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1. GESTIÓN PRESUPUESTARIA GUBERNAMENTALProgramación y FormulaciónLey N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Eco. Celso Navarro Jordán
3. El Presupuesto
4. “... Determinación anticipada de los gastos e ingresos, según cálculos más o menos exáctos; pero en sentido propio no se refiere a los de los particulares o empresas privada ...
Lo que científicamente caracteriza a la idea de presupuesto es la obligatoriedad, es decir que el cálculo que el presupuesto contiene no pueda ser alterado ...
5. “... Esa obligatoriedad sólo existe tratándose de organismos públicos, es decir del Estado ó de los organismos sujetos a su intervención directa en su vida ... Por lo cual sólo a ellos debe referirse la voz PRESUPUESTO que en su sentido propio será: Ley o acuerdo obligatorio que determina anticipadamente y para un cierto período de los gastos e ingresos de un organismo público...”
6. Regímenes Presupuestarios en Perú En 1845 el Ministro de Hacienda remite al Congreso el primer Presupuesto de la República para el bienio 1846 – 47, y no llegó a ser sancionado por el Parlamento.
En 1848 el Congreso aprobó por primera vez un presupuesto, que tuvo vigencia el bienio 1848 – 49.
La Ley Orgánica de 16. Set .1874, constituye el primer régimen legal para regular el presupuesto
La Ley de 06.Dic.1893, establece el principio de la especialidad de los gastos.
Ley N° 4598 de 26.Dic.1922, Ley Orgánica del Presupuesto, crea la Dirección General del Presupuesto Público en el Ministerio de Hacienda, que consagró el principio de unidad presupuestaria.
7. Regímenes Presupuestarios en Perú Ley N° 6784 de 28.Feb.1930, que crea la Contraloría General de la República en el Ministerio de Hacienda
El Decreto Ley N° 14260, de 21.Dic.1962, aprobó el Presupuesto Funcional, o Presupuesto por Programas.
La Ley N° 14816, de 16.Ene.1964, la Ley Orgánica del Presupuesto del Sector Público.
Las Leyes N° 15257, 15682, 16360 y 16567 son complementarias de la Ley Orgánica.
En 1982 el gobierno implementa una nueva metodología presupuestaria, identificada con el Presupuesto Base Cero, incluye la Unidad Presupuestaria como categoría programática.
8. Regímenes Presupuestarios en Perú En 1986 se vuelve al Presupuesto por Programas y se ajustan los presupuestos de acuerdo a la inflación.
El Decreto Ley N° 25875, de 18.Nov.1992, Aprueba la Ley Marco del Proceso Presupuestario.
Ley N° 26199 de 16.Jun.1993, que aprueba la nueva Ley Marco del Proceso Presupuestario.
Ley N° 26703 de 09.Dic.1996, que aprueba la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, y establece el Presupuesto Funcional Programático, modificada por la Ley N° 26884.
Ley N° 27209 de 28.Feb.1999, que aprueba la nueva Ley de Gestión Presupuestaria del Estado.
Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
9. “En el presupuesto tradicional, se ponía énfasis en las compras y adquisiciones, con lo cual el presupuesto resultaba ser una lista de ingresos y de gastos sin vincularse con las realizaciones para los cuales eran asignados. Cada ministerio tenía un presupuesto o lista de gastos global en el que se hallaban clasificados en rubros según su objeto, los gastos de todas las oficinas ejecutivas, las cuales solicitaban con cargo a las asignaciones globales, los recursos necesarios para sus operaciones”
10. Presupuesto por Programas
11. Presupuesto por Programas
12. Presupuesto Base Cero
13. Presupuesto por Resultados
15. Ámbito de Aplicación
16. Ámbito de Aplicación
20. Conceptos Presupuestales
21. Principios Regulatorios
22. Principios Regulatorios
23. El Sistema Nacional de Presupuesto - SNP
24. Entidad Pública
25. La Oficina de Presupuesto del Pliego
26. Titular de la Entidad
27. Responsabilidades del Titular de la Entidad*
28. Contenido del Presupuesto.
29. Fondos Públicos
30. Fuentes de Financiamiento y Rubros - 2010
31. Fuentes de Financiamiento 1996 - 2010
32. Gastos Públicos
33. CLASIFICADORES 2010
34. CLASIFICADOR FUNCIONAL 2010
35. FUNCIONES PRESUPUESTALES
36. Estructura de los Clasificadores de Ingresos y Gastos - 2010
43. EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO Eco. Celso Navarro Jordán
44. El Proceso Presupuestario Comprende las fases siguientes: 1. Programación 2. Formulación 3. Aprobación 4. Ejecución 5. Control 6. Evaluación
Se sujeta al criterio de estabilidad, situación de sostenibilidad de las finanzas públicas, en términos de capacidad de financiación
45. Programación Presupuestaria a cargo del MEF 1. Se sujeta a las proyecciones macroeconómicas del Art. 4° de la Ley N° 27245 y 27958.
