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REGLAMENTO SANITARIO DE ETIQUETADO DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA EL CONSUMO HUMANO. PREVALENCIA DE SOBREPESO Y OBESIDAD, ECUADOR, 2012. PREVALENCIA DE SOBREPESO Y OBESIDAD, ECUADOR, 2012. RIESGOS PARA LA SALUD DEBIDO A LA INGESTA EXCESIVA DE ENERGÍA Y NUTRIENTES CRÍTICOS.
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REGLAMENTO SANITARIO DE ETIQUETADO DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA EL CONSUMO HUMANO
RIESGOS PARA LA SALUD DEBIDO A LA INGESTA EXCESIVA DE ENERGÍA Y NUTRIENTES CRÍTICOS
LA CARGA DE LA ENFERMEDAD • Sobrepeso y obesidad se asocia con hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedades respiratorias (asma), problemas psicosociales • Estas enfermedades, acortan la vida, la obesidad puede reducir la esperanza de vida de una persona hasta en diez años • Se estima que entre un 5 al 8% del presupuesto sanitario se debe a la obesidad. (Med Clin N Am 91 (2007) 321 – 338.; OPS, Facts sheet, abril, 2006; Estrategia para la nutrición, actividad física y prevención de la obesidad, NAOS, España, 2005; (World Economic Forum, Global Risks Report, 2010)
LA EVIDENCIA CIENTÍFICA • Hay gran cantidad de publicidad de alimentos • Los alimentos son el principal producto que se anuncian a los niños en la televisión • Los niños ven mucha televisión y tienen acceso a otros medios como internet • Gran parte de publicidad alimentaria corresponde a alimentos poco saludables • La promoción y publicidad de alimentos poco saludables a menudo incluyen obsequios • El envasado de alimentos y las promociones en los paquetes, van dirigidos a los niños para atraerlos • La publicidad influye en el comportamiento de adquisición de alimentos entre los niños • La publicidad alienta a los niños a pedir que les compren productos anunciadas. (OPS, 2011)
80 % de ECV, 90% diabetes y 30% de casos de cáncer, son prevenibles! • Consumo moderado de alimentos • 400 g diarios de frutas y verduras • Vida físicamente activa • Dejando de fumar
NIVEL DE CONCENTRACIÓN DE NUTRIENTES CRÍTICOS (GRASAS, SAL, AZÚCARES) EN ALIMENTOS PROCESADOS; ECUADOR, 2013 Universo: ≈30000 registros sanitarios de alimentos Universo – excepciones: 14955 registros sanitarios de alimentos Muestra: 996 registros sanitarios de alimentos (511 RS analizados) *excepciones: Alimentos que de acuerdo a la normativa técnica NTE INEN 1334-2 están exentos de la declaración de la tabla nutricional, además de los alimentos de inicio y continuación para lactantes, alimentos complementarios, alimentos para regímenes especiales, harinas y aditivos alimentarios.
BASE LEGAL Constitución de la República del Ecuador Art. 13 Derecho a la alimentación saludable. Constitución de la República del Ecuador Art. 52 Derecho a disponer de bienes y servicios de calidad y con información precisa.
BASE LEGAL El Estado a través de la autoridad sanitaria nacional, regulará y controlará todas las actividades relacionadas con la salud. Norma Suprema del Ecuador Art. 361 Los alimentos genéticamente modificados deben incluir obligatoriamente, en forma visible y comprensible sus etiquetas. Ley Orgánica de Salud Art. 151
BASE LEGAL Ley Orgánica de Defensa del Consumidor Art. 4 Derecho a la información adecuada, veraz, sobre los bienes y servicios ofrecidos en el mercado. Alienta a que la empresa privada “Adopte prácticas responsables, en particular con la comercialización de alimentos con alto contenido de grasas, azúcares o sal. Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud
REGLAMENTO SANITARIO DE ETIQUETADO DE ALIMENTOS PROCESADOS PARA EL CONSUMO HUMANO OBJETO El presente Reglamento tiene como objeto regular y controlar el etiquetado de los alimentos procesados para el consumo humano, a fin de garantizar el derecho constitucional de las personas a la información oportuna, clara, precisa y no engañosa sobre el contenido y características de estos alimentos, que permita al consumidor la correcta elección para su adquisición y consumo.
PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO 1.- Afirmar que consumiendo un producto por sí solo se llenan los requerimientos nutricionales de una persona. 2.- Utilizar logos, certificaciones y/o sellos de asociaciones, sociedades, fundaciones, federaciones y de grupos colegiados que estén relacionados a la calidad y composición del producto.
PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO 3.- Las marcas de conformidad relacionados con certificaciones de sistemas de calidad, procesos y otros, excepto las marcas de conformidad de certificaciones que han sido otorgadas al producto. 4.- Declarar que el producto cuenta con ingredientes o propiedades de las cuales carezca o atribuir un valor nutritivo superior o distinto al que se declare en el Registro Sanitario.
PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO 5.- Declarar propiedades nutricionales, incumpliendo los valores de referencia establecidos en las normas y reglamentos técnicos de etiquetado nutricional. 6.- Realizar comparaciones en menoscabo de otros productos.
PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO 7.- Declarar propiedades saludables que no puedan comprobarse. 8.- Atribuir propiedades preventivas o acción terapéutica para aliviar, tratar o curar una enfermedad.
PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO 9.- Utilizar imágenes de niños, niñas y adolecentes. 10.- Utilizar imágenes que no correspondan a las características del producto.
PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO 11.- Declarar frecuencia de consumo. 12.- Utilizar imágenes de profesionales de la salud.
PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO 13.- Utilizar imágenes de celebridades en productos con contenido alto o medio de grasas, azúcares y sal.
Reglamento Técnico Ecuatoriano de Rotulado de productos alimenticios procesados, envasados y empaquetados Se colocará un sistema gráfico con barras de colores colocadas de manera horizontal. Estos colores serán: rojo, amarillo y verde según la concentración de los componentes: a) La barra de color rojo está asignado para los com-ponentes de alto contenido y tendrá la frase “ALTO EN …”. b) La barra de color amarillo está asignado para los componentes de medio contenido y tendrá la frase “MEDIO EN …”. c) La barra de color verde está asignado para los componentes de bajo contenido y tendrá la frase “BAJO EN …”. Dependiendo de la naturaleza del producto cada componente estará representado por una barra de acuerdo a lo señalado en la TABLA No. 1.
BEBIDAS ENERGÉTICAS En el etiquetado de bebidas energéticas, que contengan cafeína, taurina y/o glucoronolactona, se incluirán las siguientes frases que complementarán las señaladas en la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2411: "Producto no recomendado para lactantes, niños, niñas, adolescentes, mujeres embarazadas, mujeres en período de lactancia, personas de la terce-ra edad, diabéticos, personas sensibles a la cafeína, personas con enfermedades cardiovasculares y gastrointestinales". “No consumir bebidas energéticas antes, durante y después de realizar actividad física, ni con bebidas alcohólicas”.
BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y TRANSGÉNICOS En el etiquetado de las bebidas alcohólicas, constará el mensaje de adverten-cia señalado en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Defensa del Con-sumidor vigente, cumpliendo con las especificaciones del instructivo correspondiente. Conforme lo descrito en el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 022 so-bre Rotulado de productos alimenticios, procesados, envasados y empaque-tados vigente, todo alimento procesado para el consumo humano que presente en su composición transgénicos, deberá incluir en su etiquetado la siguiente frase: “CONTIENE TRANSGÉNICOS”.
PLAZOS • 180 días (6 meses) contados a partir de la fecha de publicación en el Registro Oficial para las medianas y grandes empresas que importen. • 360 días (1 año) para las para las pequeñas y microempresas. El cambio de etiquetado por motivo de este Reglamento no tendrá ningún costo en la ARCSA.
SISTEMA AUTOMÁTICO ARCSA
LINK: etiquetado de alimentos procesados para el consumo humano