40 likes | 209 Views
Enajenación y Titulación de Terrenos Nacionales. Justificación:
E N D
Enajenación y Titulación de Terrenos Nacionales Justificación: El procedimiento otorga seguridad jurídica y certeza documental, ordena el territorio y actualiza el catálogo de bienes de la Nación, permite a los beneficiarios ser sujetos de crédito y de otros programas de apoyo al Campo. Se captan en promedio 300 solicitudes de atención mensuales que representan 3 mil 600 anualmente.
INICIO NOMBRE DEL TRÁMITE: ENAJENACIÓN Y TITULACIÓN DE TERRENOS NACIONALES. PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE REGULARIZACIÓN INVESTIGACIÓN DE ANTECEDENTES REGISTRALES * ANÁLISIS DE PROCEDENCIA NO ACUERDO DE IMPROCEDENCIA F I N SI SI PUBLICACIÓN DE AVISO DE DESLINDE EN EL DOF, PERIODICO OFICIAL Y DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN * INCONFORMIDAD 30 DÍAS L.A. ART. 160 TRABAJOS DE MEDICIÓN Y DESLINDE NO DICTAMINACIÓN TÉCNICA JURÍDICA E INSTAURACIÓN DEL EXPEDIENTE NO ANÁLISIS DE PROCEDENCIA SI 1 1
1 SI ¿ESTÁ DECLARADO COMO NACIONAL? NO EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE LO DECLARE COMO NACIONAL Y PUBLICACIÓN EN EL DOF * F I N TRIBUNALES AGRARIOS SI INCONFORMIDAD 15 DÍAS L.A. ART. 160. NO INSCRIPCIÓN EN EL RAN, RPPIF Y RPP Y C DEL ESTADO * 2 INFORMACIÓN DE LA SEFUPU RESPECTO A SOLICITUDES PRESENTADAS POR LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA SOBRE EL TERRENO 30 DÍAS RLAMOPR, ART. 116 2
2 PROCEDENCIA NO ACUERDO DE IMPROCEDENCIA F I N SI 30 DÍAS ROCTV, ART. 24. EMISIÓN DEL DICTÁMEN VALUATORIO POR EL C.T.V. O C.A.B.I.N. * SI 30 DÍAS RLAMOPR, ART.120. INCONFORMIDAD 30 DÍAS RLAMOPR, ART. 121, 30 DÍAS RLAMOPR, ART. 12. NO NOTIFICACIÓN DE DERECHO DE PREFERENCIA 300 DÍAS ** RLAMOPR, ART. 122. ELABORACIÓN Y ENTREGA DE LA ORDEN DE PAGO ¿PAGO DEL VALOR DEL TERRENO? SI ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE ACUERDO DE TITULACIÓN Y TÍTULO DE PROPIEDAD NO AUTORIZACIÓN DEL TÍTULO DE PROPIEDAD CANCELACIÓN DE ORDEN DE PAGO INSCRIPCIÓN EN EL RAN Y RPPC DE LA ENTIDAD FEDERATIVA REVOCACIÓN DEL ACUERDO DE ENAJENACIÓN ENTREGA DEL TÍTULO DE PROPIEDAD AL TITULAR F I N NOTIFICACIÓN AL INTERESADO DE LA REVOCACIÓN DEL ACUERDO DE ENAJENACIÓN 60 DÍAS SUBASTA PÚBLICA 525 DÍAS, (DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE RIGEN EL PROCEDIMIENTO). * ETAPAS SUJETAS A TIEMPOS EXTERNOS Y QUE PUEDEN LLEGAR A MODIFICAR LOS PLAZOS DEL PROCEDIMIENTO. ** PLAZO QUE SE PUEDE REDUCIR SI EL NACIONALERO CUBRE EL MONTO DE LA ÓRDEN DE PAGO DE FORMA INMEDIATA. 3