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Vigésimo primer programa. El Cuarto Mandamiento (III):. - La cuestión social. - La doctrina social de la Iglesia. - Deberes para con la patria. - Iglesia y Estado; cuestiones mixtas. 1. La Cuestión Social La Iglesia nunca ha renunciado —según la expresión del
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Vigésimo primer programa El Cuarto Mandamiento (III): - La cuestión social. - La doctrina social de la Iglesia. - Deberes para con la patria. - Iglesia y Estado; cuestiones mixtas.
1. La Cuestión Social La Iglesia nunca ha renunciado —según la expresión del Papa León XIII— a decir la «palabra que le corresponde» acerca de las cuestiones de la vida social.
2. • El objetivo principal de la es interpretar la realidad social, examinando su conformidad o diferencia con lo que el Evangelio enseña acerca del hombre y su vocación terrena y, a la vez, trascendente, para orientar la conducta cristiana.
3. • Un desafío para la Iglesia es transformar la realidad social con la fuerza del Evangelio, testimoniada por mujeres y hombres fieles a Jesucristo • Escribió el Card. Renato Raffaele Martino en la PRESENTACIÓN del COMPENDIO DE LA DSI
4. Enseña el Catecismo: • «La igual dignidad de las personas humanas exige el esfuerzo para reducir las excesivas desigualdades sociales y económicas, e impulsa a la desaparición de las desigualdades inicuas»(n.1947).
5. • La lucha de clases propuesta por el marxismo no fue la solución. • Juan Pablo II en Brasil: La liberación cristiana usa medios evangélicos y no recurre a ninguna forma de violencia, ni a la dialéctica de la lucha de clases o a la praxis o análisis marxista.
6. El cristiano sabe que puede encontrar en la DSI los principios de reflexión, los criterios de juicio y las directrices de acción como base para promover un humanismo integral y solidario. Enseña el Compendio de la DSI
7. • La DSIno ha sido pensada desde el principio como un sistema orgánico. • Se ha formado en el curso del tiempo, a través de las numerosas intervenciones del Magisterio sobre temas sociales. • La DSI NO ofrecerá soluciones técnicas concretas
8. *DOCUMENTOS SOCIALES del MAGISTERIO* Encíclica RERUM NOVARUM, León XIII (15-may-1891) Encíclica QUADRAGESIMO ANNO, Pío XI (15-may-1961) Encíclica MATER ET MAGISTRA, Juan XXIII (15-may-1961) Encíclica PACEM IN TERRIS, Juan XXIII (11-abr-1963) Constitución Pastoral GAUDIUM ET SPES, Pablo VI (7-dic-1965) Encíclica POPULORUM PROGRESSIO, Pablo VI (26-mar-1967) Carta Ap. OCTOGESIMA ADVENIENS, Pablo VI (14-may-1971) Encíclica LABOREM EXERCENS, Juan Pablo II (14-sep-1981) Encíclica SOLLICITUDO REI SOCIALIS, J. Pablo II (30-dic-1987) Encíclica CENTESIMUS ANNUS, Juan Pablo II (1-may-1991) COMPENDIO DE LA DSI (2-abr-2004)
9. Pregunta el Compendio del Catecismo: ¿Cómo puede asegurarse la justicia social? • La sociedad asegura la justicia social cuando respeta la dignidad y los derechos de la persona... • Cuando procura alcanzar la justicia social, vinculada al bien común y al ejercicio de la autoridad. • Cuando garantiza las condiciones que permiten a las asociaciones y a los individuos conseguir aquello que les corresponde por derecho.
10. ¿Qué se opone a la DSI? • Los sistemas económicos y sociales que sacrifican los derechos fundamentales de las personas, o que hacen del lucro su regla exclusiva y fin último. • Como las ideologías asociadas al «comunismo» u otras formas ateas y totalitarias de «socialismo». • También rechaza el «capitalismo», cuando es individualista y da primacía absoluta a las leyes del mercado sobre el trabajo humano.
11. • Sindicatos • La política y los políticos • Compromiso sociopolítico de los cristianos • La comunidad internacional • Violencia social • La fe cristiana y la cultura • Medios de comunicación social • Ecología Algunos de los TEMAS de interés de la DSI: • Antropología cristiana • Derechos humanos • El bien común • Solidaridad y subsidiaridad • Destino universal de los bienes • Propiedad privada • Propiedad pública • Trabajo y salarios • Huelgas
12. • La dimensión social del hombre es parte esencial de su naturaleza y de su vocación. • Todo hombre debe participar en la realización del bien común, respetando las leyes justas y haciéndose cargo de los sectores en los que tiene responsabilidad personal, como son el cuidado de la propia familia y el compromiso en el propio trabajo.
