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Documentos Legales. Elaborado por : Ing . Edson Rodriguez. 1. 2. 3. 4. Permiso de Construccion. Otros Permisos. Contratos. Clausulas Principales. Contenidos. Permiso de Construccion.
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DocumentosLegales Elaboradopor: Ing. Edson Rodriguez
1 2 3 4 Permiso de Construccion OtrosPermisos Contratos ClausulasPrincipales Contenidos Company Logo
Permiso de Construccion • Toda obra de construcción en el Area Urbano - Regional para iniciarse debe contar con el correspondiente Permiso de Construcción extendido por el Ministerio de Vivienda y Asentamiento Humanos, quien revisará los planos y demás documentos que se requieren para la obra y otorgará la Aprobación Técnica, cuando cumplan con los reglamentos, códigos y normas que le sean aplicables. Company Logo
Definicion • Es la autorización que otorga de Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos para dar inicio a la realización de las obras de construcción. Company Logo
Otros Permisos Romper Calles Alcaldia ENACAL Construccion Infraestructura DesarrolloUrbano Desarrollo Vial Edificacion Proyecto Especial Company Logo
Tipo de Permisos • El Permiso de Construcción que se otorgue, debe indicar si se trata de construcción nueva, reparación o extensión, reforzamiento, cambio de estructura, demolición o cualquier otra obra que se trate, o bien, combinación de ellas. Company Logo
Conceptos • Proyecto Especial • Es aquella obra no comprendida en las definiciones anteriores como son, sin limitarse a ellas, las siguientes: cementerios, rótulos , piscinas, tanques, antenas de radio y televisión, plazas monumento, pedestales, gasolineras, puentes, estacionamientos aislados y parques Company Logo
Constancia de uso de Suelo • La constancia de uso del Suelo señalara el uso o usos a que debe destinarse un determinado terreno indicando las normas técnicas y urbanísticas aplicables.Esta constancia no constituye:a).Reconocimiento de propiedad sobre el inmueble.b). Autorización a realizar cualquier tipo de obras de construcción.c).Autorización para ocupar el inmueble Company Logo
Edificacion • Se subdividen en los siguientes tipos:a). Edificiob). Proyecto de propiedades horizontales.c). Obra menor Company Logo
Contratos • De acuerdo a las leyes que rigen nuestro país CONTRATO es el acuerdo de dos o más personas para constituir, regular o aclarar entre las mismas un vínculo jurídico. Además de lo anterior, para que un contrato tenga validez no debe de contravenir las leyes vigentes, la moral, ni el orden público. Company Logo
Otro elemento a considerar en un contrato, es que nadie puede involucrarse en uno a nombre de otro, sin tener la representación legal para ello. En otras palabras, cualquier contrato celebrado a nombre de otra persona es nulo si no se tiene la autorización de ley. • Para invalidar un contrato se puede hacer por razones legales y/o consentimiento mutuo de las partes. Company Logo
Clausulas de Contratos • 1) Objeto del contrato • 2) Alcance de los Servicios • 3) Documentos del Contrato • 4) Valor del Contrato • 5) Forma de pago • 6) Plazo • 7) Escalamiento • 8) Multas • 9) Modificaciones al contrato • 10) Retenciones al Contratista por parte del Dueño. • 11) Control de calidad del proyecto • 12) Control del Proyecto. Company Logo
13) Sub-contratos. • 14) Obligaciones y atribuciones del Contratista • 15) Obligaciones y atribuciones del Dueño • 16) Condiciones Especiales • 17) Seguridad y prevención de accidentes • 18) Fuerza Mayor y/o Caso Fortuito • 19) Recepción y Finiquito de las obras • 20) Arbitraje • 21) Resolución del Contrato • 22) Domicilio y Representación. Company Logo
Obligaciones del Contratista • El Contratista será el único responsable de la organización de los trabajos para los cuales fue contratado. Será pleno y enteramente responsable de todos los elementos, medios, recursos materiales y humanos; fueran estos o no recomendados o aprobados por el Dueño. • El Contratista adquirirá por su propia cuenta, los elementos necesarios (mano de obra, equipos de transporte y construcción, herramientas, trabajo y materiales), para la ejecución y finalización de los servicios contratados. Company Logo
El Contratista será el único responsable del almacenamiento de los materiales y de la custodia y cuido de sus herramientas y equipos. • El Contratista se hará responsable del pago de salarios, vacaciones, seguro social y demás prestaciones sociales a que tenga derecho su personal, de conformidad con la ley establecida de la República, o que se establecieran con posterioridad a la suscripción de este contrato. • El Contratista para la realización de los Servicios contratados, se compromete ante el Dueño, a utilizar mano de obra calificada, retirando aquel personal del que se tenga confirmación que es inadecuado para el buen desarrollo de las obras. Company Logo
Obligaciones del Dueño • El Dueño para garantizar la buena marcha del proyecto, tanto en los aspectos técnicos como financieros de las obras a realizar, así como también velar por el avance de las obras y hacer las observaciones necesarias para la solución de problemas, nombrará a un Supervisor calificado, persona que tendrá entre otras las siguientes funciones: Company Logo
a).- Representar al Dueño en sus relaciones con el Contratista. • b).- Facultad de actuar en nombre del Dueño. • c).- Dar seguimiento al Proyecto y todos los documentos contractuales. • d).- Verificar el uso y calidad de los materiales. • e).- Hacer las observaciones pertinentes a los avances de las obras. • f).- Recibir de parte del Contratista, las obras ya terminadas. • g).- Todas aquellas funciones que se requieran para el buen funcionamiento del proyecto. Company Logo
El Dueño y el Supervisor harán cualquier observación, recomendación, instrucción y cambio tanto en los aspectos técnicos como administrativos en el libro de "Bitácora" • La "Bitácora" estará bajo la custodia de la Supervisión y harán uso de ella el Dueño, el Contratista y los Representantes autorizados por ambas partes. El valor de dicha "Bitácora" será asumida por el Dueño y deberá estar en el proyecto durante el tiempo que el proyecto dure. Company Logo
Sub Contratos • Un sub-contrato es una relación contractual del Contratista con otra persona natural o jurídica, que realizará parte de la obra con la aprobación del Dueño. • El Contratista no podrá sub-contratar sin el consentimiento escrito del Dueño. Dicho consentimiento no eximirá en ningún caso la responsabilidad que tiene el Contratista en relación a las obras sub-contratadas, pues en todo caso se entiende que están bajo la responsabilidad directa del Contratista. El valor total de los sub-contratos no deberá ser mayor del 40 % del valor del contrato. Company Logo
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