340 likes | 457 Views
TEMA 6 LA EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE E-A EN EP. ¿Por qué es importante la evaluación?. Sin una evaluación difícilmente podremos comprobar: Qué han aprendido los alumnos. Cómo lo han aprendido. Nuestra práctica educativa. “ Lo que no se evalúa se devalúa ” Miguel Fdez. Pérez.
E N D
¿Por qué es importante la evaluación? • Sin una evaluación difícilmente podremos comprobar: • Qué han aprendido los alumnos. • Cómo lo han aprendido. • Nuestra práctica educativa. • “Lo que no se evalúa se devalúa” Miguel Fdez. Pérez.
DEFINICIÓN • Un proceso sistemático de recogida de información que es necesario planificar y en el que se han de incorporar diversas técnicas e instrumentos, que nos permitan comprender aquello que se evalúa. • Está orientado a la toma de decisiones, permitiendo mejorar la realidad educativa. • La evaluación NO es la simple medición de los productos conseguidos.
TIPOS DE EVALUACIÓN -I • 1 Desde el punto de vista temporal • -Evaluación inicial, llamada también exploración inicial, se ubica en la fase preactiva, con el fin de efectuar los correspondientes ajustes o adaptaciones del programa teniendo en cuenta la situación de partida de los alumnos. • -Evaluación de proceso o evaluación continua, se lleva a cabo en la fase interactiva, durante todo el proceso de intervención, • -Evaluación de producto o final. Normalmente se lleva a cabo cuando se termina una unidad de trabajo escolar o al finalizar un curso o un ciclo o una etapa de enseñanza.
TIPOS DE EVALUACIÓN -II • 2.-Desde el punto de vista de los fines • Evaluación diagnóstica (coincide con la E. inicial): • Suele ubicarse antes del programa de intervención y tiene por finalidad -ya señalada al tratar de la ev. inicial- conseguir un conocimiento lo más exacto posible acerca de las capacidades, limitaciones, intereses y experiencias de los alumnos. • Evaluación formativa: (coincide con la evaluación continua) • Tiene por objeto el control de proceso con el fin de ir ajustándolo continuamente, apartando los obstáculos que vayan presentándose, evitando lagunas y proporcionando feed-back correctivos. Así evitaremos fracasos irreparables. • Evaluación sumativa: (coincide con la evaluación final) • Tiene por objeto averiguar el grado en que se han conseguido los objetivos previstos con vistas a la promoción de los alumnos y a la certificación de estudios.
Evaluación diagnóstica (coincide con la E. inicial): • Suele ubicarse antes del programa de intervención y tiene por finalidad conseguir un conocimiento lo más exacto posible acerca de las capacidades, limitaciones, intereses y experiencias de los alumnos. • Se habla de evaluación diagnóstica cuando se tiene que ilustrar acerca de condiciones y posibilidades de iniciales aprendizajes o de ejecución de una o varias tareas. • A. Propósito: Tomar decisiones pertinentes para hacer el hecho educativo más eficaz, evitando procedimientos inadecuados. • B. Función: Identificar la realidad de los alumnos que participarán en el hecho educativo, comparándola con la realidad pretendida en los objetivos y los requisitos o condiciones que su logro demanda. • C. Momento: al inicio del hecho educativo, sea éste todo un Plan de Estudio, un curso o una parte del mismo. • D. Instrumentos preferibles: básicamente pruebas de interrogación, explorando o reconociendo la situación real de los estudiantes en relación con el hecho educativo. Preguntas, debates, etc. • E. Manejo de resultados: Adecuar los elementos del proceso enseñanza aprendizaje tomándose las providencias pertinentes para hacer factible, o más eficaz el hecho educativo, teniendo en cuenta las condiciones iniciales del alumnado. La información derivada es valiosa para quien administra y planea el curso, por lo que no es indispensable hacerla llegar al estudiante.
