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NOVEDADES IVA 2010. Eduardo Verdún Fraile Inspector de Hacienda del Estado Madrid, 16 de octubre de 2009. Modificaciones LEY (I). P de Ley transposición de directivas comunitarias “Paquete IVA” Estado actual: con dictamen CE, aprobado PL y remisión a CCGG (2 oct) Qué cambia:
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NOVEDADES IVA 2010 Eduardo Verdún Fraile Inspector de Hacienda del Estado Madrid, 16 de octubre de 2009
Modificaciones LEY (I) P de Ley transposición de directivas comunitarias “Paquete IVA” Estado actual: con dictamen CE, aprobado PL y remisión a CCGG (2 oct) Qué cambia: Atribución de la condición de empresario o profesional. Nuevo art. 5.cuatro LIVA Localización de prestaciones de servicios Devoluciones a no establecidos dentro UE Concepto de establecimiento permanente, “vis atractiva”
Modificaciones LEY (II) Proyecto de Ley SOCIMIS Estado actual: fase final de tramitación en Senado Previsión entrada en vigor: fines octubre Qué cambia: Arrendamientos de viviendas con opción de compra Se alinean tipos a los de la EB: 4 y 7 por ciento
Modificaciones LEY (III) Proyecto de Ley PGE para 2010 Estado actual: presentado PL ante CCGG Entrada en vigor: 1 de enero de 2010 pero IVA 1 julio 2010 Qué cambia: Tipos impositivos del Impuesto: 8 y 18 por ciento Mantenimiento lista de tipos reducidos: sin cambios Otros ajustes: Compensación agraria: 8,5 y 10 por ciento Recargo de equivalencia: estable Implantación nuevos tipos: algunos problemas Contratación administrativa Criterio de devengo vs exigibilidad
Modificaciones LEY (IV) Anteproyecto Ley Economía Sostenible En preparación Qué cambia: en principio, nada en IVA Rehabilitación (?) Criterios CTE Consenso CCAA Mayor concreción concepto de rehabilitación
OTRAS MODIFICACIONES QUE SE PROPONEN Modificación BI operaciones a plazos o cn. precio aplazado Problema reducción de dos años a uno desde devengo Art. 80.cuatro LIVA Derechos de emisión CO2 Acciones RU, Holanda y Francia ¿Tipo cero, exención o ISP para compraventa interior? Contabilidad de caja: siguiente diapositiva
CRITERIO DE CAJA (I) Devengo vs exigibilidad Ingreso cuando cobro…pero, ¿cuándo deduzco? Derogaciones RU y repúblicas bálticas: “caja puro” Doble contabilidad para adquirentes Compro a PYME: deduzco cuando pago Compro a GGEE: deduzco cuando devengo Segunda derogación Prestaciones de servicios: experiencia FR
CRITERIO DE CAJA (II) Implantación… Nuevo sistema de control tributario Información cobros y pagos Diferenciación devengo y fecha de cobro/pago Aumento sustancial cargas administrativas Complejidad Expediente Bruselas en tramitación
Modificaciones RIVA Proyecto de RD “ómnibus” Modifica RIVA y RGAT RIVA: Desarrollo reglamentario Paquete IVA Especialmente, sistema devoluciones no establecidos Registro de operadores intracomunitarios Nuevas altas al ROI, mantenimiento sistema de doble registro Aplazamiento obligación 340 hasta 1-1-2012 según OM Periodicidad y contenido modelo 349 ROI Estado actual: pendiente remisión a Consejo de Estado Aprobación CM diciembre 2009
Doctrina DGT Permutas de suelo por edificación futura STS de 18-03 y 29-04 de 2009 Comisión CCEE Eliminación ajuste en BI DGT V2050-09, 16 de septiembre de 2009. Arrendamientos con opción de compra Sentencia Thermale, 18 de julio de 2007 Arras confirmatorias, penales y penitenciales Otros: Externalización operaciones financieras exentas Aplicación no sujeción 7.1º LIVA, continuidad. Huertos solares
