80 likes | 308 Views
LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN. COMUNIDADES VIRTUALES. Enero, 2008. Artículos 102-103: (Derecho a una Educación de calidad) Artículos 108 -110: (Interés público de las TIC). Ley Orgánica de Telecomunicaciones Artículos 1 - 2 : (Promover utilización de redes y
E N D
LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN. COMUNIDADES VIRTUALES Enero, 2008
Artículos 102-103: • (Derecho a una Educación de calidad) • Artículos 108 -110: • (Interés público de las TIC) Ley Orgánica de Telecomunicaciones Artículos 1 - 2 : (Promover utilización de redes y tecnologías) DECRETO 825 - Artículo 5 : (Internet como un derecho ciudadano) - Artículo 8: (Programas educativos en formato digital) - Artículo 11: (Desarrollo del conocimiento en TIC) MARCO JURÍDICO DE LAS TIC
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Artículo 102: “...El Estado asumirá la Educación como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad...”. Artículo 108: “...El Estado garantizará servicios públicos ... con el fin de permitir el acceso universal a la información...”. Artículo 110: “...la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones... (son de interés público) por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país...”.
OBJETIVOS: • Incorporar las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el proceso educativo en el contexto de la descentralización y fortalecimiento de la democracia protagónica y participativa. • Incorporar uso de las TIC en la cultura del ciudadano y elevar la competitividad del venezolano. • Impulsar y mejorar la calidad del proceso de alfabetización tecnológica. • Promover la generación, uso y difusión del conocimiento tecnológico. • Incentivar la formación y capacitación del tejido social en las áreas de las TIC.
Contribución de las TIC al desarrollo • Facilitan el acceso a la • información, recursos y • oportunidades, incluyendo el • conocimiento útil. • Estimulan la creación de redes • y bases de conocimiento. • Promueven el desarrollo e • intercambio de conocimientos e • ideas y la creación de valor.
Impacto social...cambios esperados • Creación de nuevas fuentes de trabajo. • Uso masivo e intensivo de las TIC. • Participación ciudadana en la toma de decisiones. • Incremento de oportunidades de desarrollo.
¿QUE ES UNA COMUNIDAD VIRTUAL ? Definiciones: Comunidad que puede constituirse en el ciberespacio y que comparte y refuerza lazos sociales en un espacio compartido on line en Internet, con el fin de mejorar la interacción comunitaria y la participación ciudadana. (Amitai Etzioni (2000): “La Tercera Vía hacia una buena sociedad. Propuestas desde el comunitarismo”, Editorial Trotta) Grupo de personas que se comunican a distancia y comparten información, teniendo algún campo de interés común y una cierta conciencia de grupo. El entorno de comunicación al memos debe permitir comunicaciones entre dos personas cualquiera y también de uno a todos.(Glosario de Tecnología Educativa 2005)