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PROVISIONES DE NOMINA. SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMATIZADO. Uno de los aspectos a tener en cuenta cuando se liquida y contabiliza una nómina, son las provisiones de nómina que se deben hacer.
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PROVISIONES DE NOMINA SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMATIZADO
Uno de los aspectos a tener en cuenta cuando se liquida y contabiliza una nómina, son las provisiones de nómina que se deben hacer. Cuando se liquida una nómina, la empresa tiene la obligación de pagar al trabajador inmediatamente los valores liquidados a excepción de algunos que se debe provisionar para pagarlos posteriormente. Los valores que no se pagan al liquidar la nómina y que se provisionan para pagarlos en un futuro son los siguientes: Prima de servicios Cesantías Intereses sobre cesantías Vacaciones
Estos valores aunque se liquidan cada mes o quincena dependiendo del periodo de pago adoptado por la empresa, se pagan en las fechas que ha establecido la ley, que pueden ser cada año o cada seis meses.
En el caso de la prima de servicios, se debe pagar a más tardar el último día de junio y en los primeros 20 días del mes de diciembre. Las cesantías se deben pagar a comienzos del año siguiente [antes del 15 de febrero.
Los intereses sobre cesantías se deben pagar antes del 31 de enero del siguiente año. Las vacaciones se pagan al momento en que el trabajador sale a disfrutarlas o cuando termina el contrato de trabajo sin haberlas disfrutado. Las primas extralegales se pagan en la fecha en que se hayan pactado en el contrato de trabajo o en la convención colectiva.
PORCENTAJES PROVISONES PRIMA DE SERVICIOS 8,333% CESANTÍAS 8,333% INTERESES CESANTIAS 1% DE LAS CESANTÍAS VACACIONES 4,167% TODO SE LIQUIDA EN BASE AL TOTAL DEVENGADO
Ejemplo La empresa abc Ltda, liquida su nomina de este mes y presenta un total devengado de $ 12.000.000. Calcula las Provisiones: Cesantías = 12.000.000 * 8,333% = $ 999.960 Intereses De Cesantías = 999.960 * 1% = $ 9.999 Prima De Servicios = 12.000.000 * 8,333% = $ 999.960 Vacaciones = 12.000.000 * 4,167% = $ 499.980
PARAFISCALES Toda empresa o unidad productiva que tenga trabajadores vinculados mediante Contrato de trabajo debe hacer un aporte equivalente al 9% de su Nómina por concepto de los llamados aportes parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente forma: 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación Familiar), 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
PARAFISCALES ACTUALIZADOS TODO EMPLEADOR QUE TENGA A SU CARGO EMPLEADOS QUE DEVENGUEN MAS DE 10 SMLV QUEDARA EXENTO DEL PAGO DE APORTES POR CONCEPTO DE SENA E ICBF. Ejemplo: La misma empresa ABC Ltda, presento un devengado de 12.000.000 y un total Auxilio De Transporte de $ 216.000, calcula los aportes parafiscales. Caja De compensación: (12.000.000 – 216.000) * 4% = $ 471.360
APROPIACIONES DE NOMINA Las apropiaciones de nómina, a diferencia de las deducciones de nómina, en su totalidad están a cargo de la empresa. Es la empresa la que debe apropiar y pagar los diferentes valores por este concepto. Las apropiaciones de nómina están conformadas por los siguientes conceptos, que son determinados en la Liquidación de la nómina:
Salud: La cotización al sistema de salud es de 12.5% del salario base de aportes para el sistema de seguridad social. El empleado aporta un 4% y la empresa aporta el 8.5%, porcentaje último que la empresa debe apropiar en cada nómina y posteriormente consignar a la respectiva entidad de salud a la que este afiliado el trabajador. DESDE EL PRIEMRO DE ENERO DE ESTE AÑO NO APLICA. Pensión: Por cada empleado se debe aportar por concepto de pensión, un 16% del salario base cotización. El empleado aporta el 4% y la empresa aporta el 12%, valor que mensualmente la empresa debe apropiar y consignar en el fondo de pensiones que el empleado haya determinado. Riesgos Laborales: La empresa debe afiliar al empleado al sistema de riesgos laborales, con el objetivo de cubrir los problemas los accidentes o enfermedades que el empleado sufra como consecuencia del ejercicio de su labor en la empresa. El aporte en su totalidad está a cargo de la empresa, y el porcentaje a cotizar está dado por una tabla progresiva según sea el nivel de riesgo que corra el trabajador en su trabajo.
Ejemplo siguiendo el mismo ejemplo de la empresa abc Ltda. Pensión = (12.000.000 – 216.000) * 12% = 1.414.080 ARL = (12.000.000 – 216.000) = 61.512