BRUSELAS... Facturación Agencias de viaje Responsables solidarios tráficos intracomunitarios ISP en emisiones CO2 Reglamento de cooperación administrativa Servicios financieros y aseguradores Gas y electricidad y criterio de afectación Directrices Comité IVA - Paquete IVA
PAQUETE IVA Proyecto de Ley aprobado por CM día 2 de octubre Tramitación de urgencia Paralela a LPGE 2010
MARCO NORMATIVO PAQUETE IVA Directiva 2008/9/CE, 12 febrero Reglas para la devolución del IVA a e/p: No establecidos en el EM de devolución, pero Establecidos en otro EM Directiva 2008/8/CE, 12 febrero Reglas para determinar lugar de localización PS Reglamento Comisión 143/2008, 12 febrero Adapta al Paquete IVA las dos directivas Cooperación entre EM reforzada Directiva 2008/117/CE, 16 de diciembre Periodicidad y contenido 349
Devoluciones IVA ¿cuáles? Empresarios: No establecidos en EM de devolución pero, Establecidos en la UE (si P3º, 13a Directiva aplicable) Terminología: EMDEV: Estado miembro de devolución: Donde el IVA fue repercutido por EB/PS/Ms EMEST: Estado miembro de establecimiento: Donde está establecido/sede el e/p solicitante Solicitante: e/p que soporta IVA en EM “extranjero”
Devoluciones IVA: requisitos Solicitante no establecido en MSDEV, que No EB/PS localizada EMDEV, salvo: Servicios de transporte exentos Operaciones con aplicación de la ISP Ojo: ISP generalizada por Directiva servicios
Ejemplo devolución 119 Empresario B Establecido en Madrid Soporta IVA francés durante viaje negocios Paris: Dónde es deducible ese IVA? Cómo se recupera? Qué procedimiento? Qué tipo de solicitud?
Problemas a solucionar Debe presentar solicitud ante Francia EMEST EMDEV Lengua del procedimiento Factura?: le será requerida Plazo de devolución? Devengo de intereses? Cómo corregir los datos declarados?
Nuevo sistema: qué es nuevo? (I) Mini ventanilla única: La solicitud se presenta en EMEST Por vía electrónica: página WEB del EMEST EMEST envía solicitud por vía electrónica a EMDEV Requisitos de deducibilidad: Impuestos por EMDEV y por EMEST: TJCE Requisito actividad: el del EMEST (!)
Nuevo sistema: qué es nuevo? (II) Aportación facturas: regla general: Remisión copia por vía electrónica sólo si base imponible excede de: EUR 1000 o EUR 250 si se trata de carburante Petición de originales: sólo si se abre “info adicional”
Nuevo sistema: qué es nuevo? (III) De dónde se obtiene la solicitud?: Disponible en WEB de EMEST Contenido y campos: armonizados pero Personalización EM: idioma, petición copia factura, códigos Recepción de solicitud en EMDEV Posible solicitud info “adicional” y “ulterior” por EMDEV Petición de facturas originales: en principio, NO
Nuevo sistema: qué es nuevo? (IV) Plazo del procedimiento: Sin apertura info: 4 meses Con info adicional o ulterior: Plazo mínimo: 6 meses (nomalmente: 4+1+2=7) Plazo máximo: 8 meses Plazo máximo absoluto: 8 meses Devengo de intereses: transcurridos 10 días desde: Sin info adicional: 4 meses Con info adicional o ulterior: 8 meses
Otras cuestiones Plazos de las solicitudes: Mínimo: 3 meses: saldo mínimo 400 EUR Máximo: 1 año Excepción: menos de 3 meses si es el saldo de un año En este caso, saldo mínimo 50 EUR Recepción de solicitud por EMDEV Debe informar al solictante de la fecha de recepción Facturas no consignadas en un trimestre Por olvido: a declaración anual Por no disponer: viable en trimestres siguientes
Otras cuestiones (II) Plazo de presentación solicitudes: Máximo: 30 de septiembre del año siguiente Comprobación previa por EMEST Que solictante es empresario o profesional Cumple requisito de actividad No limitaciones por equivalente a RS o REAGP ¿Territorios forales?
