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Obligaciones legales. en materia de capacitación, adiestramiento y productividad. Subsecretaría de Inclusión Laboral Dirección General de Capacitación. Junio 2013. Función de la capacitación. 1. Formación y actualización de los recursos humanos. 2.
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Obligaciones legales en materia de capacitación, adiestramiento y productividad Subsecretaría de Inclusión Laboral Dirección General de Capacitación Junio 2013
Función de la capacitación 1 Formación y actualización de los recursos humanos 2 Es una forma extraescolar de aprendizaje, necesaria para el desarrollo de personal calificado e indispensable para responder a los requerimientos del avance tecnológico y elevar la productividad en cualquier organización
Función de la capacitación 3 Reditúa en el individuo progreso personal en beneficio de sus relaciones con el medio social 4 Con base en situaciones reales, orientadas hacia la renovación de los conocimientos, habilidades y actitudes del trabajador, mejora el ambiente laboral y se logra que el personal sea más competente.
Tipos de capacitación 1 Referido a la tarea del sector educativo para preparar y formar a las personas con el objeto de incorporarlas al mercado laboral, lo que representa la capacitación PARA el trabajo. Capacitación para el trabajo.- Es la dirigida por un profesor, a jóvenes en formación académica, impartida por instituciones educativas públicas o privadas, con el propósito de que los alumnos acumulen conocimientos teóricos impartidos en base a programas educacionales de carácter general. El resultado de la formación, se mide en función del contenido del aprendizaje y por el resultado de los exámenes que presenta el educando, lo que le permite obtener una calificación y grado académico.
Tipos de capacitación 2 Referido a las actividades que realizan las empresas para la formación integral del personal que desempeña un trabajo en la organización, por lo que se le denomina capacitación EN el trabajo Capacitación en el trabajo.- Es la formación y actualización permanente que proporcionan las empresas a sus trabajadores con base en los requerimientos detectados por nivel de ocupación. La finalidad es la de desarrollar conocimientos, habilidades y actitudes en el personal para mejorar su desempeño en la organización. La enseñanza la proporciona un instructor, los resultados obtenidos se valoran con respecto al desempeño del trabajador en su actividad laboral, así como en la productividad y calidad de la empresa.
Referencias Acuerdo= ACUERDO por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores. LFT = Ley Federal del Trabajo
De las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad Capítulo Segundo
Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad Patrón y Trabajador (sindicato o administrador del Contrato-Ley) Bipartita Artículo 153-E En las empresas que tengan más de 50 trabajadores se constituirán Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad Paritaria Constituir más de una Comisión Mixta o Subcomisiones
Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad Art 153: Nuevas funciones
Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad Art 153: Nuevas funciones
Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad Empresa + de 50 trabajadores Conservar como registro interno (Art. 8, Acuerdo):
Formato DC-1 Se modificó nombre Se incorporó Se eliminó Tipo de contrato
Formato DC-1 Se amplió la explicación Se amplió la explicación
De los planes y programas de capacitación, adiestramiento y productividad Capítulo Tercero
Planes y Programas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad
Planes y Programas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad
Planes y Programas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad
Planes y Programas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad Registros internos Toda empresa deberá conservar registro interno de (Art. 12, Acuerdo):
Formato DC-2 Se modificó nombre Se eliminó desagregado por grupo vulnerable Se eliminó Tipo de Contrato Se eliminó Fecha de celebración o revisión
Formato DC-2 Se modificaron Se cambio ubicación
Formato DC-2 Se precisó la explicación Se amplió la explicación
De las constancias de competencias o de habilidades laborales Capítulo Quinto
Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales Expedición Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales El Art. 24 del Acuerdo establece que las constancias son expedidas:
Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales Entrega Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales
Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales Opciones de elaboración Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales
Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales Diseño Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales En las constancias, ¿Se pueden incluir? Logotipos • Que hagan referencia a que la STPS avala el desarrollo, contenido o calidad de los cursos (Art. 25, Acuerdo) • Que cuentan con el reconocimiento o validez por parte de la STPS • Que identifiquen a la empresa • Que identifiquen al Agente capacitador Textos Imágenes
Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales Toda empresa:
Formato DC-3 Se modificó nombre Se agregó dato Se eliminó IMSS Se eliminó Actividad o giro principal
Formato DC-3 Se incorporó Se modificó
De las listas correspondientes Capítulo Quinto
Listas de Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales
Listas de Constancias de Competencias o de Habilidades Laborales El Art 26 del Acuerdo establece que la presentación:
Formato DC-4 Se modificó nombre Se eliminó registro SIEM Se incorporó dato Se eliminó Establecimientos que presentó el Plan Se eliminó Establecimiento que pertenece al Plan Se eliminó Folio del plan al que se refiere la Lista
Formato DC-4 Se agregaron datos
Formato DC-4 Se eliminó IMSS Se eliminaron -Tipo de discapacidad, - Estado Civil y -Número de hijos dependientes Se incorporó dato Se eliminó año de emisión Se cambió a opcional Se eliminó nombre del estudio/carrera
Formato DC-4 Se modificaron
De los Agentes Capacitadores Externos Capítulo Cuarto
Agentes capacitadores externos Agentes Capacitadores Externos Registro obligatorio (153-A 3er. párrafo y 153-G, LFT) Entrega Constancia a los trabajadores que hayan aprobado la capacitación o en su caso, los exámenes de suficiencia (Art. 24, Acuerdo)
Agentes capacitadores externos La calidad de los servicios será responsabilidad de los agentes capacitadores externos. En ningún caso la Secretaría otorga valor curricular o académico a los programas o cursos de capacitación o reconoce los planes y programas de estudio promovidos y ejecutados por los agentes capacitadores, cuya aprobación sea competencia de las autoridades en materia de educación.
Agentes capacitadores externos Requisitos