Evaluación formativa: (coincide con la evaluación continua) • Tiene por objeto el control de proceso con el fin de ir ajustándolo continuamente, apartando los obstáculos que vayan presentándose, evitando lagunas y proporcionando feed-back correctivos. Así evitaremos fracasos irreparables. • A. Propósito: tomar decisiones respecto a las alternativas de acción y dirección que se van presentando conforme se avanza en el proceso de enseñanza aprendizaje. • B. Función: • 1. Dosificar y regular adecuadamente el ritmo del aprendizaje. • 2. Retroalimentar el aprendizaje con información desprendida de los exámenes. • 3.Enfatizar la importancia de los contenidos más valiosos. • 4.Dirigir el aprendizaje sobre las vías de procedimientos que demuestran mayor eficacia. • 5. Informar a cada estudiante acerca de su particular nivel de logro. • 6. Determinar la naturaleza y modalidades de los subsiguientes pasos. • C. Momentos: Durante el hecho educativo, en cualquiera de los puntos críticos del proceso, al terminar una unidad didáctica, al emplear distintos procedimientos de enseñanza, al concluir el tratamiento de un contenido, etc. • D. Técnicas e instrumentos Preferibles: • Pruebas. (Exámenes orales o escritos), Observación (escalas de observación, etc), Análisis de tareas (realizar una actividad puntual, cuaderno de clase, trabajos realizados en clase y en casa), Interrogación. • Esta información es valiosa tanto para el profesor como para el alumno, quien debe conocer no sólo la calificación de sus resultados, sino también el por qué de ésta, sus aciertos (motivación y afirmación) y sus errores (corrección y repaso).
Evaluación sumativa: (coincide con la evaluación final) • Tiene por objeto averiguar el grado en que se han conseguido los objetivos previstos con vistas a la promoción de los alumnos y a la certificación de estudios. • A. Propósito: tomar las decisiones pertinentes para asignar una calificación totalizadora a cada alumno que refleje la proporción de objetivos logrados en el curso, semestre o unidad didáctica correspondiente. • B. Función: explorar en forma equivalente el aprendizaje de los contenidos incluidos, logrando en los resultados en forma individual el logro alcanzado. • C. Momento: al finalizar el hecho educativo (curso completo o partes o bloques de conocimientos previamente determinados). • D. Técnicas e instrumentos preferibles: pruebas escritas, orales y objetivas que incluyan muestras proporcionales de todos los objetivos incorporados a la situación educativa que va a calificarse. • E. Manejo de resultados: conversión de puntuaciones en calificaciones que describen el nivel de logro, en relación con el total de objetivos pretendido con el hecho educativo. El conocimiento de esta información es importante para las actividades administrativas y los alumnos, pero no se requiere. una descripción detallada del por qué de tales calificaciones, ya que sus consecuencias prácticas están bien definidas y no hay corrección inmediata dependiendo de la comprensión que se tenga sobre una determinada circunstancia.
EVALUACIÓN EN EL CURRÍCULO CANARIO • 1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta el progreso del alumnado en el conjunto de las áreas del currículo. • 2. La evaluación se llevará a cabo atendiendo a los diferentes elementos del currículo. A tal efecto, los criterios de evaluación de las áreas serán referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas. • 3. En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del ciclo, tan pronto como se detecten las dificultades, estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo y serán objeto de evaluación. • 4. Los maestros y las maestras evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.
EVALUACIÓN GENERAL DE DIAGNÓSTICO. • 1. La evaluación general de diagnóstico que se realizará a todo el alumnado al finalizar el segundo ciclo de la Educación Primaria no surtirá efectos académicos, tendrá carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa. • 2. La Consejería competente en materia de educación proporcionará a los centros los modelos y apoyos pertinentes, a fin de que todos ellos puedan realizar de modo adecuado estas evaluaciones. • 3. Los centros utilizarán los resultados de estas evaluaciones para, entre otros fines, organizar, en el tercer ciclo de la Educación Primaria, las medidas de refuerzo para los alumnos y las alumnas que las requieran, dirigidas a garantizar que todo el alumnado alcance las correspondientes competencias básicas. Asimismo, estos resultados permitirán, junto con la evaluación continua de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar y reorientar, si procede, las actuaciones desarrolladas en los dos primeros ciclos de la etapa.