13. • Los ciudadanos deben tomar parte activa en la vida pública, en la medida en que les sea posible. • Los fieles cristianos laicos intervienen directamente en la vida política y social, animando con espíritu cristiano las realidades temporales, y colaborando con todos como auténticos testigos del Evangelio y constructores de la paz y de la justicia.
14. • Recomendamos la lectura meditada de la NOTA DOCTRINALsobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política. de la CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE del 24 de noviembre de 2002 dirigida a los Obispos de la Iglesia Católica y, de especial modo, a los políticos católicos y a todos los fieles laicos llamados a la participación en la vida pública y política en las sociedades democráticas. JOSEPH CARD. RATZINGERPrefecto TARCISIO BERTONE, S.D.B.Arzobispo emérito de VercelliSecretario
15. ¿Cuáles son los deberes de los ciudadanos respecto a las autoridades civiles? • Deben considerarlas como representantes de Dios, ofreciéndoles una colaboración leal para el buen funcionamiento de la vida pública y social. • Esto exige el amor y servicio de la patria, el derecho y el deber del voto, el pago de los impuestos, la defensa del país y el derecho a una crítica constructiva.
16. ¿Cuándo el ciudadano NO debe obedecer a las autoridades civiles? • El ciudadano no debe en conciencia obedecer cuando las prescripciones de la autoridad civil se opongan a las exigencias del orden moral: «Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres» (Heb 5, 29).
17. • La autoridad civil se ejerce de manera legítima cuando procura el bien común, y para conseguirlo utiliza medios moralmente lícitos. • Por tanto, los regímenes políticos deben estar determinados por la libertad de decisión de los ciudadanos y respetar el principio del «Estado de derecho».
18 • Según tal principio, la soberanía es prerrogativa de la ley, no de la voluntad arbitraria de los hombres. • Las leyes injustas y las medidas contrarias al orden moral no obligan en conciencia.
19. Relaciones entre Iglesia y Estado • La comunidad política y la Iglesia son independientes y autónomas: “Dad al César lo que es del César...” • La Iglesia y el E. se diferencian por su naturaleza y por sus fines: -I: orden sobrenatural. Salvación de las almas. -E: orden natural. Bien común general.
20. -I: Medios espirituales: oración, predicación, Sacramentos... -E: Desarrollo integral de los ciudadanos. Bien común. • No debe haber oposición sino en armonía. • Hay materias en las que ambos intervienen: educación, matrimonio, comunicación social, asistencia a los necesitados.
La Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas en su art. 2,1 establece que “toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración sin distinción alguna de (...) religión”. El artículo 18, además, indica que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”. Libertad religiosa 21.
La Iglesia Católica reconoce el derecho a la libertad religiosa en la Declaración Dignitatis Humanae, del Concilio Vaticano II, en su n. 2: “Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, sea por parte de personas particulares como de grupos sociales y de cualquier potestad humana; y esto, de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, solo o asociado con otros, dentro de los límites debidos”. Libertad religiosa 22.
23. • Para finalizar los temas referidos al IV Mandamiento: Pecan gravemente... • Los hijos que desobedecen a sus padres en cosa grave, y que ellos pueden mandarles; los que les dan disgustos graves; los que les tratan con aspereza, les injurian o desprecian gravemente; los que les insultan, golpean o les levantan la mano con deliberación y amenaza; los que les desean en serio un mal grave; los que no les socorren en sus necesidades graves, tanto corporales como espirituales: por ejemplo, si no les procuran a tiempo los sacramentos a la hora de la muerte.
24. • Pecan también gravemente los padres que dan mal ejemplo a sus hijos (blasfemias, etc.), los maldicen, les desean en serio algún mal, o abandonan su instrucción humana y religiosa. • Los patronos pecan gravemente si, pudiendo, no dan a sus obreros el salario justo. Pero además tienen obligación de no imponer a sus obreros trabajos superiores a sus fuerzas; protegerles, en cuanto sea posible, de los peligros del trabajo, y de respetar en ellos la dignidad de hombre y de cristiano, tratándoles con amabilidad y evitándoles los peligros de pecar.
Ante última • Los obreros pecan gravemente si hacen daño grave a su patrono, ya sea malgastando materiales o energía, ya sea estropeando a propósito instrumentos de trabajo. • Si voluntariamente rinden menos de lo debido pueden también llegar a pecado grave.
Presentación del P. Juan María Gallardo para www.oracionesydevociones.info