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Migración irregular: conceptos, desafios y respuestas . Presentación en el Segundo Curso Subregional sobre Migraciones Laborales Internacionales Lima, Peru Noviembre 2010 Preparada por Piyasiri Wickramasekara Especialista Principal en Migración Presentada por Patrick Taran
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Migración irregular:conceptos, desafios y respuestas Presentación en el Segundo Curso Subregional sobre Migraciones Laborales Internacionales Lima, Peru Noviembre 2010 Preparada por Piyasiri Wickramasekara Especialista Principal en Migración Presentada por Patrick Taran Especialista Principal en Migración Sitio web del Programa de Migraciones Internacionales de la OIT: http://www.ilo.org/migrant
Mensajes clave • La migración irregular y la migración regular están estrechamente interrelacionadas. • La migración irregular debería abordarse como parte de una cuestión más amplia del mercado de trabajo y no como una cuestión de seguridad. • Todos los trabajadores migrantes (tanto en situación regular como irregular) contribuyen en las economías de origen y de destino. • La migración irregular expone a los trabajadores a las peores formas de abuso y explotación. • Los trabajadores en situación irregular poseen derechos humanos y derechos laborales. • Todas las partes interesadas deben cooperar.
Terminología y percepciones • No existe una definición jurídica. Términos comúnmente utilizados: clandestinos, ilegales, no autorizados, indocumentados, irregulares,… • Migración irregular --término más completo y objetivo: • no estigmatiza ni criminaliza a los migrantes; • coherente con las normas internacionales: • Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 6): “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”. • Irregularidades en varias etapas: al partir, en el traslado y en el destino • Migración irregular y trabajo/empleo irregular • Relación con la trata y el tráfico de seres humanos • Evitar la militarización – “Combatir/luchar contra la migración ilegal” • Mito de la invasión o inundación de migrantes – inapropiado. • Los países de destino no son “víctimas” de flujos irregulares
Definiciones • Convención Internacional (de las Naciones Unidas) sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, 1990: Artículo 5 • “A los efectos de la Convención, los trabajadores migratorios y sus familiares: a) serán considerados documentados o en situación regular si han sido autorizados a ingresar, a permanecer y a ejercer una actividad remunerada en el Estado de empleo de conformidad con las leyes de ese Estado y los acuerdos internacionales en que ese Estado sea parte; b) serán considerados no documentados o en situación irregular si no cumplen las condiciones establecidas en el inciso a) de este artículo.” Trabajador migrante en situación irregular: persona que: a) no ha obtenido una autorización de entrada o de trabajo del Estado en cuyo territorio se encuentra, o b) no ha cumplido las condiciones a las que está sujeto su ingreso, permanencia o empleo.
Algunos ejemplos • Personas que intentan o logran cruzar la frontera sin autorización para buscar trabajo (sector informal, etc.) • Turistas que emprenden actividades remuneradas • Aprendices que abandonan la empresa que les ha sido asignada y trabajan en otro lugar • Estudiantes que trabajan sin autorización • Trabajadores que superan la duración autorizada de su estancia • Trabajadores admitidos que han perdido su empleo durante el período de contrato • Víctimas de trata o tráfico de seres humanos
Escala y dimensiones¿Estimaciones o datos aproximados? • Por definición, una incógnita; • estimaciones basadas en detenciones, superación del permiso de estancia autorizado, deportaciones, amnístías, estudios especiales, censos de población • Estimaciones normalmente infladas por los responsables de políticas, los medios de comunicación y los organismos de seguridad. • Las estimaciones también fluctúan con los ciclos económicos.
