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PROCESO DE IMPORTACION DE CARNICOS. DESPACHO ADUANERO.
E N D
Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos aduaneros deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes o apoderados aduanales. (Art. 35 de la L.A.) Concepto
Pedimento y sus anexos Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente o apoderado aduanal, pedimento en la forma oficial aprobada. Agente aduanal: Es la persona física autorizada por la Secretaría, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en esta Ley.
Factura comercial La obligación de presentar facturas, se debe cumplir cuando las mercancías a importarse tengan un valor comercial en moneda nacional o extranjera superior a 300 dólares de los E.U.A. Documentos que deben adjuntarse al pedimento de importación
Documento de transporte (Conocimiento de embarque en tráfico marítimo o guía en tráfico aéreo)
Documentos que comprueben el cumplimiento de las RRNA’s Facultades del Ejecutivo Federal IV. Establecer medidas para regular o restringir la circulación o tránsito de mercancías extranjeras por territorio nacional procedentes del y destinadas al exterior, a través de acuerdos expedidos por la autoridad competente y publicados en el D.O.F. (Art. 4 L.C.E.).
Certificado de origen Objetivos: • Obtener los beneficios arancelarios negociados en los tratados de libre comercio o convenios internacionales (ALADI). • Desvirtuar el pago de Cuotas Compensatorias
Entes involucrados en el despacho aduanero • Autoridades Aduaneras • Agentes Aduanales • Consignatarios • Destinatarios • Propietarios • Poseedores • Tenedores • Remitentes.
DESPACHO ADUANERO DE IMPORTACION A.A. ELABORA EL PEDIMENTO DESADUANAMIENTO LIBRE DESADUANAMIENTO LIBRE A.A PRESENTA LA MERCANCÍA A . AL DESPACHO A.A. DESADUANA LA MERCANCIA 2º ACTIVACION MSA SEGUNDO RECONOCIMIENTO ADUANERO (DICTAMINADOR) RECONOCIMIENTO ADUANERO (VERIFICADOR) MODULO DE SELECCIÓN AUTOMATIZADO REVISION FISICA Y DOCUMENTAL DE LA MERCANCIA REVISION FISICA Y DOCUMENTAL DE LA MERCANCIA A.A. ENTREGA AL IMPORTADOR
Regulaciones y Restricciones No Arancelarias SAGARPA • Certificado Zoosanitario Internacional • Factura comercial • Hoja de requisitos • Inspección
Certificado Zoosanitario Internacional Es un documento extendido por una entidad competente del país de origen, en el que se hace constar el buen estado sanitario de las mercancías de origen animal en él consignadas.
Hoja de Requisitos Zoosanitarios Documento expedido por la SAGARPA que contiene las disposiciones de observancia general a cumplir, para la importación de productos o subproductos de origen animal, que puedan representar un riesgo zoosanitario, cuyos requisitos no estén establecidos en una Norma Oficial Mexicana (LFSV)
Inspección Revisión para constatar el cumplimiento de las disposiciones y demás ordenamientos aplicables en la materia, efectuada por personal oficial de la SAGARPA o unidad de verificación aprobada, debiéndose realizar previa identificación de dichos actuantes y levantándose acta circunstaciada al concluir la misma.
Reconocimiento Aduanero • Examen de mercancías de importación y exportación. • Verificar la veracidad de la información declarada. • Unidades de medida señaladas, así como el número de piezas, volumen y otros datos que permitan cuantificar la mercancía. • Descripción, naturaleza, estado, origen.
Gracias por su atención Carlos J. Villada Pérez Asesor Operativo CAAAREM mail: cvillada@caaarem.org.mx