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Marco Normativo de formación de operadores en explotaciones mineras. ¿Tengo la formación necesaria …..?. Marco Legislativo general de PRL en las actividades mineras. Ley 31/1995 , de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
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Marco Normativo de formación de operadores en explotaciones mineras
Marco Legislativo general de PRL en las actividades mineras • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales • Ley 54/2003, 12 de diciembre, Reforma del marco normativo de la Prevención del Riesgos Laborales • R.G.N.B.S.M, RD 863/1985, de 2 de abril • RD 150/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica el art. 109 de R.G.N.B.S.M • RD 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas de seguridad y salud para los trabajadores en actividades mineras • RD 3255/1983, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto Minero
Marco normativo anterior en relación con la formación PRL • Ley 31/1995, art 19 establece: • Garantizada por el empresario • Carácter Teórico y Práctico • Ser suficiente y adecuada • Formación inicial • Cuando se producen cambio en las funciones desempeñadas • Introducción de nuevas tecnologías ó cambio en los equipos de trabajo • Centrada específicamente en el puesto de trabajo o función • Adaptada a la evolución de los riesgos ó a la aparición de unos nuevos • Repetida periódicamente cuando sea necesario
Marco normativo anterior en relación con la formación PRL • RD 39/1997 (RSP): • Establece las funciones y los niveles de cualificación (Cap. VI) • Define los programas formativos (contenidos y duración mínimas). Anexos IV, V, VI
Objeto y ámbito de aplicación de la ITC 02.1.02 Regulación de la formación profesional mínima en materia de seguridad y salud que deban poseer los trabajadores que desempeñan su trabajo habitual en centros de trabajo adscritos a actividades mineras • Centros de trabajo pertenecientes a las actividades incluidas en el articulo 1 del RD 863/1995 (RGNBSM) • Centros de trabajo incluidos en las actividades referidas en el articulo 2, punto a) del RD 1389/1997.
Orden ITC/2699/2011 de 4 de octubre, por la que se modifica Orden ITC/1316/2008 de 7 de mayo, por la que se aprueba Especificaciones Técnicas básicasque regulan los contenidos de la formación preventiva para el desempeño de los puestos de trabajo
Especificaciones Técnicas aplicables a minería de exterior e interior
E.T. Nº 2001-1-08 “Formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de arranque/carga/viales, pala cargadora y excavadora hidráulica de cadenas, en actividad de exterior”. Especificación Técnica 2001-1-08, aprobada en la resolución de 9 de junio de 2008, BOE 163, de 7 de julio de 2008
E.T. Nº 2000-1-08 “Formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de transporte, camión y volquete, en actividad de exterior”. Especificación Técnica 2000-1-08, aprobada en la resolución de 9 de junio de 2008, BOE 148, de 19 de junio de 2008
E.T. Nº 2001-1-08 “Formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de arranque/carga/viales, pala cargadora y excavadora hidráulica de cadenas, en actividad de exterior”. Especificación Técnica 2001-1-08, aprobada en la resolución de 9 de junio de 2008, BOE 163, de 7 de julio de 2008
E.T. Nº 2002-1-08 “Formación preventiva para el desempeño del puesto de operador de maquinaria de arranque/carga, operador de perforación y voladura; picador, barrenista y ayudante minero, en actividad de interior”. Especificación Técnica 2002-1-08, aprobada en la resolución de 7 de octubre de 2008, BOE 259, de 27 de octubre de 2008
E.T. Nº 2003-1-10 “Formación preventiva para el desempeño de los puestos de trabajo encuadrados en los grupos 5.1 letras a),b),c) y 5.2 letras a),b),d),f) y h) de la ITC 02.1.02 del RGNBSM”. Especificación Técnica 2003-1-10, aprobada en la resolución de 18 de noviembre de 2010, BOE 296, de 6 de diciembre de 2010
