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Introducción a los AMUMAs Andrea Brusco

Introducción a los AMUMAs Andrea Brusco. PNUMA/ORPALC. HITOS AMBIENTALES MUNDIALES. 1972 - Estocolmo Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano 1992 - Rio de Janeiro Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo 2002 - Johannesburgo

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Introducción a los AMUMAs Andrea Brusco

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  1. Introducción a los AMUMAsAndrea Brusco PNUMA/ORPALC

  2. HITOS AMBIENTALES MUNDIALES • 1972 - Estocolmo Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano • 1992 - Rio de Janeiro Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo • 2002 - Johannesburgo Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible • 2012 – Rio de Janeiro Conferencia Mundial sobre Desarrollo Sostenible

  3. 1972 – EstocolmoConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano • Primera gran Conferencia Internacional dedicada a problemas ambientales, • Convocada por la AGNU en dic. 1968, • Inicio del derecho internacional ambiental, • Creación del PNUMA, con la finalidad de fomentar y apoyar la cooperación en materia ambiental. Paradigma: protección ambiental bajo una visión antropocéntrica.

  4. 1972 – EstocolmoConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano Resultados- Res. AG 2994 de 15/12/72 - • Plan de Acción para el Medio Humano, 109 recomendaciones específicas en tres categorías: - Evaluación ambiental - Gestión ambiental - Medidas de apoyo

  5. 1972 – EstocolmoConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano • Declaración de Estocolmo sobre el Medio Humano - 26 principios no vinculantes: - Derecho fundamental a la libertad, igualdad y el disfrute a condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad que le permita llevar una vida digna. - Preservación de los recursos naturales en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

  6. 1972 – EstocolmoConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano - Necesidad de impedir la contaminación de los mares y poner fin a la descarga de sustancias tóxicas. - Importancia de la asistencia financiera y tecnológica. - Necesidad de confiar a instituciones nacionales la planificación, gestión y control de la utilización de los recursos naturales. - Necesidad de educación ambiental. - El desarrollo económico y social es indispensable para asegurar al hombre un ambiente de vida y trabajo favorable.

  7. 1972 – EstocolmoConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano - Las medidas ambientales de los Estados no deben menoscabar el crecimiento de los países en desarrollo u obstaculizar el logro de mejores condiciones de vida. - Derecho soberano de los Estados para explotar sus rec. naturales y obligación de asegurar que las actividades bajo su control o jurisdicción no perjudiquen a otros Estados o zonas fuera de la jurisdicción nacional.

  8. 1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo “(…) No fue una reunión científica sobre ecología, fue una reunión política con fuerte contenido económico, donde se discutieron no sólo las formas y métodos para preservar el medio ambiente sino los criterios para asegurar la participación de todos los pueblos en los beneficios que racionalmente pueden obtenerse de los recursos naturales (…)”.

  9. 1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo • 178 países, 112 de ellos representados por sus Jefes de Estado y de Gobierno. • Creación de la Comisión de la ONU sobre Desarrollo Sostenible – CDS. Paradigma: desarrollo sostenible – equidad intergeneracional.

  10. 1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo • Resultados I. Instrumentos jurídicamente vinculantes • Convenio sobre la Diversidad Biológica, • Convenio Marco de las NU sobre el Cambio Climático, • Bases para la formulación y negociaciónde la Convención de Lucha contra la Desertificación y la Sequía. II. Instrumentos no vinculantes • Declaración sobre Bosques, • Agenda 21, • Declaración de Río.

  11. 1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo Agenda 21 40 Capítulos divididos en 4 secciones: I Dimensiones sociales y económicas, II Conservación y gestión de los recursos para el desarrollo, III Fortalecimiento del papel de los grupos principales, IV Medio de ejecución.

  12. 1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo: Reafirma la Declaración de Estocolmo, Proclama 27 principios que buscan: “establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores clave de las sociedades y las personas”, y “alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial”.

  13. 1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo • Sus principios pueden agruparse en: - Derecho a un medio ambiente adecuado (1) - Derechos de Acceso: información - participación - justicia (10) - Implementación nacional del desarrollo sostenible (3, 4, 8, 20, 21) - Deber de cooperar (5, 6, 7, 9, 12, 18, 19) - Deber de evitar el daño ambiental (2, 14, 17, 24) - Deber de reparar el daño ambiental (10, 13) - Deber de adoptar legislaciones ambientales (11) - Principio contaminador - pagador (16) - Reconocimiento del derecho de las minorías (22, 23) - Principio (enfoque) de precaución (15) - Indisolubilidad de la paz, el desarrollo y la protección ambiental (25, 26)

  14. 1992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo Valor agregado: - Los Principios del 6 al 9 de la Dec. de Río se refieren a la prioridad que deben tener la situación y necesidades especiales de los PeD y a la responsabilidad de los PD - Principio de las responsabilidades comunes pero diferenciadas -. - Los principios de contaminador-pagador (16) y de EIA (17) no son tratados en la Dec. de Estocolmo (DE). - Los principios 20, 21 y 22 se refieren al papel fundamental que desempeñan en la gestión del medio ambiente y en el desarrollo las mujeres, los jóvenes y los pueblos indígenas y la comunidades locales. Estos grupos no se mencionan en la DE. - El principio 23, referido a la preocupación por la protección del medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresión, ocupación y dominación, tampoco es mencionado en la DE. - La DE no se refiere al tema del posible deterioro del medio ambiente causado por la guerra (24).