PS: ALGUNOS CONCEPTOS BÁSICOS Reglas de localización: determinan SUJECIÓN Son operaciones generadoras derecho deducción También en el caso de NO SUJECIÓN Numerador y denominador de prorrata Protocolo: Determinación jurisdicción de localización Concreción de quién es el sujeto pasivo ¿estatus del destinatario? ¿Aplicación de la ISP? ¿Qué es la ISP? ¿Autofactura? ¿Cómo se declara?
Localización de PS: hoy (I) Regla “general”: art. 69 Modelo origen Gravamen en sede prestador Concepto establecimiento permanente ¿Qué servicios?: muy residual Hoteles, restaurantes, medios transporte, “otros” Nunca de aplicación subsidiaria
Localización de PS: hoy (II) Reglas especiales: arts. 70, 72 a 74 LIVA Telecom, vía elec, profesionales: art. 70.uno, 4º, 5º, 8º Operaciones B2B: gravamen en destino Operaciones B2C: gravamen en origen
Localización de PS: hoy (III) Inmuebles: 70.uno.1º Radicación Transportes: 70.uno.2º Distancia recorrida Culturales, deportivos: 70.uno.3º Prestación material
Localización de PS: hoy (IV) Mediación: 70.uno.6º Deslocalizables NIF-IVA Muebles: 70.uno.7º Deslocalizables NIF-IVA Transportes intracomunitarios: art. 72-74 Deslocalizables NIF-IVA
Fundamentos de la reforma Gravamen en lugar de consumo. “Proxys” Reducción cargas administrativas y de cumplimiento Generalización regla ISP Regla de deslocalización por NIF-IVA: ¿mantenimiento? Aplicable a Intracomunitarios, mediación, trabajos sobre muebles Afianzamiento criterio jurídico de gravamen
Otras cuestiones Sistema ventanilla única para svs electrónicos Caducidad 31-12-2008 Ampliación hasta 31-12-2014 ¿Después? Conversión en sistema definitivo Ampliación a svs telecomunicaciones Sujeto pasivo: siguiente diapositiva
S/P en las PS: hoy Utilización limitada de la ISP Directiva hoy: Regla general: la ISP es opcional para EEMM, salvo: Gas y electricidad Operaciones triangulares: EiB subsiguiente Oro de inversión Regla aplicación obligatoria TI, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º Problema: EM en otros B2B no aplican ISP ES: aplica ISP generalizadamente en B2B
LUGAR PS: ejes de reforma (I) Directiva 2008/8/CE Entrada en vigor: 2010, 2011, 2013, 2015 (!) 2009: extensión regímenes actuales hasta 2010 P de Ley: sólo régimen 2010-2013 Discusiones en el Consejo largas y difíciles: Entrada en vigor escalonada Problemas con algún Estado: reservas
LUGAR PS: ejes de reforma (II) Ampliación condición de e/p: nuevo artículo 5.cuatro LIVA Para las PJ no e/p Para quienes realizan ops sujetas y no sujetas Si son destinatarios PS, deslocalización a destino Problema: asignación limitada NIF-IVA Posible pérdida de ingresos
MODIFICACIONES LIVA Art. 69 LIVA Apartado uno: reglas generales Apartado dos:_límite a reglas generales No sujeción B2C en “exportaciones de servicios” Apartado tres: conceptos básicos Servicios telecos, electrónicos y EP Art. 70 LIVA Apartado uno: reglas especiales Apartado dos: cláusula uso/consumo efectivo
MODIFICACIONES LIVA (II) Art. 5.cuatro: concepto de e/p Derogación arts. 73 y 74 Art. 84.uno y dos Vis atractiva EPs Criterio de intervención EP No aplicable a sede Generalización ISP
NUEVAS REGLAS GENERALES Art. 69.uno.1º LIVA Operaciones B2B: destino Sede destinatario, salvo: A un EP En defecto: residencia o domicilio ¿Quién es el S/P?: ISP preceptiva: destinatario Incluye: PJ no e/p (Entes públicos…) Incluye e/p parciales: holding, ente público
NUEVAS REGLAS GENERALES Art. 69.uno.2º LIVA Operaciones B2C: origen Sede prestador salvo: Desde un EP En defecto: residencia o domicilio Operaciones B2C: destino C establecido, res o dom fuera Comunidad y, Son servicios 4º, 5º y 8º