LA EVALUACIÓN EN LA U.D.-I • La evaluación inicial es un proceso qué debe preceder a la introducción de toda UD y tiene como finalidad obtener información acerca de los conocimientos, habilidades y actitudes qué posee el alumnado a quien va dirigida la enseñanza. • Sugerencias para la Evaluación Inicial: • Realizar una salida, relacionada con el tema qué se tratará en el aula en los próximos días y preguntar a los niños/as qué conocimientos tienen sobre determinados aspectos establecidos de antemano por el maestro/a. • Utilizar un test escrito de preguntas cerradas en las qué se responda con un “sí”, “no”, “verdadero”, “falso”, etc. • Proyectar un vídeo, diapositivas o un Power Point y posteriormente establecer un coloquio colectivo sobre lo observado y experimentado. • Diseñar juegos (de mesa, dramáticos, al aire libre…) cuya puesta práctica suponga alcanzar el grado de conocimiento qué poseen los niños respecto al tema central, etc.
LA EVALUACIÓN EN LA U.D.-II • El maestro tutor y los especialistas evaluarán al alumno tanto al principio de la unidad como durante el proceso de enseñanza-aprendizaje (evaluación formativa) y al final de la unidad (evaluación sumativa) • Evaluación Formativa: Se realiza en el desarrollo de la UD y permite al maestro modificar, si fuera necesario, el desarrollo de la misma. La metodología para este tipo de evaluación es la observación continuada tanto de los comportamientos y actitudes de los niños como de las tareas y juegos realizados.
LA EVALUACIÓN EN LA U.D.-III • Evaluación Sumativa: es la que nos informa sobre el grado de adquisición de los objetivos, contenidos y CCBB contenidos en la UD. El referente inmediato son los objetivos didácticos, a través de los criterios de evaluación. • Evaluación de la práctica Docente: necesaria en cada UD. Será formativa y sumativa y quedará recogida en un instrumento de evaluación: vídeo, diario del maestro, Informe realizado por un observador externo, grabaciones de sonido, etc.
LA EVALUACIÓN EN LA U.D.-IV • Evaluación de la práctica Docente(viene) El maestro establecerá el grado de adecuación de los siguientes elementos: • Los objetivos, CCBB y contenidos seleccionados • Los valores y temas transversales seleccionados • La efectividad y adecuación de las actividades a los objs. • La motivación lograda • Los agrupamientos establecidos • Los materiales y los recursos utilizados • La organización espacio-temporal planteada • La participación del alumnado • La colaboración de los padres • La coordinación del profesorado • La atención a la diversidad, la individualización de la enseñanza • Los temas tratados • La adecuación a la Concreción curricular del PE • Etc.
ORDEN de 7 de noviembre de 2007, por la que se regula la evaluación y promoción del alumnado que cursa la enseñanza básica
Objeto y ámbito de aplicación. • La evaluación se llevará a cabo atendiendo a los diferentes elementos del currículo. A tal efecto, los criterios de evaluación de las áreas del ciclo o de las materias, ámbitos o módulos del curso o programa serán referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas como el de consecución de los objetivos de la etapa.
Carácter de la evaluación • La evaluación del alumnado que curse la enseñanza básica será continua, lo que permitirá contar, en cada momento, con una información general de su aprendizaje para facilitar la detección de dificultades, la adecuación del proceso de enseñanza a sus necesidades, la aplicación de medidas de apoyo educativo con carácter individual o de grupo, la orientación al alumnado en sus actitudes, pautas de trabajo y elecciones curriculares, el diseño de acciones tutoriales y el establecimiento de formas de colaboración con las familias.