  15. 2002 - Johannesburgo Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible Resultados Tipo 1: Plan de Implementación (JPOI) Declaración de Johanesburgo sobre Desarrollo Sostenible Resultados Tipo 2: Iniciativas y alianzas Iniciativa Latinoamericana y Caribeña para el Desarrollo Sostenible

  16. CMDS - Metas del JPOI Recursos Naturales: Recursos marinos y pesca • Para el 2012 facilitar el uso de herramientas como la eliminación de prácticas de pesca destructiva, el establecimiento de áreas marinas protegidas y de sistemas de vedas para favorecer el uso adecuado de las zonas costeras, la planificación de las cuencas y la integración del manejo de áreas marino costeras en sectores clave.

  17. CMDS - Medios de Implementación del JPOI • Principio de Responsabilidades Comunes pero Diferenciadas (7); • Flujo de recursos financieros, en particular hacia los PeD; • Oportunidades comerciales, transferencia de tecnologías ambientalmente racionales sobre una base preferencial o concesional, la sensibilización y la creación de capacidades, • Apoyo mutuo entre el sistema multilateral de comercio y los AMUMAs, • Toma de decisiones basadas en la ciencia y reafirmar el Principio de Precaución (15); • Acceso, al nivel nacional, a la información, los procedimientos administrativos y judiciales y a la participación pública en la toma de decisiones (10);

  18. CMDS – Medios de Implementación del JPOI Fortalecimiento del marco institucional a nivel nacional: • Tomar inmediatamente las medidas necesarias para progresar en la formulación de sus estrategias nacionales de des. sostenible e iniciar su implementación el 2005. • Adoptar y aplicar una legislación clara y efectiva a los fines del desarrollo sostenible. • Crear o fortalecer sus instituciones gubernamentales, promoviendo la transparencia y la responsabilidad. Participación de los Grupos Principales: • Fortalecer las alianzas entre los actores gubernamentales y no gubernamentales, incluyendo los grupos principales, en programas y actividades tendientes al des. sostenible

  19. AMUMAs • Contenido: • Son vinculantes para Estados parte • Funcionalidad protectora y multidimensionales (esferas económicas, sociales, políticas, técnicas, etc.) • Generan compromisos de adoptar medidas en ámbito interno, algunos con normas concretas (self-executing) • Asimetría convencional: relativización de las obligaciones en función de calendarios, así como en función de la diferenciación de las Partes (ej. Protocolo de Montreal, Protocolo de Kioto: los compromisos son diferenciados para países desarrollados (PD) y países en desarrollo (PeD), PD se comprometen a prestar asistencia financiera, transferencia de tecnología a PeD

  20. AMUMAs • Forma y estructura: • Formato dual. Articulado con obligaciones de las Partes, y anexos, que contienen disposiciones de carácter científico y técnico. • Procesos de institucionalización cada vez más desarrollados. Aplicación continuada desde su entrada en vigor. Mecanismos institucionales de seguimiento: la COP, Secretaría, un organismo de cooperación científica y técnica, organismos financieros. • Continuidad del proceso convencional. Tratado Marco con reglas básicas y posterior/es protocolo/s con regulaciones detalladas (objetivos jurídicamente vinculantes). • Creciente complejidad y tecnificación.

  21. Aspectos de aplicación y cumplimiento de AMUMAs: • Presentación de informe periódico por el Estado Parte y/o procesos admonitorios (cooperativos). Comité de Aplicación. • En materia de resolución de controversias ambientales en general: los Estados pueden acudir a los medios de solución políticos ― negociación, mediación, investigación, conciliación etc.― o jurídicos ― arbitraje y arreglo judicial ―.

  22. AMUMas pre-Río 1972-1992 • Convención sobre la Prevención de la Contaminación Marina por Vertimiento de Desechos y otras Materias, 1972 (vertidos de buques y naves). • Convención sobre el Patrimonio Mundial de la Humanidad, 1972 • MARPOL (contaminación producida desde buques) 1973, 78. • Convención de Tráfico de Especies Amenazadas de la fauna y la flora silvestres (CITES), 1973 • Convención sobre Especies Migratorias (CMS), 1979 • Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), 1982 • Convención para la protección de la capa de Ozono (Convención de Viena, 1985 y Protocolo de Montreal, 1987) • Convención sobre movimientos transfronterizos de residuos peligrosos (Convenio de Basilea), 1989

  23. AMUMAs Río Convenio sobre la Diversidad Biológica, Convenio Marco de las NU sobre el Cambio Climático, Bases para la formulación y negociaciónde laConvención de Lucha contra la Desertificación y la Sequía (1994)

  24. AMUMAs post-Río 1992-2002 • Protocolo de Kioto, CMNUCC, 1998 • Convenio de Rótterdam sobre Consentimiento Informado Previo relativo al Comercio Internacional de Sustancias Químicas y Plaguicidas Peligrosos (PIC), 1998 • Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, en el marco del CDB, 2000 • Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (PoPs o COPs), 2001

  25. Perspectivas • Sinergias • Aplicación y cumplimiento • Nuevos acuerdos vinculantes • RIO + 20: Gobernanza Ambiental Internacional y Economía verde.

  26. Muchas gracias

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