REGLAS ESPECIALESArts. 70 y 72 Protocolo: Búsqueda regla especial Si no hay ninguna para el supuesto, ...aplicación reglas generales
SERVICIOS SOBRE INMUEBLES Art. 70.uno.1º LIVA RADICACIÓN Qué servicios? Peritos, agentes inmobiliarios Alojamiento en hoteles Arquitectos Empresas de vigilancia Cesión de derechos uso sobre inmuebles
SERVICIOS DE TRANSPORTE Art. 70.uno.2º y 72 LIVA De viajeros: distancia recorrida siempre De bienes En B2C No son TI: distancia recorrida Sí son TI: lugar de partida En B2B: no hay regla especial...regla general Desaparece mención a transporte doméstico No es ya necesaria
Culturales, artísticos, educativos, recreativos, ferias y exposiciones Art. 70.uno.3º y DT 1ª y 2ª En 2010: Prestación material en B2B y en B2C Igual que actualmente Desde 2011: Se mantiene el criterio de prestación material en: Servicio acceso en B2B y en todos en B2C Alteración número 3º y nueva letra al número 7º Resto: reglas generales
RESTAURANTES Y CATERING Art. 70.uno.5º LIVA Prestación material, pero: Prestados a bordo de aviones, trenes, barcos En trayectos comunitarios Regla: lugar de partida del transporte Ídem que EB a bordo Aplicable a B2B y B2C Problema: cruceros que tocan TAI Si es trayecto es NO comunitario Prestación material: obligación registro
MEDIACIÓN EN SERVICIOS B2C Art. 70.uno.6º LIVA Donde se grava operación subyacente ¿Qué mediación?: en n y por cuenta ajena Problemas: agencias de viaje Mediación en B2B para hoteles Sentencia TJCE de , Asunto RCI Mediación en B2C, “city-breaks” Posible reapertura expediente Bruselas
Tasaciones, trabajos sobre bienes muebles Art. 70.uno.7º LIVA En B2C: Prestación material Resto: reglas generales Ejemplos: Informes periciales, dictámenes, valoraciones Ejecuciones de obra mobiliaria Servicios accesorios a los transportes Ojo: en B2B, estos servicios pasan a regla general Adición este número culturales B2C desde 2011 DT 3ª del P de Ley
ARENDAMIENTOS MEDIOS TPTE Art. 70.uno.9º LIVA De 2010 a 31-12-2012 Corto plazo (30/90 días general/barcos) Puesta a disposición (HOY: criterio similar) Largo plazo: reglas generales ¿Y si se modifica el plazo? Desde 2013: Corto plazo: puesta a disposición, pero: Largo plazo en B2C: Lugar de establecimiento del cliente Barcos de recreo: puesta a disposición
RESTO ORDINALES Svs profesionales: actual artículo 70.uno.5º No hay cambios, se aplican reglas generales Ordinal 5º deja paso a restaurantes y catering Servicios electrónicos: 4º Para los RESPVE Servicios telecos: 8º Ídem pero sin RE de momento…2015
Gravamen por uso efectivo Actual artículo 70.dos Aplicable hoy a: Servicios art. 70.uno.4º, 5º, 6º y 8º No hay sujeción en TAI, Cdad, C, C, Melilla Operaciones B2B salvo 8º (B2B y B2C) Novedad Ampliación a arrendamientos medios tpte ¿Desimposición?
Novedades 349 (I) Derecho comunitario Directiva 2008/8/CE, de 12 de febrero Directiva 2008/117/CE, de 16 de diciembre: periodicidad Transposición: RD ómnibus: arts. 78-81 RIVA Novedades: Contenido: “AIS” y “PIS” Periodicidad mensual o trimestral Umbral de operaciones
Novedades 349 (II) Contenido: AIB. En ES: también EIB AIS y PIS Adquirentes y destinatarios PS con ISP transfronterizas Periodicidad: Regla general: mensual, pero: Presentación trimestral: Cuando volumen EB y PS a informar, ni trimestre curso ni 4 anteriores, supere umbral 50.000 euros
Novedades ROI Acceso ROI: dos nuevos supuestos Prestadores y adquirentes En AIS y PIS