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2. Antecedentes. 1992: Directiva 92/1021
E N D
1. 1 TRAZABILIDAD EN LAS EXPLOTACIONES GANADERAS MINISTERIO DE AGRICULTURA PESCA Y ALIMENTACIÓN.
Dirección General de Ganadería.
Subdirección General de Ordenación y Buenas Prácticas Ganaderas.
2. 2 Antecedentes 1992: Directiva 92/102
1º intento de norma europea:
Facilitar el mercado único
Mejorar control ayudas
Transposición? RD 205/96
1996: Vinculación CJDnv con EEB
Trazabilidad
Se evidencias los problemas de la Dva? revisión
1997: Rº 820/1997 (vacuno)
2000: Crisis vacas locas
Paralización del consumo y cierre de mercados exteriores
Revisión de modelos de producción
Aparece el concepto de SEGURIDAD y CALIDAD
3. 3 Crisis alimentarias Inestabilidad en el mercado de la carne TRAZABILIDAD O RASTREABILIDAD.
OBJETIVOS:
Transparencia en las condiciones de producción y comercialización
Orientar la producción a las demandas del consumidor
4. 4 Trazabilidad DEFINICION: Sistema que garantiza una relación entre la identificación de la carne o del producto de que se trate y el animal o los animales correspondientes, a través de todas las etapas de producción, transformación, y distribución de los animales y sus productos.
PROCEDIMIENTO: Conservar registros adecuados en todos los eslabones de la cadena.
TIPOS:
Trazabilidad de origen: etiquetado carne de vacuno, marcado de huevos, etc.
Trazabilidad convencional: R(CE) 178/2002
5. 5 REGLAMENTO (CE) 178/2002 SOBRE PRINCIPIOS Y REQUISITOS DE LA LEGISLACIÓN ALIMENTARIA TRAZABILIDAD (artículo 18)
1 de enero de 2005
Deberá asegurarse en todas las etapas de los productos con destino a consumo humano o animal.
Se pondrán en práctica sistemas y procedimientos que permitan poner a disposición de la autoridad competente información:
De quién recibe
A quien suministra
6. 6 Claves para la trazabilidad aplicada a los animales de producción Registro de explotaciones
Identificación de los animales
Registro de movimientos de animales
Etiquetado de productos
7. 7 Base legal trazabilidad en el sector vacuno (I)
Legislación comunitaria en vigor
R(CE) 1760/2000 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 17 de julio, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno.
- R(CE) 911/2004 de la Comisión, de 29 de diciembre, sobre disposiciones de aplicación (marcas auriculares, registros y pasaportes).
- R(CE) 1082/2003, de la Comisión, de 29 de diciembre, sobre controles del sistema de identificación.
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