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DESCUENTOS DE NOMINA. LEGISLABORAL. DESCUENTOS Y DEDUCCIONES. SON AQUELLOS VALORES QUE SE LE RETIENEN AL EMPLEADO YA SEA DE MANERA OBLIGATORIA O VOLUNTARIA. EXISTEN DOS TIPOS DE DESCUENTOS:
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DESCUENTOS DE NOMINA LEGISLABORAL
DESCUENTOS Y DEDUCCIONES • SON AQUELLOS VALORES QUE SE LE RETIENEN AL EMPLEADO YA SEA DE MANERA OBLIGATORIA O VOLUNTARIA. EXISTEN DOS TIPOS DE DESCUENTOS: • OBLIGATORIOS: NO SE NECESITA AUTORIZACIÒN DIRECTA DEL TRABAJADOR PARA SU PROCEDENCIA. ENTRE ELLOS ENCONTRAMOS:
SALUD • PENSION(FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL, CUENTA DE SUBSISTENCIA) • EMBARGOS (ALIMENTOS, COOPERATIVAS,DEUDAS) • RETENCION EN LA FUNTE (SUELDO Y COMISIONES)
DESCUENTOS VOLUNTARIOS • DEPENDEN DIRECTAMENTE DEL TRABAJADOR SI ESTE AUTORIZA O NO SU DESCUENTO. ENTRE LOS QUE ENCONTRAMOS: • LIBRANZA • COOPERATIVA • FONDO DE EMPLEADOS • PRESTAMOS • SINDICATO
SALUD • TODO EMPLEADOR QUE TENGA A SU CARGO EMPLEADOS BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO LABORAL DEBE AFILIARLOS OBLIGATORIAMENTE A UN FONDO DE SALUD, PARA QUE ESTOS GOCEN DE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LAS EPS TANTO EL TRABAJADOR(COTIZANTE) COMO SU FAMILIA (BENEFICIARIOS).
EL PORCENTAJE A DESCONTAR SERÀ DEL 4% DEL IBC, SIN QUE ESTE SEA INFERIOR A UN SMLV NI SUPERIOR A 25 SMLV. EN ELCASO DE SALARIOS INTEGRALES EL IBC SERÀ DEL 70%. • PARA PENSIONADOS EL PORCENTAJE SERÀ DEL 12%; PAR APRENDICES (PRACTICANTES) EL PORCENTAJE LO PAGA EL EMPLEADOR Y SERÀ DEL 12%.
EJEMPLO 1: • YURLEIDYS PRESENTA UN SUELDO BASICO DE $700.000, LABORÒ 30 DÌAS; RECIBE $45.600 POR CONCEPTO DE HORAS EXTRAS Y RECARGOS ADEMAS DEL AUXILIO DE TRANSPORTE $ 72.000. • IBC = 700.000 * 30 /30 + 45.600 • IBC = 745.600 • SALUD = 745.600 * 4% = 29.824
EJEMPLO 2: • SANDRA PRESENTA UN SUELDO BASICO DE $17.000.000, LABORÒ 30 DÌAS; • IBC = 17.000.000 * 30 /30 • IBC = 15.400.000 (NO PUEDE SER MAYOR A 25 SMLV) • SALUD = 15.400.000 * 4% = 616.000
EJEMPLO 3: • LORENA PRESENTA UN SALARIO INTEGRAL DE $ 9.000.000, LABORÒ 30 DÌAS; • IBC = 9.000.000 * 30 /30 * 70% • IBC = 6.300.000 • SALUD = 6.300.000 * 4% = 252.000
EJEMPLO 4 • DAVID K. LABORA MEDIO TIEMPO PRESENTA UN SUELDO BASICO DE $ 400.000, LABORÒ 30 DÌAS; • IBC = 400.000 * 30 /30 • IBC = 616.000 (NO PUEDE SER MENOR A UN SALARIO MINIMO) • SALUD = 616.000 * 4% = 24.640
PENSION • TODO EMPLEADOR QUE TENGA A SU CARGO TRABAJADORES BAJO MODALIDAD DE CONTRATO LABORAL DEBE AFILIARLOS A UN FONDO DE PENSIONES; CON EL PROPOSITO QUE ESTOS LOGREN ALCANZAR LA PENSIÒN POR VEJEZ O INVALIDEZ DESPUES DE REUNIR LOS REQUISITOS CORRESPONDIENTES.
A CONSIDERAR… • Así las cosas, las mujeres y los hombres podrán pensionarse a partir del 2014 una vez cumplan 57 y 62 años, respectivamente, y acumulen 1.275 semanas cotizadas y 1.300 semanas desde el 2015. • El porcentaje a descontar para este tipo de trabajadores será del 4%. En el caso de empleados Independientes (Contrato de Prestación De Servicios) será en el caso de salud del 12,5% y el 16% por pensión del IBC que se calcula sobre los ingresos del 40%.