Estimaciones sobre la migración irregular • En el mundo: se estima que el 10-20% del total de migrantes se encuentra en situación irregular. • Unión Europea:3-6 millones; del 6% al 12% • Estados Unidos: 11 millones, la mayoría en activo • Rusia (estimaciones): 5 millones o mas • Pocas estimaciones en Asia • Dificil en África, dado a regimenes de circulacion libre
Causas – Países de destino • Políticas de inmigración restrictivas • no reflejan las necesidades del mercado de trabajo • políticas contra a los trabajadores poco cualificados – negación de la demanda • Crecimiento del empleo informal y no declarado en los países de destino, y de la consecuente demanda de mano de obra barata y flexible en dichos países (CMMI): • 7-16% del PIB de la UE en la economía sumergida • sectores: construcción, agricultura, servicio doméstico, limpieza, restauración y otros servicios hoteleros, industria del sexo. • Prácticas laborales injustas por parte de algunos empleadores: • no pagan los impuestos, la seguridad social, las prestaciones asociadas al empleo
Causas – Países de origen • Falta de trabajo decente, desempleo y pobreza que conllevan presiones migratorias • Escasas oportunidades de migración laboral legal • Cuestiones asociadas a la gobernanza: • Procedimientos admininstrativos y burocráticos. Alto costo de la migración a través de los canales legales • Corrupción y falta de transparencia en las administraciones de empleo en el extranjero • Prácticas abusivas de las agencias de colocación • Conflictos armados y violencia contra algunos grupos, etnias, etc. • Falta de información sobre los canales legales
¿Por qué es preocupante? • Problema de protección • Vulnerabilidad extrema, especialmente con respecto a la violación de los derechos humanos fundamentales, sobre todo para las mujeres trabajadoras • CSI- trabajadores sin voz ni representación • Vasta explotación con poca o nula protección social “Los trabajadores migrantes enfrentan los mayores riesgos en materia de derechos humanos cuando son contratados, trasladados y empleados sin apego a las leyes”. CDH • Competicion injusta; ventajas indebidas de las empresas que utilizan trabajadores en situación irregular. • Problema político; tensión entre los países de origen y de destino.
Cuestiones cruciales • ¿Cuáles son las principales medidas normativas que han adoptado los países para tratar la cuestión de la migración irregular? • ¿Cuán efectivas han sido las respuestas y medidas adoptadas por los países para tratar esos problemas /cuestiones? • ¿Cuáles son las opciones normativas e intervenciones recomendadas en los instrumentos internacionales? • Buenas prácticas internacionales
Instrumentos normativos utilizados • Control de los flujos de entrada o medidas preventivas • Controles en la frontera y vigilancia policial: respuesta de la UE • Freno al empleo irregular • Políticas de retorno; políticas de readmisión • Sanciones y penas a los empleadores • Sanciones y penas a los trabajadores migrantes; deportaciones • Regularización y amnistías • Cooperación regional y bilateral • Acuerdos bilaterales • Iniciativas contra la trata de seres humanos – Proceso de Bali, UE,
Medidas preventivas • Incentivos para contratar a trabajadores legales; ventajas fiscales, subsidios • Inspección del trabajo para asegurar la igualdad de trato, sin prestaciones • Campañas de información para los empleadores • Políticas de los países de origen; reducción de las presiones migratorias
Regularizaciones y amnistías • Una buena práctica. C.143. Los Estados tienen la posibilidad de hacer regularizaciones. • Las amnistías son comunes; Argentina, Brasil, Italia, España, Corea, Malasia, Tailandia, países del Golfo. • Programas de regularización Argentina 2006-07 mas de 500,000, Estados Unidos – 1986 3.5 milliones; España 2005-07 – 690.000 personas regularizadas • Buenos resultados – recaudación de impuestos y cotizaciones a la seguridad social • Problemas y riesgos: • no hay normas jurídicas sobre la regularización; • concedidas durante períodos cortos: los migrantes cambian de situación una y otra vez; • puede alentar una mayor migración irregular.
Eficacia de las respuestas y medidas Reducida eficacia de las respuestas represivas; • Vulneran las normas internacionales • Detenciones y deportaciones masivas; uso de grupos de vigilancia: comporta la violación de derechos humanos fundamentales • No resuelven las causas subyacentes • Mala gobernanza - connivencia entre los empleadores y la administración a expensas de los trabajadores • Criminalización de las víctimas. • Costo humano – milles de muertes de migrantes, en los desiertos y en los mares.