Resultados de la evaluación • Los resultados de la evaluación se expresarán en la enseñanza básica en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) o Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas las demás. • Educación Secundaria Obligatoria, además, irán acompañados de una calificación numérica, sin emplear decimales
Documentos oficiales de evaluación. • Los documentos oficiales de evaluación en la Educación Primaria y en la Educación Secundaria Obligatoria serán los siguientes: el expediente académico, las actas de evaluación, el informe personal, el historial académico de Educación Primaria y el historial académico de Educación Secundaria Obligatoria • En cualquier caso, en la tramitación de los documentos se garantizará la protección de los datos de carácter personal, en particular de aquellos necesarios para el desarrollo de la función docente y orientadora, que afecten al honor e intimidad del alumnado y de sus familias
Expediente académico • . El expediente académico es el documento oficial que incluye los datos de identificación del centro y del alumno o de la alumna y refleja toda la información que tiene incidencia en el proceso de evaluación: • a) Resultados de evaluación de cada ciclo, curso o programa. • b) Grado de desarrollo y adquisición de las competencias básicas. • c) Información que se derive de la evaluación de diagnóstico. • d) Necesidades específicas de apoyo educativo. • e) Aplicación y seguimiento de medidas de atención a la diversidad que incluyan, en su caso, las adaptaciones curriculares realizadas. • f) Todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del progreso general del alumno o de la alumna, incluido el consejo orientador previsto en el último curso de la E.S.O.
Historial académico de Educación Primaria • En el historial académico se recogerán al menos los datos de identificación del centro y del alumno o de la alumna, las áreas cursadas en cada uno de los años de escolarización y los resultados de la evaluación obtenidos en cada ciclo, indicando las áreas que se han cursado con adaptaciones curriculares. Asimismo, recogerá las fechas en las que se ha decidido la promoción al ciclo o a la etapa siguiente y, en su caso, la información relativa a los cambios de centro.
Informe personal. • 1. El informe personal es el documento oficial que garantiza la continuidad del proceso de aprendizaje del alumnado y que recoge toda la información generada a lo largo de la escolarización obligatoria. • 2. Este informe será elaborado por el tutor o la tutora a partir de los datos facilitados por el profesorado de las áreas, materias, ámbitos o módulos • 3. El informe personal será el documento de referencia para el desarrollo de las sesiones de evaluación inicial en cada uno de los cursos escolares. • 4. Al finalizar la Educación Primaria, el informe personal de cada alumno o alumna será remitido al centro donde cursará la Educación Secundaria Obligatoria. • 5. En el caso de traslado de centro, este informe personal se remitirá al centro de destino junto al historial académico de la etapa correspondiente. Si este traslado se produce una vez iniciado el curso, el informe incluirá los resultados parciales de la evaluación.
Sesiones de evaluación-I • Las sesiones de evaluación son las reuniones que realiza el equipo docente para valorar el aprendizaje del alumnado y la práctica educativa. Con el fin de facilitar la coordinación en el desarrollo de las sesiones de evaluación de los grupos que conforman cada ciclo, el proyecto educativo del centro concretará aquellos aspectos de los criterios de evaluación imprescindibles para valorar el grado de desarrollo de las competencias básicas • El tutor o la tutora de cada grupo tendrá la responsabilidad de coordinar las sesiones de evaluación y los procesos de enseñanza y de aprendizaje, además de la función de orientación personal del alumnado, con el apoyo, en su caso, del orientador o de la orientadora del centro. Asimismo, deberá transmitir a las familias la información sobre el proceso educativo de sus hijos y de sus hijas.
Sesiones de evaluación-II • Al comenzar el curso se realizará una sesión de evaluación inicial a la que deberá asistir el tutor o la tutora del curso anterior, para informar acerca de las características específicas que pueda presentar el alumnado, así como de las medidas educativas de apoyo propuestas o de las ya adoptadas recogidas en los informes personales. • Además se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación a lo largo del curso, una por trimestre. La última sesión de evaluación tendrá carácter de evaluación final y en ella se tomarán las decisiones de promoción al ciclo o a la etapa siguiente. • El tutor o la tutora de cada grupo redactará un informe del desarrollo de cada sesión en el que reflejará todos los acuerdos alcanzados • Para realizar el seguimiento de las medidas de apoyo educativo y analizar su continuidad o modificación según los resultados obtenidos, se dedicarán al menos tres sesiones de coordinación de ciclo durante el curso escolar.
