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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL. LAS ACTAS REGISTRALES Y EL MANEJO DE LAS ACTAS DE REGISTRO CIVIL. Caracas, marzo de 2011. CONTENIDO. Antecedentes de la función registral en el Perú Duplicidad de Registros de Nacimiento Nulidad de Actas Reconstrucción de Actas. I.
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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL LAS ACTAS REGISTRALES Y EL MANEJO DE LAS ACTAS DE REGISTRO CIVIL Caracas, marzo de 2011
CONTENIDO • Antecedentes de la función registral en el Perú • Duplicidad de Registros de Nacimiento • Nulidad de Actas • Reconstrucción de Actas
I ANTECEDENTES DE LA FUNCIÓN REGISTRAL EN EL PERÚ
Colonia República
RENIEC EN EL ESTADO PERUANO LEGISLATIVO Congreso EJECUTIVO Presidencia JUDICIAL Cortes de Justicia ORGANISMOS AUTÓNOMOS RENIEC Jurado Nacional de Elecciones Asamblea de Rectores Ministerio Público ONPE Corte Suprema de Justicia Consejo de Ministros El RENIEC es un organismo constitucionalmente autónomo, no sujeto a jerarquía de otra Entidad del Estado Peruano
II DUPLICIDAD DE ACTAS DE NACIMIENTO
VÍAS PARA LA CANCELACIÓN A PEDIDO DE PARTE – DE OFICIO ADMINISTRATIVA PRINCIPIO DE PRELACIÓN TODA PETICIÓN DE CANCELACIÓN JUDICIAL SUPUESTOS COMPLEJOS
CASOS ADMINISTRATIVOS Irregularidades advertidas del total de Actas incorporadas que asciende a 5’394,100
III NULIDAD DE ACTAS
“Las inscripciones se cancelan cuando se ordene mediante resolución judicial firme, o cuando la justificación de la cancelación resulte clara y manifiestamente de los documentos que se presenten al solicitarla” NULIDAD - CANCELACIÓN Artículo 57° Ley N° 26497
“Procede la cancelación de las inscripciones: Cuando se ordene mediante resolución judicial firme. Cuando la justificación de la cancelación resulte clara y manifiesta de los documentos que se presentan al solicitarla mediante Resolución debidamente motivada del Registrador. De oficio, por disposición de la Oficina Regional del Registro, cuando existan razones indubitables para proceder a la cancelación.” NULIDAD - CANCELACIÓN Reglamento de las Inscripciones del RENIEC
VÍAS PARA LA CANCELACIÓN A PEDIDO DE PARTE – DE OFICIO ADMINISTRATIVA POR RAZONES INDUBITABLES A PEDIDO DE PARTE JUDICIAL SUPUESTOS COMPLEJOS
CANCELACIÓN DE ACTAS INCORPORADAS Cancelaciones efectuadas respecto al total de Actas incorporadas que asciende a 5’394,100
La violencia terrorista ocurrida en el Perú durante casi 20 años, trajo como consecuencia la destrucción de diversas Oficinas del Registro Civil y de sus Actas, así como los eventos naturales sucesivamente acaecidos CAUSAS
REINSCRIPCIÓN: CARACTERÍSTICAS • Formal. OREC afectadas requerían de autorización. Asimismo las reinscripciones debían registrarse en un Libro Especial. • Territorial. La OREC sólo podía reinscribir asientos originalmente registrados en su Oficina. • Trascripción. La reinscripción presuponía la transferencia al nuevo asiento de la información contenida en el medio de prueba.
REPOSICIÓN – LEY N° 29312 DE OFICIO Con las actas duplicadas del Sistema Nacional de Archivos y Cortes Superiores Con información del Registro Único de Identificación de Personas Naturales (RUIPN) Con participación del ciudadano
Avances del procedimiento de reposición de oficio Actas Repuestas a Oficinas de Registros del Estado Civil por departamento