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Seminario Internacional “Experiencias de Manejo de Actividades de Hidrocarburos en Paisajes Críticos de la Amazonia Andina ”. Retos en la gestión ambiental en el Perú. Amalia Cuba Salerno Lima , 30 de Noviembre de 2012. SEIA y SINEFA. SEIA . SINEFA . ANTECEDENTES.
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Seminario Internacional “Experiencias de Manejo de Actividades de Hidrocarburos en Paisajes Críticos de la Amazonia Andina” Retos en la gestión ambiental en el Perú Amalia Cuba Salerno Lima, 30 de Noviembre de 2012
SEIA y SINEFA SEIA SINEFA
ANTECEDENTES 1990 93 94 97 2001 2005 2008 2011 2015 Ley General del Ambiente. Ley Nº 28611 (15.10.05) Ley de Creación, Organización de funciones MINAM D.L. 1013 (14.05.08) DS 019-2009-MINAM Reglamento Ley SEIA Ley SEIA 27446 (20-04-01) Ley Marco SNGA (Ley 28245) (08.06.04) D.L 1078. Modifica Ley del SEIA (28.06.08) Ley de Creación del CONAM. Ley 26410 (22.12.1994) • SECTORES PRODUCTIVOS (Ministerios) • Agricultura • Turismo • Defensa • Minería y Energía • Industria Manufacturera y Pesquería • Transportes y Comunicaciones • Salud • Vivienda, Construcción y Saneamiento ADECUACION NORMATIVA AL SEIA • Los Sectores que elaboraron su normativa ambiental con anterioridad al SEIA deben adecuarse los nuevos contenidos y exigencias ambientales • Los Sectores que no cuentan con normativa ambiental se encuentran elaborando su normativa ambiental con las exigencias del SEIA. DL 757. Ley Marco Crecim. Inv. Privada (1991) Código del Medio Ambiente R.N. D.L. Nº 613. (08.09.90) Década 90’ El Sector Minería, Energía (Hidrocarburos y Electricidad) e Industria Manufacturera elaboraron su propia normativa ambiental referida a la evaluación de estudios ambientales Los Sectores que no cuentan con reglamento referido a la evaluación ambiental aplican de manera supletoria el reglamento del SEIA
Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA Sistema único y coordinado, de carácter preventivo Mecanismo de integración, coordinación e interacción transectorial y participación ciudadana Aplica instrumentos de gestión ambiental, administrativos y complementarios: EIAs, Registro de entidades consultoras, Listado de proyectos (R.M 157-2011-MINAN), Revisión aleatoria EIAs Establece un proceso administrativo uniforme y único en materia de evaluación de impacto ambiental Comprende medidas que aseguren, entre otros, el cumplimiento de los Estándares de Calidad Ambiental, (agua y aire) los Límites Máximos Permisibles y otros parámetros y requerimientos
Autoridades en evaluación y supervisiónambiental MINAM Organismo rector y administrador Autoridades Competentes (Ministerios, GORE, MP) Autoridades en materia de supervisión, fiscalización y sanción ambiental (SINEFA - OEFA) Opinadores Técnicos (SERNANP, ANA, otros) Titulares o Proponentes Consultores o empresas consultoras (prevención/fiscalización) Pobladores en el área de influencia Sociedad Civil organizada
Ámbito del SEIA INSTRUMENTOS Políticas, planes y programas EAE Proyectos de inversión pública, privada o capital mixto DIA EIA-sd EIA-d
Algunasdificultades Sectorización. Cada Autoridad Competente ha establecido procedimientos de evaluación diferenciado, por lo que se dificulta la aplicación de la armonización establecida por el reglamento vigente. No hay procedimientos de clasificación previa de proyectos ni de aprobación de los TdR para los estudios ambientales, lo cual es uno de los factores por los cuales los procesos se dilatan mas allá de los plazos establecidos. 3. Débil articulación entre los instrumentos preventivos del SEIA y SINEFA. 4. Mecanismos de participación ciudadana de baja intensidad.
Adecuación Normativa LEYENDA No cuenta con propuesta de norma de adecuación Cuenta con propuesta de norma de adecuación Cuenta con norma adecuada, aprobada. Norma transferida a OEFA, sin adecuación.