Promoción. • 1. Al finalizar cada uno de los ciclos, el profesorado del grupo adoptará las decisiones sobre la promoción del alumnado, tomándose en especial consideración la información y el criterio del tutor. • 2. Se accederá al ciclo educativo siguiente siempre que se considere que se ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las CCBB. Se promocionará, asimismo, siempre que los aprendizajes no adquiridos no impidan seguir con aprovechamiento el ciclo posterior. En este caso, se aplicarán las medidas de apoyo educativo necesarias para alcanzar dichos aprendizajes. • 3. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado anterior, el alumno o la alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la Educación Primaria, con preferencia en el segundo o el tercer ciclo para no agotar esta posibilidad en edades tempranas. A este efecto, los centros deberán diseñar un plan de recuperación de los aprendizajes no adquiridos con el fin de favorecer el desarrollo de las competencias básicas correspondiente al ciclo. • 4. Se accederá a la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria si se ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas. Se promocionará, asimismo, siempre que los aprendizajes no adquiridos no impidan seguir con aprovechamiento la nueva etapa. • 5. No se podrá promocionar a la etapa siguiente si no se han agotado las medidas de apoyo educativo previstas, entre las que habrá de encontrarse la permanencia de un año más en el ciclo.
Alumnado con necesidades educativas especiales. • 2. La escolarización de este alumnado en la etapa de Educación Primaria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 12, siempre que ello favorezca el desarrollo correspondiente de las competencias básicas. • 3. La evaluación del alumnado con adaptación curricular individualizada se realizará tomando como referente los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones. Si al finalizar el segundo ciclo, el alumno o la alumna no ha alcanzado los objetivos de la Educación Infantil, deberá permanecer un año más en el ciclo. Si al finalizar el tercer ciclo de esta etapa el alumno o la alumna no ha alcanzado el grado de desarrollo de las competencias básicas correspondiente al primer ciclo, no podrá promocionar sin haber agotado lo previsto en el apartado anterior. • 4. En los documentos oficiales de evaluación deberá añadirse un asterisco (*) a la calificación del área o de las áreas objeto de adaptación.
Procedimiento de información a las familias-I • 1. Al comienzo de cada curso escolar el profesorado dará a conocer los objetivos, contenidos y criterios de evaluación exigibles para obtener una valoración positiva en las distintas áreas, materias, ámbitos o módulos que formen el currículo, así como los criterios de calificación, los instrumentos de evaluación del aprendizaje que se van a utilizar y, en su caso, la información sobre medidas educativas de apoyo y las adaptaciones curriculares derivadas de las necesidades que presente el alumnado. Asimismo, el tutor o la tutora de cada grupo informará al alumnado de su tutoría y a las familias acerca de los requisitos que determinan la promoción al siguiente ciclo o curso y, en el caso del cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria, de aquellos necesarios para la obtención del título. • 2. Al menos tres veces a lo largo del curso, el tutor o la tutora informará por escrito a las familias y al alumnado sobre el aprovechamiento académico de éste y la marcha de su proceso educativo incluyendo, en su caso, la información sobre las medidas educativas de apoyo y las adaptaciones curriculares. Asimismo, para favorecer el seguimiento del proceso educativo, los padres y madres podrán entrevistarse con el profesorado de las distintas áreas, materias, ámbitos o módulos según el procedimiento que cada centro disponga.
Procedimiento de información a las familias-II • 3. En el último curso de la Educación Secundaria Obligatoria el tutor o la tutora informará a las familias sobre el consejo orientador emitido por el equipo docente, al que se refiere el artículo 16.8 de la presente Orden. • 4. Al finalizar el curso se informará por escrito al alumnado y a sus familias acerca de los resultados de la evaluación final ordinaria. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas y materias cursadas por los alumnos y las alumnas, la decisión acerca de su promoción al ciclo o curso siguiente, y las medidas adoptadas, en su caso, para que alcancen los objetivos programados. • 5. En la Educación Secundaria Obligatoria los centros comunicarán al alumnado y sus familias los resultados obtenidos en las pruebas extraordinarias y, en su caso, las decisiones sobre promoción y titulación que se deriven.
Garantías en el proceso de evaluación. • 1. Cuando un alumno o una alumna, o, si es menor de edad, su padre o madre, esté en desacuerdo con las calificaciones obtenidas en la evaluación final del ciclo o curso, o con las decisiones adoptadas, podrá reclamar por escrito, alegando: • a) La notable discordancia entre el desarrollo de las programaciones didácticas en el aula y su incidencia en la evaluación. • b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación recogidos en las programaciones didácticas de las distintas áreas y materias. • c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso. • d) La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la presente Orden.
