150 likes | 308 Views
Rd 99/2011 Una nueva normativa para el doctorado. Reorganización programas usc. Situacion actual. Nº de programas: RD 1393/2007 74 Sigue habiendo matrícula (incluso de 1er año de tesis) en programas anteriores como los del 778/1998)
E N D
Rd 99/2011Una nueva normativa para el doctorado Reorganización programas usc
Situacion actual • Nº de programas: • RD 1393/2007 74 • Sigue habiendo matrícula (incluso de 1er año de tesis) en programas anteriores como los del 778/1998) • Muchos no cumplirían los requisitos impuestos por la Xunta • Necesidad de reorganizar (reducir) la oferta y hacerla coherente • Adscripción a la Escuela de Doctorado Internacional • Obligación de adaptarse al RD 99/2011 los programas ya verificados según RD 1393/2007 antes de inicio del curso académico 2013-14.
Estrategia USC • Que el doctorado sea una imagen de marca de la Universidad (competir por ayudas, menciones, etc) • Incrementar programas con mención de excelencia • Unir potencialidades. Reagruparnos temáticamente para evitar fragmentación excesiva • Incrementar el carácter internacional (socios estratégicos) • Programas altamente especializados entrarían mejor como interuniversitarios: • Liderando USC donde somos punteros • Programas multidisciplinares atractivos
Requisitos imprescindiblesdecreto 222/2011 • Los estudios de doctorado se organizarán a través de programas e incluirán aspectos de formación investigadora (no necesariamente en ECTS), comprendiendo tanto formación transversal como específica. • En las enseñanzas oficiales de doctorado se acreditará que en un período de 4 años desde su implantación, el número de tesis leídas es como mínimo de 4 y que el programa cuenta con un número de 10 doctorandos (en interuniversitarios computan conjuntamente). • La impartición efectiva queda condicionada al cumplimiento del requisito de que exista ese mismo número mínimo de doctorandos matriculados antes del inicio del período lectivo en cada curso académico. • Fecha límite para entrega de documentación de los programas que quieran verificarse y ofertarse en 2013/14: 15 de noviembre de 2012 • Memoria final • Memoria viabilidad • Aprobación Consello Goberno y Consello Social • Convenios, etc.
Memoria Justificativa de Viabilidad según decreto 222/2011 1- Justificación del interés socioeconómico para la Comunidad Autónoma. • Estudio sobre a incidencia y beneficios generales y económicos derivados de la nueva enseñanza (justificación de la oportunidad de la titulación). • Carácter esencial o estratégico: respuesta a necesidades prácticas y científicas del SUG • Equilibrio territorial del SUG: justificación del campus elegido para la implantación de la enseñanza en relación a la especialización de éste. 2- Mercado laboral. • Estudio de las necesidades del mercado laboral gallego en relación con la titulación propuesta • Incorporación de perfiles profesionales en el título vinculados a los sectores estratégicos de Galicia. • Medidas previstas para el fomento del espíritu emprendedor y el autoempleo de los empleados. 3- Encuadre en la oferta global gallega, evitando duplicidad. • No podrán coincidir con enseñanzas afines preexistentes en la universidad. • Acreditación de la no coincidencia en objetivos y contenidos con otras titulaciones existentes
Los nuevos programas de doctorado de la usc • Se presentarán por la Escuela de Doctorado • No requieren su articulación en créditos ECTS. Su actividad esencial será investigadora • La responsabilidad máxima es de la Comisión Académica • Contenido (a efectos de verificación):
Criterios de Evaluación de la ANECA: La evaluación para la verificación tendrá en cuenta, principalmente, aquellos aspectos que avalen la solvencia de los equipos investigadores que participan en el programa y el adecuado desarrollo de la formación de los doctorandos. Por ello, se valorará para la verificación: • la cualificación investigadora del personal implicado en el programa, • los proyectos competitivos en los que participa, • sus contribuciones científicas más relevantes, • su experiencia en la dirección de tesis doctorales • calidad de Protocolo de evaluación
Esto se traduce en: (1)Objetivos • El programa de doctorado debe incluir una descripción coherente con su nivel y efectos académicos, de manera que ésta no induzca a confusión sobre sus características. • La denominación debe ser coherente con las líneas de investigación propuestas y no debe inducir a confusión. • Debe estar justificado por el contexto, la tradición, la oferta global de títulos y la potencialidad de la universidad o universidades que lo proponen. • Debe ser coherente y estar integrado en la estrategia de I+D+i de la universidad o bien, de otros organismos e instituciones. • Debe mostrar el debido grado de internacionalización en función de su temática y de su contexto.
