80 likes | 210 Views
C APSULA 3. Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central. Proveeduría Institucional. Registro y Control de Bienes. PROCESOS. Alta de bienes (Art. 15 RRCB) Recepción a conformidad del bien. Informar a la Proveeduría Institucional.
E N D
C APSULA 3 Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central Proveeduría Institucional
Registro y Control de Bienes PROCESOS • Alta de bienes (Art. 15 RRCB) • Recepción a conformidad del bien. • Informar a la Proveeduría Institucional. • Plaqueo del bien (Art. 1 RRCB). • Registro en el sistema SIBINET (Art. 2 RRCB). • Comunicación de lo actuado a la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa (DGABCA). NOTA: Únicamente le corresponde a la dependencia, aplicar lo señalado en las DOS primeras líneas.
Registro y Control de Bienes PROCESOS • Asignación y devolución de bienes (Art. 6 RRCB) • Coordinador entrega bien a colaborador o viceversa. • Llenado y firma de formulario “Asignación y devolución de bienes”. (Art. 7 RRCB). • Informar a la Proveeduría Institucional. • Actualización de datos en el sistema SIBINET (Art. 2 RRCB). • Comunicación de lo actuado a la DGABCA. NOTA: Únicamente le corresponde a la dependencia, aplicar lo señalado en las TRES primeras líneas.
No. Pág. o Control
Registro y Control de Bienes PROCESOS • Préstamo de bienes (Art. 20 RRCB) • El coordinador de la unidad administrativa hace solicitud formal a colega de otra unidad, indicando el motivo y detalle de los bienes requeridos. • El coordinador de la otra unidad administrativa responde formalmente al primero. • Firma de un convenio de préstamo donde se establecen las condiciones. • Refrendo o aprobación interna del convenio (Cuando hay préstamo externo). • Llenado y firma de formulario “Préstamo de bienes”. • Entrega física de los bienes. • Informar a la Proveeduría Institucional.
Bueno, regular o malo
Este material fue producido por: Área de Control de Bienes Proveeduría Institucional 2007 Consultas a los teléfonos 221-1251 ó 284-5204, o mediante los correos ariascc@hacienda.go.cr o rodriguezrg@hacienda.go.cr
Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central Gracias por su atención