770 likes | 1.07k Views
http://europa.eu/index_es.htm http://europa.eu/abc/index_es.htm. El círculo de estrellas doradas en la bandera representa la solidaridad y la armonía entre los pueblos de Europa. http://europa.eu/index_es.htm http://europa.eu/abc/index_es.htm.
E N D
http://europa.eu/index_es.htmhttp://europa.eu/abc/index_es.htmhttp://europa.eu/index_es.htmhttp://europa.eu/abc/index_es.htm • El círculo de estrellas doradas en la bandera representa la solidaridad y la armonía entre los pueblos de Europa.
http://europa.eu/index_es.htmhttp://europa.eu/abc/index_es.htmhttp://europa.eu/index_es.htmhttp://europa.eu/abc/index_es.htm • El número de estrellas no tiene nada que ver con el número de estados miembros. Hay doce estrellas porque el número doce es tradicionalmente el símbolo de la perfección, lo completo y la unidad.
Ideales comunes compartidos desde hace siglos: • La DEMOCRACIA. • El DERECHO ROMANO. • EL CRISTIANISMO, en sus variantes ortodoxa, católica y protestante. • El LATÍN. Así, el sentimiento de compartir una cultura común. Ha sido el vínculo entre los pueblos europeos y es uno de los argumentos más extendidos en favor de una conciencia europea.
CRONOLOGÍA DE LA UE
HISTORIA • 1950-1951 : Francia y Alemania impulsan la unión de los intereses de las potencias industriales y se firma en París el Tratado constitutivo de la COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO (CECA)
25 de marzo de 1957: los miembros de la CECA (Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Luxemburgo y Países Bajos) firman en Roma en Tratado constitutivo de la COMUNIDAD ECONÓMICA EUROPEA (CEE) o Mercado Común, con el objetivo inicial de garantizar el libre comercio entre sus miembros. • 1962: entra en vigor la POLÍTICA AGRARIA COMÚN (PAC) para proteger los intereses de los agricultores y garantizar la calidad de los alimentos.
PAISES FUNDADORES (1957) NORUEGA SUECIA FINLANDIA RUSIA REINO UNIDO ESTONIA DINAMARCA LETONIA IRLANDA LITUANIA PAISES BAJOS BIELORRUSIA ALEMANIA POLONIA BELGICA LUXEMBURGO UCRANIA REP. CHECA ESLOVAQUIA MOLDAVIA FRANCIA SUIZA AUSTRIA HUNGRIA ESLOVENIA RUMANIA PORTUGAL REP. FED. DE YUGOSLAVIA CROACIA ESPAÑA BULGARIA ITALIA TURQUIA BOSNIA-HERZEGOVINA ALBANIA MACEDONIA GRECIA MALTA CHIPRE
PAISES FUNDADORES (1957) INCORPORADOS EN 1973 : Reino Unido, Irlanda y Dinamarca NORUEGA SUECIA FINLANDIA RUSIA REINO UNIDO ESTONIA DINAMARCA LETONIA IRLANDA LITUANIA PAISES BAJOS BIELORRUSIA ALEMANIA POLONIA BELGICA LUXEMBURGO UCRANIA REP. CHECA ESLOVAQUIA MOLDAVIA FRANCIA SUIZA AUSTRIA HUNGRIA ESLOVENIA RUMANIA PORTUGAL REP. FED. DE YUGOSLAVIA CROACIA ESPAÑA BULGARIA ITALIA TURQUIA BOSNIA-HERZEGOVINA ALBANIA MACEDONIA GRECIA MALTA CHIPRE
1981: Grecia NORUEGA SUECIA FINLANDIA RUSIA REINO UNIDO ESTONIA DINAMARCA LETONIA IRLANDA LITUANIA PAISES BAJOS BIELORRUSIA ALEMANIA POLONIA BELGICA LUXEMBURGO UCRANIA REP. CHECA ESLOVAQUIA MOLDAVIA FRANCIA SUIZA AUSTRIA HUNGRIA ESLOVENIA RUMANIA PORTUGAL REP. FED. DE YUGOSLAVIA CROACIA ESPAÑA BULGARIA ITALIA TURQUIA BOSNIA-HERZEGOVINA ALBANIA MACEDONIA GRECIA MALTA CHIPRE
