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El Derecho ante la toma de decisiones en la Administración del Estado Principios rectores Prof. Manuel Núñez Poblete Manuel.nunez@ucv.cl. Principios rectores. Juridicidad Confianza legítima Responsabilidad Reserva legal Probidad Publicidad. Preguntas fundamentales. ¿Qué significa?
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El Derecho ante la toma de decisiones en la Administración del Estado Principios rectores Prof. Manuel Núñez Poblete Manuel.nunez@ucv.cl
Principios rectores Juridicidad Confianza legítima Responsabilidad Reserva legal Probidad Publicidad
Preguntas fundamentales ¿Qué significa? ¿Cuál es su fuente? ¿Cuál es su garantía?
DIGNIDAD • BIEN COMÚN Y SERVICIALIDAD DEL ESTADO • UNIDAD DEL ESTADO: PRINCIPIO DEL ESTADO UNITARIO. • Principios organizacionales: Unidad del Gobierno y descentralización o desconcentración de la administración. • PRINCIPIO REPUBLICANO Y SUS CONSECUENCIAS: • Responsabilidad • Acceso a la función pública • PRINCIPIO DEMOCRÁTICO • Participación • Igualdad • SOBERANÍA LIMITADA POR LOS DERECHOS ESENCIALES QUE EMANAN DE LA NATURALEZA HUMANA
JURIDICIDAD • Confianza legítima • PROBIDAD • PUBLICIDAD Y TRANSPARENCIA • RACIONALIDAD • Principio de proporcionalidad • RESPONSABILIDAD • EFICACIA • EFICIENCIA • GARANTÍA PATRIMONIAL
A. JURIDICIDAD JURIDICIDAD INVESTIDURA COMPETENCIA PROCEDIMIENTO NULIDAD DE DERECHO PÚBLICO
Investidura: 63 LOC 18.575 Competencia: principio de competencias de atribución Procedimiento: La Ley 19.880 como norma general y supletoria.
Nulidad de Derecho público a) Sanción general b) Priva de validez (revierte la presunción de legalidad: 3 inc. Final Ley 19.880). c) Un acto de un órgano administrativo d) Regido por el Derecho público
Anulación administrativa (invalidación) a) De oficio: Art. 53 Ley 19.880 b) Previo recurso administrativo: Art. 53 Ley 19.880. Efectos del recurso sobre la acción judicial: 54, Ley 19.880. La invalidación administrativa no causa cosa juzgada: 53 inc. 3° Ley 19.880. Suspensión del acto: 57 Ley 19.880 Publicidad del acto invalidatorio: 58, Ley 19.880
Anulación judicial La disputa sobre la carácter ipso iure. Diferencia entre actos nulos de pleno derecho y actos anulables. • Tribunal competente • Legitimado activo • Legitimado pasivo (ver Taladriz c. Fisco) d) Procedimiento e) Prescripción: de la acción y de sus efectos patrimoniales. La innovación del art. 54 inc. 2° Ley 19.880. (Ver Aedo c. Fisco, Voz del Sur c. Fisco) d) Efectos
B. RESPONSABILIDAD Arts. 4, 6, 7 y 38 (para Administración). Dimensiones Institucional: La responsabilidad del Estado Personal: la responsabilidad del individuo
LA RESPONSABILIDAD ESTATAL La principal: Obligación civil de indemnizar: llamada (¿mal?): responsabilidad civil extracontractual del Estado o responsabilidad cuasidelictual, etc. Otras (analizadas en otros cursos): Obligación internacional de reparar, modificar el ordenamiento interno, de investigar un delito, etc.
Responsabilidad del Estado Evolución en la jurisprudencia nacional: de la irresponsabilidad hacia la responsabilidad del Estado. Los criterios de imputación: a) El daño b) El nexo causal c) La falta de servicio. Extensión del concepto de falta de servicio: arts. 4 y 42 LOC 18.575, art. 142 LOC 18.695 y arts. 38-42 L 19.966. El problema de la objetividad de la responsabilidad del Estado.
Art. 8° (aplicable a todos los órganos estatales) Probidad administrativa. Concepto: art. 52 LOC 18.575 A. Elementos Corrección Honestidad Lealtad Preeminencia del interés general sobre el particular, 53 LOC 18575 Razonabilidad Imparcialidad Rectitud de ejecución Integridad ética y profesional Expedición Acceso ciudadano a la información administrativa
B. Instrumentos de garantía Inhabilidades generales, art. 54 LOCBAE Incompatibilidad general, art. 55 LOCBAE Declaración de intereses (profesionales y económicos) Declaración de patrimonio, art. 60ª LOCBAE Prevención del consumo de drogas: 61 LOCBAE (ver DS. 1.215, D.Of. 31 de octubre de 2006, medidas de prevención y procedimientos de control en la Administración). C. Responsabilidades y Sanciones. Contravenciones: art. 62 LOCBAE
Link de interés: http://www.minsegpres.gob.cl/portal/documentos/declaracion_de_intereses_y_patrimonio.html
D. PUBLICIDAD Y TRANSPARENCIA Primera etapa: Secreto. Segunda etapa: 1999, 19.253. Arts. 13 y 14 LOCBAE. Principales objeciones: - Dict. CGR 49.883/2004 - Sentencia Corte IDH de 19 de septiembre de 2006. Claude y otros v. Chile, - STC rol 636/2004.
El acceso a la información pública Órganos a los cuales se aplica la Ley: 2° y 5° ttorio. y ss. Ley 20.285. ¿Y los órganos a los cuales no se aplica completamente la ley? Importante: se les aplica el art. 8 CPR. Formas de transparencia
TRANSPARENCIA ACTIVA TRANSPARENCIA PASIVA Limitaciones: 7 Art. letra i) Limitaciones Art. 21