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Derecho. Derecho o objetivo: normas de conducta humana aplicación coercitiva conforme justicia
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Derecho Derecho o objetivo: normas de conducta humana aplicación coercitiva conforme justicia finalidad de ordenar relaciones en la sociedad Derecho subjetivo: facultad, poder o prerrogativa para exigir el cumplimiento Fuentes del derecho La ley La doctrina La jurisprudencia La costumbre
La ley • Que es? una regla social obligatoria emanada de autoridad competente. • Cuando es obligatoria? Las leyes son obligatorias después de su publicación y desde el día que determinen. • Si no determinan plazo? Si no designan tiempo, lo serán después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial • Es retroactiva? No tienen efecto retroactivo, (sean o no de orden público) salvo disposición encontrario, y en su caso no podrá afectar derechos otorgados por garantías constitucionales.
Doctrina : Opiniones de juristas expuestas en sus obras • Jurisprudencia : son las series de sentencias judiciales en las que se han resuelto casos análogos en el mismo sentido
La costumbre: uso repetido realizado por una comunidad que responde a una necesidad jurídica no pueden crear derechos salvo que las leyes se refieran a ellos o en situaciones no regladas legalmente
Sujetos de derecho • Es el titular de la relación jurídica llamado persona. ( Art. 30 CC ): “ ente suceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones” • Clasificación Art. 51 CC física: “signos de humanidad” son de existencia visible art 32 CC ideal o jurídica: “los que no son de exitencia visible” son personas juridicas o de existencia ideal
Atributos de la persona • Nombre: obligatorio, único, inmutable inalienable • Domicilio: de origen, legal, real, especial, etc. • Estado: es el lugar que uno ocupa en relación a otros y en la sociedad (estado político, profesional, civil o familiar). • Capacidad: derecho y hecho • Patrimonio
Capacidad de derecho: aptitud para ser titular de derechos y obligaciones (goce) Capacidad de hecho: aptitud para ejercer los derechos y obligaciones (ejercicio) Incapacidad de derechoabsoluta: no existe Incapacidad de derecho relativo Ej.: Art. 279: prohibición de contratar con los hijos que están bajo patria potestad, Art. 1358. no puede celebrar contrato de compra venta entre cónyuges Incapacidad de hecho absoluta: Persona por nacer, menores impúberes(-14), los dementes declarados, los sordomudos que no se dan a entender por escrito Incapacidad de hecho relativa: menores adultos(14-18), los condenados a prisión o reclusión por mas de tres años Otras incapacidades (inhabilitados) prodigalidad, toxicómanos o alcohólicos declarados, disminuidos en sus facultades Capacidad e Incapacidad
Otros casos de incapacidad • Religiosos profesos: algunos autores (Llambias, Borda) los consideran incapaces de derecho, otros (Segovia) como incapaces de hecho, otros (Moset Iturraspe) como imposibilidad de contratar, y otros (Spota y Bibilioni) como un precepto inconstitucional • Fallidos: alguno los consideran incapaces de derecho (Salvat) otros de hecho (Segovia), otros como una imposibilidad de contratar por el desapoderamiento que surge de la ley “ No pueden contratar…………los religiosos profesos de uno y otro sexo, sino cuando comprasen bienes muebles a dinero de contado, o contratasen por sus conventos; ni los comerciantes fallidos sobre bienes que correspondan a la masa del concurso, si no estipularen concordatos con sus acreedores”
Patrimonio • Patrimonio: conjunto de bienes cosas (objetos materiales) (Art.. 2311CC) objetos inmateriales (Art. 2312CC) • Caracteres: universalidad jurídica, único, necesario, garantía de los acreedores, etc. • Clasificación de las cosas consideradas en si mismas: a) Muebles / inmuebles, b) Fungibles / no fungibles c) Consumibles/ no consumible d) Divisibles / no divisibles e) Principales y accesorias f) En el comercio/ fuera del comercio • Clasificación de las cosas consideradas en relación a las personas a) De dominio publico o privado
Derechos patrimoniales • Derechos Reales • Derechos Personales • Derechos Intelectuales
Publicas Estado Nacional, provincial omunicipal Entidades autárquicas Iglesia católica Privadas Las asociaciones y lasfundaciones (con autorización para funcionar) principal objeto: el bien común patrimonio propio sean capaces por sus estatutos de adquirir bienes no subsistan exclusivamente de asignaciones del Estado obtengan autorización para funcionar. Las sociedades civiles ycomercialeso entidades (sin autorización para funcionar) tengan capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones aunque no requieran autorización expresa del Estado para funcionar Personas jurídicas
Persona jurídica • Atributos: nombre o razón social domicilio o sede social capacidad patrimonio • Capacidad: Responsabilidad contractual Responsabilidad extracontractual • Principio de existencia: Art. 45 a 47 CC • Fin de la existencia: Art. 48 a 50 CC
Bibliografía a utilizar por los alumnos: • Ingeniería y Derecho. Casella Faro • Código Civil Dra. B. Susana Rajchnudel