1986 firma de El Acta Única Europea: – Fija la consolidación del mercado interior – Permite además la libre circulación de capitales y servicios. – Amplia las competencias comunitarias a la investigación y el desarrollo tecnológico, medio ambiente y política social. – Consagra la existencia del Consejo Europeo, que reúne los jefes de estado y gobierno – Impulsa una iniciativa común en materia de política exterior y en materia de seguridad
PAISES FUNDADORES (1957) INCORPORADOS EN 1973 INCORPORADOS EN 1981 INCORPORADOS EN 1986: España, Portugal NORUEGA SUECIA FINLANDIA RUSIA REINO UNIDO ESTONIA DINAMARCA LETONIA IRLANDA LITUANIA PAISES BAJOS BIELORRUSIA ALEMANIA POLONIA BELGICA LUXEMBURGO UCRANIA REP. CHECA ESLOVAQUIA MOLDAVIA FRANCIA SUIZA AUSTRIA HUNGRIA ESLOVENIA RUMANIA PORTUGAL REP. FED. DE YUGOSLAVIA CROACIA ESPAÑA BULGARIA ITALIA TURQUIA BOSNIA-HERZEGOVINA ALBANIA MACEDONIA GRECIA MALTA CHIPRE
1990: Reunificación alemana (nueva RFA): unión de la República Federal Alemana y la República Democrática Alemana (RDA) (se amplía la Unión sin que aumente el número de estados miembros PAISES FUNDADORES (1957) INCORPORADOS EN 1973 INCORPORADOS EN 1981 INCORPORADOS EN 1986 INCORPORADO EN 1990 TRAS LA REUNIFICACION DE ALEMANIA. ) NORUEGA SUECIA FINLANDIA RUSIA REINO UNIDO ESTONIA DINAMARCA LETONIA IRLANDA LITUANIA PAISES BAJOS BIELORRUSIA ALEMANIA POLONIA BELGICA LUXEMBURGO UCRANIA REP. CHECA ESLOVAQUIA MOLDAVIA FRANCIA SUIZA AUSTRIA HUNGRIA ESLOVENIA RUMANIA PORTUGAL REP. FED. DE YUGOSLAVIA CROACIA ESPAÑA BULGARIA ITALIA TURQUIA BOSNIA-HERZEGOVINA ALBANIA MACEDONIA GRECIA MALTA CHIPRE
1992 se firma el tratado de Maastricht (trasforma la comunidad europea en la unión europea ). Mantiene el mercado común. Crea la ciudadanía europea que permite: Circular y residir libremente en los países de la comunidad, Votar y ser elegido en un estado de residencia para las elecciones europeas o municipales. Se decide la creación de una moneda única europea, el euro, que entra en circulación en 2002.
1993 criteros de Copenhague Son las reglas que definen si un país es elegible para convertirse miembro de la Unión Europea (UE). Los criterios requieren que el Estado tenga unas instituciones que preserven la gobernabilidad democrática y los derechos humanos, una economía de mercado en funcionamiento, y que el Estado acepte las obligaciones e intenciones de la UE. Estos criterios de adhesión fueron establecidos en el Consejo Europeo.
INCORPORADOS EN 1995: AUSTRIA, FINLANDIA Y SUECIA NORUEGA SUECIA FINLANDIA RUSIA REINO UNIDO ESTONIA DINAMARCA LETONIA IRLANDA LITUANIA PAISES BAJOS BIELORRUSIA ALEMANIA POLONIA BELGICA LUXEMBURGO UCRANIA REP. CHECA ESLOVAQUIA MOLDAVIA FRANCIA SUIZA AUSTRIA HUNGRIA ESLOVENIA RUMANIA PORTUGAL REP. FED. DE YUGOSLAVIA CROACIA ESPAÑA BULGARIA ITALIA TURQUIA BOSNIA-HERZEGOVINA ALBANIA MACEDONIA GRECIA MALTA CHIPRE
1999 entra en vigor el Tratado de Amsterdam Giraba en torno a varios aspectos fundamentales: empleo, libre circulación de ciudadanos, justicia, política exterior y de seguridad común, y reforma institucional para afrontar el ingreso de nuevos miembros. Estos asuntos habían quedado pendientes en Maastricht.
2001 se firma el tratado de Niza. – Reforma la estructura institucional para la ampliación de la unión europea, 2004: se incorporan república checa, Chipre (sólo la parte grecochipriota), Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, malta y Polonia.
