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CONTRATO DE TRABAJO Y NOMINA. YURLEDIS MORALES Prof. En Administración y Finanzas. REGLAS DE JUEGO. QUE ES CONTRATO DE TRABAJO?.
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CONTRATO DE TRABAJO Y NOMINA YURLEDIS MORALES Prof. En Administración y Finanzas
QUE ES CONTRATO DE TRABAJO? Según el Código Sustantivo del Trabajo “ Contrato de Trabajo es Aquel por el Cuál una persona una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continua dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración. Quien presta el servicio de denomina trabajador, quien lo recibe y remunera , empleador, y la remuneración, salario” (Art. 22 C .S.T)
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO • Prestación Personal • Continua Subordinación • Salario como retribución del servicio • (Art. 23 C.S.T)
Terminación del Contrato de Trabajo Por muerte del Trabajador Por mutuo consentimiento Por expiración del plazo Fijo Pactado Por Terminación de la obra o labor Contratada Por liquidación definitiva de la empresa Por suspensión de actividades por mas de 120 días “empleador” Por no regresar el trabajador a su empleo Art.61 C.S.T INCUMPLIMIENTO = INDEMNIZACIÓN
OBLIGACIONES LABORALES DE LOS EMPRESARIOS • SALARIO (ART. 127 C.S.T) • SMLV: $566.700 • AT: $67.800 Hasta 2 SMLV
OBLIGACIONES LABORALES DE LOS EMPRESARIOS • APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL: Se compone de las normas pensiónales, de salud y riesgos profesionales de los trabajadores. • Este sistema actual lo presta el estado con participación particular a través de las entidades promotoras de Salud, EPS y de las sociedades Administradoras de Riesgos ARP. • Riesgos Profesionales: El monto de las cotizaciones a cargo de los empleadores, no podrá ser inferior al 0.348% ni superior al 8.7%, de la base de la cotización de los trabajadores .
APORTES PARAFISCALES Todo empleador debe efectuar mensualmente, los aportes destinados a entidades como las cajas de compensación familiar, el Sena y el ICBF.
PRESTACIONES SOCIALES A CARGO EXCLUSIVO DEL EMPLEADOR • PRIMA: Art. 306 C.S.T “participación de utilidades” 30 Días de salario por cada año trabajado. • 30 junio • 20 diciembre Servicio domestico No tiene derecho a prima
PRESTACIONES SOCIALES A CARGO EXCLUSIVO DEL EMPLEADOR • CESANTIAS: Un salario Mensual por cada año de servicios. • INTERES DE CESANTIAS: 12% anual, antes del 31 de enero del año siguiente. • VACACIONES: Quince días hábiles – ½ en dinero.
PRESTACIONES SOCIALES A CARGO EXCLUSIVO DEL EMPLEADOR • CALZADO Y VESTIDO DE LABOR: Art. 230 C.S.T Trabajadores que devengan hasta 2 SMLV, permanentes. • Abril 30 • Agosto 31 • Diciembre 20 • No genera cobro a los trabajadores • Elementos de seguridad industrial (Cascos, Guantes) genera obligatoriedad.
EJEMPLO • Wilson Fagua tiene un ingreso mensual de $750.000, ¿cuáles son los aportes a seguridad social?