL ALBACEA O REPRESENTANTE • IV.- SE DISUELVEN LAS SOCIEDADES • V.- EN ESCICION O FUSION DE SOCIEDADES CUANDO LA ESCINDENTE O FUSIONADA DESAPAREZCA • VI.- CUANDO TRANSCURRA EL PLAZO DE VIGENCIA • VII.- CUANDO SE DAÑE EL CERTIFICADO • VIII.- SE COMPRUEBE QUE NO SE CUMPLIERON LOS REQUISITOS LEGALES PARA SU OBTENCION SITUACION QUE NO AFECTA TERCEROS • IX.- CUANDO SE PONGA EN RIESGO LA CONFIDENCIALIDAD DE LA FIEL
VERIFICACION ART 17-I CFF • VERIFICACION DE LA INTEGRIDAD Y AUTORIA DE UN DOCUMENTO DIGITAL CON FIRMA ELECTRONICA AVANZADA O SELLO DIGITAL SERÁ VERIFICABLE MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DEL DOCTO. ORIGINAL CON LA CLAVE PÚBLICA DEL AUTOR.
ART. 17-J CFF OBLIGACIONES DEL TITULAR DEL CERTIFICADO • EL TITULAR DE UN CERTIFICADO EMITIDO POR EL SAT TENDRA LAS SIG. OBLIGACIONES: • I.- ESTABLECER MECANISMOS RAZONABLES PARA EVITAR LA UTILIZACION NO AUTORIZADA DE LA FIRMA • II.- CERCIORARSE DE QUE LAS DECLARACIONES PRESENTADAS CON FIEL SEAN EXACTAS • III.- SOLICITAR LA REVOCACION ANTE CUALQUIER CIRCUNSTANCIA QUE PONGA EN RIESGO LA PRIVACIDAD DE LA MISMA • EL TITULAR DEL CERTIFICADO SERA RESPONSABLE DE LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS POR NO CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES PREVISTAS EN ESTE ARTICULO
¿Qué es una Firma Electrónica Avanzada "Fiel"? Una Firma Electrónica Avanzada "Fiel" es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, tal y como si se tratara de una firma autógrafa. • Gracias a sus características tecnológicas, la Fiel es una herramienta que brinda seguridad a las transacciones electrónicas que realicen los contribuyentes con el SAT, ya que permite: • Verificar que los mensajes recibidos no hayan sido modificados. • Identificar al autor del mensaje.
¿Qué es una Firma Electrónica Avanzada "Fiel"? • Su diseño se basa en estándares internacionales de infraestructura de claves públicas (o PKI por sus siglas en inglés: Public Key Infrastructure) en donde se utilizan dos claves o llaves, matemáticamente relacionadas, para el envío de mensajes: • Una de las llaves sólo es conocida por el titular de la Fiel y sirve para cifrar datos. De ahí que se le designe con el término "llave o clave privada". • La otra llave, denominada "llave o clave pública", está disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de servicios electrónicos y sirve para descifrar datos. • En términos computacionales es imposible descifrar un mensaje utilizando una llave que no corresponda.
¿Que elementos necesito para firmar un documento electrónico? • Una clave o llave privada (archivo electrónico con extensión KEY) y su respectiva contraseña de acceso. • Un certificado digital (archivo electrónico con extensión CER) expedido por el SAT, que contiene la clave o llave pública del titular de la Fiel.
Personas físicas y morales que están obligados a obtenerla • De acuerdo con las reformas al Código Fiscal de la Federación, publicadas en el Diario Oficial el 28 de junio y 27 de diciembre de 2006, todos los contribuyentes están obligados a tramitarla.El Servicio de Administración Tributaria liberará gradualmente los trámites y servicios en donde el uso de la Fiel será obligatorio.
