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LEY 100 DE 1993 GENERALIDADES: Reglamenta el Sistema General de Seguridad Social de Colombia. Regulado por: Ministerio de Salud y Protección Social Ministerio del Trabajo. REGLAMENTACION:
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LEY 100 DE 1993 • GENERALIDADES: • Reglamenta el Sistema General de Seguridad Social de Colombia. Regulado por: • Ministerio de Salud y Protección Social • Ministerio del Trabajo
REGLAMENTACION: • El Sistema de salud en Colombia depende del Art. 48 de la Constitución Nacional, reglamentado en la Ley 100 de 1993, expedida por el Congreso de la República. • Reglamenta también el Sistema de Pensiones y de Riesgos Laborales. • BASADA EN PRINCIPIOS DE: • Eficiencia • Universalidad • Solidaridad • Integralidad • Unidad • Participación.
FINALIDAD DE LA REFORMA: • Evitar el monopolio del estado sobre la salud. • Permitir el derecho de la competencia incorporación EPS. • Creación de Subsidios de Salud población menos favorecida. • Estableció REGLAS FUNDAMENTALES para regir el SERVICIO PUBLICO DE SALUD: • Equidad • Obligatoriedad • Protección Integral • Libre Escogencia • Autonomía de las Instituciones • Descentralización Administrativa • Participación Social • Concertación y Calidad.
MODIFICACIONES • LEY 1122 DE 2007: Objetivo: Realizar ajustes al SGSSS teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. • Reforma en aspectos de Dirección, Universalización, Financiación, Racionalización y mejoramiento en la prestación de los servicios de salud y fortaleció los programas de Salud Pública. • LEY 1438 DE 2011: Objetivo: Fortalecer el SGSSS. Permite la acción coordinada del Estado, las Instituciones y la Sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable que brinde servicios con CALIDAD, INCLUYENTES Y EQUITATIVOS. • LEY 1562 DE 2012: Modifica el Sistema General de Riesgos Laborales.
ANTECEDENTES: • MODELO HIGIENISTA: Tras la promulgación de la Constitución de 1886 hasta mediados de la década de 1950. Las acciones de salubridad pública se limitaban a atender aspectos de carácter sanitario. La atención preventiva y curativa de la salud eran financiadas por los usuarios e instituciones de caridad. • 1950 : CAJA NACIONAL DE PREVISION: Atendía la salud de Empleados Públicos. • 1950: INSTITUTO COLOMBIANO DE SEGUROS SOCIALES : Atendía a empleados del Sector Privado con empleo formal. • 1970-1989: Creación del SISTEMA NACIONAL DE SALUD : Subsidios de Oferta. Recursos del gobierno central eran transferidos a la red Hospitales Públicos del país. INSUFICIENTE atención integral a población de bajos recursos. • LEY 10 DE 1990.
ESTRUCTURA DEL SISTEMA • EL ESTADO: Actúa como ente de coordinación, dirección y control • Ministerio de la Salud y Protección Social. • Comisión de Regulación en Salud. • Superintendencia Nacional de Salud. ( Vigila y controla ) • LOS ASEGURADORES: Entidades privadas que aseguran la población. • Intermediarias y administradoras de los recursos que provee el estado en forma de UPC (Unidad de Pago por Capitación). EPS y ARL. • LOS PRESTADORES: Instituciones Prestadoras de salud IPS, hospitales, clínicas, laboratorios, etc, PRESTAN DIRECTAMENTE EL SERVICIO A LOS USUARIOS, Profesionales independientes de salud ( médicos, enfermeros etc) y transportadores de pacientes (ambulancias).
SUPERINTENDENCIA NAL DE SALUD: Formula, dirige y coordina política de inspección, vigilancia y control del Sector Salud. Autoriza la constitución de EPS, IPS. Supervisa el monopolio rentístico de juegos de azar y de licores. Administra el IVA cedido al sector salud. PARA ACCDEDER AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL : Vincularse a una EPS, ARL Y AFP voluntariamente por medio de una afiliación.
ENTIDADES ASEGURADORAS: • EPS: Organizar y garantizar la prestación de servicios de salud que se encuentren en el POS ( Plan Obligatorio de Salud). • Responsables de la gestión de riesgos derivados de la enfermedad general o no ocupacional. • Contributiva o Subsidiada. • Contratan la prestación de los servicios de salud con las IPS (hospitales, clínicas, laboratorios etc). • Son avaladas por la Superintendencia de Salud según infraestructura, capital, número afiliados, funcionalidad y cubrimiento. • Debe garantizar a sus afiliados el POS, debe confromar una red de servicios con sus instituciones de salud o contratando con IPS.
ARL : Cubren eventos derivados de Riesgos Ocupacionales . Todo empleador está obligado a afiliar a sus empleados. Cancela el valor total del aporte. Cubre gastos de salud que ocasionen los accidentes y enfermedades laborales y pago de incapacidades. LA ATENCION DE LOS ACCIDENTES O ENFERMEDADES LA REALIZARA LA EPS, LA CUAL COBRARA LOS GASTOS A LA ARL.
IPS: INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SALUD • Hospitales, clínicas, laboratorios, consultorios, etc. • Públicos o Privados. • Según el tipo de servicio que habiliten y acrediten, capacidad, tecnología, personal y procedimientos que realicen, pueden ser de BAJA, • MEDIANA o ALTA COMPLEJIDAD. • NIVELES DE COMPLEJIDAD: • BAJA: Actividades e intervenciones de baja complejidad: • Promoción de la Salud • Prevención de la Enfermedad • Consulta médica y odontológica. • Internación, atención de urgencias, partos de baja complejidad. • Servicios de ayuda diagnóstica básicos.