2. El MEF a propuesta de la DNPP plantea anualmente al Consejo de ministros su aprobación, de acuerdo al MMM
3. Las Entidades que no se financien con fondos del TP, coordinan anualmente con el MEF los límites de sus créditos presupuestarios.
4. Estos están constituidos por la estimación de ingresos que esperan percibir.
46. Programación Presupuestaria a cargo del MEF 5. Distribución y Transferencias a los GR y GL:
a) Los índices de distribución del FONCOR son aprobados por el MEF por RM, previo informe de la CND y en base a la propuesta de la DGAES.
b) Los índices de distribución de Regalías y Canon y Sobrecanon, FONCOMUN y participación en Rentas de Aduanas son aprobados por RM de EF, en base a los cálculos de la DGAES.
47. Programación Presupuestaria a cargo del MEF c) El CND en base a los índices determina los montos a ser distribuidos a los GR y GL. comunicando a la DNTP para que los transfiera a través del BN a los GR y GL.
d) Los fondos públicos de la FF 00, son distribuidos mensualmente por el MEF a los GR a través de la DNPP.
6. Los índices de distribución del Vaso de leche a los GL se aprueban a propuesta de la DGAES, por RM de EF.
48. Programación en los Pliegos Presupuestarios 1. Los Pliegos en la programación deben tomar en cuenta:
a) En los ingresos, tendrá en cuenta las tendencias de la economía, las estacionalidades y efectos coyunturales.
b) Los gastos a prever, se asignarán según las escala prioridades y las políticas de gasto priorizadas por el Titular
2. El monto del Tesoro Público será comunicado a los Pliegos por el MEF.
49. Programación en los Pliegos Presupuestarios 3. La previsión de gastos debe considerar los gastos de funcionamiento permanente, las planillas de personal activo y cesante
4. En el caso de nuevos proyectos los Pliego sólo podrán programar los gastos atendiendo a que el plazo de ejecución del proyecto, según la viabilidad no haya superado el año subsiguiente al plazo de la declaratoria.
5. Se consideran los proyecto de inversión que se sujetan a las disposiciones del SNIP.
50. Recursos de Deuda y Donaciones Los recursos de operaciones oficiales de crédito externo e interno mayores a un año, y de donaciones y transferencias, salvo operaciones de libre disponibilidad según el MMM de acuerdo al programa económico del Gobierno, solo se presupuestan cuando:
1. Se suscriban los instrumentos Bancarios y/o Financieros de acuerdo a la legislación.
2. Se celebre el contrato pertinente.
51. Formulación Presupuestaria 1. En la Formulación Presupuestaria se determina la estructura funcional programática del Pliego, en la cual se reflejan los objetivos institucionales . Se determinan las metas en función de la escala de prioridades y se consignan las cadenas de gasto y Fuentes de Financiamiento.
2.La estructura de la cadena funcional-programática es propuesta, considerando los criterios de tipicidad y atipicidad por la DNPP a los Pliegos para su aprobación.
52. Aprobación del Presupuesto Aprobación y Presentación de los Presupuestos Institucionales de Apertura: En GN hasta el 31.Dic de cada año fiscal y remiten copia de sus presupuestos dentro de los 5 días calendario siguientes
Publicación: La Ley de Presupuesto del Sector Público en el Diario Oficial “El Peruano”.
Los estados de gastos del presupuesto reflejados en los Anexos de la Ley en documento especial por la DNPP
53. Régimen Presupuestario La Constitución Política del Perú (1993)
Art. 74º ... Las Leyes de presupuesto y los decretos de urgencia no pueden contener normas sobre materia tributaria.
Art. 75º ... Los municipios pueden celebrar operaciones de crédito con cargo a sus recursos y bienes propios, sin requerir autorización legal.
54. Régimen Presupuestario La Constitución Política del Perú 1993 Art. 77º .- La administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso. La estructura del presupuesto del sector público contiene dos secciones: gobierno central e instancias descentralizadas ... la ejecución del presupuesto responde a los criterios de eficiencia de necesidades sociales básicas y de descentralización
55. Régimen Presupuestario Constitución Política del Perú 1993 Art. 78º El Presidente de la República envía al Congreso el proyecto de Ley de Presupuesto dentro de un plazo que vence el 30 de agosto de cada año. No pueden cubrirse con empréstitos los gastos de carácter permanente No puede aprobarse el presupuesto sin partida destinada al servicio de la deuda pública
56. Régimen Presupuestario La Constitución Política del Perú 1993
Art. 80º El MEF sustenta ante el Pleno del Congreso el pliego de ingresos. Cada ministro sustenta los pliegos de egresos de su sector... Si la autógrafa de la ley de Presupuesto no es remitida al Poder Ejecutivo hasta el 30.NOV., entra en vigencia el Proyecto de éste, que es promulgado por D. Legislativo