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II UNIDAD: LEGISLACION TRIBUTARIA. DERECHO TRIBUTARIO Rama del Derecho Financiero que comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan el nacimiento, determinación y aplicación de los tributos, los derechos y obligaciones que nacen tanto para el sujeto obligado como para el Estado acreedor
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II UNIDAD: LEGISLACION TRIBUTARIA • DERECHO TRIBUTARIO • Rama del Derecho Financiero que comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan el nacimiento, determinación y aplicación de los tributos, los derechos y obligaciones que nacen tanto para el sujeto obligado como para el Estado acreedor • Características: • Es una prestación en dinero • Es exigido forzadamente por el Estado • La imposición de un tributo se rige por el principio de legalidad • La imposición de un tributo nace del imperio del Estado • Los destinatarios de los tributos son las personas naturales, jurídicas y otras entidades que causan impuestos
DERECHO TRIBUTARIO • Los Tributos: “son prestaciones en dinero que el Estado en ejercicio de su poder de imperio exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines” • Clasificación de los tributos • Impuestos: “es la prestación en dinero que el Estado exige de ciertos sujetos económicos, coactivamente, sin contraprestación y de acuerdo a reglas fijas para financiar los servicios públicos que satisfacen necesidades colectivas de carácter indivisibles” • Tasas: “Es la prestación pecuniaria a la que es obligado el contribuyente por la prestación efectiva o potencial de una determinada actividad o servicio público. En las tasas la obligación del pago surge cuando el servicio es puesto a disposición del contribuyente, aunque éste no lo utilice.” • Contribuciones: “La contribución es el tributo que afecta al propietario de un bien inmueble y que deriva del aumento del valor de dicha propiedad por la realización de obras públicas. La definición corresponde a las denominadas “contribuciones de mejoras” y su fundamento se encuentra precisamente en el mayor valor de los inmuebles por la ejecución de obras públicas o infraestructura”.
DERECHO TRIBUTARIO • Principios del Derecho Tributario (y tributos) • Legalidad: no puede establecerse ningún tributo o carga impositiva sino por medio de una ley (en sentido estricto) (art. 19 nº 20 CPR) • Fundamento: la necesidad de proteger el derecho de propiedad de los contribuyentes y el consagrar un grado mínimo de seguridad jurídica. • Proporcionalidad: la carga tributaria que afecta a cada contribuyente debe ser adecuada y razonable. Se trata de asegurar que los tributos no sean expropiatorios
DERECHO TRIBUTARIO • Igualdad: Se refiere a la equitativa distribución de la carga impositiva.(art. 19 nº 20 CPR) • Fundamento: Al ser todas las personas iguales, se debe distribuir la carga impositiva equitativamente conforme a situaciones análogas. Estas situaciones análogas deben verse reflejadas además en la CAPACIDAD ECONOMICA del sujeto de impuesto. • Se puede reducir a la no existencia de situaciones arbitrarias y discriminatorias.
DERECHO TRIBUTARIO • Fuentes del Derecho Tributario • CPR: La que establece la organización del Estado, la forma de gobierno, las atribuciones de los poderes públicos y los derechos y garantías individuales. Son de gran importancia los arts.60 n°14, 62 n°1, art.19 n°20 y art.19 n°24, de los que derivan los principios tributarios constitucionales recién señalados. • La ley • D.L.824 Ley de Impuesto a la Renta, • D.L.825 Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios, • D.L.830 Código Tributario, • Ley 17.235 Ley de Impuesto Territorial, • D.L.3475 Ley de Impuesto de Timbres y Estampillas, • Ley 16.271 Ley de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones • D.L.3063 Ley de rentas Municipales
DERECHO TRIBUTARIO • Tratados internacionales: Principalmente relativos a tributación internacional. • Reglamentos y decretos del PdlR. • Reglamentos: emanan del Presidente de la República y son una colección ordenada y metódica de disposiciones que regulan ciertas materias que no son propias del dominio legal o que son dictadas para el cumplimiento o ejecución de las leyes. • Decretos: son normas de carácter particular que regulan una situación determinada. • Instrucciones y regulaciones de Servicio: • Las instrucciones son normas dictadas por superiores jerárquicos a sus subordinados para la correcta ejecución de las leyes, reglamentos o para cumplir en mejor forma la administración del Estado. Están contenidas en circulares (de carácter general) u oficios (de carácter particular). • Las resoluciones son simples decretos que emanan de otras autoridades distintas del Presidente de la República.
DERECHO TRIBUTARIO • Interpretación de la ley tributaria: • Interpretación jurídica: determinar el sentido y alcance de una norma jurídica o ley (en sentido amplio) • Clases de interpretación: • Privada: : Es aquella realizada por particulares, en tratados y revistas jurídicas y obviamente no es obligatoria pero en algunos casos tiene influencia en generación de la interpretación pública o de autoridad.
DERECHO TRIBUTARIO • Legal: Proviene de otra ley que fija el sentido de otra. (efecto ergaomnes) • Judicial: Es la que realizan los tribunales de justicia (efecto relativo) • Administrativa: Es aquella que emana del Director del Servicio (SII) en uso de la facultad que le confiere el art.6 letra A nº1 del C.T