Procedimiento para la resolución de las reclamaciones • 1. En la Educación Primaria el procedimiento de resolución se desarrollará como sigue: • a) Si la reclamación se refiere a la calificación final otorgada en algún área en el proceso de evaluación continua, el Director o la Directora del centro requerirá un informe al profesorado que imparte el área y otro al tutor o a la tutora del grupo, quien lo preparará previa reunión con el resto del equipo docente. La Dirección resolverá y notificará por escrito a la persona interesada en el plazo de dos días hábiles. • b) Si la reclamación se refiere a decisiones de promoción de ciclo o a la etapa siguiente, la Dirección del centro resolverá teniendo en cuenta el informe de la sesión de evaluación final del grupo correspondiente al alumno o a la alumna, aportado por el tutor o la tutora. La resolución adoptada, que será motivada, se notificará por escrito a la persona interesada en el plazo de dos días hábiles.
Evaluación de los centros. • 1. La evaluación de los centros es un instrumento para propiciar la mejora de la calidad del sistema educativo. • 2. Se establecerán procedimientos de evaluación de los distintos ámbitos y agentes de la actividad educativa: alumnado, profesorado y centros. • 3. Los órganos de gobierno de los centros garantizarán, dinamizarán y favorecerán la participación efectiva de los miembros de la comunidad educativa en la vida del centro, en su gestión y en su evaluación, potenciando el ejercicio de su participación democrática. • 4. La evaluación de los centros incluirá tanto la evaluación interna como externa. • 5. La Inspección de Educación participará en la evaluación de los centros educativos así como de sus programas y servicios, con la periodicidad que se determine.
Autoevaluación del centro. • 1. Las Administraciones educativas apoyarán y facilitarán la autoevaluación de los centros educativos, fomentando los procesos de participación de la comunidad educativa. • 2. Los centros docentes sostenidos con fondos públicos realizarán de manera permanente una autoevaluación de su funcionamiento, de los programas y actividades que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y del rendimiento de su alumnado. El resultado de este proceso se plasmará anualmente en la memoria final de curso. • 3. El equipo directivo favorecerá la participación de la comunidad educativa y propondrá al Consejo Escolar los criterios de planificación de la evaluación del centro que quedarán recogidos en la programación general anual. • 4. El Claustro del profesorado y el Consejo Escolar, en el ámbito de sus respectivas competencias, valorarán al final de cada curso el plan de autoevaluación con propuestas de mejora para el curso siguiente, que se recogerán en la memoria final de curso. • 5. Al objeto de facilitar el proceso de autoevaluación, la Consejería competente en materia educativa, informará y asesorará sobre modelos y procedimientos de autoevaluación. Asimismo, establecerá los objetivos claves en la autoevaluación de los centros.
Evaluación externa de los centros. • 1. La Consejería competente en materia educativa impulsará la elaboración y el desarrollo de planes de evaluación de los centros educativos y de valoración de la función directiva y docente. • 2. En los planes de evaluación externa de los centros que corresponde a la Administración educativa, deberán colaborar los órganos colegiados y el equipo directivo, los órganos de coordinación didáctica y los servicios externos, así como los distintos sectores de la comunidad educativa y sus organizaciones. • 3. La evaluación del centro deberá tener en cuenta las conclusiones obtenidas en las evaluaciones precedentes, los resultados de la autoevaluación del centro, así como el contexto socioeconómico y los recursos de que dispone. • 4. La Consejería competente en materia educativa colaborará con los centros en la resolución de los problemas que hubieran sido detectados en la evaluación realizada. • 5. Los resultados de la evaluación serán comunicados al Consejo Escolar y al Claustro del profesorado de cada centro para su análisis y valoración. Las conclusiones obtenidas por ambos órganos se harán públicas. • 6. Los equipos directivos participarán en el diagnóstico sobre los niveles efectivos de las prestaciones o servicios de los centros y su relación con las expectativas de los ciudadanos, así como la medición del grado de cumplimiento de los compromisos declarados en sus Cartas de Servicios.