Eficacia de los controles - opiniones • Pocos Estados - ninguno quizás - han conseguido reducir el número de migrantes imponiendo tales controles: la ley de la oferta y la demanda es demasiado fuerte. En lugar de ello, se incita a los inmigrantes a entrar en el país clandestinamente, a permanecer en él después de vencer sus visados o a recurrir a la única vía legal a su alcance, a saber, la petición del derecho de asilo. Esta experiencia demuestra que unas fronteras más estrictas no necesariamente son más inteligentes. Y también demuestra que pueden generar nuevos problemas en la aplicación de la ley y desembocar casi inevitablemente en violaciones de los derechos humanos. (Kofi Annan- Discurso ante el Parlamento Europeo)
Los trabajadores en situación irregular tienen derechos • Convenio 143 de la OIT aborda específicamente esta cuestión. • Respeto de los derechos humanos fundamentales de todos los trabajadores migrantes; Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo – derechos laborales fundamentales • Derechos frente a la expulsión arbitraria; derecho a las debidas garantías procesales y a los pagos pendientes (salarios, seguridad social); el Estado debe hacerse cargo de los gastos de la expulsión. • La Convención de las Naciones Unidas establece derechos humanos y derechos civiles, políticos, económicos y sociales de TODOS los trabajadores migrantes • Corte Interamericana de Derechos Humanos (sept. 2003). • La condición migratoria de una persona no puede constituir una justificación para privarla del goce y ejercicio de sus derechos humanos y laborales.
Obstáculos jurídicos Nulidad de los contratos de empleo de los migrantes irregulares Obligación formal para los funcionarios de algunos países de denunciar a los migrantes irregulares ante las autoridades de inmigración Criminalización de la disposición de prestar asistencia a los migrantes irregulares Falta de disponibilidad de asistencia jurídica ante los tribunales de trabajo Obstáculos prácticos Miedo a la expulsión Dificultades para los migrantes irregulares de acceder al sistema de asistencia médica debido a la ausencia de información sobre sus derechos y a las condiciones burocráticas onerosas Falta de acceso a una adecuada escolarización para los niños a pesar de los requisitos de educación obligatoria Mayor movilidad de los migrantes irregulares dentro de un país Salvaguardia de los derechos de los migrantes en la práctica Fuente: R. Cholewinski, Irregular Migrants: Access to Minimum Social Rights (Consejo de Europa, 2005).
Buenas prácticas • Basar las políticas en las normas y los instrumentos internacionalmente aceptados; “regulación de las migraciones que respete los derechos de los migrantes” • Tratar la migración como una cuestión del mercado de trabajo y no como una cuestión jurídica o de seguridad • Abordar las causas; reducir las presiones migratorias en los países de origen aumentando el trabajo decente; • En los países de destino, inspección del trabajo, regularización del trabajo informal no declarado, • Regularización de la situacion de los migrantes
Diez formas de proteger a los trabajadores migrantes indocumentados • Incentivar el apoyo público mediante eventos y campañas entre los consumidores • Recabar datos • Informar a los trabajadores indocumentados sobre sus derechos • Fortalecer las capacidades a través de la potenciación de su autonomía • Sindicar a los trabajadores indocumentados • Colaborar con los empleadores para prevenir la explotación y abogar por leyes que les responsabilicen de la aplicación de normas laborales justas • Luchar contra la explotación y el abuso a través de la mediación y de acciones colectivas • Hacer valer los derechos de los trabajadores indocumentados en el sistema jurídico • Colaborar con los organismos gubernamentales para promover los derechos de los trabajadores indocumentados • Abogar por la condición jurídica de los trabajadores indocumentados Publicación de la Plataforma para la Cooperación Internacional sobre los Migrantes Indocumentados (PICUM), 2006.