140 likes | 297 Views
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CANÓNICO José T. Martín de Agar (Editorial Technos). Capítulo I: El DC 1 ué es el D. Extracto y presentación de Juan María Gallardo www.oracionesydevociones.info. Significados 1. Es el objeto de la justicia .
E N D
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CANÓNICO José T. Martín de Agar(Editorial Technos) Capítulo I: El DC 1 ué es el D Extracto y presentación de Juan María Gallardo www.oracionesydevociones.info
Significados 1. Es el objeto de la justicia. es la virtud que manda dar a cada uno lo suyo (unicuique suum tribuere). • Este suyo, debido en justicia a alguien, se llama derecho suyo
Es necesario dar a cada uno su derecho (unicuique ius suum tribuere). • El ius o derecho es la cosa justa, lo suyo que la justicia manda dar a quién le es debido.
Cuando decimos ‘no hay derecho’, damos a entender que algo no es justo. • Cuando decimos que alguien ‘tiene derecho’ a algo, estamos afirmando que ese algo es suyo y le es debido (derecho objetivo), por lo tanto puede reclamarlo (derecho subjetivo).
El derecho objetivo causa del derecho subjetivo • Para que alguien pueda reclamar algo, tiene que ser suyo y debe serle debido. • Lo que es de alguien, no deja de ser suyo aunque no lo reclame.
2. D esla ciencia que estudia y determina lo que es justo en cada caso • En este sentido la justicia (lo justo objetivo, no la virtud) es el objeto del derecho.
Jurista es, el que sabe o estudia lo que es justo; su oficio es determinar el derecho (ius dicere), con el fin de que se cumpla la justicia.
Es D aquello que es justo (debido en justicia), y la ciencia práctica de lo justo. • tiene una terminología, unos conceptos, una lógica y método propio
3. Se suele también llamar D al conjunto de reglas (escritas, sobre todo que regulan el orden jurídico de una sociedad. Pero, en rigor, la ley determina el derecho, no es el derecho.
Fundamento del derecho • Siendo el D la cosa justa, el suum debido en justicia a alguien, parece claro que el derecho existe porque hay cosas (en el sentido amplio de bienes) que son de alguien y algún otro se las debe. • Que algún bien sea de alguien significa que le ha sido atribuido u otorgado de alguna manera.
Por algún título (por la ley, por el dueño, por la naturaleza, por una relación que le une a otros) • Quien goza de un derecho se le llama titular. • Que le sea debido significa que los demás deben respetar esa específica relación entre un bien y su titular.
El D implica dos tipos de relaciones: con las cosas (de las que se puede hablar en términos de tuyo y mío) y con los demás. • El D existe porque el hombre es un ser inteligente y libre, capaz de actos conscientes y queridos, de los que es responsable; su actividad se proyecta hacia el exterior: hacia las cosas y hacia los demás.
En toda sociedad o grupo organizado de hombres, nacen relaciones, que deben ser reguladas por la justicia, (procurando dar a cada uno lo que le pertenece). • En toda sociedad debe haber un D, dirigido a establecer lo que es justo. Ubi societas ibi ius.
El D está en función de la naturaleza, fines y medios de la sociedad que contribuye a ordenar. • Las sociedades se especifican por sus fines en función de los cuales se organizan y ordenan