E.T. Nº 2004-1-10 “Formación preventiva para el desempeño de los puestos de trabajo encuadrados en los grupos 5.4 letras a),b),c),d),e) ,f),g),h),j),K),l),m) y 5.5 letras a),b) y d) del apartado 5 de la ITC 02.1.02 del RGNBSM”. Especificación Técnica 2004-1-10, aprobada en la resolución de 18 de noviembre de 2010, BOE 296, de 6 de diciembre de 2010
Itinerario Formativo en Actividades MinerasSegún Grupos de Actividad
CONTENIDOS Y ESTRUCTURA DE LOS ITINERARIOS FORMATIVOS Todos los itinerarios se ajustarán a la siguiente estructura DEFINICIÓN DE LOS TRABAJOS TÉCNICAS PREVENTIVAS Y DE PROTECCIÓN ESPECIFICA EQUIPOS, HERRAMIENTAS Ó MEDIOS AUXILIARES CONTROL Y VIGILANCIA SOBRE EL LUGAR DE TRABAJO Y SU ENTORNO INTERFERENCIA CON OTRAS ACTIVIDADES NORMATIVA Y LEGISLACIÓN
a) Técnicos Titulados • b) Operadores de geofísica • c) Operadores de geoquímica • d) Otro personal (no publicada) • Duración 20 h. • Programa definido • Frecuencia cada 4 años • Orden ITC/2699/2011.- Presencial y 5 horas mínimo • Fecha limite 7-dic-12 • Especificación Técnica 2003-1-2010
5.2 • Actividades de exterior
a) Técnicos Titulados • b) Encargados y/o Vigilantes • d) Perforación/Corte/Voladura • f) Oper. de sondeos de agua y/ó investigación • h) Operador de Mant. mecánico y/ó eléctrico • Duración 20 h. • Programa definido • Frecuencia cada 4 años/ 2 años d) • Orden ITC/2699/2011.- Presencial y 5 horas mínimo • Fecha limite 7-dic-12 • Especificación Técnica 2003-1-2010
c) Operador de mantenimiento de arranque/carga/viales • Duración 20 h. • Programa definido • Frecuencia cada 2 años • Orden ITC/2699/2011.- Presencial y 5 horas mínimo • Fecha limite 8-jul-10 • Especificación Técnica 2001-1-2008
e) Operador de maquinaria de transporte • Duración 20 h. • Programa definido • Frecuencia cada 2 años • Orden ITC/2699/2011.- Presencial y 5 horas mínimo • Fecha limite 20-jun-10 • Especificación Técnica 2000-1-2008
5.3 • Actividades de Interior
c) Perforación/Voladura • d) Operadores arranque/carga • Duración 20 h. • Programa definido • Frecuencia cada 2 años • Orden ITC/2699/2011.- Presencial y 5 horas mínimo • Fecha limite 28-oct-10 • Especificación Técnica 2002-1-2008
5.4 • Establecimiento de beneficio
a) Técnicos Titulados • b) Encargados y/o Vigilantes • g) Operadores de horno • l) Operador de laboratorio • Duración 20 h. • Programa definido • Frecuencia cada 4 años • Orden ITC/2699/2011.- Presencial y 5 horas mínimo • Fecha limite 7-dic-12 • Especificación Técnica 2004-1-2010
c) Operadores de trituración/clasificación • d) Operadores de molienda • e) Operadores de estrío • f) Operadores de separación y concentración • h) Operadores de mezcla • j) Operadores de plantas de mat. para la construcción • k) Operadores de plantas de rocas ornamentales • m) Operador de mantenimiento mecánico/eléctrico • Duración 20 h. • Programa definido • Frecuencia cada 2 años • Orden ITC/2699/2011.- Presencial y 5 horas mínimo • Fecha limite 7-dic-12 • Especificación Técnica 2004-1-2010
5.5 • Puestos comunes
a) Dirección • b) Técnicos titulados que no participan en el proceso productivo • d) Administración y personal de servicios distintos a los de mantenimiento • Duración 20 h. • Programa definido • Frecuencia cada 4 años • Orden ITC/2699/2011.- Presencial y 5 horas mínimo • Fecha limite 7-dic-12 • Especificación Técnica 2004-1-2010
Incumplimiento Los incumplimientos de lo previsto por la ITC y las ET que las desarrollen, podrán ser sancionadas con arreglo a lo previsto en articulo 121, Ley 22/1973 de Minas
Región de Murcia existe la formación obligatoria en prevención de riesgos laborales prevista por el Convenio Colectivo para las Industrias de la Construcción y Obras Públicas, al cual están adscritas las industrias extractivas.