NORUEGA SUECIA FINLANDIA RUSIA REINO UNIDO ESTONIA DINAMARCA LETONIA IRLANDA LITUANIA PAISES BAJOS BIELORRUSIA ALEMANIA POLONIA BELGICA LUXEMBURGO UCRANIA REP. CHECA ESLOVAQUIA MOLDAVIA FRANCIA SUIZA AUSTRIA HUNGRIA ESLOVENIA RUMANIA 2007 PORTUGAL REP. FED. DE YUGOSLAVIA CROACIA ESPAÑA BULGARIA 2007 ITALIA TURQUIA EN NEGOCIACIÓN BOSNIA-HERZEGOVINA ALBANIA MACEDONIA GRECIA MALTA CHIPRE
Candidatos a la adhesión Turquía, miembro de la OTAN y signatario de un acuerdo de asociación con la UE que data de largo, solicitó la adhesión en 1987. El Consejo Europeo inició las negociaciones de adhesión con Turquía en octubre de 2005 y al mismo tiempo con Croacia, Por ahora no se ha fijado todavía la fecha de entrada en vigor de ningún futuro tratado de adhesión para estos dos países Los Balcanes occidentales Estos países, la mayoría de los cuales pertenecieron en su día a Yugoslavia, recurren ahora a la Unión Europea para acelerar su reconstrucción económica, mejorar sus relaciones, dañadas por guerras étnicas y religiosas, y consolidar sus instituciones democráticas. La UE otorgó el estatuto de "país candidato" a la Antigua República Yugoslava de Macedonia en noviembre de 2005. Entre otros posibles candidatos figuran Albania, Bosnia y Herzegovina, Montenegro y Serbia.
El Acuerdo de Schengen fue firmado el 14 de junio de 1985 en Schengen, una localidad de Luxemburgo.
El objetivo del acuerdo es la creación de una zona de libre circulación con la supresión de las fronteras comunes de los países firmantes. Mediante este acuerdo, los Estados suprimieron los controles de las fronteras comunes, potenciando sus fronteras externas a fin de obstaculizar la inmigración ilegal de nacionales de Estados no miembros de la Unión Europea; no habrá, pues, fronteras interiores. Además los Estados se comprometen a armonizar sus normativas sobre prohibiciones y restricciones y a adoptar las medidas necesarias para salvaguardar la seguridad. Los términos del Tratado pueden suspenderse transitoriamente por consideraciones de seguridad excepcionales, tal como lo hizo España durante la boda de Don Felipe, Príncipe de Asturias, o como Francia tras los atentados del 7 de julio de 2005 en Londres.
Agencias Comunitarias Una agencia comunitaria es un organismo regulado por el Derecho público europeo, distinto de las instituciones comunitarias (Consejo, Parlamento, Comisión etc) y que tiene su propia personalidad jurídica. Se crea mediante una disposición de Derecho derivado con el fin de que realice una labor técnica o científica muy concreta en el marco del «primer pilar» de la Unión Europea. • En este momento las agencias comunitarias europeas son: medio ambiente,de reconstrucción, de seguridad aérea, de seguridad Alimentaria,de seguridad marítima,para la gestión de la cooperación,para la evaluación de los medicamentos….etc.
LA LEGISLACIÓN COMUNITARIA LA LEGISLACIÓN PUEDE ADPTAR DIVERSAS FORMAS: • REGLAMENTOS (se aplican directamente) • DIRECTIVAS (obligan en cuanto al objetivo perseguido, pero dejan a las autoridades nacionales elegir la forma de alzcanzarlo).
DECISIONES (obligan en todos los aspectos). • RECOMENDACIONES Y DICTÁMENES (no son vinculantes)
A) CONSOLIDACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LAS POLÍTICAS INTERNAS • UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA (Competitividad para el crecimiento y el empleo, investigación, innovación, educación y formación; Gestión sostenible y protección de los recursos naturales (politicas comunes en agricultura, pesca, energia). Se busca la convergencia y estabilidad. • POLITICA SOCIAL: CARTA DE LOS DERECHOS fundamentales, protección a los más desfavorecidos. • POLÍTICA DE JUSTICIA Y ASUNTOS INTERNOS: impulso a la ciudadanía europea.
Política Exterior Y De Seguridad COMÚN: cooperación entre policías, aduanas, servicios de inmigración y ministerios de justicia de los estados miembros. europol: se encarga de facilitar las operaciones de lucha contra la criminalidad al seno de la unión. eurojust: establece el refuerzo de la cooperación judicial entre los estados miembros.
B) RATIFICACIÓN DEL TRATADO DE LISBOA • El Tratado de Lisboa se firmó el 13 de diciembre de 2007. Antes de entrar en vigor, deberá ser ratificado por cada uno de los 27 Estados miembros, lo que se espera tenga lugar antes de las próximas elecciones al Parlamento Europeo de junio de 2009. Sus principales objetivos son aumentar la democracia en la UE –como respuesta a las elevadas expectativas de los ciudadanos europeos en materia de responsabilidad, apertura, transparencia y participación–, e incrementar la eficacia de la actuación de la UE y su capacidad para enfrentarse a los actuales desafíos globales, como el cambio climático, la seguridad y el desarrollo sostenible. • El acuerdo sobre el Tratado de Lisboa siguió a las discusiones mantenidas para la elaboración de una Constitución. El “Tratado por el que se establece una Constitución para Europa” fue adoptado por los Jefes de Estado y Gobierno en el Consejo Europeo de Bruselas de 17 y 18 de junio de 2004, y firmado en Roma el 29 de octubre de 2004, pero nunca llegó a ratificarse.