R. II.2.20.1 RMF 2008 Para generar estos elementos es necesario: • Descargar la aplicación SOLCEDI del portal del SAT. • Utilizar la aplicación SOLCEDI para generar: • La llave privada (archivo electrónico con extensión KEY) y su respectiva contraseña de acceso. • Un archivo de requerimiento (archivo electrónico con extensión REQ) que contiene su llave pública. Resguarde el archivo de requerimiento en un disco de 3 ½ y preséntelo junto con la documentación requerida en alguna de las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente o Módulos Fuera de Sede en donde se brinda el servicio.Al finalizar el trámite, le será entregado un certificado digital (archivo electrónico con extensión CER) que estará disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de los servicios electrónicos.
R.II.2.20.1 RMF 2008 DOCUMENTACION REQUERIDA • Personas morales • Requisitos:Contar con un representante legal que haya tramitado previamente su certificado digital de Firma Electrónica Avanzada "Fiel". • Llamar al Centro de Atención Telefónica, o bien, acudir directamente a alguna de las Administraciones Locales de Asistencia al contribuyente o Módulos Fuera de Sede en donde se brinda este servicio para verificar que su situación fiscal y de domicilio sean correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite.
R.II.2.20.1 RMF 2008 • Llevar el día de su cita lo siguiente: • Disco magnético de 3 ½, dispositivo USB ó CD conteniendo el archivo de requerimiento (extensión REQ), el cual es generado junto con la llave privada a través de la aplicación SOLCEDI. • Formato impreso por ambos lados en una misma hoja y con información completa de la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada. Este documento se entrega por duplicado. • Copia certificada y fotocopia del poder general del representante legal para actos de dominio o de administración. • Copia certificada y fotocopia del acta constitutiva de la persona moral solicitante. • Original y fotocopia de la identificación oficial del representante legal de la persona moral solicitante. • Al finalizar el trámite, recibirá una copia de su certificado digital (extensión CER) grabada en el disco magnético de 3 ½ o en el dispositivo USB con el que presentó su archivo de requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD, tendrá que descargar el certificado accediendo al apartado Entrega de certificados.
R.II.2.20.1 RMF 2008 En caso de Personas físicas • Requisitos:Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes. • Contar con su Clave Única de Registro de Población (CURP). • Llamar a al Centro de Atención Telefónica, o bien, acudir directamente a alguna de las Administraciones Locales de Asistencia al contribuyente o Módulos Fuera de Sede en donde se brinda este servicio para verificar que su situación fiscal y de domicilio sean correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite. • Llevar consigo el día de su cita lo siguiente: • Disco magnético de 3 ½, dispositivo USB ó CD conteniendo el archivo de requerimiento (extensión REQ), el cual es generado junto con la llave privada a través de la aplicación SOLCEDI. • Formato impreso por ambos lados en una misma hoja y con información completa de la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada. Este documento se entrega por duplicado • Original o copia certificada y fotocopia del acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio vigente*.
R.II.2.20.1 RMF 2008 • *Tratándose del documento migratorio únicamente deberá fotocopiar la hoja en la cual se encuentra su foto y datos, así como la hoja donde se encuentra el refrendo vigente. • Original o copia certificada y fotocopia de una identificación oficial. • . Al finalizar el trámite, recibirá una copia de su certificado digital (extensión CER) grabada en el disco magnético de 3 ½ o en el dispositivo USB con el que presentó su archivo de requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD, tendrá que descargar el certificado accediendo al apartado Entrega de certificados.
