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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERRETORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO Bienes Muebles y Bienes Inmuebles Alumna: Michelle Ranalli Sección: SAIA C Prof. Eleana Santander Septiembre 2015
Muebles: Artículo 533 del Código Civil Venezolano que son muebles por el objeto a que se refieren o por determinarlo así la Ley, los derechos, las obligaciones y las acciones que tienen por objeto cosas muebles; y las acciones o cuotas de participación en las sociedades civiles y de comercio, aunque estas sociedades sean propietarias de bienes inmuebles. • Inmuebles: Artículo 530 que son inmuebles por el objeto a que se refieren: los derechos del propietario y los del enfiteuta sobre los predios sujetos a enfiteusis; os derechos de usufructo y de uso sobre las cosas Inmuebles y también el de habitación, as servidumbres prediales y la hipoteca; y las acciones que tiendan a reivindicar inmuebles o a reclamar derechos que se refieran a los mismos.
Reseña Histórica Referencias Históricas • Aguilar José (1999) expone que “el germen de la distinción de las cosas en muebles e inmuebles tiene sus raíces en el Derecho Romano más antiguo: ya la Ley de las XII Tablas contraponía los fundos (“fundí”) a las demás cosas. En diversas materias el Derecho Romano siempre estableció distinciones entre los fundos (“fundí”) o predios (“praedia”) y las demás cosas; pero la clasificación fundamental de las cosas en la época clásica fue la de res mancipi y res necmancipi”. Posteriormente Justiniano abolió esta distinción e inserta la clasificación de muebles e inmuebles
Referencias Bibliográficas https://es.wikipedia.org/wiki/Bienes_muebles http://www.monografias.com/trabajos91/bienes-muebles-e-inmuebles-codigo-civil-venezolano/bienes-muebles-e-inmuebles-codigo-civil-venezolano.shtml