Esto se traduce en: (2)Docencia • Mínimo 1 propuesta formativa por programa • La actividades formativas incluidas en el programa de doctorado deben constituir una propuesta coherente de formación diseñada de forma coordinada y tomando en consideración la dedicación de los doctorandos en un periodo temporal determinado.
Esto se traduce en: (3)Investigadores • El programa de doctorado debe venir avalado por un conjunto de investigadores que aseguren la viabilidad del programa en cuanto a la formación de doctores. El personal académico implicado debe ser suficiente y su cualificación y experiencia adecuadas: • Cada Equipo de Investigación asociado a una línea deberá estar compuesto por, al menos, 3 investigadores. • Cada Línea de investigación deberá contar con al menos 1 proyecto de investigación en vigor relacionado con la línea de investigación en el que participe alguno de los investigadores del Equipo. • Cada Línea deberá contar con publicaciones relacionadas (artículos, capítulos, libros u obras artísticas) con la misma y publicadas en los últimos de 5 años por parte del equipo de investigación.
Esto se traduce en: (3 cont) Investigadores • Las publicaciones deberán estar repartidas de forma homogénea entre todas las líneas del programa. El total de publicaciones del programa deberá ser igual o superior a 25, serán evaluadas según calidad y adecuación al programa de doctorado. • Se deberán aportar datos relativos de, al menos, 10 tesis doctorales leídas y dirigidas por los miembros del programa. Se deberá incluir una referencia completa derivada de cada una de ellas (al menos de 10): publicaciones en revistas, libros, capítulos de libro, patentes, obras artísticas; se evaluará la calidad y adecuación de las publicaciones indicadas para cada tesis. • Se detallará si se ha previsto la participación de expertos internacionales, así como los mecanismos habilitados para colaboraciones externas.
Esto se traduce en: (3 cont) Investigadores • Se debe adjuntar un CV actualizado de todos los investigadores del programa de doctorado. Se recomienda que se adjunte el CV Normalizado, según la REACU o FECyT, de cada investigador para el detalle de las publicaciones indexadas y no-indexadas. • Deberá indicarse de cada uno de ellos: • Datos personales • Universidad y departamento (Centro y Departamento/Grupo para los que no pertenecen a la Universidad) • Participación en otros Programas de doctorado • Además también deberán indicarse: • número de tesis doctorales dirigidas en los últimos 5 años • número de sexenios de actividad investigadora concedidos, indicando la fecha del último. NOTA: Según reglamento se había hablado que: • Todos los investigadores del programa de doctorado deberán haber participado en al menos 1 proyecto de investigación financiado y, haber presentado al menos 1 publicación en los últimos 5 años.
Declaración de intenciones • INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LA DECLARACIÓN DE INTENCIONES • En el caso de un programa de doctoradoex novola propuesta deberá incluír los siguientes elementos: • Denominación • Necesidad, interés y objetivos del programa • Docentes implicados en la iniciativa • Áreas de conecimiento y líneas de investigación que podrían participar en la oferta del programa • Comisión Académica, con indicación del Coordinador/a • Si se trata de un programa nuevo o procede de la transformación de programa regulado por el RD 1393/2007 • En el caso de un programa de doctorado que sea transformación de otro/s ya existentes además de la información citada para los nuevos, deberá incluir: • Título de los Programa/s que se transforman • Número de alumnos/as matriculados/as enl el/los programa/s desde su implantación.
Declaración de intenciones • ENVIAR A: Vicerreitoría de Titulacións e PDI Reitoría - Praza do Obradoiro, s/n 15782 Santiago de Compostela • Propostas de novos programas ou transformación dos existentes sxopra@usc.es(Servizo de Xestión da oferta e Programación Académica)