INFORME DE LA COMISIÓN MULTISECTORIAL Creada por Resolución Suprema N° 189-2012-PCM EJES ESTRATÉGICOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL
EJES ESTRATÉGICOS OBJETIVOS
Segunda Generación en la Región ARGENTINA • El Ministerio de Salud y Ambiente cuenta con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SA y DS), máximo organismo ambiental de carácter nacional, normativo. La competencia de aprobación de los estudios es competencia de las provincias, que cuentan con normas que regulan la evaluación de impacto ambiental. En todos los casos son las unidades ambientales de dichas circunscripciones las encargadas de aprobar los Estudios de Impacto Ambiental. BRASIL • El Instituto Brasileño del Medio Ambiente (IBAMA) del Ministerio del Medio Ambiente es el ente encargado de conceder las licencias o permisos (incluyendo la aprobación de los estudios de impacto ambiental) a los proyectos que pasan por el sistema, el cual es federal. COLOMBIA • La aprobación de los EIA está a cargo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) órgano adscrito al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. COSTA RICA • El proceso de Evaluación de Impacto Ambiental está a cargo de la Secretaria Técnica Nacional Ambiental - SETENA que depende del Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones ECUADOR • La Subsecretaría de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente, analizará los Términos de Referencia respectivos y notificará al Proponente la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y el Plan de Manejo Ambiental del proyecto (PMA).
EL SALVADOR • El Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales es el encargado de aprobar los estudios ambientales. • El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) es un organismo público funcionalmente descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio. • Su función central es tecnificar y administrar el instrumento de gestión ambiental denominado “Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” (SEIA), cuya gestión se basa en la evaluación ambiental de proyectos ajustada a lo establecido en la norma vigente, fomentando y facilitando la participación ciudadana en la evaluación de los proyectos. CHILE PARAGUAY • La regulación en materia de EIA, es de carácter general (semejante a la venezolana). Actualmente, los EIA son aprobados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, pero se encuentra en proceso de ser transferido al Ministerio del Ambiente URUGUAY • La autoridad competente a cargo de la aprobación de los EIA es la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), la cual perteneceal Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA • La aprobación de los EIA es de competencia del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente a través de la Oficina Administrativa de Permisiones.
2012 : Luego del más de veinte años de la instauración del modelo sectorializado de evaluación de EIA, los integrantes de la Comisión Multisectorial creada por R.S. Nº 189-2012-PCM del 23 de junio del 2012, encargada de diseñar y elaborar las propuestas normativas y políticas orientadas a la mejora de las condiciones ambientales y sociales bajo las que se desarrollan las actividades económicas, especialmente, las industrias extractivas, proponen la creación del SENACE, proyecto que es aprobado por el Consejo de Ministros y presentado al Congreso • Esta medida permite que finalmente el país avance a la segunda generación, paso que ya ha sido dado por la mayoría de países de la región
Otras consideraciones.. NECESIDAD DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL CONFIABLE Idoneidad: Asegurar que la calidad de los Estudios de Impacto Ambiental y que su evaluación se realice por profesionales de primer nivel -Credibilidad: Generar confianza en la población, lo que conllevaría a la reducción de potenciales conflictos ambientales • CONTAR CON NORMATIVA E INFORMACION QUE GENEREN PREDICTIBILIDAD • Centralizar las funciones permitirá uniformizar la normativa , la información y criterios en la revisión de los Estudios de Impacto Ambiental, lo que beneficiará al administrado toda vez que se generará certeza respecto a los procedimientos iniciados al ser establecidos de manera clara y considerando plazos razonables. EVALUACION DE EIA POR ENTIDAD CON MAYOR ESPECIALIZACIÓN La evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental se realizaría por la entidad con mayor especialización en el materia de evaluación de impacto ambiental adscrita, además al sector ambiente, lo que garantiza contar con personal altamente calificado
al Competencias de los Gobiernos Regionales en la evaluación de impacto ambiental Las autoridades sectoriales del nivel nacional aprueban los EIA de los proyectos de alcance nacional o multiregional en el ámbito de sus respectivas competencias. Los Gobiernos Regionales y Locales, aprueban los EIA de los proyectos como consecuencia del proceso de descentralización resulten de su competencia y han sido transferidos por el sector competente. El SENACE, de acuerdo a sus competencias, sólo asumirá funciones de las autoridades sectoriales del nivel nacional.
DEL REGISTRO DE ENTIDADES AUTORIZADAS PARA ELABORAR ESTUDIOS AMBIENTALES El registro se regula en la Ley 27446, Ley del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento aprobado por DS 019-2009-MINAM, los que establecen que el MINAM conduce dicho Registro . El proyecto de Ley propone que el SENACE tenga a su cargo la administración del Registro OEFA tiene a su cargo la fiscalización del cumplimiento de las disposiciones que regulan el Registro.