C) LAS CONSECUENCIAS DE LA AMPLIACIÓN • POLÍTICAS: paz, complica la gestión y reparto de poder, divergencias. • ECONÓMICAS: incremento del peso a nivel mundial, desigualdades, aumenta el peso del sector agrario, deslocalización industrial. • CULTURALES Y MEDIOAMBIENTALES: • Diversidad cultural y lingüística, obligación de aplicar la legislación medioambiental
ÚLTIMO CONSEJO EUROPEO REUNIDO LOS DÍAS 15 Y 16 DE OCTUBRE DE 2008 EN UN CONTEXTO MARCADO POR LA CRISIS ECONÓMICA Y FINANCIERA INTERNACIONAL. El Consejo Europeo ha manifestado su determinación de actuar de forma concertada y global para proteger el sistema financiero europeo y a los depositantes. El Consejo Europeo ha reafirmado el objetivo de llegar a un acuerdo de conjunto sobre el expediente «energía-cambio climático» antes de fin de año. Ha acordado acelerar los trabajos sobre la seguridad energética. Ha adoptado el Pacto Europeo sobre Inmigración y Asilo. En el plano exterior, ha hecho balance de la aplicación por parte de Rusia del acuerdo del 8 de septiembre, la situación en Georgia y las relaciones de la UE con sus vecinos orientales. El Consejo Europeo ha oído el análisis del Primer Ministro irlandés acerca del referéndum celebrado en Irlanda sobre el Tratado de Lisboa, cuestión de la que volverá a ocuparse en diciembre. El Consejo Europeo ha confirmado la composición del Grupo de Reflexión sobre el Futuro de la Unión.
Mercado único: Ventajas FABRICANTE: • – Mercado de 500 Millones • – Tasa elevada de consumo • – Competencia de otros países • – Cumplimiento con normas armonizadas USUARIO • – Elección entre una amplia gama de productos • – Garantía de seguridad.
Cohesión ECONOMICA Y Social • Crecimiento armónico: la importancia de corregir las distorsiones de la integración • Convergencia macroeconómica • Integracion de regiones: infraestructura • Construccion de capital humano e innovacion • Corregir desigualdad • Protección social: la importancia de las políticas internas y armonizacion para lograr mecanismos de convergencia social • Financiamiento a partir de impuestos diferenciados
El Presupuesto De La Unión • Para financiar sus políticas, la Unión Europea dispone de un presupuesto anual superior a 120 000 millones de euros. Este presupuesto se financia mediante lo que se denominan los "recursos propios" de la UE, que no pueden exceder de una cantidad equivalente al 1,24% de la renta nacional bruta total de todos los Estados miembros. Estos recursos proceden fundamentalmente de: • los derechos de aduana sobre los productos importados de fuera de la UE, incluidas las exacciones agrícolas; • un porcentaje del impuesto sobre el valor añadido (IVA) aplicado a los bienes y servicios en el conjunto de la UE; • las contribuciones de los Estados miembros acordes con su respectiva riqueza(1.1% del total de los productos nacionales brutos) Cada presupuesto anual forma parte de un ciclo presupuestario de siete años conocido como el "marco financiero plurianual". La Comisión Europea se encarga de elaborar dicho marco, que los Estados miembros han de aprobar por unanimidad y que se ha de negociar y acordar con el Parlamento Europeo. De conformidad con el marco financiero plurianual para 2007-2013, el presupuesto total para este período asciende a 864 400 millones de euros.
La administración consume 5% • La PAC representa el 44% (unos 41.000 millones) • Cohesión económica y social: 35% del presupuesto. • Objetivo 1 (3/4 del total de los fondos estructurales) • Fondo de Cohesión (8% de ayudas estructurales)
Fondos Estructurales Y De Cohesión • Fondo europeo de desarrollo regional (FEDER): infraestructura, creación de empleo y PYME • Fondo social europeo (FSE): formación e inserción laboral • Fondo europeo de orientación y de garantía agrícola (FEOGA): desarrollo rural • Instrumento financiero de orientación a la pesca (IFOP): adapatación del sector
Fondo de Cohesión: medio ambiente y transporte Estados menos desarrollados • Banco Europeo de Inversiones (BEI) • Otros instrumentos financieros • FEI (Fondo Europeo de Inversiones) • EURATOM ( Comunidad Europea de la Energía)