R.II.2.20.1 RMF 2008 FORMATO DE SOLICITUD DE FIEL
R.II.2.20.1 RMF 2008 FORMATO DE SOLICITUD DE FIEL
Servicios que utilizan Fiel • PEDIMENTOS ADUANALESA partir del 1° de abril de 2005 para la elaboración y transmisión de pedimentos por parte de agentes aduanales, mandatarios y apoderados. • DICTÁMENES FISCALESA partir del 2005 para los Contadores Públicos Registrados y los contribuyentes que dictaminan estados financieros. • EXPEDIENTE INTEGRAL DEL CONTRIBUYENTEEsta nueva alternativa de consulta le permite mantenerse al tanto de su situación fiscal así como el estado de sus obligaciones fiscales sin tener que trasladarse a alguno de los módulos de atención del SAT. • COMPROBANTES FISCALES DIGITALESA partir del 2005 usted puede emitir comprobantes fiscales de manera electrónica. Utilice la Fiel para solicitar los folios y certificados de sello digital requeridos para la emisión de comprobantes
Servicios que utilizan Fiel • IMPRESORES AUTORIZADOSPara la presentación del aviso mediante el cual señalan, bajo protesta de decir verdad, que cumplen con los requisitos vigentes para continuar con la autorización en el 2006. • AUTO IMPRESORES AUTORIZADOSPara la presentación del aviso mediante el cual señalan, bajo protesta de decir verdad, que cumplen con los requisitos vigentes para continuar con la autorización en el 2006, así como para el envío del reporte semestral de folios utilizados. • DONATARIAS AUTORIZADASPara presentar vía electrónica el aviso en el que, bajo protesta de decir verdad, se declare seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones para continuar con la autorización. • DEVOLUCIONES DE IVA CUYO IMPORTE SEA MAYOR O IGUAL A 10,000 PESOSA partir del 30 de agosto de 2005, los contribuyentes del IVA que tengan cantidades a su favor cuyo monto sea igual o superior a $10,000.00 (R. II.2.2.1 10,000 ISR P.F.) y soliciten su devolución, además de reunir los requisitos a que se refieren las disposiciones fiscales, en el momento de presentar la solicitud deberán contar con Fiel.
¿Cómo se verifica la Fiel en un documento electrónico? • El receptor del mensaje debe descifrar el contenido de la "firma electrónica" utilizando la clave pública del contenida en el certificado digital del emisor (archivo electrónico con extensión CER).Hay que recordar que los certificados digitales se encuentran disponibles en Internet para consulta de todos los usuarios de los servicios electrónicos.Al descifrar el contenido de la "firma electrónica" se obtiene el resumen del documento original enviado por el emisor. • El receptor del mensaje debe aplicar la función resumen al documento electrónico recibido.
Al comparar resúmenes, tanto el del documento recibido como el de la “firma electrónica”, el receptor podrá: • Validar que el documento recibido no sufrió alteraciones (ya que los resúmenes son idénticos), y • Comprobar la autoría del mensaje, ya que para descifrar la “firma electrónica” del mensaje el receptor utilizó el certificado digital que el SAT expidió al emisor.
¿Cómo se firman los documentos electrónicos? • El primer paso para firmar documentos electrónicos consiste en aplicar una “función resumen” al documento que se desea enviar. Una función resumen convierte un archivo electrónico de cualquier tamaño en pequeño texto cifrado (que recibe el nombre de "resumen"). Bastará con modificar un solo "bit" del archivo en cuestión para que la composición del resumen cambie de manera significativa. Además el proceso a la inversa (es decir, obtener el documento original a partir del resumen) es prácticamente imposible.Gracias a sus características, a los resúmenes se les conoce como las "huellas digitales" de los archivos electrónicos, ya que la probabilidad de tener dos resúmenes iguales para dos documentos distintos es casi nula.
Una vez obtenido el resumen del documento, éste es cifrado utilizando la llave privada del emisor del mensaje (archivo electrónico con extensión KEY). El resultado es lo que se denomina “firma electrónica”, misma que se anexa al mensaje original.