Principios que rigen el accionar del SENACE MULTISECTORIALIDAD A fin de asegurar que las variables económica y social se incorporen al análisis ambiental. GRADUALIDAD Orientado a que la transferencia de la función de revisión y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental detallado se haga de manera ordenada y en función a prioridades que le permita asumir la tarea sector por sector. SIMPLIFICACION Y VENTANILLA UNICA A fin de lograr que los procedimientos se sujeten a la simplificación administrativa, eliminación de trabas burocráticas y eliminación de requisitos no necesarios superposiciones o duplicidades. CONSTRUCCION DE CAPACIDADES Orientado a que se cuente con la capacidad y especialización para asumir la complejidad de revisar y aprobar estudios de impacto ambiental de proyectos de gran envergadura. MEJORA CONTINUA, INDICADORES Y RESULTADOS Con el fin de hacer del SENACE una organización modelo capaz de generar una atmósfera adecuada para el buen comportamiento ambiental de las inversiones sostenibles. ESPECIALIZACION Para lo cual se requiere contar con personal idóneo, recursos técnicos y logísticos, dada la cantidad de estudios que se revisan anualmente y las características especiales de cada uno de ellos.
Organización ConsejoDirectivo Consejo Directivo ConsejoTécnicoConsultivo Jefatura Órganos de Apoyo Órgano de Línea Órgano de Línea Órgano de Línea
Consejo Directivo Ministro del Ambiente Ministro deEconomía y Finanzas Ministeriode Agricultura Ministerio deEnergía y Minas Ministerio de la Producción Ministeriode Salud
Rol de las autoridades sectoriales • Ventanilla única
Ventanilla única decertificación ambiental El SENACE promoverá la implementación de la ventanilla única de certificación ambiental que consiste en un único sistema de procedimientos administrativos ambientales que tiendan a garantizar inversiones sostenibles. Ventanilla Única . La implementación de la Ventanilla Única y la simplificación de trámites tendrá como objetivo que se cumplan los plazos establecidos en la normativa vigente para la evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental
Proceso de implementación del SENACE • Instalar Consejo Directivo • Designar Jefatura • Evaluación de ventanilla única • Documentos de gestión • Contratación de personal • Capacitación y asistencia técnica • Guías y reglamentos • Normas para los registros de consultores y certificaciones • Revisión TDR y supervisión de línea base de EIA junto a sectores • El cumplimiento de esta etapa es verificado y aprobado por el Consejo Directivo como condición para transitar a la siguiente etapa • DS de MINAM y sector correspondiente: Aprobación del Cronograma de Transferencia de Funciones • Transferencia del acervo documentario e información personal, bienes y recursos. • Culminación de transferencia al SENACE • MINAM dará seguimiento al proceso de transferencia de funciones hacia el SENACE
Jeju, Corea a los doce días del mes de Septiembre de 2012 Su Excelencia Sr. Presidente de la República del Perú Señor Don Ollanta Humala Tasso E. S. D. Tengo el alto honor de dirigirme a Su Excelencia para manifestarle en nombre de la Comisión de Derecho Ambiental de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, nuestra profunda satisfacción por su decisión de crear el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles- SENACE. La institucionalidad ambiental se verá reforzada por esta acertada decisión que permitirá a su vez apoyar la paz social y reducir los impactos ambientales negativos de las grandes inversiones, al dotar al MINAM a través del SENACE con un mecanismo que intervenga en procesos transparentes para generar confianza y credibilidad en el proceso de Estudio de Impacto Ambiental. La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza es la mayor y más antigua organización ambiental del mundo y su Comisión de Derecho Ambiental cuenta con cerca de mil miembros entre los que se encuentran los más destacados profesionales dedicados al Derecho Ambiental del Mundo.Tenemos la honra de contar entre nuestras filas al Señor ministro Manuel Pulgar Vidal ,quien siempre ha estado a la vanguardia del Derecho Ambiental. Felicitandole una vez más por su compromiso con el ambiente y la responsabilidad manifestada para el cuidado del patrimonio ambiental del Perú, uno de los países con más riquezas naturales del planeta. Me despido de Usted con mi consideración más distinguida, Sheila Abed Chair of theCommissiononEnvironmentalLaw IUCN (International UnionforConservation of Nature) Nicanor Torales 150, Asuncion Paraguay Tel: 595-21-614619