MEDIANA: Cuentan con la atención de especialidades básicas: • Pediatría, Cirugía General, Medicina Interna, Ortopedia y Ginecobstetricia. • Disponibilidad 24 horas de valoración de urgencias e internación. • Consulta Externa con especialistas. • Laboratorios de mayor complejidad. • ALTA: Servicios de alta complejidad: • Especialidades como neurocirugía, cirugía vascular, neumología, nefrología, dermatología, etc. • Atención 24 horas por especialista. • Consulta, servicio de urgencias, radiología intervencionista, medicina nuclear, uci y unidad renal.
FINANCIACION DEL SISTEMA • ATENCION DE ENFERMEDAD COMUN Y ENFERMEDADES NO LABORALES: • El gobierno destina los recursos en salud al FOSYGA : distribuye los dineros a todos los frentes del Sistema de Seguridad Social. • Regímenes Exceptuados: Fuerzas Armadas, Fondo Nacional del Magisterio, Ecopetrol y Universidades: fondos específicos de cada uno. Hacen aportes al Régimen Subsidiado del Sistema. • ATENCION DE ENFERMEDAD Y ACCIDENTES LABORALES: • Provienen del Fondo de Riesgos Laborales, alimentado por aportes según clasificación de riesgo.
BENEFICIOS DEL SISTEMA • Plan de Atención Básica: Plan Nacional de Salud Pública, acciones gratuitas , colectivas de promoción y prevención, acciones individuales de diagnóstico y tratamiento de enfermedades de interés en salud pública. • Plan Obligatorio de Salud: Contributivo y Subsidiado. Acciones individuales de prevención primaria, secundaria y terciaria. A cargo de las • EPS. • Planes Adicionales de Salud: Planes de Medicina Prepagada, pólizas de hospitalización y cirugía. • Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo: SOAT: Accidentes de tránsito hasta un monto determinado. Después de este monto financiados por Eventos Catastróficos y Accidentes de tránsito ECAT del Fosyga. • Cobertura de Riesgos Laborales: ARL. No se limita por el POS.
Atención a Eventos Catastróficos: Cubre eventos catastróficos con recursos de subcuenta ECAT. • Otros: A víctimas de desplazamiento forzado y población internada en establecimientos carcelarios.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (POS) • Servicios de atención en salud a los que tiene derecho un usuario • Protección de la salud, la prevención y curación de enfermedades. • Suministro de medicamentos : afiliado y grupo familiar. • Indemnizaciones : incapacidad y maternidad. • PLAN DE ATENCION BASICA • (PLAN NACIONAL DE SALUD PUBLICA) • Actividades, intervenciones y procedimientos Promoción de la Salud y Prevención de Enfermedades, Vigilancia en Salud Pública y Control de Factores de Riesgo. TODA POBLACION GRATIS.
Vigilancia en Salud Pública de la prevención de: • VIH • MENINGITIS BACTERIANA • TUBERCULOSIS • COLERA • RABIA • HEPATITIS B, C, D. • FIEBRE REUMATICA • LEPRA • ETS. • Investigación y control de Brotes, control de la calidad sanitaria del agua para el consumo humano. • Vacunación según PAI • Control de crecimiento y desarrollo niños y niñas menores 10 años. • Fluorización, sellantes, detartraje niños 5-14 años. • Planificación familiar, control prenatal, parto limpio y seguro. • Citología cervicouterina mujeres 25-65 años. • Exámen físico de mama mujeres mayores 35 años.
REGIMENES DEL SISTEMA • CONTRIBUTIVO: • Contrato de trabajo • Servidores Públicos • Pensionados • Jubilados • Independientes con capacidad de pago • Aporte mensual (cotización) al Sistema de Salud. (EPS). • LA RESPONSABILIDAD DE LA AFILIACION DEL EMPLEADO ES DEL EMPLEADOR. • DEL PENSIONADO: FONDO DE PENSIONES.
APORTE DE SALUD: 12.5% del salario de cotización. • 8.5% empleador 4 % empleado. • Libre escogencia EPS • BENEFICIOS REGIMEN CONTRIBUTIVO • Cobertura del POS • Reconocimiento incapacidades por enfermedad. • Reconocimiento por licencia de maternidad.
REGIMEN SUBSIDIADO: • El ESTADO subsidia la afiliación a la población SIN EMPLEO, SIN CONTRATO DE TRABAJO, SIN INGRESOS. NO CAPACIDAD DE PAGO. • Son escogidos en los municipios: • RN. • Menores bajo protección del ICBF. • Población bajos recursos Area Rural y Urbana. • Población Indígena. • Cada municipio identifica la población aplicación encuesta SISBEN (SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE POTENCIALES BENEFICIARIOS) listado censal de indígenas, certificación de población infantil ICBF, identificación población indigente.
BENEFICIOS REGIMEN SUBSIDIADO • POS • Exención de copagos: Nivel I SISBEN. • POBLACION VINCULADA: • Población Pobre No Asegurada (PPNA). Ni Contributivo, ni Subsidiado. • Atención médica: E.S.E. Baja, mediana o alta complejidad.
REGIMENES DE EXCEPCION: • Fuerzas Militares y Policía. • Magisterio. • Ecopetrol. • Universidades Públicas.