Las ALAC y Módulos Fuera de Sede en donde se puede realizar el trámite Para realizar este trámite debe acudir a cualquiera de los 73 módulos de atención de las ALR del paísEl horario de servicio es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:00 horas. • Se recomienda establecer cita
Las ALAC y Módulos Fuera de Sede en donde se puede realizar el trámite
Las ALAC y Módulos Fuera de Sede en donde se puede realizar el trámite
Las ALAC y Módulos Fuera de Sede en donde se puede realizar el trámite
PROMOCIONES ANTE LAS AUTORIDADES ART 18 CFF • SE PRESENTARAN MEDIANTE DOCUMENTO DIGITAL QUE CONTENGA LA FIEL • ESTAN RELEVADOS LOS QUE SE DEDIQUEN A ACTIVIDADES AGRICOLAS, GANADERAS, PESQUERAS O SILVICOLAS • ART 2º TRANSITORIO 2004, LOS DISPUESTO EN EL ART 18 ENTRARA EN VIGOR HASTA QUE EL SAT ESTABLEZCA LAS PROMOCIONES QUE SE DEBERAN PRESENTAR POR MEDIOS ELECTRONICOS Y EN DOCUMENTO IMPRESO
REQUISITOS DE LAS PROMOCIONES • AHORA ESTE ARTICULO 18 DA LOS REQUISITOS DE LAS PROMOCIONES QUE POR SUPUESTO SON MEDIANTE MEDIOS ELECTRONICOS • SE TENDRA POR NO PRESENTADA CUANDO SE OMITA LA DIRECCION DE CORREO ELECTRÓNICA • AÚN LAS ESCRITURAS Y PODERES NOTARIALES DEBEN PRESENTARSE DIGITALIZADOS CUANDO SE ACOMPAÑEN A UN DOCUMENTO DIGITAL
LOS DOCUMENTOS DIGITALES NO APLICAN EN: • -DECLARACIONES • -SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN • -AVISOS DEL RFC • LAS ESCRITURAS PUBLICAS DEBERAN CONTENER LA FIEL DEL NOTARIO PUBLICO
PM Y LA FIEL ART 19-A CFF • LA PM PODRA FIRMAR CON SU FIEL O CON LA FIEL DE SU REPRESENTANTE LEGAL • SE ACLARA QUE EL REPRESENTANTE LEGAL SERA A QUIEN LE HAYA SIDO ENTREGADA ANTE FEDERATARIO PUBLICO UN PODER GENERAL PARA ACTOS DE DOMINIO O DE ADMINISTRACION
MEDIOS DE PAGO ART 20 CFF • SE ACEPTAN COMO MEDIOS DE PAGO LOS CHEQUES CERTIFICADOS O DE CAJA Y LA TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE FONDOS • LA PF CON ACT. EMP. CON INGRESOS MENORES DE $1,967,870 Y LAS PF SIN ACT. EMP. CON INGRESOS MENORES DE $337,350 EFECTUARAN EL PAGO DE SUS CONTRIBUCIONES EN EFECTIVO, TRANSFERENCIA, O CHEQUES PERSONALES
ART 31 CFF FORMAS DE PRESENTACION DE DECLARACIONES • LOS CONTRIBUYENTES DEBERAN PRESENTAR LAS SOLICITUDES EN MATERIA DE RFC, DECLARAC IONES, AVISOS O INFORMES EN DOCUMENTOS DIGITALES EN LOS MEDIOS, Y FORMATOS ELECTRONICOS QUE ESTABLEZCA EL SAT CON FIEL
R I.2.14 Y II.2.12 RMF 2008 PP VIA INTERNET • R. I.2.14.1 LAS PERSONAS OBLIGADAS A PRESENTAR PP O DEFINITIVOS DE ISR, IETU, IVA O IEPS, INCLUYENDO RETENCIONES YA SEAN NORMALES, COMPLEMENTARIAS, EXTEMPORANEAS Y DE CORRECCION, DEBERAN PRESENTARLAS POR MEDIO DE LA PAGINA DEL SAT DE LA SIG. FORMA: • R. II.2.12.1 INGRESARAN AL SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS,SUBSERVICIO DE DECLARACIONES DE PAGO, DECLARACION PROVISIONAL O DEFINITIVA DE IMPUESTOS FEDERALES DEBERA PROPORCIONAR CIEC FORTALECIDA O FIEL • SELECCIONAR EL PERIODO A DECLARAR O TIPO DE DECLARACION • EL PROGRAMA MOSTRARA UNICAMENTE LAS OBLIGACIONES QUE SE CUENTEN EN EL RFC
R II. 2.12.1 RMF 2008 PP VIA INTERNET • UNICAMENTE LLENAR LOS CAMPOS HABILITADOS POR EL PROGRAMA EL SISTEMA CALCULARA AUTOMATICAMENTE LOS IMPUESTOS • CONCLUIDA LA CAPTURA SE ENVIA LA DECLARACION POR MEDIO DE LA PAG DEL SAT LA CUAL ENVIARA EL ACUSE DE RECIBO ELECTRONICO CUANDO EXISTA CANTIDAD A PAGAR EL ACUSE DE RECIBO ELECTRONICO INCLUIRA EL MONTO A PAGAR Y LA LINEA DE CAPTURA, ASI COMO LA FECHA LIMITE EN QUE DEBE PAGARSE , LA CUAL, DEBERA CUBRIRSE POR TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE FONDOS EN LOS BANCOS AUTORIZADOS, EL BANCO EMITIRA EL COMPROBANTE DE PAGO.
R. II.2.12.2 RMF 2008 DEC. SIN PAGO • EN CASO DE QUE POR ALGUN MOTIVO NO SE TENGA CANTIDAD A PAGAR SE DEBERA PRESENTAR LA DECLARACION INGRESANDO A LA PAG. DEL SAT Y LLENAR LOS DATOS QUE SOLICITA EL PROGRAMA.
R. II.2.12.3 RMF 2008 EC. COM. POR FALTA DE PAGO • EN CASO DE QUE POR ALGUNA RAZON NO SE CUBRA EL PAGO ESTABLECIDO EN LA LINEA DE CAPTURA SE DEBERA INGRESAR A LA PAG. DEL SAT. SELECCIONANDO EL PERIODO Y AUTOMATICAMENTE SE DESPLEGARA LA INFORMACION DE LA DEC. PARA QUE SE LE AGREGUE LOS RECARGOS Y LA ACT. GENERANDOSE UNA NUEVA LINEA DE CAPTURA CON SU RESPECTIVA FECHA DE PAGO • R. I.2..14.2 NO CUENTA COMO COMPLEMENTARIA EN TERMINOS DEL ART. 32 F IV DE C.F.F.
R. I.2.14.3, I.2.14.4, R II.2.12.4, II.2.12.5, II.2.12.6 DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS • EN CASO DE QUE POR ERROR INVOLUNTARIO SE DEJE DE PRESENTAR ALGUNA OBLIGACION O EXISTA ERROR EN PERIODO O CONCEPTO SE PODRA PRESENTAR DECLARACION COMPLEMENTARIA INGRESANDO A LA PAG. DEL SAT. SELECCIONANDO EL PERIODO DE PAGO, SEÑALANDO QUE ES COMPLEMENTARIA Y SELECCIONANDO LA OPCION DE DEJAR SIN EFECTO. EN CASO DE QUE LA DEC. SE PRESENTE POR LA OMISION DE ALGUNA OBLIGACION SE EFECTUARA EL MISMO PROCEDIMIENTO SOLO QUE SE SELECCIONARA EL CONCEPTO DE OBLIGACION OMITIDA
R. II.2.12.7 P.P. DE IETU • EN EL CASO DE P.P. DE IETU, ESTOS SE PRESENTARAN CONFORME AL ESQUEMA ANTERIOR DEBIENDO REFLEJAR EL PAGO EN EL CONCEPTO “IMPUESTO AL ACTIVO/ IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA” EN CASO DE CONTRIBUYENTES DEL REG. SIMPLIFICADO SE REFLEJARA “IMPAC/IETU” “IMPUESTO DE LOS INTEGRANTES DE PERSONAS MORALES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO”. • UNA VEZ PRESENTADO EL PAGO PROVISIONAL SE DEBERA PRESENTAR EL LISTADO DE CONCEPTOS QUE SIRVIO DE BASE PARA DETERMINAR EL P.P. DONDE SE SEÑALARA ADEMAS DE LA INFORMACION SOLICITADA EL NUMERO DE OPERACIÓN Y FECHA DE PRESENTACION DEL P.P., EN CASO DE NO TRAER CANTIDADES A PAGAR BASTARA CON EL SOLO LISTADO DE CONCEPTOS, EN CASO CONTRARIO PARA QUE SE ENTIENDA CUMPLIDA LA OBLIGACION DE P.P. SERA HASTA QUE SE PRESENTE LAS 2 OBLIGACIONES.